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La educacion en mexico “ el articulo 3º constitucional”



MAESTRIA: ADMINISTRACION Y GESTION EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS.

TEMA: LA EDUCACION EN MEXICO “ EL ARTICULO 3º CONSTITUCIONAL”

ANTECEDENTE PERIODO PRINCIPALES CARACTERISTICAS
ARTICULO 3º CONSTITUCIONAL 1857 -1917 *La constitución promulgada el 15 de septiembre de 1857 en su artículo 3º estableció que “La enseñanza es libre “La ley determinara que profesiones necesitan títulos para ejercicio “.la enseñanza es libre” pero Ignacio Ramírez aclaro la disputa cuando menciona “si todo hombre tiene derecho de emitir su pensamiento, derecho de enseñar y ser enseñado.
*Maximiliano de Habsburgo expidió la ley de instituciones; instrucción pública fechada el 27 de diciembre de 1865, en la que entre otros aspectos destaca los siguientes: acerca de la educación elemental estableció que seria gratuita, obligatoria y se dejaba bajo la vigilancia de los ayuntamientos y la conducción del Ministro de instrucción pública.


*lo que destaca de esta ley es que trataba de unificar la educación ya que al no reconocer la estructura federal de la república, las disposiciones que se dieron tenían supuestamente aplicación nacional, ademas se les restaba injerencia al clero en este servicio.
*Derrumbado el segundo imperio (de Maximiliano de Habsburgo) toca a Benito Juarez la organización de la república.
*En 1857, Juarez se propuso convertir a la educación en una función publica, como lo había expedido el 7 de Julio de 1859, estando radicado el gobierno en Veracruz.
*El 2 dediciembre de 1867, el presidente Juarez promulga la ley organica de instrucción Pública para el Distrito Federal y territorio.
*La ley proponía la unificación de la instrucción primaria a la vez que declaraba a esta obligatoria y gratuita, organizaba la enseñanza secundaria sobre bases solidas; estableció la escuela normal preparatoria.
*El 7 de diciembre de 1824 durante la presidencia de Sebastian lerdo de tejada, se prohibió la enseñanza religiosa en los planteles oficiales, imponiendo en su lugar la enseñanza de una moral laica.
*Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El estado, Federación, Estados, Distrito Federal y municipios, impartira educación preescolar, primaria y secundaria que conforman la educación basica obligatoria.
*Toda la educación que el estado imparta sera gratuita.
*Reformas al articulo tercero constitucional:
-1ª Reforma (12 de diciembre de 1934). La educación que imparta el estado sera socialista y ademas de excluir toda doctrina religiosa, combatira el fanatismo y los prejuicios, solo el Estado (Federación, Estado y Municipios) impartira educación primaria, secundaria y normal.
VIII. Las medidas cautelares en el procedimiento
de Ejecución Coactiva.


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IX.
el procedimiento de ejecución coactiva de

Resumen Ejecutivo
El Procedimiento de Ejecución Coactiva de Obligaciones Tributarias Municipales es una de
las piezas basicas del engranaje de la recaudación municipal, el mismo que debe insertarse
dentro del sistema tributario peruano, siendo el último recurso a utilizar para garantizar el
cobro de la deuda tributaria, por parte de los funcionarios que laboran en SUNAT y en el area
tributaria de los gobiernos locales.
Por su parte, ejecución coactiva es aquel procedimiento administrativo destinado a cobrar
una deuda tributaria determinada, derivada de un valor notificado y no pagado en su oportunidad, interponiéndose para asegurarel cobro, medidas cautelares, que de seguir impaga la
deuda tributaria, seran ejecutadas.
El procedimiento antes mencionado sera analizado en el presente artículo, así como, de manera mas específica el procedimiento de ejecución coactiva, a la luz de las Resoluciones del Tribunal Fiscal, en la esfera municipal. Asimismo, el autor esgrime propuestas de mejora a dicho
procedimiento administrativo.


Deudas Tributarias a la luz de la Jurisprudencia del Tribunal Fiscal.

