Concepto: los principios generales del derecho son pautas superiores
emanadas de la conciencia social sobre la organización jurídica de una
sociedad.
Los principios generales del
derecho del
trabajo son las reglas inmutables e ideas esencialesque forman las bases en las
que se sustenta todo el ordenamiento jurídico-laboral. Su finalidad es proteger
la dignidad del
trabajador y proyectar su eficacia.
Funciones: se pueden establecer cuatro:
* Orientadora e informadora: ilustra al legislador y delimita su actuar
conforme a las pautas superiores, es una función de política legislativa, ya
que orienta a quien debe sancionar una ley y sirve como fundamento del ordenamiento jurídico.
* Normativa o integrativa: es un instrumento técnico
para cubrir una laguna del ordenamiento
jurídico; integra el derecho, actuando como
fuente supletoria en caso de ausencia de la ley.
* Interpretadora: fija reglas de orientación al juez o al intérprete de la norma en las controversias y lo conduce hacia la
interpretación correcta.
* Unificante o de armonización de política legislativa y judicial: ya que vela
por la seguridad jurídica al preservar la unidad sistemática del derecho, evitando que tanto el legislador como el juez se aparten del sistema.
Enumeración
1. Principio protectorio. Tiene como
finalidad proteger la dignidad del
trabajador en su condición de persona humana. Consiste en distintas técnicas
dirigidas a equilibrar las diferencias preexistentes
entre trabajador y empleador. Se manifiesta en tres reglas
a) In dubio pro operario: es una directiva dirigida al juez ( o al interprete)
para el caso de existir una duda razonable en la interpretación de una norma.
La L.C.T. dispone que “si la duda recayese en la interpretación o alcance de la
ley, los jueces o encargados de aplicarla se decidirán en el sentido
masfavorable al trabajador”. Esta regla no es aplicable en los casos de
valoración de pruebas en un litigio judicial, en el
momento de fallar el juez debe tener la plena convicción de la razón de quien
resulte vencedor en el pleito.
b) Regla de la aplicación de la norma más favorable:
así como en el
caso anterior la duda recaía en la interpretación de una norma, aquí se
presentan dos o mas normas aplicables a una misma situación jurídica; en tal
caso, el juez debe, necesariamente, inclinarse por aquella que resulte más
favorable al trabajador, aunque sea de jerarquía inferior.
c) Regla de la condición mas beneficiosa: esta dispone
que cuando una situación anterior es mas beneficiosa para el trabajador se la
debe respetar: la modificación debe ser para ampliar y no para disminuir
derechos.
El contrato no puede ser modificado en perjuicio del trabajador por debajo del orden público laboral. La L.C.T dispone
que “las cláusulas del
contrato de trabajo que modifique en perjuicio del trabajador normas imperativas
consagradas por ley o convenciones colectivas de trabajo serán nulas y se
consideraran sustituidas de pleno derecho por estas”.
2. Principio de irrenunciabilidad de los derechos: la renuncia puede se
definida como
“el abandono voluntario de un derecho mediante un acto jurídico unilateral”. El
derecho del
trabajo considera que cuando el trabajador renuncia a un derecho lo hace por
falta de capacidad de negociación o por ignorancia, forzado por la desigualdad
jurídico-económica existente con el empleador.
La L.C.T procura evitar esas renuncias y por eso declara que larenuncia no
tiene validez y es inoponible al trabajador e ineficaz jurídicamente.
Se ha definido doctrinariamente la irrenunciabilidad como
la imposibilidad jurídica del trabajador de
privarse voluntariamente de una o mas ventajas concedidas por el derecho del trabajo en su
beneficio
“Será nula y sin valor toda convención de partes que suprima o reduzca los
derechos previstos en esta ley, los estatutos profesionales o las convenciones
colectivas, ya sea al tiempo de su celebración o por su ejecución, o del
ejercicio de derechos provenientes de su extinción”.
Excepciones: el principio de irrenunciabilidad de los derechos presenta
distintas excepciones
a) transacción: acto jurídico bilateral por el cual las partes, haciéndose
concesiones reciprocas, extinguen obligaciones litigiosas o dudosas: cada una
cede parte de sus derechos.
b) conciliación: consiste en un acuerdo suscrito por
el trabajador y el empleador y homologado por autoridad judicial o
administrativa. Es una forma habitual de finalización del proceso. A
partir del
1/9/97 se establece un régimen de conciliación obligatoria previo a la
instancia judicial en el ámbito de la Capital Federal).
c) renuncia al empleo: la L.C.T fija requisitos
especiales que hacen a la validez de la renuncia, “la extinción del contrato por renuncia del
trabajador, medie o no preaviso, como requisito
para su validez, deberá formalizarse mediante despacho telegráfico colacionado,
cursado personalmente por el trabajador a su empleador, o ante la autoridad
administrativa del
trabajo”.
