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Administracion - ley federal de presupuestos y responsabilidad hacendaria



LEY FEDERAL DE PRESUPUESTOS Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA.
TITULO PRIMERO
DISPOSICIONES GNERALES
CAPITULO 1
OBJETIVO Y DEFINICIONES DE LA LEY, REGLAS GENERALES Y EJEUTORES DEL GASTO.
ART 1: Nos habla que en los Art: 74 Fracc. IV, 75, 126, 127 Y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos nos hace referencia sobre la programación, presupuestación, aprobación, ejercicio, control y evaluación de los ingresos y egresos. Se lleva a cabo una auditoría fiscalizadora donde se verifica que realmente se esté llevando a cabo el cumplimiento de los impuestos.
ART 2: En este artículo nos hace mención sobre todas aquellas palabras que vamos a estar checando en la Ley algunos aspectos son


• Cumplimiento de los objetivos.
• Adecuaciones que pueden realizar para el presupuesto.
• Ahorro presupuestario.
• Se llevan a cabo Auditorías.
• El Flujo de Efectivo es aquel movimiento de dinero que se realiza.
• Los Gastos.
• Los Ingresos.
• Los programas de inversión que realizan antes para ver en que va a ser utilizado el dinero.
• Los reglamentos que se deben cumplir.

Son algunos aspectos de los conceptos que se mencionan en este artículo.
ART 3: Todas las disposiciones Generales deberan ser publicadas en el Diario Oficial de la Federación.
ART 4: Nos habla sobre el gasto público federal que comprende a todas aquellas erogaciones que se hacen ya sea para pagar aquellos pasivos o deudas públicas, inversiones financieras e inversión física, así como responsabilidad patrimonial que realizan los siguientes ejecutores de gasto: poder legislativo, poder judicial, entes autónomos, tribunales administrativos, presidencia de la república, lasdependencias y las entidades; todos estos mencionadas estan obligados a rendir cuentas por la administración de los recursos públicos.

ART 5 Las atribuciones que se deben llevar a cabo:
• Aprobar sus proyectos de presupuesto y de deberan enviar a la Secretaría.
• Ejercer sus presupuestos observando lo que la Ley les otorgo.
• Autorizar las adecuaciones a sus presupuestos.
• Realizar los pagos correspondientes.
• Determinar los ajustes que correspondan en sus presupuestos en caso de que exista una disminución en los ingresos.
• Llevar a cabo la contabilidad y deben elaborarse los informes conforme lo marca la Ley.

