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Las acciones - verdaderos títulos de crédito



ACCIONES
Las acciones son verdaderos títulos de crédito, se trata de documentos que presumen la existencia de los derechos literales, patrimoniales y autónomos que en ellos se consiguen; y en función de la incorporación del derecho en el título, éste resulta necesario para exigir los expresados derechos.
Es el titulo que representa una porción determinada del Capital Social, que da derecho a una parte proporcional en las ganancias y que participa en las pérdidas al solo importe del valor que expresa. Por lo tanto, su poseedor tiene un derecho patrimonial igual a la fracción de capital que representa, participando de todos los derechos y deberes que le son inherentes.
Capital social
El capital social esta formado por la suma de las aportaciones de los diferentes socios y se configura en acciones expresando su valor en euros.El capital mínimo de una sociedad anónima es de 60.102 euros. Y como diferencia fundamental con la sociedad limitada, éste ha de estar desembolsado al menos en un 25% y no totalmente como en una S.L. (sociedad limitada).


FISCALIZACION
Constituyen un órgano permanente e independiente de los administradores para la vigilancia de la actividadadministrativa y para el control de la contabilidad y de los balances. En sentido metafórico se dice que son el ojo de la asamblea . Este es ademas un órgano de tutela de la minoría de accionistas

CONSTITUCION
ASAMBLEA
De comprobar la existencia de la primera exhibición prevenida en el proyecto de estatutos;
De examinar y en su caso aprobar el avalúo de los bienes distintos del numerario que uno o mas socios se hubiesen obligado a aportar. Los suscriptores no tendran derecho a voto con relación a sus respectivas aportaciones en especie
De deliberar acerca de la participación que los fundadores se hubieren reservado en las utilidades
De hacer el nombramiento de los administradores y comisarios que hayan de funcionar durante el plazo señalado por los estatutos, con la designación de quiénes de los primeros han de usar la firma social.
INCRIPCION
Inscripción en el Registro Mercantil, requiriéndose que el capital social se halle íntegramente suscrito y desembolsado al menos, en un 25 por 100 del valor nominal de cada una de sus acciones
La inscripción en el Registro Mercantl la sociedad adquiere su personalidad jurídica cualquiera que sea la naturaleza de su objeto..

La ley
La ley, como norma emanada de la constitución es también norma reguladora de la actividad parlamentaria. No resulta practico dejar la regulación de las camaras únicamente a la constitución, ya que esto encorsetaría los ordenamientos y ciertamente no cubriría todos los aspectos, por ello existen leyes, tanto organicas como ordinarias que regulan aspectos de la vida parlamentaria, sirva de ejemplo la ley organica del régimen electoral o el código penal.
Los estatutos de autonomía
El modelo de separación del poder en el caso de las comunidades autónomas españolas, implica el funcionamiento de camaras autonómicas y su participación en la vida legislativa del estado con la figura del senador autonómico.
Los reglamentos parlamentarios
Las camaras poseen capacidad autonormativa y por tanto pueden regular su funcionamiento interno, esto es una protección ante cualquier agente externo que pueda perturbar la vida parlamentaria, permitiendo así un desarrollo de las normas de la constitución.
Los reglamentos parlamentarios tienen fuerza de ley y pueden ser objeto de controlpor parte del Tribunal Constitucional
Las normas interpretativas y supletorias de los reglamentos
La posibilidad de que los reglamentos no contemplen una determinada situación que se de en las camaras, esta cubierta través de las normas interpretativas y supletorias de los reglamentos, que el presidente de la camara, tras oír a la mesa puede establecer.
Los estatutos de los partidos políticos
Los estatutos de los partidos políticos en cuanto que regulan aspectos como la conducta de sus representantes, son también fuente del derecho parlamentario.
Reglas no escritas de conducta y actuación política
Dentro del actuar diario de los parlamentarios o senadores, existen una serie de convenciones, de usos, comportamientos que completan las fuentes del derecho parlamentario. Algunos de habitos reglas no escritas son positivas, como por ejemplo la cortesía parlamentaria, otras, resultan negativas, por ejemplo el obstruccionismo en los debates. Otras reglas no escritas son de caracter mas formal y aunque su incumplimiento no tiene por que conllevar sanciones, son normalmente cumplidas, un ejemplo muy importante es el precedente.
Autonomía parlamentaria
En los regímenes constitucionales y democraticos se considera que una propiedad esencial del Parlamento es su autonomía normativa y organizativa. Es el propio Parlamento quien aprueba sus normas, sin intromisión de cualquier otro órgano estatal. La norma fundamental es el Reglamento, sometido únicamente a la Constitución, y que puede ser desarrollada por otras normas inferiores.
En virtud de esa autonomía parlamentaria cuenta con un aparatoburocratico propio para atender a las necesidades de funcionamiento, la Administración Parlamentaria, que es una Administración Pública peculiar ya que no se integra en el Poder Ejecutivo. A esta Administración son de aplicación las normas del Derecho Administrativo aunque con ciertas modulaciones derivadas de su incardinación en el Parlamento.
Bibliografía
ALONSO DE ANTONIO,J.A./ALONSO DE ANTONIO,A.L. 'Introducción al derecho parlamentario',Ed Dykynson. ISBN: 8481559253 ISBN 978-84-8155-925-5.

RIVADO

El Parlamentarismo, también conocido como sistema parlamentario, es un mecanismo en el que la elección del gobierno (poder ejecutivo) emana del parlamento (poder legislativo) y es responsable políticamente ante éste. A esto se le conoce como principio de confianza política, en el sentido de que los poderes legislativo y ejecutivo estan estrechamente vinculados, dependiendo el ejecutivo de la confianza del parlamento para subsistir. En sistemas parlamentarios el jefe de estado es diferente que el jefe de gobierno
Índice
1 Antecedentes históricos
1.1 Dos modelos de par
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