MEDIO PREPARATORIO DE JUICIO CIVIL.
SUMARIO DE DESAHUCIO.
C. JUEZ DE LO CIVIL EN TURNO.
DEL PRIMER PARTIDO JUDICIAL.
DEL ESTADO DE JALISCO.
PRESENTE.
JUAN SANCHEZ GONZALEZ, Mexicano, casado, mayor de edad. Empleado con domicilio
procesal en la finca marcada con el numero 90 avenida enrique díaz de
león y designando, como autorizados a los c.c. CARLOS GODINEZ LOPEZ,
JUAN CARLOS GOMEZ PERES Y SUSANA DEL MONTE PINTO, en los términos del
articulo del código procesal civil del estado de Jalisco, personas estas
que notifico discierna el caso por estarlo aceptando y protestando alcance del
presente escrito comparezco y:
E X P O N G O :
Que por mi propio derecho vengo a promover MEDIOS PREPARATORIOS DE JUICIO CIVIL
SUMARIO DE DESAHUCIO, para acreditar contrato de arrendamiento sustentado en la
prueba confesional a cargo del absolvente MARIO ROSALES PEREZ,
acompañandose en sobre cerrado, las articulaciones:
A N T E C E D E N T E S :
1.- Con fecha de febrero del año 2009 en esta ciudad de Guadajalara
Jalisco, el suscrito y el señor ARTURO PEÑA OLMOS, celebramos
contrato d arrendamiento respecto con l finca marcada con el numero 120 de la
calle Javier Mina de la zona centro de esta ciudad, por el termino de 12 meses
forzosos, pactandose con fecha del 10 de enero del año 2010.
Llegado el vencimiento del
contratoy por causas ajenas de mi voluntad se convirtió por
término indefinido lo que desde luego me permite abrir el procedimiento
preparatorio para acreditar la existencia del
contrato de arrendamiento, para los efectos de someterlo a nuevas disposiciones
que permitan adecuarlo a la realidad jurídica de la relación
contractual del
suscrito y el absolvente.
Para sustanciar
el desahogo de la prueba confesional desde este momento acompañe y
exhibo el pliego de posiciones que e sobre cerrado se anexa.
D E D E R E C H O:
Sirven de fundamento a la presente los artículos 2018 al 2044, 210 al
218 y del 308 al 338. Del CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE
JALISCO, en relación con los artículos del
CPCEJ.
Por lo antes expuesto y fundado a usted C. Juez de manera atenta le
P I D O:
PRIMERO.- Se me reconozca la personalidad con la que comparezca la personalidad
con la que comparezco en este procedimiento en la vía y forma propuesta.
1. Como así consta en la documental pública que acompaño a
este escrito el día veinticinco de febrero del año dos mil diez,
mediante testimonio público de cesión de derechos a título
oneroso, el que suscribe HUGO CUAPIO SANTACRUZ adquirí por parte del
señor LUIS GONZAGA LOZANO HUERTA y por la cantidad de DIEZ MIL PESOS,
CERO CENTAVOS, MONEDA NACIONAL, los derechos depropiedad del bien inmueble
denominado “CIENEGA VIEJA”, ubicado en predio urbano sin construcción
que se identifica como “LA BARRANCA”, ubicado en Santa María
Acuitlapilco, Municipio de Tlaxcala, el cual tiene las medidas y colindancias
siguientes: NORTE: setenta y cinco metros y linda con Calle Iztaccihuatl. SUR:
setenta y cinco metros, linda con Agustín
Vazquez Guevara. ORIENTE: diecisiete metros y linda
con Santa María Acuitlapilco. PONIENTE: diecisiete metros y linda con Barranca.
2. Desde que el señor LUIS GONZAGA LOZANO HUERTA me vendió el
bien inmueble multicitado, éste lo he tenido en posesión civil
por el simple hecho de haberlo obtenido mediante un acto jurídico
traslativo de dominio, como lo es el contrato de compraventa referido, siendo
aplicable a esta aseveración las jurisprudencias que emitieron los
Ministros de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la
Nación, las cuales trascribo a continuación
PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA. EL CONTRATO DE COMPRAVENTA ES UN MEDIO APTO
PARA ACREDITAR LA POSESIÓN EN CONCEPTO DE DUEÑO, AUN CUANDO SE
ENCUENTRE PENDIENTE DE SATISFACER EL PAGO RESPECTIVO. Para demostrar la posesión
en concepto de dueño es necesario acreditar la existencia de un
título del que se derive la posesión originaria, es decir, de un
título cuya naturaleza sea traslativa de dominio; por consiguiente, si
el contrato de compraventa, cuando es de fecha cierta y tratandose de un
biencierto y determinado, tiene tal caracter, es inconcuso que es apto
para acreditar que el comprador posee a título de dueño,
resultando irrelevante la falta de pago del precio, pues ese incumplimiento no
afecta el caracter de la posesión originaria del comprador, la
cual se detenta en virtud de un título cuya finalidad es la
transmisión permanente de la propiedad, misma que no se altera por la
omisión en el pago, toda vez que ello es materia del cumplimiento del
contrato, que no modifica su naturaleza y, por ende, la de la posesión
originaria. No. Registro: 189,280. Jurisprudencia.