ART 6: El Poder Ejecutivo por conducto de la Secretaría estara a cargo de la programación y presupuestación del gasto público. El control y la evaluación de dicho gasto corresponderan a la Secretaría y a la Función Pública así mismos la Función Pública inspeccionara y vigilara el cumplimiento de la disposiciones de esta Ley.
ART 7: Las dependencias seran encargadas de coordinar la planeación, presupuestación, control y evaluación del gasto público.
ART 8: El Poder Ejecutivo autorizara por conducto de la Secretaría la participación estatal en las empresas, sociedades y asociaciones, civiles o mercantiles ya sea para su creación o para aumentar su capital o patrimonio.
ART 9: Nos habla sobre los fideicomisos públicos los cuales tengan como objeto principal financiar programas y proyectos de inversión deberan sujetarse a las disposiciones generales que se marca.
ART 10: Las dependencias y entidades podran otorgar subsidios o donativos pero siempre y cuando deben cumplir con cierto reglamento
• Los subsidios o donativos deberan otorgarse entérminos que maneja la Ley.
• Deberan reportarse en los informes trimestrales.
• Los fideicomisos constituidos por particulares la suma de los recursos públicos federales otorgados no podra representar mas del 50% del saldo del patrimonio.
• Para fideicomisos constituidos por las entidades federativas se requerira la autorización del titular de la dependencia o titular para otorgar recursos públicos federales que representan mas del 50%.
ART 11: Los fideicomisos deberan registrarse y renovarse anualmente; el registro debe ser ante la Secretaría para efectos de su seguimiento.
ART 12: Los Poderes Legislativo y Judicial deberan publicar en el Diario Oficial de la Federación los ingresos que se obtuvieron en el periodo incluyendo los rendimientos financieros, egresos, destino y saldo de los fideicomisos Esta información se debera mostrar a la Secretaría para efectos de la integración de los informes que se llevan a cabo trimestralmente.
ART 13: Los ejecutores de gasto estaran facultados para realizar los tramites presupuestarios y en su caso emitir autorizaciones correspondientes mediante la utilización de documentos impresos los cuales deben llevar firma del servidor público competente o bien por sistemas o equipos electrónicos autorizados por la Secretaría. La Secretaría establecera las disposiciones generales para la utilización de los equipos y sistemas electrónicos
• Los tramites presupuestarios podran llevarse a cabo y las autorizaciones correspondientes que podran emitirse.
• Las especificaciones de los equipos y sistemas electrónicos que estaran facultadas para autorizar su uso.
• Los requisitos y obligaciones que se deben cumplir.
ART 14: La secretaríallevara a cabo una administración financiera federal la cual tendra como objetivo disminuir los costos de las operaciones de tesorería.
ART 15: La Secretaría resolvera solicitudes sobre las autorizaciones en materia de presupuestos que presenten las dependencias o las entidades que se les dara dentro de los plazos correspondientes que establezca las disposiciones generales.
CAPITULO II
DEL EQUILIBRIO PREUPUESTARIO Y DE LOS PRINCIPIOS DE RESPONSABILIDAD HACENDARIA.

ART 16: La Ley de ingresos y el de presupuesto de egresos se llevaran a cabo con base a objetivos y parametros que sean cuantificables, en el caso de la Administración Pública Federal debera ser congruentes con el Plan Nacional de Desarrollo donde deben cubrir los siguientes aspectos:
• Política Económica.
• Objetivos, estrategias y metas.
• Proyecciones de finanzas públicas.
• Resultados de las finanza públicas.
• La meta anualmente.
ART 17: NOS habla sobre las iniciativas de la Ley de Ingresos y de presupuestos de Egresos, la iniciativa que se tiene para dar a conocer: el monto específico de financiamiento para cubrir el déficit presupuestario, las razones excepcionales que justifiquen el déficit presupuestario y el número de ejercicios fiscales.
El gasto corriente estructural propuesto por el Ejecutivo Federal en el proyecto de Presupuesto de Egresos, aquél que apruebe la Camara de Diputados y el que se ejerza en el ejercicio fiscal y no podra ser mayor al límite maximo del gasto corriente estructural.
ART 18: Propuestas que se hacen para un aumento o creación de gasto del proyecto de Presupuesto de Egresos, debe agregarse la iniciativa de ingreso. El ejecutivo federal realizara la evaluación delimpacto que hubo con las iniciativas de ley o decreto.
ART 19: El ejecutivo federal sera el encargado de autorizar las erogaciones aprobadas para el Presupuesto de Egresos, con cargo a los excedentes de ingresos se debe tomar en cuenta
• Los excedentes de ingresos que resulten de la Ley de Ingresos, distintos a los previstos deberan destinarse a incrementar el gasto no programable respecto de lo presupuestado.
• En el caso que el ingreso tenga un destino específico ésta podra autorizar las ampliaciones a los presupuestos.
• Los excedentes de ingresos propios de las entidades se destinaran a las mismas.
ART 20: Nos habla que los poderes Legislativo y Judicial y los entes podran autorizar aquellas erogaciones adicionales aprobadas en sus respectivos presupuestos. Los ingresos excedentes deben Registrarlos e Informar a la Secretaría.
ART 21: Durante el ejercicio fiscal disminuyan los ingresos previstos en la Ley de Ingresos para esto deben aplicar normas de disciplina presupuestaria. Deben de disminuir sus ingresos. También en este artículo nos habla sobre los ajustes que habran de realizarse.
ART 22: Las entidades deberan comprometerse ante la Secretaría para cumplir con sus metas de balance de operación, el cumplimiento de sus compromisos el cual deben reportar informes.
ART 23: En el ejercicio de sus presupuestos, las dependencias y entidades se sujetaran estrictamente a los calendarios de presupuesto autorizados a cada dependencia. Los calendarios de presupuestos deberan comunicarse ante la Secretaría y deberan publicarse en el Diario Oficial de la Federación.
La Secretaría debera cumplir estrictamente los calendarios y debera reportar los informes.
TÍTULOSEGUNDO
De la Programación, Presupuestación y Aprobación.
CAPITULO I
De la Programación y Presupuestación.

