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Contitucion de el Salvador



Artículo 16.- Las Partes Contratantes acuerdan, por el presente Tratado, delimitar la frontera entre ambas Repúblicas en aquellas secciones en donde no existe controversia y que son las siguientes:

SECCION PRIMERA:
Punto denominado El Trifinio o sea la cima del Cerro Montecristo, fijado por Delegados de los tres Estados en el Acta número XXX, punto 5º, de la Comisión Especial El Salvador-Guatemala-Honduras, levantada el veintitrés y veinticuatro de junio de mil novecientos treinta y cinco, en Chiquimula, República de Guatemala.

SECCION SEGUNDA
De la cima del Cerro Zapotal al nacimiento de la quebrada de Gualcho y de aquí a la confluencia de dicha quebrada con el río Lempa. De aquí, aguas abajo del Lempa, hasta la confluencia o desembocadura en dicho río de la quebrada de Poy, Pacaya, de los Marines o Guardarraya. De este punto, aguas arriba de dicha quebrada hasta su cabecera. De allí recta a la peña de Cayaguanca.



SECCION TERCERA
De la confluencia de la quebrada Chiquita u Obscura con el río Sumpul, aguas abajo de dicho río, hasta su confluencia con el río Pacacio. De este punto, aguas arriba del río Pacacio, hasta el mojón Pacacio, que esta en el mismo río.

SECCION CUARTA:
Del mojón llamado Poza del Cajón, en el río El Amatillo o Gualcuquín, aguas abajo de dicho río hasta su confluencia con el río Lempa y aguas abajo de este río hasta su confluencia con el río Guarajambala o río Negro.

SECCION QUINTA
De la confluencia del río Guarajambala o ríoNegro con el Lempa, aguas abajo de este último hasta el sitio donde hace confluencia con el río Torola. De aquí, aguas arriba del Torola, hasta donde recibe por su margen Norte la quebrada de la orilla. De allí se sigue aguas arriba de dicha quebrada hasta su nacimiento.

SECCION SEXTA
Del mojón del Malpaso de Siilatón a la cumbre o mojón del Cerro Coloradito donde nace la quebrada de Guaralape. De aquí, aguas abajo de dicha quebrada hasta su desembocadura en el río San Antonio o Similatón, de donde, aguas abajo de dicho río hasta su confluencia con el río Torola. De allí aguas arriba del Torola hasta el punto donde recibe por su margen Norte la quebrada de Manzupucagua.

SECCION SEPTIMA
Del paso de Unire, en el río Unire, se sigue aguas abajo de dicho río hasta donde recibe el nombre de río Guajiniquil o Pescado, hasta su desembocadura en el río Goascoran. De allí, aguas abajo de dicho río, hasta el punto denominado los Amates en el mismo río Goascoran.

Artículo 17.- Las líneas de frontera delimitadas en el artículo 16 son límites definitivos entre ambos Estados y seran invariables a perpetuidad
ARTICULO 84.- El territorio de la República sobre el cual El Salvador ejerce jurisdicción y soberanía es irreductible y ademas de la parte continental, comprende:
El territorio insular integrado por las islas, islotes y cayos que enumera la Sentencia de la Corte de Justicia Centroamericana, pronunciada el de marzo de 1917 y que ademas le corresponden, conformea otras fuentes del Derecho Internacional; igualmente otras islas, islotes y cayos que también le corresponden conforme al derecho internacional.
Las aguas territoriales y en comunidad del Golfo de Fonseca, el cual es una bahía histórica con caracteres de mar cerrado, cuyo régimen esta determinado por el derecho internacional y por la sentencia mencionada en el inciso anterior.
El espacio aéreo, el subsuelo y la plataforma continental e insular correspondiente; y ademas, El Salvador ejerce soberanía y jurisdicción sobre el mar, el subsuelo y el lecho marinos hasta una distancia de 200 millas marinas contadas desde la línea de mas baja marea, todo de conformidad a las regulaciones del derecho internacional.
Los límites del territorio nacional son los siguientes
AL PONIENTE, con la República de Guatemala, de conformidad a lo establecido en el Tratado de Límites Territoriales, celebrado en Guatemala, el 9 de abril de 1938.
AL NORTE, y AL ORIENTE, en parte, con la República de Honduras, en las secciones delimitadas por el Tratado General de Paz, suscrito en Lima, Perú, el 30 de octubre de 1980. En cuanto a las secciones pendientes de delimitación los límites seran los que se establezcan de conformidad con el mismo Tratado, o en su caso, conforme a cualquiera de los medios de solución pacífica de las controversias internacionales.
AL ORIENTE, en el resto, con las Repúblicas de Honduras y Nicaragua en las aguas del Golfo de Fonseca.
Y AL SUR, con el Océano Pacífico.


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