UNIVERSIDAD MARIANO GALVEZ
CIENCIAS JURIDICAS Y SOCIALES
DERECO PROCESAL DE TRABAJO II
AMTIGUA GUATEMALA
EXCEPCIONES
En un proceso judicial, en asuntos laborales, el demandado puede asumir
diferentes posiciones con respecto a la demanda en su contra, y estas se
conocen como oportunidad procesal, que son las actitudes que Puede Tomar el
Demandado, una de ellas es la de Interponer excepciones dilatorias; divido a
que estas excepciones no estan reguladas en el código de trabajo
de Guatemala, pero si mencionadas en el capitulo sexto del título
undécimo, procedimiento ordinario, en el artículo 342, se hace
pues necesario acudir al capítulo primero del mismo título,
articulo 326 en el cual se delínea el principio de supletoriedad, para
aplicar las disposiciones del Código Procesal Civil y Mercantil y la Ley
Constitutiva del Organismo Judicial; estas se encuentran en el Libro segundo,
Titulo I, Capítulo IV, Sección Primera, ACTITUDES DEL DEMANDADO,
Excepciones previas, articulo 116, del Código Procesal Civil y
Mercantil:
Artículo 116.- el demandado puede plantear las siguientes excepciones
previas:
Incompetencia.
Litispendencia.
Demanda defectuosa.
Falta de capacidad legal.
Falta de personalidad.
Falta de personería.
Falta de cumplimiento del plazo de la condición a
que estuviere sujeta la obligación o el derecho que se hagan valer.
Caducidad.
Prescripción.
Cosa juzgada.
Transacción.
Estas excepciones previas, son las que en un proceso ordinario en
asuntoslaboras pueden ser presentadas por el demandado como excepciones
dilatorias; y se interponen de la siguiente manera
1) Incompetencia: Se interpone cuando la demanda ha sido presentada ante un
órgano jurisdiccional que no tiene competencia para conocer del asunto
ya sea por razón de la materia, territorio, cuantía o el grado.
2) Litispendencia: Juicio pendiente. Procede cuando una persona esta
siendo demandada por el mismo asunto, el mismo actor en diferente juzgado;
entonces las actuaciones del segundo juicio seran
remitidas para el primer juicio
3) Demanda Defectuosa:
Procede esta excepción cuando la demanda no llena las formalidades que
deben de cumplirse al presentarse la misma.
4) Falta de Capacidad Legal:
c. Caso del trabajador excedente. La mejora permanente en los ingresos
familiares tiende a disminuir, vía un efecto
ingreso sobre el ocio, la participación laboral de los hogares. Un aumento en el coeficiente de empleo asalariado o la
disminución de la tasa de desempleo elevan de manera permanente los
ingresos familiares; pasa lo mismo con el alza en los ingresos reales de los
trabajadores por cuenta propia.
d. Caso del trabajador adicional. A
la inversa, el deterioro permanente en los ingresos familiares tiende a
disminuir la participación laboral. Ese
deterioro esta recogido por las siguientes variables: una
disminución en el coeficiente de empleo asalariado (CEA); una
caída en los ingresos reales de los trabajadores por cuenta propia (Ycp)
y el alza reciente de la tasa de desempleo (que baja laprobabilidad de conseguir
empleo y hace caer el ingreso esperado).
e. La participación laboral muestra una alta y
positiva estacionalidad en el mes de marzo.
f. Paralelamente parece bastante sensible a ciertos cambios de estructura.
-El aumento tendencial de la participación laboral parece volverse
definitivo cuando la participación laboral es igualo superior al 54%. Ello ocurrió desde 1984. En este
caso la variable ESTl toma valor de 1 y eleva permanentemente la tasa de
participación.
-Un segundo cambio estructural parece haber ocurrido
desde comienzos de los años noventa. La influencia positiva de la
variable (EST2) indica una alza permamente en el valor medio de la
participaciÓn laboral en la década actual.