ART 24: Nos habla sobre la programación y presupuestación del gasto público son
• Se debe hacer una previsión del gasto público.
• Las actividades y sus respectivas previsiones de gasto público correspondientes a los poderes Legislativo, Judicial y los entes.
ART 25: La programación y la presupuestación anual del gasto público, se realizara con apoyo de los anteproyectos que elaboren las dependencias y entidades para cada ejercicio fiscal con base a
• Políticas del Plan Nacional de Desarrollo.
• Las Políticas de gasto público que determine el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría.
• La evaluación de los avances logrados en el cumplimiento de los objetivos y metas.
• Programa Financiero.
ART 26: Los anteproyectos de las entidades comprenderan un flujo de efectivo que debera contener
• Previsión de sus ingresos.
• Previsión del gasto corriente.
• Las operaciones ajenas.
Las entidades se agruparan en el Presupuesto de Egresos en dos categorías: entidades de control directo e indirecto.
ART 27: Los anteproyectos se deberan sujetarse a la estructura programatica aprobada por la Secretaría lo cual debe contener
• Categorías, Elementos y las Acciones. La estructura debera ser sencilla para poder facilitar el examen del Presupuesto y solo podra tener modificaciones cuando el objetivo tenga que fortalecerse.
ART 28: El proyecto del Presupuesto de Egresos se presentara y se aprobara
• En administrativa debera hacer correctamente las previsiones.
• La funcional y programatica la cual agrupa a las previsiones de gasto en base en las actividadesque quieren alcanzar.
• La economía.
• La geografica.
• La de género.
ART 29: Las dependencias y entidades deberan remitir a la Secretaría sus respectivos anteproyectos de presupuesto. Las entidades remitiran sus anteproyectos por conducto de su dependencia.
ART 30: Los Poderes Legislativo y Judicial y los entes enviaran a la Secretaría sus proyectos de presupuesto, la programación y presupuestación de sus respectivos proyectos pero deberan sujetarse a lo que esta establecido en la Ley.
ART 31: Nos habla sobre el precio Internacional de la mezcla de petróleo mexicano sera determinado por el precio de referencia que resulte del promedio. Esto se determina por un procedimiento.
ART 32: Los proyectos de infraestructura productiva de largo plazo se debe hacer programas en términos que establezca el Reglamento y debe ser otorgado y autorizado. Los proyectos deben incluir: inversión directa e inversión condicionada.
ART 33: En el Proyecto de Presupuesto de Egresos deberan presentar una sección específica donde hable de las erogaciones correspondientes al gasto en servicios lo cual comprende
• Las remuneraciones.
• Las previsiones salariales.
Una vez aprobada ésta no podra incrementarse.

