Teoría de la Ley Penal y del Delito
Ensayo “Responsabilidad Penal”
FECHA: 13/01/2015
Responsabilidad Penal
Introducción:
La Responsabilidad Penal es la consecuencia jurídica derivada de la
comisión de un hecho tipificado en una ley penal por un sujeto
imputable, y siempre que dicho hecho sea contrario al orden jurídico, es
decir, sea antijurídico; ademas de punible. Generan
responsabilidad penal todas aquellas acciones humanas (entendidas como
voluntarias) que lesionen o generen un riesgo de lesión a un bien
jurídicamente protegido por el ordenamiento jurídico.
La responsabilidad penal se concreta en la imposición de una pena, que
bien puede ser de privativa de libertad, privativa de otros derechos, pudiendo
también consistir dicha pena en una multa pecuniaria
Desarrollo
En Roma se rechazó la idea de que las personas jurídicas
respondieran penalmente, con arreglo al principio societas delinquere non
potest (Los errores pueden). Sin embargo a partir de
la Edad Media y hasta finales del
siglo XVIII la visión romana se transformó y se admitió la
ficción de capacidad delictiva de las personas jurídicas.
Posteriormente en siglo XVIII, Savigny y su teoría de la ficción,
establecía que la persona era una mera ficción jurídica, y
defiende que los verdaderos y únicos responsables del delito son las
personas físicas que se encuentran tras la personajurídica. La
aparición de la idea del principio de personalidad de
las penas, contribuyó a que en esta época se volviera a la
posición de negación de la responsabilidad penal de las personas
jurídicas.
A comienzos del siglo
XX, Franz Von Liszt defendió la responsabilidad de las personas
jurídicas desde una perspectiva tendiente hacia la peligrosidad de
éstas, entendiendo la persona jurídica como un instrumento peligroso de
ocultación de quienes se sirven de ella para cometer delitos.
DIFERENCIA CON LA RESPONSABILIDAD CIVIL
La responsabilidad penal no busca remediar o compensar a la víctima del delito, sino que esa sera una responsabilidad
civil independiente y derivada del
acto delictivo. Sería un tipo de
responsabilidad civil extracontractual por producir un acto lesivo para otra
persona. En ocasiones dichos conceptos se confunden, y sobre todo en el derecho
anglosajón, dado que ambas responsabilidades pueden llevar a obligaciones pecuniarias. Sin embargo, existen varias
diferencias: Finalidad distinta: La responsabilidad penal sanciona, y la civil
repara un daño. La cantidad de la
cuantía a pagar se calcula con diferentes medidas: Una multa
estara basada principalmente en la gravedad del hecho
delictivo, mientras que la responsabilidad civil busca remediar un daño
a la víctima. Normalmente el destinatario también es distinto: La
responsabilidad penal se suele pagar al Estado, y lacivil a la víctima
DIFERENCIA CON LA RESPONSABILIDAD PENAL
Es importante distinguir la responsabilidad civil de la responsabilidad penal,
ya que esta última tiene por finalidad designar a la persona que
debera responder por los daños o perjuicios causados a la
sociedad en su totalidad, no a un individuo en particular. A la vez, todas
estas especies de responsabilidad jurídica deben distinguirse de la
responsabilidad moral, en la cual los responsables no responden de sus actos
ante la sociedad, sino ante su propia conciencia. Para la responsabilidad penal
los daños o perjuicios tienen un
caracter social, pues son considerados como
atentados contra el orden público lo suficientemente graves como para ser fuertemente
reprobados y ser erigidos en infracciones. Las sanciones
penales tienen una función esencialmente punitiva y represiva, y
sólo buscan la prevención de manera accesoria. La
responsabilidad civil intenta asegurar a las víctimas la
reparación de los daños privados que le han
sido causados, tratando de poner las cosas en el estado en que se encontraban
antes del daño y restablecer el
equilibrio que ha desaparecido entre los miembros del grupo. Por estas
razones, la sanción de la responsabilidad civil es, en principio,
indemnizatoria, y no represiva. Es importante mencionar que ambas ramas
jurídicas pueden coexistir un mismo hecho. Es
decir, una pena privativa de libertadpuede ser
aplicada, sin perjuicio de la responsabilidad civil que pudiera acarrear haber
incurrido en un hecho ilícito.
Conclusión
La Responsabilidad Penal es la consecuencia jurídica derivada de la
comisión de un hecho tipificado en una ley penal por un sujeto
imputable, se concreta en la imposición de una pena, que bien puede ser
de privativa de libertad, privativa de otros derechos, pudiendo también
consistir dicha pena en una multa pecuniaria.
La responsabilidad penal no busca remediar o compensar a la víctima del delito, sino que esa
sera una responsabilidad civil independiente y derivada del acto delictivo.
Sería un tipo de responsabilidad civil
extracontractual por producir un acto lesivo para otra persona. En ocasiones
dichos conceptos se confunden, y sobre todo en el derecho anglosajón,
dado que ambas responsabilidades pueden llevar a
obligaciones pecuniarias.
Es importante distinguir la responsabilidad civil de la responsabilidad penal,
ya que esta última tiene por finalidad designar a la persona que
debera responder por los daños o perjuicios causados a la sociedad
en su totalidad, no a un individuo en particular. A la
vez, todas estas especies de responsabilidad jurídica deben distinguirse
de la responsabilidad moral, en la cual los responsables no responden de sus
actos ante la sociedad, sino ante su propia conciencia.