3. La tasa de desempleo
Por definición la tasa de desempleo varía inversamente con el
coeficiente de empleo y directamente con la participación laboral desde
que viene dada por la expresión:
a. La tasa de desempleo decrece a medida que aumentan tanto el coeficiente de
empleo total como
y, sobre todo, el coeficiente de empleo asalariado. En el primer caso (aumento del coeficiente de empleo total)
se trata de un truísmo prescrito por la ecuación 5, que se
produce a pesar de que, como
vimos, la participación laboral tiende a aumentar. En el segundo caso (alza
del
coeficiente de empleo asalariado) la reducción de la
participación laboral asociada con el alza en el empleo asalariado
tiende a reforzar el impacto positivo de esta variable sobrela
desocupación.
b. U n alza durable en el salario mínimo real elevaría una mayor
participación laboral- la tasa de desempleo.
c. En cambio un alza en el ingreso real de los
trabajadores por cuenta propia tiende a disminuir la desocupación. Ese impacto se produce (ecuación 4) vía una
reducción en la participación laboral.
d. El ajuste (al alza o a la baja) de la tasa de desempleo alas variaciones de
la ocupación es lento. A partir de una situación de alto
desempleo una mejora en el empleo se demora en impactar la desocupación,
pues la participación laboral es sensible al desempleo anterior. A la
inversa, si la desocupación ha sido baja, una crisis en la
ocupación se demora en elevar la tasa de desempleo, pues la
participación laboral depende positivamente del desempleo
anterior.
e. El mes de marzo presenta estacionalidad, el desempleo es superior en este trimestre del
año.
f. Cuando la participación laboral supera el 54%, reflejado en la
variable estructura, el desempleo tiende a ser mayor. Cuando supera el 58.0% se
produce un nuevo aumento en el nivel medio de la desocupación.
4. Notas estadísticas
a. Al contrastar estabilidad en los dos modelos (23), se hizo preciso crear una
nueva variable estructural (EST2) que permitiera homogeneizar la serie, como
requisito
Procede cuando ya sea el Actor o el Demandado no reúna los requisitos de
ser capaces.
5) Falta de Personalidad:
Procede esta excepción cuando una persona no esta legitimada para
ejercer un derecho y lo esta ejerciendo o bien
cuando la demanda va dirigida en contra de una persona no legitimada para
soportar esa obligación. (Actor o demandado).
6) Falta de Personería:
Facultad o aptitud que tiene una persona para poder representar a otra dentro
de un juicio.
El mandato judicial sólo se puede otorgar a un
pariente o a un abogado.
Se interpone cuando una persona comparece en nombre de otra en un juicio sin ser mandatario judicial o representante legal
o siéndolo no se justifica debidamente la representación
acompañando el título de la misma.
7) Falta de Cumplimiento del Plazo de lacondición a
que estuviera sujeta la obligación o derecho que se hiciera valer.
Esta excepción dilatoria, se da a interpretaciones diferentes de acuerdo
a la manera en que se enfoque, pudiéndose dividir hasta en 4 supuestos,
para nuestra explicación la dividiremos en 2 supuestos como sigue:
Supuestos:
a) Falta de cumplimiento del plazo a que esta sujeta la
obligación o derecho que se hace valer.
b) Falta de condición a que estuviera sujeta la obligación o
derecho que se hace valer. (Sujetas a condiciones; condicionadas
8) Caducidad:
Caducidad es decaimiento de una facultad procesal que no se ejercita dentro de
un determinado plazo. Es la sanción que se pacta o se impone por la ley
a las personas que dentro de un plazo convencional o
legal no realizan voluntariamente y conscientemente los actos positivos para
hacer nacer o mantener vivo un derecho procesal según sea el caso.
En el código de Trabajo Guatemalteco no existe la
caducidad sino que se utiliza el término prescripción, el cual
esta definido en el Titulo Octavo Capítulo Primero,
Prescripción, articulo 258 al artículo 268.
Su función es que una vez transcurrido el plazo que la ley o la voluntad
de los particulares establece para el ejercicio de los mismos, se extinguen los
derechos o acciones en base a la necesidad que no permanezcan indefinidamente
inciertos.
ramo laboral. Ni tampoco lo son las siguiente tres
excepciones previas previstas en este articulo 116 de
Código Procesal Civil y Mercantil
BIBLIOGRAFIA
INTERNET
DICCIONARIO JURIDICO
NOTAS DE CLASE