La L.C.T se asegura que la decisión del trabajadorno tenga vicios y
sostiene que no se presume la renuncia.
d) prescripción: es una forma de extinción de la
acción por el transcurso del
tiempo. En el derecho del trabajo, la abstención de
ejercer un derecho, es decir, la inactividad o desinterés durante el término de
dos años desde que el crédito es exigible, produce la extinción de la acción. En materia de seguridad social, el plazo de prescripción es de diez
años.
e) caducidad: se pierde el derecho por el transcurso de un plazo legal, es
decir que si el trabajador, dentro de un plazo determinado, no ejerce su
derecho, se extingue y pierde la posibilidad de ejercer en el futuro el reclamo
pertinente.
f) desistimiento de la acción y del
derecho: en cualquier estado de la causa anterior a la sentencia, las partes,
de común acuerdo, podrán desistir del
proceso manifestándolo por escrito al juez quien, sin mas tramite, lo declarara
extinguido y ordenara el archivo de las actuaciones. Cuando el actor desistiera
del proceso después
de notificada la demanda, deberá requerirse la conformidad del demandado, a quien se dará traslado
notificándosele personalmente o por cédula, bajo apercibimiento de tenerlo por
conforme en caso de silencio. Si mediare oposición, el
desistimiento carecerá de eficacia y proseguirá el tramite de la causa”.
3. Principio de continuidad de la relación laboral: en caso de duda entre la
continuidad o no del
contrato de trabajo, debe resolverse en favor de la existencia de un contrato por
tiempo indeterminado. El contrato de trabajo tiene vocación de permanencia,
esto otorga seguridad y tranquilidadal trabajador y se vincula con el concepto
de estabilidad, es decir, la expectativa de conservar
su empleo mientras cumpla adecuadamente con las obligaciones contractuales.
4. Principio de primacía de la realidad: este
principio otorga prioridad a los hechos, es decir, a lo que efectivamente ha
ocurrido en la realidad, sobre las formas o apariencias o lo que las partes han
convenido: el contrato de trabajo es un “contrato-realidad”. En caso de
discordancia entre lo que ocurre en la práctica y lo que surge de documentos
suscritos por las partes debe darse preferencia a los hechos.
5. Principio de buena fe: es un principio y un deber
de conducta reciproco de las partes que si bien no es específico del derecho del
trabajo, adquiere esencial relevancia, ya que el contrato no solo contiene
prestaciones de carácter patrimonial, sino también deberes de conducta. Las
partes están obligadas a obrar de buena fe, ajustando
su conducta a lo que es propio de un buen empleador y un buen trabajador.
6. Principio de no discriminación e igualdad de trato: la L.C.T se refiere a este principio que comprende la obligación del empleador de no
discriminar por razones de sexo, religión, estado civil, raza, ideas políticas,
razones gremiales, de edad, etc., lo que tb. puede
hacerse efectivo al aspecto físico y a la discapacidad.
Lo que prohíbe la ley son las discriminaciones arbitrarias; no impide que el
empleador otorgue un trato desigual en situaciones
desiguales: el principio se refiere a identidad de situaciones.
7. Principio de equidad: puede definírsela como la justicia del casoconcreto. Resulta de trascendental
importancia cuando la aplicación de una norma a un caso
determinado produce una situación “desvaliosa” o no querida por el propio
legislador.
8. Principio de justicia social: es un concepto amplio
y consiste en dar a cada cual lo que le corresponde a fin de lograr el bien
común. Cuando una cuestión no pueda resolverse por aplicación de las normas análogas, se decidirá conforme a los principios de la
justicia social.
9. Principio de gratuidad: es el principio que garantiza el acceso gratuito de
los trabajadores a la justicia para reclamar por sus derechos; se materializa
en la eximición a los trabajadores del pago de la tasa de justicia. Se trata de evitar que los trabajadores resignen sus derechos por
falta de recursos económicos.
La ley establece para los trabajadores dependientes un
servicio de telegramas y cartas documentos gratuitos para el remitente.
10. Principio de razonabilidad: es un principio
general del derecho que opera como filtro en la
aplicación de interpretaciones “disvaliosas” de una norma o de determinadas
situaciones. Se trata de un accionar conforme a la
razón y a determinadas pautas de conducta que resultan lógicas y habituales.
10. Principio de progresividad: apunta a las garantías constitucionales de los
trabajadores en virtud de la protección establecida en el art. 14bis, CN, no se
vean condicionadas por eventuales normas regresivas
que atenten contra el orden público laboral.
Jurisprudencia.
Los fallos judiciales, especialmente los emanados de los tribunales superiores,
constituyen una fuente para la sanción denuevas normas
y la interpretación y modificación de las existentes. La reiteración de los
fallos en determinado sentido y su aceptación ha fundado o consolidado
doctrinas jurisprudenciales con alcance general, las cuales, en muchos casos,
se han transformado en leyes.