Índice
Introducción………………………………………………..2
Periodos de desarrollo…………………………………….2
Romano
Influencia de Roma…………………………..…………….2
En el Derecho
El Derecho Romano y los sistemas
jurídicos codificados…………………….…………….…3
Concepto de derecho romano…………………..…….….4
Clases y ubicación…………………………………….…….4
Línea de evolución jurídica:
Arcaico: la costumbre y las doce tablas.5
Clásico: la jurisprudencia…..6
Post clásico………………………………………………7
Línea de evolución histórica:
Monarquía: los 7 reyes..……………………………….8
Elementos de la monarquía romana…………………9
Patricios y plebeyos……………………………….….10antes
La república:…………………………………..….…10
Consulado y magistratura………………………..…..11
El imperio ………………………………………………12
Transformaciones socioeconómicas en el imperio.13
División del imperio……………………………………13
Importancia del estudio del derecho romano……14
Conclusiones……………………………………………….16
Introducción
El origen de Roma se basa en una leyenda que tiene Rómulo por el fundador de
roma y que a el se le debe el nombre. Historia que relata que
en la ciudad de Lavina el rey Numitor fue violentado por Amulio quien era el
hermano menor. La tradición dice que la hija de Numitor, tuvo dos hijos
gemelos, los cuales fueron arrojados a las costas del rió Tibér por
órdenes de Amulio. Pero siendo estos amantados por una loba y
alimentados por los pájaros, fueron rescatados por Féstulo que se encargó de
criarlos. Habiendo crecido robustos y carismáticos, Rómulo y remo con la
ayuda de su abuelo mataron aAmulio y partieron de alba
para fundar una ciudad propia cerca al rió Tibér, Rómulo quería en el monte palatino y Remo
en el aventino. Tras matar a su hermano Rómulo se encarga de
edificar la ciudad. La leyenda dice que la fundación tuvo lugar el 21 de
abril del 753 a. C
Períodos del desarrollo romano
En la evolución del desarrollo romano cabe
distinguir tres fases: la del ius civile, la del ius gentium y la del derecho heleno-romano.
La del ius civile: comienza en el año 754 a. C. Para terminar en el año 201 a.
C. Al final de la segunda guerra púnica.
Se cifra en un conjunto de normas consuetudinarias de
carácter rígido, formalista y simple. Sobre estas normas
y sobre la ley de las XII tablas, labora la jurisprudencia (pontifical,
primero; laica, después. La actividad jurisprudencial llega a tal punto que los mismos romanos decían que la ius civile
consistía en la sola interpretación de los juristas.
La del ius
gentium: Se extiende desde el final de las segundas guerras púnicas (201 a. C.)
hasta la muerte de Alejandro severo (253 d. C:).
Derecho exento de formas, regulador del comercio, aplicable entre los
romanos y frente a los extranjeros. La jurisprudencia, el Edicto pretorio y la
legislación imperial son los factores que contribuyen a la formación y
desenvolvimiento del
derecho cosmopolita; durante este periodo la jurisprudencia alcanza su máximo
apogeo y florecimiento.
La del
derecho Heleno-Romano: Se extiende desde la muerte de Alejandro severo (235 d.
C) hasta Justiniano (siglo VI d. C.)
A la muerte de Alejandro severo sobreviene la crisis quedetermina la caída del mundo romano y la vieja
civilización itálica y aunque se logra restaurar el imperio el centro de gravedad política pasa de Roma a
Constantinopla.
Las costumbres y las prácticas orientales penetran en el
viejo derecho, sobre todo apartar de Constantino. El espíritu helénico,
ágil y luminoso, pero menos equilibrado y práctico que el de los romanos, imprime un sello al sucesivo desarrollo del derecho Romano.
La familia romana acaba por perder su vieja estructura bajo la influencia de
las nuevas corrientes
y, singularmente la cristiana. En el orden hereditario,
desaparecen las nuevas formas testamentarias.
Influencia de roma en el derecho
Roma con todo lo que representa no se convierte en una influencia en el derecho
sino más bien en la procreadora del, debido a que se conocen poco registros
anteriores a Roma por no decir que ninguno, que tuvieran al menos una parte de
su organización en todos los campos en especial en el jurídico.
Gracias a Roma hoy se puede decir que tenemos derechos y obligaciones con
nuestra sociedad, que tenemos estancias que nos protegen o nos castigan,
tenemos clases sociales definidas y demás cosas que veremos a través de este
trabajo
VII.- El Derecho Romano y los sistemas jurídicos codificados.
Las tendencias del
Derecho Natural y del Derecho de Pandectas llevan al
Derecho europeo continental hacia la construcción de los Códigos Civiles
vigentes.