ART 34: La programación de los recursos destinados a programas y proyectos de inversión, las dependencias y entidades deberan observar el siguiente procedimiento pero sujetandose a lo que esta establecido en el Reglamento
• Contar con un mecanismo de planeación de las inversiones en el cual:
• Se identifique los programas y proyectos de inversión.
• Se establezcan las necesidades de inversión a un corto, mediano y largo plazo.
• Se debe registrar cada programa y proyecto deinversión los cuales deberan ser analizados.
ART 35: Las dependencias y las entidades podran realizar todos los tramites necesarios para realizar contrataciones de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obra pública con el objeto de que los recursos se ejerzan. Los contratos deberan estar sujetos a la disponibilidad presupuestaria.
ART 36: Se podra contratar créditos externos para financiar total o parcialmente programas y proyectos cuando cuenten con la autorización de la Secretaría.
ART 37: El proyecto de presupuestos de egresos deberan incluirse las previsiones con el propósito de constituir reservas para llevar a cabo acciones preventivas y atender oportunamente los daños ocasionados por fenómenos naturales.
ART 38: La programación y el ejercicio de recursos destinados a comunicación social se autorizaran por la Secretaría.
CAPITULO II
De la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos.

ART 39: La Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos seran los que apruebe el Congreso de la Unión, La Camara de Diputados respectivamente; en el caso de Presupuesto de Egresos se aprobaran las previsiones de gasto.
ART 40: El proyecto de ingresos va a contener
• La política de ingresos del Ejecutivo Federal.
• Los montos de ingresos de los últimos 5 ejercicios fiscales.
• Estimación de ingresos para el año que se presupuesta.
• La explicación de los ingresos.
• La evaluación.
• Las amortizaciones para el año que se presupuesta.
En este artículo nos muestra varios puntos que se debe de contemplar para este proyecto.
ART 41: El proyecto de presupuesto de egresos contendra
• La política de Gasto del Ejecutivo Federal.
• Los montos de egresos de los 5ejerciciosfiscales.
• La estimación de los egresos para el año que se presupuesta.
• Las previsiones de gasto conforme a las clasificaciones.
Proyecto de Decreto
• Las previsiones de gasto que se deben tomar en el ramo autónomo, administrativo y general.
• La información que permita distinguir el gasto.
• El destino.
• La metodología empleada.
• La distribución del presupuesto.
CAPITULO III
De la Aprobación y los mecanismos de comunicación y coordinación entre Poderes.

ART 42: La aprobación de la Ley de Ingresos y del Presupuesto de Egresos se debe sujetar al siguiente procedimiento
• Principales objetivos para la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos al año siguiente
• Escenarios sobre las principales variables macroeconómicas: crecimiento, inflación, tasa de interés y precio del petróleo.
• Iniciativa de la Ley de Ingresos.
• Proyecto de Presupuesto de Egresos.
• Se lleva a cabo un examen donde se ve la discusión, modificación y aprobación de la Ley de Ingresos y del Presupuesto de Egresos, lo cual los legisladores observaran lo siguiente: la propuesta, las estimaciones, cuando propaguen un nuevo proyecto deberan señalar el ajuste correspondiente de los programas, plantear requerimientos.
ART 43: Cuando se termina el encargo el Ejecutivo Federal debera elaborar anteproyectos de iniciativa de Ley de Ingresos y del proyecto de Presupuesto de Egresos en apoyo del presidente electo, incluyendo recomendaciones.
ART 44: Se publicara dentro de los 10 días habiles en el Diario Oficial de la Federación donde se dara a conocer a las dependencias y a las entidades la distribución de sus presupuestos aprobados por unidad responsable.
TITULO TERCERO
Del Ejercicio delGasto Público Federal.

CAPITULO I
Del Ejercicio.