Materia(s): Civil. Novena Época. Instancia:
Primera Sala. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
XIV, julio de 2001. Tesis: 1a. /J. 40/2001.
Pagina: 320.
PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA. PARA QUE SE ENTIENDA SATISFECHO EL REQUISITO
DE LA EXISTENCIA DE LA 'POSESIÓN EN CONCEPTO DE PROPIETARIO'
EXIGIDO POR EL CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL Y POR LAS DIVERSAS
LEGISLACIONES DE LOS ESTADOS DE LA REPÚBLICA QUE CONTIENEN DISPOSICIONES
IGUALES, ES NECESARIO DEMOSTRAR LA EXISTENCIA DE UN TITULO DEL QUE SE DERIVE LA
POSESIÓN. De acuerdo con lo establecido por los artículos 826,
1151, fracción I, y 1152 del Código
Civil para el Distrito Federal, y por las legislaciones de los Estados de la
República que contienen disposiciones iguales, para usucapir un bien
raíz, es necesario que la posesión del mismo se tenga en concepto
dedueño o de propietario. Este requisito exige no sólo la
exteriorización del dominio sobre el inmueble mediante la
ejecución de actos que revelen su comportamiento como dueño
mandando sobre él y disfrutando del mismo con exclusión de los
demas, sino que también exige se acredite el origen de la
posesión pues al ser el concepto de propietario o de dueño un
elemento constitutivo de la acción, el actor debe probar, con fundamento
en el artículo 281 del Código de Procedimientos Civiles para el
Distrito Federal, que inició la posesión con motivo de un
título apto para trasladarle el dominio, que puede constituir un hecho
lícito o no, pero en todo caso debe ser bastante para que fundadamente
se crea que posee en concepto de dueño o de propietario y que su
posesión no es precaria o derivada. Por tanto, no basta para usucapir,
la sola posesión de
SEGUNDO.- Se acompañan a la presente sobre que contiene a las
articulaciones que habra de absorber el señalado a quien
habra de citarse y de manera personal y en su domicilio particular
ubicado en la finca marcada con el numero 120 de la calle Javier Mina en el
sector libertad de esta municipalidad.
A T E N T A M E N T E
Guadalajara Jalisco, marzo 23 del
año 2010.
JUANSANCHEZ GONZALEZ.
P L I E G O D E P O S I C I O N E S
1 Confiese el absolvente sus generales.
Confiese el absolvente como es cierto que conoce al suscrito.
Confiese el absolvente la relación
contractual que tenia con el señor JUAN SANCHEZ GONZALEZ,
4.- Confiese el absolvente como es cierto, que
celebramos contrato de arrendamiento con fecha del año 2009.
Confiese el absolvente como es cierto que, el contrato de referencia
en la articulación anterior fue respecto de la finca marcada con el
numero 120 de la calle Javier Mina.
Confiese el absolvente como
es cierto que el contrato multicitado concluye su vigencia el 30 de enero del año 2010.
7.- Confiese el absolvente como es cierto que, la finca arrendada se encuentra
en posesión,
8.- Confiese el absolvente como es cierto que el contrato de arrendamiento se
convirtió en tiempo indefinido,
9.- Confiese el absolvente como es cierto que, el importe de la renta mensual
es de.
10 Confiese el absolvente como es cierto que a la fecha no existe
renovación de contrato por escrito.
Me reservo el derecho de formular mas posiciones, antes o después de
haberse calificado de legales las ya formuladas o absueltas que hayan sido las
mismas al momento de la audiencia.
A T E N T A M E N T E
Guadalajara Jalisco, marzo 23 del
año 2010.
JUAN SANCHEZ GONZALEZ.