Concretamente, mientras que en Francia el movimiento codificador se culminó
pronto con el Código Civil de Napoleón de 1804, de importantísima tradición
romana, influyendoen las codificaciones de numerosos países americanos y
europeos como es el caso del Proyecto de García Goyena de 1851, en España; en
Alemania el Código Civil (Bürgerliches Gesetzbuch, B.G.B.) se retrasó hasta
1900 por la resistencia que ya analizamos de la Escuela Histórica. Este Código,
en donde los Pandectístas alemanes mitificaron el “dogma” elaborado sobre las fuentes romanas, a pesar de su tardía aparición quedó
anticuado ya para su época, aunque se le sigue considerando como
una obra maestra de juristas y como
la más perfecta formulación de la Dogmática jurídica.
De ahí que, junto con el Código Civil suizo de 1912, influyera
en muchas otras
Legislaciones de países europeos y americanos.
En la actualidad, en líneas generales, los juristas contemporáneos han seguido
Dos caminos distintos a la hora de estudiar y aplicar el Derecho:
• Por un lado, está la corriente racionalista, heredera de la Pandectística y
de la
Jurisprudencia de Conceptos y que encuentra hoy su manifestación más clara en
el “Positivismo jurídico”, esto es, en la total correspondencia entre una
situación determinada y las normas de Derecho positivo que les sean aplicables
en un momento histórico concreto (“justo normativo”, “justo legal”frente a lo
“justo transcendente” como idea pura de justicia, en un sentido platónico o
considerada como justicia divina, “ley eterna”).
• Por otro lado, existe otra postura de carácter práctico o empírico que parte
de la
Jurisprudencia de Intereses y que se ha concentrado en movimientos como la
“Escuela Derecho Libre” o el “RealismoJurídico”, donde la solución justa no se
Puede alcanzar solo mediante normas o leyes formales, es preciso acudir a la
Libre investigación jurídica, es decir, a otros factores como la moral
dominante,
Costumbres, condiciones sociales, económicas y políticas y a la propia voluntad
Autónoma de las partes en conflicto.
Ante este panorama, el Derecho romano seguirá siendo el elemento histórico y
Jurídico imprescindible para el progreso de la cultura jurídica occidental, en
la medida que su jurisprudencia nos sigue dando ejemplo de cómo las soluciones
a los conflictos jurídicos deben inspirarse en la aequitas, en la utilitas y en
la prudentia.
CONCEPTO DE DERECHO ROMANO.
El derecho romano es aquel reconocido desde 450 A.C. hasta ser reconocido por
las autoridades bizantinas en donde la llamaron “Corpus Juris Civili” (El
cuerpo del derecho civil), para entenderlo o
diferenciarlo de “Corpus Juris Canoici” ( El cuerpo del derecho canónico).
CLASES DE DERECHO ROMANO.
Según los juristas argentinos existen dos clases de derecho romano
ï‚· Derecho Romano Originario
ï‚· Derecho Romano de recepción.
ï‚· DERECHO ROMANO ORIGINARIO
Es aquel en donde tuvo origen el mismo derecho romano y también se considera
que es aquel donde fue creado y aplicado dentro de la misma roma.
ï‚· DERECHO ROMANO DE RECEPCIÓN
Es aquel que tuvo origen fuera de roma, es decir su creación y aplicación
sucedió fuera de la misma. En épocas distintas por ejemplo: a México llego el
derecho romano por recepción ya que roma conquisto a
España y esta a su vez al conquistar a México le aplico elderecho romano.
UBICACIÓN DEL DERECHO ROMANO EN LOS SISTEMAS JURÍDICOS.
El sistema jurídico romano se aplica en nuestros días
en Alemania, España, Francia,
Portugal,
Italia y Grecia en Europa.
Lo que se puede decir que hace a un buen abogado es lo siguiente:
RATIO LEGIS (Razón legal)
RATIO JURIS (Razón Jurídica)
RATIO HOUNES (Razón Humana)
Roma es de hecho la de mayor aportación jurídica o de derecho más que sus
filosofías, arquitectura, etc.
UBICACIÓN DE LOS SITEMAS JURÍDICOS ROMANOS: QUE SON EN TODA AMERICA LATINA
Y BRASIL.
Para el estudio del
derecho romano se deberá analizar a través de sus líneas de evolución: tanto
histórica como
la jurídica.