ART 45: Los responsables de la administración en los ejecutores de gasto seran responsables sobre la administración, para ello deben cumplir con oportunidad y eficiencia en las metas y objetivos previstos en sus respectivos programas conforme a lo dispuesto en la Ley. La Secretaría y la Función Pública podran suscribir con las dependencias y entidades, convenios o base de desempeño cuya vigencia podra exceder el ejercicio fiscal correspondiente, a fin de establecer compromisos de resultados y medidas presupuestarias que promuevan un ejercicio mas eficiente y eficaz del gasto público.
• Los titulares de las dependencias y entidades vigilaran la forma en que las estrategias basicas y los objetivos de control presupuestario sean conducidos y alcanzados.
• Definiran las medidas de implementación de control presupuestario que fueren necesarias.
• Los servidores públicos responsables del sistema que controle las operaciones presupuestarias en la dependencia o entidad correspondiente.
ART 46: Las dependencias y entidades podran solicitar a la Secretaría recursos que le permitan atender contingencias o en su caso gastos urgentes de operación a través de acuerdos de ministración. El Reglamento establecera los plazos para regularizar los acuerdos de ministración y los requisitos.
ART 47: Los ejecutores de gastos con cargo a sus respectivos presupuestos y de conformidad con las disposiciones generales aplicables, deberan cubrir las contribuciones federales, estatales y municipales correspondientes. Así como las obligaciones de cualquier índole que se deriven de resoluciones definitivas emitidas por autoridad competente.
ART48: El ejercicio de recursos previstos en el gasto de inversión aprobado en el Presupuesto de Egresos se autoriza por las dependencias y entidades en el area de infraestructura se debe contemplar
• Las personas que previo aún proceso de contratación haya realizado o se encuentren realizando.
• Trabajos de preparación de especificaciones, presupuesto o elaboración de cualquier documento.
• Trabajos de preparación de especificaciones de construcción.
ART 49: Los gastos de seguridad pública y nacional son erogaciones destinados a los programas que realizan las dependencias en cumplimiento. Se debe comprobar la información que se hace de dichos gastos que se realizan.
ART 50: Los ejecutores del gasto podran celebrar contratos de obras públicas, adquisiciones y arrendamientos de servicios donde
• Justifiquen su celebración.
• Justifiquen el plazo de la contratación.
• Identifiquen el gasto corriente.
• Desglosen el gasto a precios.
CAPITULO II
De la Ministración, el Pago y la Concentración de Recursos.
ART 51: Nos habla sobre la Tesorería de la Federación, la ministración de los fondos, recursos que se atenderan con respeto, oportunidad a los calendarios de gasto que se elaboraran con base a las prioridades y requerimientos de las dependencias y entidades.
ART 52: Los ejecutores del gasto conforme a las disposiciones aplicables realizaran los cargos al Presupuesto de Egresos a través de los gastos efectivamente devengados en ejercicios fiscales y registrados en los sistemas contables correspondientes.
ART 53: Los ejecutores de gasto informaran a la Secretaría antes del último día de febrero de cada año el monto y características de su deuda pública flotante opasivo circulante al cierre del ejercicio fiscal anterior.
ART 54: Una vez concluida la vigencia de un Presupuesto de Egresos sólo procedera hacer pagos con en él por los conceptos efectivamente devengados en el año que corresponda siempre que se hubieren contabilizado debida y oportunamente las operaciones correspondientes.
Queda prohibido realizar erogaciones al final del ejercicio con cargo a ahorros y economías del Presupuesto de Egresos
ART 55: La Tesorería de la Federación expedira las disposiciones generales a que se sujetaran las garantías que deban constituirse a favor de las dependencias y entidades en los actos y contratos que se celebren.
ART 56: Los ejecutores de gasto no otorgaran garantías ni efectuaran depósitos para el cumplimiento de sus obligaciones de pago con cargo al Presupuesto de Egresos.
CAPITULO III
De las Adecuaciones Presupuestarias.