“(…) el cumplimiento obligatorio en las economías del
Tercer
Mundo es incierto no solo por la ambigüedad de la doctrina legal (…) sino también por la incertidumbre respecto a la
conducta del agente”. NORTH, Douglass C. (1) “Instituciones
Cambio Institucional y Desempeño Económico”.

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X. Reflexiones Finales.


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(*) Abogado Titulado por la Pontificia Universidad
Católica del
Perú, con estudios de Post Grado en
Tributación en la misma institución. Ha seguido
estudios de Post Grado en Derecho Empresarial y de
Finanzas Corporativas en la Escuela de Administración de Negocios para Graduados (ESAN).
Adicionalmente a sus labores profesionales se desempeña como profesor de Derecho Empresarial y
Tributario en la Universidad San Ignacio de Loyola.
Actualmente, se desempeña como miembro del staff
profesional del Estudio Caballero Bustamante en el
Area de Asesoría Tributaria.
(**) Este trabajo esta dedicado a mi esposa Patricia y
a mi hijo Alejandro, por ser la fuente de mi diaria
inspiración.


(*) (**)

I. INTRODUCCIÓN
Comentando el cumplimiento de lasobligaciones nacidas de los contratos, el Premio Nóbel de Economía del Año 1993, Douglass C. North expresaba que en los países
del Tercer Mundo se presenta una marcada
incertidumbre, ya que ni el ordenamiento
jurídico positivo, ni las personas que forman
parte de la relación contractual, garantizan
un grado razonable de cumplimiento de las
obligaciones.

Creemos que esta constatación del
ilustre economista norteamericano resulta
aplicable –incluso en un grado aún mayor-,
en el campo tributario, ya que a diferencia
de las obligaciones que nacen del concierto
de voluntades, la obligación tributaria es un
vínculo jurídico de Derecho Público entre el
acreedor y el deudor tributario, establecido
por Ley, cuyo objeto es el cumplimiento
de la prestación tributaria (normalmente el
pago de una suma de dinero), la misma -2 da Reforma (30 de diciembre de 1946) La educación que impartira el estado tendera a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentara en el a la vez el amor a la patria y a la conciencia de la solidaridad internacional en la independencia y en la justicia.

-3era Reforma (9 de Junio de 1980) En esta reforma se adiciono una nueva fracción VIII, en la cual se manifiesta lo siguiente: las universidades y demasinstituciones de educación superior a las que la ley otorgue autonomía, tendran la facultad y la responsabilidad de gobernarse así mismos.
- 4 ª Reforma (28 de Enero de 1992) Garantizada por el articulo 24 la libertad de creencias, dicha educación sera laica y, por lo tanto se mantendra por completo ajena a cualquier doctrina religiosa “Propone que ademas de impartir la educación preescolar, primaria y secundaria, el Estado promovera y atendera todos los tipos y modalidades educativas, incluyendo la educación superior necesaria para el desarrollo de la nación.
-5ª Reforma (22 de Octubre de 2002) En ella se propone: Adicionar la fracción IX del articulo Tercero constitucional, el cual dice: Toda persona tendra derecho a disfrutar, perseverar, difundir y desarrollar cualquier manifestación y expresión cultural y artística que elija siempre y cuando estas manifestaciones o expresiones no incurran en algo ilícito.
-Otra reforma que se llevo a cabo durante este sexenio fue la obligatoriedad del nivel preescolar.
-Según los artículos transitorios del decreto sera efectiva la educación preescolar obligatoria en los siguientes plazos en el tercer ano de preescolar, a partir del ciclo 2004-2005 , el segundo año de preescolar a partir del ciclo 2008-2009



Bibliografía consultada:
Patiño Javier (2006) Bases Fundamentales de la Educación Profesional Técnica, editorial constitucionalista.
*Larroyo, Francisco .op.cit p.248
Bolaños Martínez Raul.op.cit p.24
*Robles Martha. Educación y Sociedad en la Historia de México.
Edit. Siglo XXI. México 1979.p.75.


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