LINEA DE EVOLUCION JURÍDICA
ï‚· Derecho arcaico
ï‚· Derecho clásico
ï‚· Derecho Posclásico
ï‚· Derecho Justinianeo
PERIODO ARCAICO: En este periodo se relacionaba de sobremanera el derecho con
la moral religioso en donde sé tenía que tener aprobación de los dioses en cada
acción realizada para no quebrantar la ley; además de esto, se podría
diferenciar en este periodo otras tres fuentes principales:
La costumbre: No hay reglamentos mediante normas preestablecidas, todo se
realiza para la comunidad y ya cada persona sabía que debía hacer, quien no las
realizaba era sancionado, sanciones que estaban escritas por un juez que ya
había castigado acciones iguales a sus antepasados, dichos escritos estaban
guardados celosamente en colegios sacerdotales.
La ley de las doce tablas: En una lucha de igualdad entre los patricio y los
plebeyos en el año 449 a. C. La plebe logra que los patricios informen en un códigoescrito las principales costumbres aplicadas por
los jueces. Con esto se logró que las normas fueran conocidas por todos los
ciudadanos que supieran leer acabando con el predominio patricio, para escribir
dichos códigos se mandaron 10 patricios a Grecia para tomar como modelo el
derecho griego, como resultado de eso a roma llegaron las diez primeras tablas
hacia el 451 a. C. Para completar el mandato se realizó una reunió
patricio-plebeya en donde se escribieron dos tablas más. Estas tablas se
organizaban así
Primera tabla: reglas generales sobre la citación en juicio del
mandato y el desarrollo del
litigio.
Segunda tabla: Texto resumido de algunas de las acciones de la ley y otras
reglas de actuación procesal.
Tercera tabla: Reglas relativas a la aprehensión y tratamiento del
deudor.
Cuarta tabla: Regula las relaciones de familia.
Quinta tabla: Disposiciones relativas a la sucesión.
Sexta tabla: Regla sobre la posesión y la propiedad de las cosas.
Séptima tabla: Normas relativas a la propiedad y otras
figuras jurídicas sobre las cosas agrarias.
Octava tabla: Derecho penal.
Novena tabla: Derecho penal.
Décima tabla: Derecho sacro.
Undécima tabla: Instituciones del derecho penal y derecho
público.
Duodécima tabla: derecho público. Hace relación especial a
las diferencias existenciales entre las dos clases sociales.
Las leyes: En los tiempos republicanos se encuentran otras leyes que pueden ser
consideradas como
fuentes del
derecho, aunque muy pocas traten de derecho privado, ya que en su gran mayoría
se encarga de cuestiones de ordenacionessocio-política; Las leyes más
importantes son las rogatae (leyes rogadas o pedidas por) aprobadas por el
pueblo.
Cabe aclarar que en esa época sé hacía referencia a ley privada a la que
proviene de una persona privada por ejemplo: el páter y se limita al ámbito de
potestad de esa persona sobre los bienes o los individuos a ella sometidos; y
la ley publica es aquella que proviene de un organismo público por ej: los
comicios, y su eficiencia se refiere a todos los ciudadanos.
PERIODO CLÁSICO:
La jurisprudencia: Cuando los plebeyos lograron que se crearan normas que reconocieron sus derechos y los gravaron con
deberes de igualdad con los patricios, tuvieron que buscar la manera de que la
interpretación de tales normas no las realizaran los pontífices, debido a que
estos apoyarían a los patricios. La solución a este
problema fue el surgimiento de la jurisprudencia laica (interpretación de
normas por personas no adscritas a los colegios sacerdotales) que se creó
alrededor del
año 312 a. C. Desde ese momento el derecho romano comienza a madurar para
convertirse en brillante construcción que admiramos.
Cabe resaltar que es una manera de crear derecho por quienes poseen el saber
jurídico y no por quienes se adjudican el poder; además esto no afecta
negativamente el derecho privado, sino que al contrario lo ayudo a progresar
obteniendo este una estructura sólida; el jurisconsulto se extendieron a casi
toda la vida jurídica romana; De desarrollo un método parecido al expuesto por
Aristóteles en donde cada caso concreto tenía su solución jurídica.
En la fuente jurisprudencial sedistinguen tres grandes
generaciones de juristas.
La de los clásicos tempranos, representados de manera destacada por Sexto Elio
Peto, autor de un libro que se titula Tripertita, que contiene los más antiguos
elementos del derecho civil; Publio Mucio Scevola, primero de una familia de
eminentes juristas; Quinto Mucio Scevola, hijo de Publio y pontífice máximo y
Servio Sulpicio Rufo, orador forense no inferior a Cicerón.
La de los clásicos altos, entre los cuales se destacan Marco Antistio Labeon y
Ateio Capitón fundadores de las escuelas proculeyana y sabiniana
respectivamente; Salvio juliano, reputado por algunos como el más grande
jurista de todos los tiempos.
