CONTRATO DE HOSPEDAJE
Contrato de hospedaje celebrado entre el C. VICTOR HUGO FLORES LOPEZ por una
parte, y por la otra, el C. CLAUDIA RAMIREZ RAMIREZ a los que, en lo sucesivo,
se les llamara HOSTELERO Y HUÉSPED respectivamente; ambos,
mayores de edad y con capacidad legal para contratar y obligarse, declaran que
el presente contrato lo sujetan a las siguientes:
CLAUSULAS:
Primera: El hostelero da, en hospedaje, al huésped el apartamiento
marcado con el Núm. 005 del edificio que se encuentra en
la Calle Las palmas Núm. 55 de esta ciudad, compuesto de una
recamara, un baño y una sala, debidamente amueblados, y
manifiesta que dicho apartamiento reúne todas las condiciones de higiene
y salubridad correspondientes, declarando el huésped, a su vez, que se
da por recibido de él y que se encuentra en las condiciones indicadas.
Segunda: El hostelero se obliga, ademas, a realizar diariamente la
limpieza de dicho apartamiento, así como a proporcionar
los alimentos en el comedor que se encuentra en el mismo edificio, conforme al
horario previamente señalado.
Tercera: La retribución estipulada, por dicho hospedaje, es la cantidad
de $4,500.00 (cuatro mil quinientos pesos 00/100 M.N.) que debera pagar
el huésped al hostelero, precisamente poranticipado, el día
primero de cada mes.
Cuarta: El hospedaje principia el día 11 de abril del año 2013 y
termina el 11 de abril del año 2014.
Quinta: El hostelero se obliga a realizar, en el apartamiento expresado las
reparaciones necesarias a fin de conservarlo en las mismas condiciones en que
se encuentre, durante todo el tiempo del hospedaje.
Sexta: El huésped se obliga, por su parte, a efectuar las reparaciones
de aquellos deterioros que sean de poca importancia, y
que hayan sido causados por él o por las personas que ocupen con
él o visiten el apartamiento objeto del presente contrato.
Séptima: El hostelero, ademas se obliga:
I. A no estorbar ni embarazar, de manera alguna, el uso del apartamiento, a no ser por causa de
reparaciones urgentes e indispensables
II. A garantizar el uso o goce pacífico del apartamiento, por todo el tiempo del contrato;
III. A responder de los daños y perjuicios que sufra el huésped
por los defectos o vicios ocultos del
apartamiento objeto del
contrato, anteriores al hospedaje;
IV. A no mudar la forma del
apartamiento ni a intervenir en el uso legítimo de él, salvo el
caso de reparaciones urgentes e indispensables
V. A responder de los daños y perjuicios, si el huésped sufre la
evicción de todoo parte del
apartamiento objeto del
contrato;
VI. Expedir al huésped el recibo correspondiente a la
cantidad que éste le entregue, por concepto de la retribución
estipulada;
VII. A devolver el saldo a favor del huésped al terminar el
hospedaje, en caso de que lo hubiere, y a cumplir con todas las demas
obligaciones que el Código Civil impone a los hosteleros.
Octava: El huésped, ademas, se obliga:
I. A pagar cumplidamente, la
retribución estipulada en la casa Núm. 29 de la Calle Emiliano
Zapata de esta ciudad, casa-habitación del hostelero
II. A servirse del
apartamiento dado en hospedaje sólo para casa-habitación
III. A no conceder el uso del mismo, en todo o parte, a otra y otras
personas;
IV. A no hacer cambio en el mismo sin el consentimiento, previo y por escrito, del
hostelero;
V. A dar aviso al hostelero de toda novedad perjudicial para el aparta miento,
así como de las
goteras y deterioros del
mismo, siendo responsable de los daños y perjuicios que su
omisión cause;
VI. A conservar el apartamiento en el buen estado en que lo recibió, y a
devolverlo en ese mismo estado al terminar el
contrato;
VII. Recibir los alimentos en el horario previamente fijado por el encargado del
comedor; cumpliendo con todas lasobligaciones que el Código Civil impone
a los huéspedes.
Novena: El hostelero pagara los servicios de agua y drenaje, así como los de luz y gas del apartamiento.
También seran, por cuenta del hostelero, toda clase de
reparaciones que necesitaren los indicados servicios.
Comparecen, como testigos: el C. VICTOR FLORES RIVERA, mexicano, casado,
originario y vecino de esta ciudad, sin adeudos fiscales, y el C. FELICIA MOTTE
RAMIREZ, casado, mexicano, empleado, originario y vecino de esta ciudad, sin
adeudos fiscales; siguen manifestando que conocen, personalmente, a las partes
contratantes, constandoles ademas que son capaces para celebrar
el presente contrato de hospedaje que, en este escrito, se contiene; y firman,
con las partes, para constancia.
En la ciudad de Chiganahuapan el día 11 del mes de abril del año 2013.