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Derecho - Adjunto promesas de compra venta



ACUERDO
Entre los suscritos a saber: CARLOS ARTURO ROBERTO ROBERTO, identificado con la cédula de ciudadanía número 6.773.274 de Tunja y ROSALBA SUAREZ RIVERA, identificada con la cédula de ciudadanía número 40.032.697 de Tunja adquirieron lo siguiente:
* Un inmueble, según promesa de compraventa firmada entre las partes el día 20 del mes de Junio de 2.007 clausula Primera, y haciendo alusión al primer inmueble, denominada San Isidro ubicado en la vereda Carbonera del Municipio de Motavita.
* Un vehículo automotor según contrato de compraventa de vehículo Automotor firmada el día 31 del mes de Agosto de 2007.
Teniendo en cuenta que lo anterior se compró en común se hace el siguiente acuerdo
1. Que la Señora ROSALBA SUAREZ RIVERA, renuncia a la parte que le corresponde en el lote de terreno denominado San Isidro de la Vereda Carbonera del Municipio de Motavita, para lo cual firmara la Escritura pública de Venta la señora ROSALBA RIVERA DE SUAREZ, quien figura como copropietaria del inmueble.


2. Que el señor CARLOS ARTURO ROBERTO ROBERTO, renuncia a la parte que le corresponde en el vehículo Automotor. Que en este momento lo tiene en posesión y que lo entregara el día de la firma del presente documento.
3. Que en el momento en que salga registrada la escritura a nombre del señor CARLOS ARTURO ROBERTO se procedera al saneamiento del producto de los gananciales a los que hace referencia la escritura, juntocon la parte que le corresponde al Señor Alejandro Acevedo.
4. Que los impuestos que se adeudan del lote de terreno y del vehículo automotor se cancelaran por partes iguales.
Para constancia de lo anterior firmamos el presente acuerdo el día 26 del mes de Octubre de 2010.

CARLOS ARTURO ROBERTO ROSALBA SUAREZ RIVERA


Adjunto promesas de compra venta

ACUERDO ENTRE PARTES PARA REPARTIR UNOS BIENES MUEBLES E INMUEBLES
Entre los suscritos a saber: CARLOS ARTURO ROBERTO ROBERTO, identificado con la cédula de ciudadanía número 6.773.274 de Tunja y ROSALBA SUAREZ RIVERA, identificada con la cédula de ciudadanía número 40.032.697 de Tunja, se acuerda lo siguiente:
PRIMERO Bienes inmuebles comprados en común :
1. Un apartamento ubicado en la CALLE 28 No. 8 – 33 APARTAMENTO 302 el Barrio Maldonado de Tunja identificado con la Matrícula Inmobiliaria Número 070-109544 y registrado bajo escritura pública número 429 de Marzo 05 de 2008 de la Notaría Tercera de Tunja, que la escritura figura a nombre de IVON GISSELLA GALLARDO AMAYA Y ROSALBA RIVERA DE SUAREZ con hipoteca a la señora AURA ROSA RODRIGUEZ CUEVAS por valor de DIEZ MILLONES DE PESOS M/CTE ($10.000.000). Que esa Hipoteca es una deuda personal de la señora ROSALBA SUAREZ RIVERA.
2. Un lote de terreno ubicado la Vereda de Pirgua del Municipio de Tunja identificado con la Matrícula Inmobiliaria Número 070-17927 de la Notaría Primera deTunja, que la escritura figura a nombre de LORENA CECILIA ROBERTO GIL Y ROSALBA RIVERA DE SUAREZ
3. Un lote de terreno ubicado la Vereda de San Isidro Vereda Carbonera del Municipio de Motavita, identificado con la Matrícula Inmobiliaria Número 070-0096167 de la Notaría Primera de Tunja, que la escritura figura a nombre de ALEJANDRO ACEVEDO CACERES Y ROSALBA RIVERA DE SUAREZ
4. Un Vehículo Automotor de Placas BDW 782 MAZDA 626 MODELO 1.994 servicio particular, que la carta de propiedad figura a nombre del señor JAIRO CABEZAS LEON


SEGUNDO En cuanto a las deudas:
1. El Valor total de la hipoteca sera cancelada por ROSALBA SUAREZ RIVERA por ser una deuda personal.
2. En cuanto a los impuestos del apartamento cuyo valor es a la fecha $648.400 se cancelara por partes iguales.
3. En cuanto a los impuestos del vehículo automotor cuyo valor aproximado es de $1.300.000 se cancelaran por partes iguales.
4. En cuanto a los impuestos de los lotes de Pirgua y Motavita, el costo se asumira por partes iguales.
TERCERO: En cuanto a los muebles y enceres:
Cada parte se quedara con lo que aporto.
CUARTO: En cuanto a la forma de repartir:

INMUEBLE | CARLOS ARTURO ROBERTO | ROSALBA SUAREZ |
APARTAMENTO MALDONADO | 50 % | 50 % |
LOTE PIRGUA | 50% | 50% |
LOTE MOTAVITA | 50% | 0.0% |
AUTOMOVIL | 0.0% | 100% |
MUEBLES | CARLOS ARTURO | ROSALBA SUIAREZ |
SALA | X
COMEDOR X |ESTUFA MOVIL X |
ESPEJO | X
ALCOBA Y ACCESORIOS X |
LAVADORA X |
NEVERA X |
EQUIPO DE SONIDO | X
TELEVISOR | X
BICICLETA X |
MUEBLE DE TV | X
CUADROS X |

OBSERVACIONES :
1. El señor Roberto se compromete a devolver la escritura del lote de pirgua que figura a nombre de LORENA CECILIA ROBERTO GIL a favor suyo
2. Rosalba se compromete a cancelar la hipoteca según acuerdo con doña Aura Rosa del cual el señor Roberto es conocedor.
3. La señora Rosalba se compromete a devolver la escritura de Motavita a favor del Señor Roberto en el porcentaje que ella tiene, o sea el 50%
4. Los impuestos se cancelaran el día de 15 de octubre de 2010 para poder hacer las escrituras.
5. El automóvil se entrega a la firma del documento y a cambio el señor Roberto se queda viviendo en el apartamento mientras se vende
6. En este instante abrimos la venta del apartamento del Maldonado
7. A partir de estar registrada la escritura del lote de Pirgua a nombre del Señor Carlos Arturo Roberto, se empezara el PROCESO DIVISORIO el cual todo el procedimiento sera por cuenta de Rosalba Suarez y los gastos de documentación, levantamiento topografico, corrección de area entre otros sera por cuenta de Carlos Arturo

En constancia de lo anterior firmamos el presente acuerdo el día 13 del mes de Octubre de 2010.

CARLOS ARTURO ROBERTO ROSALBA SUAREZ RIVERA
C.C. C.C.


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