La generación de los últimos jurisconsultos clásicos, dentro del cual se debe
mencionar de manera especial Papiniano, Ulpiano y Gayo, cuya fama acrecentada
en la época post-clásica para integrar, en forma primitiva el famoso “tribunal
de los difuntos” creado por una de las leyes de citas
El edicto del pretor: Dentro de las atribuciones ordinarias de los magistrados
republicanos estaba la facultad de dictar edictos, pero dado que en materia del
derecho privado él más importante era el promulgado por los pretores, encargados
de la administración jurídica.
Los senadoconsultos: originalmente eran simples
consejos dirigidos por el senado a otras autoridades o el pueblo. Muchas veces
se trataba de contestaciones a algún magistrado que solicitaba la opinión del
senado sobre algún problema que no quería resolver bajo su propia
responsabilidad.
Si bien los senadoconsultos no poseían de suyo fuerza obligatoria,puesto que eran simples consejos, el pretor incluía en su
edicto los medios adecuados para darles eficacia, su influencia en el derecho
clásico a partir del principado fue notable por tres razones de peso:
La pérdida de importancia de los comicios dentro de la organización del estado
y la consiguiente disminución de las leyes comiciales.
La posición política sobresaliente del
príncipe en deterioro de las prerrogativas del
senado, cambio que trajo como
resultado la tecnificación de este cuerpo que se convirtió en un eficiente
conjunto de asesores estatales.
La posibilidad de negar el ingreso al senado a
aquellos ex magistrados que no acatasen sus opiniones.
Las leyes: Las leyes comiciales fueron una fuente de menor importancia para el
derecho privado de la época clásica. El magistrado preparaba el proyecto de ley
con la asesoría de algunos juristas y durante treinta
días previos a la reunión de los comicios de votación de la ley esta debía
discutirse en asambleas informales para hacerles las modificaciones necesarias
y preparar el clima político que facilitara su aprobación. El
proyecto definitivo se presentaba a los comicios por centurias o por tribus, en
ellos los ciudadanos podían aprobarlo o rechazarlo mas no modificarlo.
Los plebiscitos: Las decisiones de los consejos de la plebe sobre una propuesta
legislativa del tribuno se equiparon a las leyes desde el año 286 a. C., fecha
en la cual la ley de Hortensia determino que fueran obligatorias para patricios
y plebeyos.
Su estructura formal es similar a la de las leyes comiciales y su contenido se
refiere acuestiones que significaban un hito en el
proceso de democratización de roma y de igualación de los ciudadanos.
PERIODO POST-CLASICO: La concentración de poder en cabeza del emperador modifico no solo la estructura
política romana si que también las formas de creación del derecho. Los jurisprudentes clásicos
habían visto reducida su libertad creativa mediante el establecimiento del ius
publice respondendi, Teodosio II y valentiniano III en el año 426 d. C.
Terminarían con su influencia el establecer, en su famosa Ley de Citas que
solamente las opiniones de paulo, Ulpiano, modestino, Gayo y Papiniano podrían
alegarse ante los tribunales.
El edicto de los pretores se había cristalizado con la promulgación del
edicto perpetuo de Adriano. Así las cosas, la legislación imperial se levanta durante el periodo del
dominado como
fuente jurídica más relevante, por no decir única.
Las siguientes son las clases de constituciones imperiales
Edictos contienen resoluciones, mandatos o instrucciones de eficacia general,
sustituyen las leyes rogadas y a los senadoconsultos. Para promulgarlos el emperador
hace uso del
ius edisendi propio de los magistrados republicanos.
Decretos son las sentencias del
dominus en los procesos para los cuales es elegido libremente por partes como juez o en aquellos que llegan a su conocimiento en la
última instancia del
nuevo procedimiento extra ordinen. En este caso el
emperador actúa como juez, pero sus sentencias
tienen más autoridad que las de otros jueces porque representan la opinión del tribunal de mayor
jerarquía dentro de la nuevaorganización judicial.
Mandatos u órdenes de servicio dirigidas a los funcionarios
administrativos a la manera de las proferidas por el páter familias.
Rescriptos Respuesta dadas a las consultas de los súbditos
imperiales, usurpando así el dominus la función de los antiguos jurisprudentes.
Se acostumbra distinguir entre epístola y la subscriptio de acuerdo con la
forma externa de la respuesta. En las epístolas esta se escribía en pliego
diferente al de la consulta; en las suscripciones, se anotaban en la parte
inferior del
mismo pliego.
LINEA DE
EVOLUCION HISTORICA
ï‚· Monárquica.
ï‚· Republica
ï‚· Imperio
ï‚· Justiniano
a. Monarquía
La Monarquía como primera fase de la evolución
histórica del
derecho romano, cabe señalar que era una monarquía de carácter muy especial, ya
que el rey era elegido mediante sufragio electoral.
