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Obligaciones del CONTRATISTA



Entre los suscritos JUAN GUILLERMO MELO, mayor y vecino de Bogota D.C identificado como aparece al pie de su firma; quien en su calidad de representante legal, obra en representación de la CONSORCIO LAS VILLAS II con NIT 900.484.721-3, que en adelante se denominara EL CONTRATANTE, por una parte, y por la otra y CARLOS HUMBERTO NARANJO NOSSA , mayor, vecino de Bogota D.C., identificado con cedula de ciudadanía Nº 19.332.806, que en adelante denominara EL CONTRATISTA, se ha celebrado el presente Contrato de mano de obra de estructura en concreto que se rige por las siguientes clausulas.

Primera. Objeto. El CONTRATISTA se obliga para con EL CONTRATANTE a elaborar mano de obra de elaboración de placas en concreto de 3000psi con altura según diseño, incluye el armado de la cimbra, testereado, armado de refuerzo y vaciado de concreto bajo las especificaciones estructurales (vigas principales, vigas secundarias, viguetas, torta superior, montaje y ajuste de casetón, desencofrado y limpieza), Elaboración de columnas de 4000PSI incluye armado de refuerzo, encofrado, alineado y plomado de acuerdo a las especificaciones del proyecto, para la construcción del colegio las villas sede principal situada en la siguiente nomenclatura: Carrera 2 No. 15a – 14, Barrio Las Villas del Municipio de Soacha. La responsabilidad del contratista en este trabajo comprende:





1. elaboración de placas en concreto de 3000psi con altura según diseño. 869.69 m2
2.
Elaboración de columnas de 4000PSI incluye armado de refuerzo. 31.45 m3




Segunda.
Obligaciones del CONTRATISTA.En virtud del presente contrato EL CONTRATISTA se obliga a:

1. Responder por la calidad de la obra y velar por el cumplimiento de las obligaciones contraídas con los subcontratistas;
2. Realizar la solicitud o requisición por escrito a EL CONTRATANTE para la compra de todos los materiales, elementos, para la elaboración de placas y columnas.
3. Personal bajo su mando debe contar con las afiliaciones requeridas por la ley como EPS, ARP; cumplir con las respectivas obligaciones laborales y de seguridad, que sean requeridas por la ley;
4. Cumplir con todas las obligaciones que se desprendan de la naturaleza de este contrato. Así como con todas las normas y disposiciones que las leyes o reglamentos vigentes o que se expidan, contemplen respecto de la ejecución de obras como la que es objeto de este contrato.
5. Suscribir conjuntamente con el contratista el acta de inicio de obra, del término de tiempo que haya sido establecido en el contrato.
6. Permitir la inspección de las obras que se estén realizando, por la persona delegada por el Contratante.

Tercera. Plazo de Ejecución

Las partes acuerdan que el tiempo estimado para la ejecución de las obras es de (30) Días.
Dicho plazo de ejecución se contabilizara a partir de la firma del acta de inicio, a la legalización del presente contrato.

Cuarta. Valor y forma de pago. El valor del presente contrato es de ($23.776.870) Veintitres millones setecientos setenta yseis mil ochocientos setenta pesos. La forma de pago sera: por avances de obra, según cortes los cuales se manejaran catorcenales, y se realizara una retenciónpor garantía del 10% en cada corte de obra, el cual se entregara a los 30 días habiles después de suscrita el acta final de obra, al entregar a satisfacción del contratante.

Quinta. Modificaciones. Cualquier modificación a este contrato debera hacerse por escrito con el termino “otro si” que hace parte integral de este contrato firmado por ambas partes y cualquier trabajo adicional que requiera la obra en mención debera ser acordada por las partes, el tiempo de ejecución alterara las fechas de entrega total de la obra y su valor adicional debera ser cancelado con los porcentajes mencionados anteriormente.

Sexta. Prestaciones sociales. Todas las prestaciones sociales que correspondan al personal que se emplee en la obra, seran pagadas por los CONTRATISTAS. Todas las prestaciones sociales que señale la ley, que corresponda a trabajadores empleados en la obra, seran pagadas por los CONTRATISTAS quienes responderan ante EL CONTRATANTE por los perjuicios que le ocasione el incumplimiento de esta obligación. El CONTRATISTA no tendra derecho a ninguna clase de prestaciones sociales, por cuanto no es trabajador dependiente al servicio del CONTRATANTE y el caracter que asume en este contrato es el previsto en el art. 34 del Código Sustantivo del Trabajo.

Séptima. Cesión del contrato. Por ninguna causa EL CONTRATANTE aceptara la cesión del presente contrato por el CONTRATISTA, ni en todo ni en parte.

Octava. Suspensión o terminación del contrato. EL CONTRATANTE podra suspender o declarar terminado el presente contrato por causas justificadas y soportadas, que a su juicio hagannecesaria tal suspensión o terminación, dando aviso al CONTRATISTA con tres (3) días de anticipación.

Novena. Exclusión de la relación laboral. Queda claramente entendido que no existira vínculo laboral alguno entre EL CONTRATANTE y EL CONTRATISTA o el personal que este último utilice en la realización de las actividades que constituyen el objeto del presente contrato.

Decima. Clausula compromisoria. Las partes convienen que en el evento en que surja alguna diferencia entre las mismas, por razón o con ocasión del presente contrato, su ejecución y liquidación se resolvera de acuerdo con el estatuto civil de comercio. En señal de asentamiento las partes suscriben el presente documento en dos ejemplares del mismo tenor en Bogota

Decimo Primera. Gastos. Los gastos que se ocasionen con el perfeccionamiento del presente contrato seran de cargo de EL CONTRATANTE, excepto el timbre, que corresponde a un tributo.

Decimo Segunda. Multa. El contratista pagara al contratante una multa del 20% por cualquier clase de incumplimiento que el contratista presente en el desarrollo de la obra como demoras.

Este contrato consta de 2 paginas.

Para constancia se firma en Bogota a los veinte (27) días del mes de Agosto de 2012.



EL CONTRATANTE, El CONTRATISTA,




JUAN GUILLERMO MELO CARLOS NARANJO
C.C. XX.XXX.XXX DE _______________ C.C. 19.332.806 DE BOGOTA D.C.
REPRESENTANTE LEGAL
CONSORCIOLAS VILLAS II




Testigos,




C.C.




..
C.C.


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