ART 57: Los ejecutores de gasto deberan sujetarse a los montos autorizados en el Presupuesto de Egresos para sus respectivos ramos, programas y flujo de efectivo salvo que realicen adecuaciones presupuestarias.
ART 58: Las adecuaciones presupuestarias se realizaran siempre que permitan un mejor cumplimiento de los objetivos, programas que comprenderan
• Modificaciones a la estructura.
• Modificaciones a los calendarios de presupuesto.
• Ampliaciones y reducciones líquidas al presupuesto de egresos o a los flujos de efectivo.
El Reglamento establecera las adecuaciones presupuestarias.
ART 59: Las entidades requeriran la autorización de la Secretaría únicamente para realizar las siguientes adecuaciones presupuestarias externas
• En el caso que reciban subsidios y transferencias.
• Cambios decalendarios de presupuesto.
• Traspasos de recursos de gastos de inversión y obra pública.
• Modificaciones que afecte al balance de operaciones.
ART 60: Los poderes legislativo y judicial y los entes a través de sus respectivas unidades de administración podran autorizar adecuaciones a sus respectivos presupuestos siempre que permitan un mejor cumplimiento de los objetivos de los programas a su cargo y deberan emitir las normas aplicables.
ART 61: Los ejecutores de gasto en el ejercicio de sus respectivos presupuestos deberan tomar ciertas medidas para racionalizar el gasto destinado a las actividades administrativas de apoyo sin afectar el cumplimiento de las metas de los programas aprobados.
ART 62: Los ejecutores de gasto podran realizar contrataciones de prestación de servicios de asesoría, consultoría, estudios e investigaciones siempre y cuando:
• Cuenten con recursos.
• Se especifiquen los servicios.
• Se apeguen a lo establecido.
ART 63: Los titulares de los ejecutores de gasto autorizaran las erogaciones por concepto de gastos de orden social, congresos, convenciones, exposiciones, seminarios, espectaculos culturales o cualquier otro tipo.
CAPITULO V
De los Servicios Personales.

ART 64: En el gasto en servicios personales aprobado en el Presupuesto de Egresos comprende la totalidad de recursos para cubrir.
• Las remuneraciones que constitucional y legalmente corresponden.
• Las aportaciones de seguridad social.
• Las primas de seguro.
• Obligaciones fiscales.
ART 65: Los ejecutores de gasto al realizar pagos por concepto de servicios personales deberan observar lo siguiente
• Sujetarse a su presupuesto aprobado.
• Sujetarse a los tabuladores deremuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función.
• Materia de incrementos en las percepciones.
• No se autorizaran bonos o percepciones extraordinarias.
ART 66: La Secretaría y la Función Pública en el ambito de sus respectivas competencias, emitiran el manual de percepciones de los servidores públicos de las dependencias y entidades, loa manuales deberan publicarse en el Diario Oficial de la Federación.
ART 67: Los movimientos que realicen los ejecutores de gasto a sus estructuras organicas, ocupacionales y salariales así como a las plantillas de personal deberan realizarse mediante adecuaciones presupuestarias compensadas.
ART 68: Los ejecutores de gasto que establezcan percepciones extraordinarias en favor de los servidores públicos a su cargo.
• Los estímulos deberan otorgarse en los estímulos que disponga la Ley.
• Recursos para cubrir los estímulos que deberan estar plasmados en el presupuesto.
• Los estímulos solo podran ser cubiertos por los servidores públicos.
ART 69: Los ejecutores del gasto podran celebrar contratos de prestación de servicios profesionales por honorarios con personas físicas con cargo al presupuesto de servicios personales, únicamente cuando se reúnan los siguientes presupuestos
• Recursos destinados a celebrar tales contratos.
• Los contratos no podran exceder la vigencia.
• La persona que se contrate no debera realizar actividades o funciones equivalentes a las que desempeñe el personal.
ART 70: La Secretaría sera responsable de establecer y operar un sistema, con el fin de optimizar y uniformar el control presupuestario de los servicios personales.
ART 71: Salvo a lo previsto en las Leyes se determinaraen forma expresa y general los casos en que proceda aceptar la compatibilidad para el desempeño de 2 o mas empleos o comisiones a cargo a los presupuestos de las dependencias o entidades.
ART 72: La acción para exigir el pago de las remuneraciones prescribira en un año contado a partir de la fecha en que sean devengados o se tenga derecho de percibirlas.
ART 73: Cuando algún servidor público fallezca y tenga cuando menos una antigüedad en el servicio de 6 meses, los familiares percibiran 4 meses de las percepciones ordinarias.
CAPITULO IV
De los Subsidios, Transferencias y Donativos.