Además durante dicha monarquía romana se dieron en
roma 7 reyes y cada uno de ellos aporto algo a roma.
LOS 7 REYES.
I. Rómulo (latino): quien fue el primer rey
de origen latino y aporto las leyes de la propiedad.
II. Numa (sabino): Aporto a roma su religión como producto de sus
pláticas nocturnas con una bella ninfa.
III. Tulo Hosticio: Aporto a roma las normas de
guerra.
IV. Anco Marcio: No aporto nada y fue conquistado por los etruscos.
V. Servio Tulio: Organizo a los ciudadanos en centuria para fines
militares y cívicos.
VI. Tarquino “El soberbio”: quien provoco el descontento de los
plebeyos que origino el surgimiento de la república.
VII. Tarquino “el Antiguo etrusco).
CLASES SOCIALES QUE SE DIERON DURANTE LA MONARQUIA.Patricios
y plebeyos. Durante la monarquía surgieron en roma 2 clases principales
que fueron patricios y plebeyos y según dice la leyenda que los patricios eran
los ricos y acaudalados, y los plebeyos, los pobres y menas trozos.
Por otra parte, los historiadores nos dicen que los patricios eran de raza
sabina y los plebeyos eran de raza latina.
Los sociólogos nos dicen que los patricios eran industriales y los plebeyos
eran comerciantes que a pesar de este desacuerdo se
puede decir que tanto patricios y plebeyos son las dos clases protagónicas de
la monarquía romana.
EXPEDICIÓN DE UNA LEY DURANTE LA MONARQUIA.
Este sé hacia a través de un plebiscito y que tenía tres factores
1. Rey ---- Proponía
2. Comicios ---- Aceptaban
3. Senado ---- Ratificaban.
SPQR.
S- Senatos
P- Populus
Q- Quop
R- romanorum
(Senado del
Pueblo Romano)
LOS ELEMENTOS DE LA MONARQUIA ROMANA.
--Gens -Senado -Clientela
GENS: la roma monárquica fue considerada como
una confederación de Gens y cada Gens como
una confederación de domus (familia).
3 DOMUS = 1 GENS
La gens romana se atribuyó a la inexperiencia del estado, ya que
el estado romano monárquico se encontraba totalmente inmaduro para gobernar,
tanto en lo social, político, económico, incluso en lo religioso.
Todo esto se debió a la inmadurez que tenía el estado romano monárquico y por
tal motivo tuvo que encomendar a las familias romanas para que se organizaran
en GENS y de esta manera sé autogobernaran, y sin embargo los cargos
importantes eran únicamente integrados por patricios, es decir, el propio rey,
los comicios,senadores, curias y sacerdotes.
En cuanto a la denominación de Gens ha habido diferentes acepciones, los
alemanes le denominaban con el nombre de SIP o SIPE.
Los españoles les denominan con el nombre de GRUPO GENTILICIO.
Sin embargo el término que ha prevalecido es el romano
de GENS y su descubrimiento se le atribuye al antropólogo norteamericano Lewis
H. Morgan.
1. DIFERENTES CONCEPTOS DE GENS.
Por el antropólogo francés Fostel de Coulanges, la gens es la relación que
tiene una familia con otras familias.
El antropólogo alemán Rodolfo Von Jhering nos dice que la gens es la relación
que tiene la familia con el propio estado para satisfacer necesidades
políticas, culturales y religiosas.
2. LA FAMILIA EN LA MONARQUIA ROMANA.
La familia romana se basaba en supuestos orígenes atribuidos a un dios o aun
héroe y cada familia tomo un grado de independencia tan fuerte frente al estado
a manera que el “Páter Familias” era el único dueño sobre su propia Domus
(familia) y dicho Páter familias podía ejercer un poder tan despótico sobre su
propia familia tal grado que tenía la facultad de ejercer el “Jus Vitae
Nescisque” que significa el derecho de vida y muerte sobre sus propios hijos.
Pero el estado nombro a un MAGÍSTER GENTIS (maestro de
la gente) para tratar de suavizar dicho poder tan despótico, otro elemento es
la clientela que significa el que escucha y el que debe obedecer.
Los clientes eran de origen extranjero que por alguna poderosa razón se
subordinaban a una poderosa domus aristocrática también se dice que los
clientes eran extranjeros que por alguna razónse empobrecían y se venían a
menos y entonces tenían que subordinar su servicio de vasallaje además recibían
alguna compensación económica y además eran protegidos por sus patrones tanto
en lo político como en lo económico.
PATRICIOS Y PLEBEYOS.
