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Constitución de España - 1978 estructura caracteristicas y valores




Constitución española 1978 estructura caracteristicas y valores
La Constitución Española de 1978:

También conocida como la Carta Magna, la Ley de Leyes o la Ley Suprema del ordenamiento jurídico. Es la Ley Fundamental del Estado que comprende los derechos y deberes de sus súbditos y determina la forma de organización del mismo.

Fue aprobada en las Cortes Generales el 31 de Octubre de 1978,
ratificada en referéndum popular el 6 de Diciembre de 1978,
sancionada por el Rey el 27 de Diciembre de 1978 y
finalmente entró en vigor el mismo día en que fue publicada en el B.O.E., el 29 deDiciembre de 1978.

Como consecuencia del Tratado de adhesión a Maastrich, fue aprobada la por el Congreso (22 de Julio de 1992) y el Senado (30 de Julio de 1992) la modificación parcial del artículo 13.2, donde se añadió el término 'y pasivo', dicha modificación fue



sancionada por el Rey el 27 de Agosto de 1992, publicandose y entrando en vigor el 28 de Agosto de 1992.

Estructura desde un punto de vista formal:

Preambulo: Texto declarativo, donde se recogen los fines que el pueblo español pretende alcanzar al elaborar la Constitución.

No tiene en sí caracter de norma porque no forma parte del articulado.

Título preliminar: Puede calificarse como la 'antesala' de la Constitución, y pretende fijar, lo mas clara ybrevemente posible

los principales rasgos de la estructura política del Estado y de la configuración de la sociedad. Comprende los artículos del 1 al

9, donde se recogen los principios esenciales del Estado.

Título 1: Derechos y deberes fundamentales (artículos del 10 al 55)

Título 2: La Corona (artículos del 56 al 65)

Título 3: Las Cortes Generales (artículos del 66 al 96)

Título 4: Gobierno y Administración (artículos del 97 al 107)

Título 5: Relaciones Gobierno y Cortes (artículos del 108 al 116)

Título 6: El Poder Judicial (artículos del 117 al 127)

Título 7: Economía y Hacienda (artículos del 128 al 136)

Título 8: Organización Territorial (artículos del 137 al 158)

Título 9: Tribunal Constitucional (artículos del 159 al 165)

Título 10: Reforma Constitucional (artículos del 166 al 169)

4 disposiciones adicionales

9 disposiciones transitorias

1 disposición derogatoria

1 disposición final

Estructura desde un punto de vista material o según su contenido:

Preambulo: Es un texto declarativo, donde se recogen los fines que el pueblo español pretende alcanzar al elaborar la

Constitución. No tiene en sí caracter de norma porque no forma parte del articulado.

Articulado

Estructura según preceptos:


Parte dogmatica: Formada por el título preliminar y el título 1, en los quese recogen los principios inspiradores que deben de regir e informar la organización basica del Estado y de las instituciones y órganos regulados en los restantes preceptos del texto fundamental (artículos del 1 al 55).

Parte organica: Formada por los restantes títulos, en los que residen la regulación efectiva de las instituciones,poderes y órganos del Estado, sin perjuicio de la remisión que el legislador constitucional hace al ordinario para su desarrollo mas extenso (artículos del 56 al 169)


Características de la Constitución de 1978:

Escrita: Al ser escrita tiene preferencia sobre las costumbres

Extensa y compleja: Consta de 169 artículos

Rígida: Su reforma es difícil.

Consensuada: Ya que fue fruto del acuerdo de distintas fuerzas políticas.

Popular: Ya que el parlamento fue elegido por referéndum.

Monarquica: Declara que el Rey es el Jefe del Estado.

Democratica: El poder reside en el pueblo español.

Derivada: Esta inspirada en otros textos constitucionales.

Valores de la Constitución de 1978: Queda recogido en el artículo 1.1 que 'España se constituye en un Estado social y democratico

de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo

político', para ello se crea un marco de relaciones internas e internacionalescon las siguientes características:

Convivencia democratica: Para vivir todos en paz y con un orden económico y social justo y que trate de disminuir las

desigualdades.

Estado de Derecho: Asegura un conjunto de reglas a respetar, sin motivo ninguno de discriminación injustificada.

Principios de convivencia: Derecho a respetar las culturas, tradiciones, lenguas e instituciones de cada pueblo español

erradicando cualquier tipo de opresión.

Progreso de la cultura: Es la propia garantía de la libertad.

Calidad de vida: Implica la defensa del medio ambiente y la conservación de la naturaleza.

Sociedad avanzada: Implica la presencia del pueblo en la toma de decisiones.

Mantenimiento de relaciones pacíficas con todos los pueblos de la Tierra: Renuncia al imperialismo, intentando resolver

los conflictos por medio de la negociación.







Publicado por José Luis Iñigo Blasco en 9:51
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