ART 74: El Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría autorizara la ministración de los subsidios y transferencias que con cargo a los presupuestos de las dependencias y en su caso de las entidades se aprueben en el Presupuesto de Egresos.
ART 75: Los subsidios deberan sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad.
• Identificar con precisión a la población objetivo.
• Prever montos maximos por beneficio.
• Procurar el mecanismo de distribución.
• Garantizar que los recursos se canalicen exclusivamente a la población.
• Asegura la coordinación.
• Reportar los informes trimestrales.
ART 76: Las dependencias y las entidades deberan informar a la Secretaría previamente a la realización de cualquier modificación en el alcance o modalidades de sus programas, políticas de precios, adquisiciones, arrendamientos, garantías de compra y venta o cualquier otra que implique variaciones en los subsidios y las transferencias.
ART 77: El objeto de cumplir lo establecido se señala que el Presupuesto de Egresos los programas através de los cuales otorguen subsidios y aquellos programas que deben sujetarse a reglas de operación. Nos habla que los proyectos deben cumplir ciertas reglas, normas y estas van a ser autorizadas por la Secretaría.
ART 78: Las dependencias, las entidades a través de su respectiva dependencia coordinadora de sector, deberan realizar una evaluación de resultados de los programas sujetos a reglas de operación por conductos de expertos. Se llevaran a cabo evaluaciones.
ART 79: El Ejecutivo Federal por medio de la Secretaría con base al presupuesto de egresos determinara la forma y términos en que deberan invertirse los subsidios que otorguen las entidades federativas.
ART 80: Los ejecutores del gasto podran otorgar donativos siempre y cuando deben cumplir con lo siguiente
• Contar con recursos aprobados.
• Otorgamiento de donativo.
• Solicitar a los donatarios.
• Verificar que los donatarios no estén integrados a ningún otro padrón.
ART 81: Las dependencias que reciban donativos en dinero deberan enterar los recursos a la Tesorería de la Federación.
TITULO CUARTO
Del Gasto Federal en las Entidades Federativas.

CAPÍTULO I
De los recursos transferidos a las entidades federativas.

ART 82: Las dependencias y entidades con cargo a sus presupuestos y por medio de convenios de coordinación que seran públicos, podran transferir recursos presupuestarios a las entidades federativas con el propósito de ejecutar las funciones, programas o proyectos federales. También para la suscripción de convenios deben seguir ciertos puntos.
ART 83: Los recursos que transfieren las dependencias o entidades a través de los convenios de reasignación para el cumplimiento de objetivos deprogramas federales. En los convenios deben establecerse los compromisos de las entidades federativas de entregar los documentos comprobatorios del gasto.
CAPITULO II
De la regionalización del gasto.
ART 84: Toda erogación incluida en el proyecto de Presupuesto de Egresos para proyectos de inversión debera tener un destino geografico específico. Deben estipularse los beneficiarios, distribución de los recursos asignados.
CAPITULO III
De la Transparencia e Información sobre el ejercicio del gasto federalizado.
ART 85: Los recursos federales aprobados en el Presupuesto de Egresos para ser transferidos a las entidades federativas, por conducto de éstas
• Se mandaran los lineamientos mediante el sistema de información establecido para tal fin de la Secretaría.
• La Secretaría incluira los reportes señalados trimestralmente.
ART 86: Con el objetivo de que se mejore la transparencia y rendición de cuentas en el ejercicio del gasto federalizado, la SHCP firma un convenio con las entidades para así evaluar el correcto uso de los recursos públicos
• Establecer acciones para mejorar la evaluación, transparencia y eficiencia en el ejercicio del gasto.
• Promover mecanismos de participación ciudadana.
• Informar al Congreso de la Unión.