A pesar de los elementos monárquicos ya sea el rey, comicios, curias, senado y
clientela y GENS se dieron en roma dos clases sociales que dentro de la
monarquía trabajan conjuntamente para la economía romana y fueron los patricios
y los plebeyos, quienes poco a poco fueron tomando tal fuerza que fueron
ganando ciertos derechos a través de plebiscitos (cita de la plebe) y sin
embargo los cargos importantes eran integrados únicamente por patricios, es
decir el propio rey, comicios, senadores, jurias y sacerdotes.
REY.
Cabe recordar que el rey no era elegido por su nacimiento
sino por elección popular, pero al ser elegido de manera vitalicia se considera
que la monarquía romana es de carácter especial.
SENADO - SENATUS.
Estaba integrado por venerables ancianos llamados SENES y en un
principio se dice que tuvieron 300 senadores y un gobierno oligárquico y
gerontocratico (para unos cuantos y para los viejos).
COMICIOS.
Los comicios constituían un factor importantísimo
dentro de la monarquía romana y se constituirían en asambleas para tomar
decisiones de manera colectiva, es decir los ciudadanos romanos organizados en
asamblea podían decidir sobre su futuro político. Cabe señalar que los comicios
se organizaban en curias para los tiempos de elecciones, es decir para
denominar al nuevo rey y dichos comicios eranconvocados por un
INTERREX (era quien convocaba a todos los comicios para seleccionar los
curias).
LA REPUBLICA.
La republica como
segunda línea de evolución histórica según nos dicen los historiadores en el
año 510 A.C. una revolución social puso fin al poder despótico de “Tarquino el
Soberbio” y cabe señalar que dicha revolución fue organizada por los mismos
patricios además esta revolución tuvo éxito gracias al “EXERCITUS CENTURIATUS”
(patricios y plebeyos).
Además durante la república se rompen las relaciones
que había entre las GENS y el estado, además desaparece la división de clase
entre patricios y plebeyos, en el cual los plebeyos lograron tener
representantes en el senado llamados “CONSCRIPTI” (senadores plebeyos con voto
sin voz).
INSTITUCIONES POLÍTICAS DURANTE LA REPUBLICA.
En lo político el rey es sustituido por “PONTÍFICEX MAXIMUS” que era aquella
persona que se encargaba de designar a los senadores mediante un “CENSOR”. En cambio todos los demás
cargos públicos se llevaban a cabo por conducto de dos cónsules.
Estos cónsules tenían su nombramiento únicamente por un
año y no podían ser reelegidos cabe señalar que entre los cónsules podían
paralizar la función de otro a través de un “JUS INTERCESSIONIS” (derecho de
interceder).
Milicia: mal que hacen los militares por uno.
CONSULADO Y MAGISTRATURA.
Debido al crecimiento del imperio romano la
función de los cónsules se fue haciendo insuficiente ya que dichos cónsules
tuvieron que desmembrar funciones en otra clase de funcionarios tal y como son las siguientes
magistraturas
1. Tribunadomilitar: dicho tribunal estaba integrado por todos los jefes
de infantería y los cuales eran elegidos por los plebeyos.
2. Censura: fue creada en 443 A.C. y en este caso
cada censor tenia la obligación de crear un censo general cada 5 años. Y en un principio fue para fines religiosos y posteriormente para
efectos fiscales, además proporcionaban una vigilancia de carácter moral, y
ellos decidían que ciudadanos debían entrar o salir del senado.
3. Cuestores: se encargaban de administrar la justicia penal e imponían
sus penas correspondientes.
4. Praetura: El praetor era el encargado de administrar justicia civil y
se dividía en dos
a) Praetor Urbanus. b) Praetor Peregrinus.
a) Praetor Urbanus
Se encargaba de dirimir controversias cuando una de las partes eran ciudadanos
romanos.
b) Praetor Peregrinus
Se encargaba de impartir justicia fuera de roma o cuando las partes eran
extranjeras.
5. Ediles: Eran encargados de la vigilancia en calles
y mercados.
6. Dictadura: Era un tipo de magistratura de
carácter extraordinaria y procedía únicamente en aquellos casos de emergencia
cuando se atentaba contra la integridad de roma y únicamente duraba 6 meses.
El nombramiento de los magistrados era únicamente por un
año además no recibían salario alguno y ahí se les llama honores.
FACULTADES Y CARACTERÍSTICAS DE LOS CONSULES.
Facultades
1. El cónsul tenía la coerción que era la facultad de ejercer la función
policíaca.
2. Jurisdicción: era la facultad de dirigir la justicia.
3. “Jus Agendi cum Popolu”: Consistía el derecho de hacer preposiciones a los
comicios.
4. “JusAgendi Cum Senatus”: hacer preposiciones al senado.
CARACTERÍSTICAS DE LOS MAGISTRADOS.
