Es sin duda en el auge de la industrialización y el comercio capitalista
que llevo, en el renacimiento, a las ciudades el escenario de los
acontecimientos políticos y culturales que apareció como
término peyorativo la palabra: Provinciano, para hacer referencia a la
gente que no era de la ciudad.
Me parece interesante como Oscar Wild juega con esta noción en su famoso
cuento: El fantasma de Canterville, donde una familia de americanos se muda a
un antiguo feudo de la campiña inglesa y se la pasan denigrando la forma
de hablar de sus anfitriones ingleses con respecto al, según ellos,
mas dulce acento neoyorkino. Siendo esto ultimó un claro ejemplo de etnocentrismo americano.
Lo interesante de esta obra es como los sirvientes, ingleses por
supuesto, se quedan estupefactos de la incredulidad de sus nuevos amos por ser
totalmente descreídos de las antiguas leyendas sobre el fantasma que
encanta la casa. Sin embargo cuando empieza a aparecer
manchas de sangre en el piso de la biblioteca todos se asustan exceptuando tres
personas: el padre de familia y los dos gemelos, hijos menores del matrimonio. Son los
únicosrealmente convencidos de la superioridad de sus ideales americanos
frente al romanticismo, que ante ellos se alza, de la campiña inglesa,
con sus mansiones hechizadas y sus nobles caballeros.
Estos tres entes, que Wild maneja como dos, podrían ser el epitome del
etnocentrismo, posición radical del provinciano, el cual al estar
completamente alejado de la ideas de otras sociedades trata de juzgar todo lo
ajeno con respecto a lo que conoce y siempre de una forma que lo demas
sea inferior por otro lado el provincianismo es solo la visión y apego a
las costumbres de la región de donde somos.
Sin duda el escritor francés Marcel Proust, el mas encarnado
detractor de Wild, nos puede dar un ejemplo del termino provinciano en el
personaje mas delicado de su obra cumbre: la Duquesa de Guermantes,
quien en el tercer volumen de la obra, se nos dice como ella al hablar le
recuerda al omnipresente narrador ese extraño acento que hacía de
ella una verdadera duquesa del antiguo régimen, siendo esto una
noción feudal, pues en esos tiempos donde los grandes señores se
guarnecían en sus poderosos castillos para defender al pueblo de lasinvasiones,
era de esperarse que estos grandes señores representasen sus tierras, al
punto, que el narrador un poco mas adelante nos cuenta como los vellitos
de los brazos de la dama le recuerdan el bosque de Guermantes, nuestra querida
duquesa es sin lugar a dudas la antítesis de la señora Verdurin,
una rica mujer que a echo entorno a sí un grupo de fieles seguidores que
desprecian a todo aquel que no sigue los ideales de la caprichosa burguesa,
quien piensa que todo en ella es sofisticación.
Sin duda todo esta en la forma en que se percibe el mundo, si se ve la
propia tierra como la tierra prometida a los hijos de dios no hay de otra usted
es un idiota, pero si se preocupa por ser
Distinguido por su acento provinciano, no se preocupe usted sera
distinguido, ahora bien todo dependera de cómo se lo tome, en el
quinto tomo de El tiempo perdido la duquesa, de nuevo, vuelve a pronunciar algo
de una forma en que le recuerda al narrador a una campesina de la provincia
ella se sonroja, no se lo toma muy en serio y dice algo así como
–perdón solo soy una provinciana- mientras se ríe y hechiza
a nuestro sofisticado narrador
Características: las especificaciones de lapidas, placas o
mausoleos administrados por el comité de panteón junto con
delegados mismos electos en asamblea que, se coloquen en fosas, no
deberan rebasar la dimensión de 2.20 metros de largo por 1.20 de
ancho
Las placas, lapidas, o mausoleos, que no cuenten con los permisos sellados por
el comité de panteón junto con delegados mismos electos en
asamblea,
Se Ordenara la suspensión de obras de los particulares dentro de los
panteones, cuando éstos no cuenten con el permiso de construcción
correspondiente, no les hayan sido autorizados debidamente los planos de las
mismas o no cuenten con autorización la colocación de acuerdo a
dichas especificaciones técnicas deberan de ser removidas
V Vigilar el cumplimiento de las obligaciones que a habitantes de municipio les
señala el presente Reglamento e imponer sanciones en los términos
de éste por el incumplimiento de las mismas;
VI Vigilar que el Servicio Público se proporcione
VII Proponer al comité y Ayuntamiento las obras de infraestructura
urbana que se requieran para la eficaz prestación del Servicio
Público, así como los bienes que requieran adquirirse,
expropiarse, limitar su dominio u ocuparse temporalmente para alcanzar
estemismo objetivo;
VIII Promover la organización y participación de la comunidad en
la prestación del Servicio Público;
IX Vigilar que los concesionarios del Servicio Público cumplan con las
obligaciones que establecen la Ley y el presente
Reglamento, así como con las demas que contraigan con el
Ayuntamiento, en el caso de que el mismo;
X Vigilar, en la esfera de su competencia, que el Servicio Público
coadyuve a conservar y proteger los Sistemas, Ecológico y de Salud del
Municipio;
XI Coordinar las actividades de la entidad paramunicipal del Servicio
Público, en el caso de que éste sea prestado mediante organismo
descentralizado o comité de participación municipal mayoritaria,
así como formar parte de su
Órgano directivo cuando se sea electo en asamblea y sele informe al
Ayuntamiento;
Artículo 8°.Son facultades y obligaciones del comité de
Panteón:
I Determinar y someter a la aprobación de la ubicación de
panteones de acuerdo al Programa
de Desarrollo Urbano del centro de población de que se trate, así
como el destino de sus areas disponibles, sus vialidades internas, la
anchura de sus vías de transito, las dimensiones mínimas y
maximas de sus lotes y espacios libres, el límite de sus
capacidades y todas las demas circunstancias que resulten necesarias
para la Eficaz prestación del Servicio Público y, en su caso,
ejecutar las obras que le señale elpropio Ayuntamiento.
II Expedir permisos de construcción para la realización de obras
dentro de los panteones, así como autorizar los planos correspondientes;
y
Facultades y Obligaciones de la Tesorería:
I Recaudar los ingresos causados por concepto de pago de faenas, lapidas
o
por la expedición de permisos de construcción y la
autorización de planos para obras dentro de los panteones, de
conformidad con la Ley de Hacienda Municipal, la Ley de Ingresos y Presupuesto
de Ingresos
II Recaudar los ingresos provenientes de multas impuestas por infracciones al
presente Reglamento;
III Ejercer la facultad económica coactiva, conforme a las leyes y
reglamentos aplicables, para exigir el pago de los
derechos y de las multas a que se refieren, en su caso, las dos fracciones
anteriores; y
IV Las demas que le señalen las leyes, éste reglamentos
Artículo 10.Son facultades y obligaciones del Órgano de Control:
I Atender e investigar las quejas que presenten los habitantes del municipio en
la prestación del Servicio Público, así como aplicar las
sanciones que correspondan en los términos de la Ley de
Responsabilidades de los Servidores
Públicos y de los Municipios;
Artículo 20.Son facultades y obligaciones del administrador:
I Cumplir y hacer cumplir el presente Reglamento en el desempeño de sus
funciones;
II Llevar el libro de registro autorizadopor el Ayuntamiento, en el cual anotaran
las inhumaciones, exhumaciones,re inhumaciones y demas servicios que se
presten en los panteones;
III Ordenar las inhumaciones, exhumaciones, re inhumaciones y demas
servicios que se presten en los pan