TITULO QUINTO
De la Contabilidad Gubernamental
CAPITULO I
De la Valuación del Patrimonio del Estado
ART 87: DEROGADA
ART 88: DEROGADA
ART 89: DEROGADA
ART 90: DEROGADA
ART 91: DEROGADA
ART 92: DEROGADA
CAPITULO II
De los Catalogos de Cuentas y del Registro Contable de las Operaciones
ART 93: DEROGADA
ART 94: DEROGADA
ART 95: DEROGADA
ART 96: DEROGADA
ART 97: DEROGADA
ART 98: DEROGADA
ART 99: DEROGADA
ART 100:DEROGADA
ART 101: DEROGADA
ART 102: DEROGADA


CAPITULO III
De la Formulación de Estados Financieros
ART 103: DEROGADA
ART 104: DEROGADA
ART 105: DEROGADA
TITULO SEXTO
De la Información, Transparencia y Evaluación
CAPITULO I
De la Información y Transparencia
ART 106: Los ejecutores de gasto, en el manejo de los recursos públicos federales, deberan observar las disposiciones establecidas en la Ley. Nos habla que se tiene que poner en disposición del público y se debe entregar los informes trimestrales. En caso de incumplimiento se sancionara.
ART 107: Deben entregar información mensual y trimestral en los siguientes términos
• Informe trimestral a los 30 días naturales después de terminado el trimestre.
• Deben incluir información sobre los ingresos obtenidos.
• Los informes deben contener: Situación económica, Situación de las finanzas, Indicadores de postura fiscal y la evolución de los ingresos.
ART 108: Deben establecer lineamientos al funcionamiento, organización y requerimientos del sistema integral de información de los ingresos y gastos públicos.
ART 109: Información sobre los programas y proyectos de inversión así como el analisis del costo, beneficio, La Secretaría va emitir Reglas de caracter general para el manejo de información de los activos financieros disponibles.
ART 110: La Secretara realizara trimestralmente la evaluación económica de los ingresos y egresos en función de los calendarios de presupuesto de las dependencias y entidades.
ART 111: Deben verificar periódicamente los resultados de recaudación y de ejecución de los programas y presupuestos de las dependencias y entidades con base en el sistema de evaluación del desempeñopara así identificar la eficiencia, economía, eficacia y la calidad.
TITULO SEPTIMO
De las Sanciones e Indemnizaciones
CAPITULO ÚNICO
ART 112: Los actos u omisiones que impliquen el incumplimiento a los preceptos establecidos en la presente Ley seran sancionados de conformidad con lo previsto.
ART 113: La Auditoría ejercera las atribuciones conforme a la Ley de Fiscalización.
ART 114: Se sancionara los que incurran en lo siguiente
• Causen daño o perjuicio a la Hacienda.
• No cumplan con las disposiciones de programación, presupuestación, ejercicio, control y evaluación.
• Incumplan con la obligación.
• Realicen acciones u omisiones que impidan l ejercicio eficiente, eficaz y oportuno de los recursos.
ART 115: Los que causen daño seran los responsables del pago de las indemnizaciones correspondientes. Las responsabilidades se daran en primer término.
ART 116: Las sanciones e indemnizaciones que se determinen conforme a las disposiciones de esta Ley tendran el caracter de créditos fiscales y se fijaran en cantidad líquida.
ART 117: Los ejecutores de gasto informaran a la autoridad competente cuando las infracciones a esta Ley impliquen la comisión de una conducta sancionada en términos legales.
ART 118: Las sanciones e indemnizaciones a que se refiere esta Ley se impondran y exigiran con independencia de las responsabilidades de caracter político, penal, administrativo y civil.




PLANTEL VIA MORELOS.

MORENO ROMANO LESLYE ALEJANDRA.

PROFA: CUETO ABOYTES LETICIA.

MATERIA: CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL.

GRUPO: CO612

INTERPRETACIÓN DE LA LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA.

FECHA DE ENTREGA: 16-JUNIO-2014.


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