Cabe señalar que los magistrados nunca constituyeron un cuerpo bien
jerarquizado de normas sino más bien su tarea durante la república, siempre
obedeció a resolver problemas prácticos y reales, tanto en lo político, social
y económico
“CONCILIA PLEBIS” O TRIBUNAL DE LA PLEBE.
La plebe con sus respectivos tribunales o asambleas se entregaron a una tarea
de integrar a las dos clases sociales opuestas durante la monarquía (concilia
plebis) y en lo político lograron a través de plebiscitos tener senadores
llamados “conscripti” y cualquier clase de magistratura; en lo jurídico se
logró hacer un código civil que permitiera que por primera vez el matrimonio
entre patricios y plebeyos. La primera ley de divorcio se vio sancionada en la
ley de las XII tablas y fue sustituida por la ley Canuluela del año 455 A.C
RELIGIOSO
Lograron los plebeyos con la ley Ogulnia puestos de augures y pontífices.
JUDICIAL
Se logro el tribunado de la plebe en la cual a través de un intercessio que era
aquel derecho para interponerse a la decisión de un juez o magistrado y este
sentido también se facultaba a aquellas personas que eran victimas de un
agresor de hacer justicia propia mano siempre y cuando dicho agresor hubiese
sido declarado de hacer a través de una sacrosantitas.
TRIBUNADO DE LA PLEBE.
Se obtuvo mediante una huelga integral en el cual los plebeyos tuvieron una
organización propia y con medios legales para ejercerla.
EL IMPERIO
A la muerte de Alejandro Severo se producen unaserie de descontentos sociales,
con la fin de la toma del poder, también se le da el problema sociografico de
equiparar a roma con sus provincias. Por otra parte en el aspecto social se
producen una serie de desavenencias que originan el conflicto entre el imperio romano y entre el cristianismo y en cuanto a los problemas
económicos estos se debieron a la guerra y a los constantes acechos por los
bárbaros.
División del imperio (políticamente
1. División jurídica: el imperio jurídicamente se divide en dos partes.
a) Principado: máximo florecimiento del
derecho romano (ecloga legum
Aparecen los juicios orales.
El derecho romano recibe gran influencia de la
filosofía griega.
Aportan una gran literatura jurídica. (juris litteris)
Durante el principado el príncipe recibe una serie de características que le
eran concedidos con los antiguos órganos republicanos y tras la renuncia de dos
cónsules recibe en su persona el imperium preconsulare con el cual mandaba a
todos los gobernantes en cualquier provincia.
Cabe señalar que el príncipe no era un magistrado sino
un nuevo órgano del estado para dar solución a
cualquier tipo de problemas del
imperio y esto lo logro gracias a la colegialidad.
Durante el principado surgen una serie de funcionarios a sueldo y que originan
la burocracia y entre ellos tenemos los siguientes
ï‚· Legati Augusti.- Era el encargado del gobierno de las provincias.
ï‚· Praefecti Praetorio era el encargado de la
guardia imperial y también se hicieron cargo de la justicia civil y penal.
ï‚· Praefecti Urbis Era el encargado de
representar alpríncipe en su ausencia y también tuvo a su cargo la
administración de la policía de la ciudad.
ï‚· Praefecti Vigilum era el encargado
únicamente de la vigilancia nocturna.
ï‚· Praefecti Annonae era el encargado de la
vigilancia en los mercados.
ï‚· Praefecti Aggypti era el encargado del gobierno de Egipto.
2. Autocracia: con la autocracia como la segunda parte del imperio la
ciencia jurídica decayó a tal grado que se le conoce con el nombre de derecho
vulgar y las únicas innovaciones jurídicas que se dieron consistieron en
constituciones imperiales que no eran más que adaptaciones del derecho romano
al derecho provincial.
TRANSFORMACIONES SOCIOECONÓMICAS DURANTE EL IMPERIO.
Durante el imperio el nivel adquisitivo cayo a tal grado que ya no bastaba con
ser rico y acaudalado sino que había que ser un alto nivel militar o un
funcionario distinguido y cabe señalar que durante el bajo imperio es decir la
autocracia, se cometieron grandes terrores con el fisco y además se incrementó
el peligro en las carreteras, el nivel cultural bajo y en parte se debió a la
invasión de los germanos. (Volkswander).
Por otra parte los grandes terratenientes ya no podían ofrecer tanta protección a
sus súbditos, es decir de defenderlos de los abusos de cualquier funcionario y
con esto se dejaba vislumbrar el feudalismo medieval.
REFORMAS DE DIOCLESIANO Y CONSTANTINO.
Una vez que Diocleciano es nombrado emperador por las tropas imperiales se
impone el absolutismo al estilo oriental, recayendo sobre el mando de la vida
pública y como
atribuciones tenemos
ï‚· Reforma lostribunos
ï‚· Monta una burocracia oficial y numerosa que reemplazo a las magistraturas y
encomendó el gobierno a dos emperadores.
