El Diario La Nación denunció que se
presiona a la Corte por el aborto
Al igual que lo hizo el arzobispo de La Plata, monseñor Héctor
Aguer y otras entidades públicas, también el diario La
Nación denunció, el lunes 30 de mayo, que la Suprema Corte
esta sufriendo una serie de intensas presiones para que por esa
vía, salteando la legislativa, se imponga en el país la ley que
permita asesinar a los niños antes de nacer.
El matutino porteño dedicó a esa denuncia
la nota editorial, columna en la que se expresa el pensamiento y la postura del
periódico sobre los temas candentes del país, cumpliendo
así el papel de “tribuna de doctrina” que le imprimió
su fundador hace mas de cien años.
Por considerarlo de sumo interés, incluimos a
continuación el texto completo del mencionado editorial.
Aborto: la Corte, presionada a 'legislar'
Permitir el aborto a las mujeres discapacitadas,
ademas de un homicidio, es una forma de
discriminarlas.
La madre de una menor que habría sido violada y
embarazada por su padrastro se presentó ante una jueza de Comodoro
Rivadavia y solicitó la autorización para que se le practicara un aborto a su hija. Fundó su petición en una
interpretación amplia del artículo 86 del
Código Penal que declara no punibleel aborto cuando el embarazo
provenga de una violación a una mujer 'idiota o demente'.
La jueza denegó la petición y
amparó con su decisión la vida inocente del niño en
gestación, y adoptó medidas tendientes a proteger al menor y a su
madre. El fallo fue confirmado por la camara del distrito.
Apelada la sentencia, el Superior Tribunal de Chubut
modificó la decisión de la camara y autorizó el
aborto a pesar de que la gestación se encontraba en el quinto mes, con
lo cual practicamente se trataría de un homicidio. Vélez
Sarfield sostenía sabiamente en sus notas al Código Civil:
'Las personas por nacer no son personas futuras, pues ya existen en el
vientre de la madre'.
La Defensoría Oficial interpuso un recurso extraordinario contra ese fallo. Sin embargo, el
aborto se ejecutó en marzo de 2010 en el Centro Materno Infantil de
Trelew, pese a que el pronunciamiento judicial estaba apelado y, por lo tanto,
la medida debía mantenerse en suspenso hasta tanto se resolviera.
Meses después, en junio de 2010, el Superior
Tribunal de Chubut concedió el recurso extraordinario y elevó el
caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Adonde llega con el niño muerto. El procurador general de la
Nación, al expedirse el mes pasado,dictaminó que, al haberse
realizado el aborto, el caso se convertía en una cuestión
abstracta y que, por ello, debía declararse improcedente el recurso
extraordinario.
A raíz de ello, varias entidades partidarias
del aborto, entre ellas la Secretaría de Derechos Humanos de la
Nación, se presentaron en el expediente y pidieron al maximo
Tribunal del país que prescindiera de la mencionada jurisprudencia y
dictara sentencia para aprobar el aborto, como lo hizo el fallo del Superior
Tribunal de Chubut.
Sin entrar a considerar la grave irresponsabilidad
moral y jurídica en que habrían incurrido los jueces del Superior
Tribunal provincial al aprobar un homicidio -recordaremos que la Presidenta
extendió el beneficio del subsidio por hijo a partir de los tres meses
de embarazo-, suscita verdadero asombro que un alto funcionario del Poder
Ejecutivo Nacional y demas entidades presentadas en las actuaciones
pretendan lograr un pronunciamiento a favor del aborto en la República
Argentina eludiendo al Poder Legislativo, forzando que sea la Corte Suprema
quien dicte una sentencia, a contramano de las normas de jerarquía
constitucional que se encuentran plenamente en vigor.
En efecto, la excusa absolutoria aplicada en forma
extensiva por el SuperiorTribunal de Chubut es hoy inaplicable por resultar
inconstitucional ante textos explícitos que amparan de modo irrestricto
la vida del
niño por nacer desde el instante de su concepción. Ese derecho se encuentra consagrado por la Convención
sobre los Derechos del Niño.
El Congreso de la Nación, al aprobarla por ley,
declaró que ésta 'debe interpretarse en el sentido que se
entiende por niño todo ser humano desde el momento de su
concepción y hasta los 18 años de edad'. Con esta reserva,
'en las condiciones de su vigencia', la Convención
adquirió jerarquía constitucional. Pero,
ademas, permitir el aborto de mujeres discapacitadas resulta hoy
discriminatorio para los discapacitados, que según parece no
tendrían derecho a nacer.
Debe siempre defenderse el derecho a la vida del
'por nacer', pues discapacitado o no, se trata de un ser humano.
Cualquier modificación de la legislación en vigor debe producirse
con estricto respeto a la división de poderes, y sin olvidar que los
jueces no legislan, ni fallan en abstracto, y hoy nuestra legislación
protege constitucionalmente la vida del ser humano mas inocente, la
persona por nacer.+
Bibliografía:
AICA Agencia Informativa Católica Argentina
Biblioteca: Tomas Moro y Maximiliano Kolbe
morokolbe@hotmail.com