En cambio las reformas de Constantino consistieron en una cierta tendencia
hacia la unidad de estado, pero siempre y cuando fuera con cierta orientación del derecho, y también hace
ciertas reformas con tendencias al cristianismo y al socialismo del estado.
DIVISIÓN DEL IMPERIO
Por lo que se refiere a la división jurídicamente del imperio esta desaparece
con Constantino debido a la última división que se dio con Teodosio, pero una
vez que el imperio vuelve a la unidad de estado, el imperio abarca de Zenón
Hasta Justiniano. Sin embargo nunca se logró la plena unidad del estado debido
a los constantes acechos de los bárbaros y una vez que se dio la caída del
imperio de occidente, el imperio de oriente siendo más rico y poderoso, y en
donde recibía el verdadero emperador quien posteriormente se negó a reconocer
la calidad imperial de Carlo Magno.
División del imperio geográfica según Teodoro Mommsem.
Según Mommsem el imperio se dividía en cuatro prefecturas que son
ï‚· Oriente (capital Constantinopla).
ï‚· Iliria (Bosnia y Dalmacia
ï‚· Italia
ï‚· Galia (Francia).
Importancia del estudio del derecho romano
Con escasas excepciones los pueblos de hoy están regidos por el sistema
jurídico romanista o el anglosajón. Podría afirmarse que solo las naciones que
tienen idioma ingles no comparten con nosotros el sistema romanista. Al sur de los Estados Unidos de Norteamérica tienen una común
cultura jurídica romanista.
En nuestra épocaestamos sufriendo una dura embestida que pretenden imponernos
el modelo anglosajón, paralela a la que intenta reemplazar el idioma español
por el inglés, en otras palabras, nuestras costumbres
por las suyas.
a) Valor propedéutico del derecho Romano: Su carácter histórico y la compresión
del proceso evolutivo del derecho que su estudio provoca, tornara a esta
materia en un vehículo magnifico para que quien se inicia en la carrera tenga
una noción amplia de la misma y adquiera una sólida base para el desarrollo de
la misma. El derecho romano debe necesariamente
enseñarse al principio de la carrera, porque si no, su valor formativo e introductorio
se pierde.
b) Valor histórico: El derecho romano fue durante
mucho tiempo la única materia que se estudiaba en la carrera de Derecho hasta
que se le adoso el Derecho Canónico.
c) Elemento imprescindible para estudiar derecho comparado: El derecho romano es la sustancia sobre la que se han confeccionado los
códigos modernos.
d) Origen común de instituciones de derecho público: Muchas instituciones de
Derecho Público moderno tienen su origen en el Derecho
Romano.
CONCLUSIONES
A medida que se avanza en el estudio del derecho romano
Es innegable la influencia de la doctrina romanista en el derecho contemporáneo
con la persistencia de los elementos romanísticas, a pesar de las variantes y
divergencias que presentan, como consecuencia de la evolución histórica y de la
diversidad social.
Si en el ámbito del
derecho de familia, las transformaciones han sido importantes, que ya algunas
figurasdel derecho romano se han desdibujado para dar paso a nuevas versiones
jurídicas, no sucede así con los derechos reales y las obligaciones, ya que
aquí está vivo el viejo derecho del Lacio. Para entender el derecho de
propiedad hay que remontarse a los antiguos principios del ius u tendí,
ius fruendi y abutendi. De la misma manera, la posesión sólo puede ser
entendida a cabalidad teniendo como
punto de partida la vieja versión del derecho
romano que pone al descubierto los elementos clásicos del corpus y animus, las servidumbres en sus
elementos fundamentales se conservan en su plenitud. En lo esencial, las
necesidades del
hombre antiguo, por lo que respecta a los derechos personales, son idénticas a
las necesidades del hombre moderno y resulta
verdaderamente impresionante observar cómo principios estructurales del Derecho
Romano siguen siendo vigentes en el mundo moderno, como consecuencia del carácter abstracto del Derecho de Obligaciones.
el estudio del derecho romano, por importante y básica para la preparación no
escapó a la consideración y profundidad del pensamiento del Libertados quien en
carta dirigida al maestro de su sobrino Fernando Bolívar excita a éste a
enseñarle Derecho Romano porque ese derecho como base de la legislación
universal debe estudiarse, el derecho romano tiene en los estudios jurídicos la
misma importancia que la anatomía en Medicina, el Cálculo infinitesimal en las
Matemáticas y la química analítica en Farmacia. Por eso debemos saber que
nuestra constitución tiene como base al derecho romano_
germánico.