PREGUNTAS
1. ¿Cual es el objeto de esa Ley?
2. ¿Casos en que la Sala Constitucional del TSJ, oira recurso
contra las decisiones emanadas de las demas salas?
3. ¿Cómo esta integrado o constituido el TSJ?
4. ¿Cuando se pueden crear Salas especiales en el TSJ?
5. ¿Quién crea esa Sala Especial?
6. ¿Qué cantidad de votos requiere las decisiones del
TSJ en Sala Plena?
7. ¿Cuanto tiempo permanecen los integrantes de la Junta
Directiva del TSJ?
8. ¿Cual es el órgano directivo del TSJ?
9. ¿Cómo debe estar integrada la Sala Plena?
10. ¿Cuales son los requisitos para ser secretario de sala?
11. ¿Cuales son los requisitos para ser Magistrado?
12. ¿Quién designa a los Magistrados del TSJ?
13. ¿Cuantos votos se requieren para designar a los Magistrados?
14. ¿Cual es la cuantía actual para que un
juicio pueda llegar al TSJ por vía de casación?
15. ¿Creen ustedes que el artículo 5 numeral 24, colide con el
artículo 18 parrafo tercero ambos de la LOTSJ, (el punto en
controversia es referente a la cuantía). Razone su
respuesta.
16. ¿Cuales son los requisitos para que un abogado pueda litigar
ante el TSJ . ¿En que artículos de la
LOTSJ esta consagrado el avocamiento o sustracción que tiene cada una de
las salas del
TSJ?
18. ¿Cuales son los casos o supuestos para que alguna de esas
salas pueda avocarse al conocimiento de una causa?
19. ¿Qué opina del comité de
postulación judicial previsto en la LOTSJ?
RESPUESTAS
1. ¿Cual es el objeto de esa Ley?
La presente ley tiene por objeto establecer el régimen,
organización y funcionamiento del tribunal supremo de justicia. Esto según el Artículo 1 de dicha ley.
2. ¿Casos en que la Sala Constitucional del TSJ, oira recurso
contra las decisiones emanadas de las demas salas?
No se oira, ni admitira acción ni
recurso alguno, salvo a lo que dispone la misma ley. Como por ejemplo en el artículo 18 de los recursos contra el
juzgado se sustanciación. Cada sala cuenta con su respectivo
juzgado de sustanciación; la Sala Político-Administrativa tiene un Juzgado de Sustanciación Autónomo.
3. ¿Cómo esta integrado o constituido el TSJ?
El tribunal supremo de Justicia esta integrado por la Sala
Constitucional, la Sala Político Administrativa, la Sala Electoral, la
Sala de Casación Civil, la Sala de Casación Penal y la Sala de
Casación Social, así como la Sala Plena la cual estara
integrada por los magistrados o magistradas de todas las salas
señaladas.
Ademas la Sala Constitucional estara integrada
por siete (7) magistrados o magistradas, y las demas salas por cinco (5)
magistrados o magistradas. Cada sala tendra un (1) secretario
osecretaria y un o una (1) Alguacil ; y por ultimo por
los juzgados de sustentación.
Artículos 7 y 8 de la Ley Organica del Tribunal
Supremo de Justicia.
Cada Sala cuenta con los Suplentes y Conjueces; con un
Secretario y un Alguacil; y, un Juzgado de Sustanciación, cuya
función es desempeñada por el Presidente y el Secretario de la
Sala. Sin embargo, la Sala Político-Administrativa tiene un Juzgado de
Sustanciación Autónomo, el cual esta constituido por
personas distintas al Presidente y al Secretario de la Sala, en virtud de la
asunción a plenitud de las atribuciones constitucionales los juicios que
en dicha Sala se ventilan.
4. ¿Cuando se pueden crear Salas especiales en el TSJ?
La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia debera crear e instalar
Salas Especiales para cada una de las Salas que componen el Tribunal, a
solicitud de la Sala respectiva, cuando se acumulen, por materia, cien o
mas causas para que sean decididas.
Las Salas Especiales que se crearen funcionaran hasta
cuando la última de las causas sea decidida. Ellas estaran
conformadas por un (1) Magistrado o Magistrada de la Sala respectiva y por dos
(2) Magistrados o Magistradas Accidentales, que seran designados por la
Sala Plena de la lista de suplentes.
Artículo 9 de la Ley Organica del Tribunal
Supremo de Justicia.
5. ¿Quién crea esa Sala Especial?
Las salas especiales son creadas por la sala plena del TSJ de conformidad con
el Articulo 9 de la LOTSJ titulo II de la Organización del TSJ Capitulo
I.
6- ¿Quécantidad de votos requiere las decisiones del TSJ en Sala
Plena?
En el artículo 11 de la LOTSJ se establece que para que sean validas las decisiones del Tribunal Supremo de Justicia se requiere
el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros que la deben
integrar.
7- ¿Cuanto tiempo permanecen los integrantes de la Junta
Directiva del TSJ?
Según lo establecido en el articulo 20 de la LOTSJ los integrantes de su
junta directiva tendran un periodo de
función de dos años, y podran ser reelegidos o reelegidas.
Por el voto favorable de la mayoría absoluta en sala
plena.
8- ¿Cual es el órgano directivo del TSJ?
Según lo establecido en el artículo 19 de la LOTSJ, la junta
directiva y estara integrada por un presidente (a) y un primer y segundo
vicepresidente (a) y tres directores o directoras, quienes presidiran
respectivamente, las salas que lo conformen.
9- ¿Cómo debe estar integrada la Sala Plena?
La Sala Plena debe estar integrada por los 32 magistrados o magistradas, de las
seis salas.
10- ¿Cuales son los requisitos para ser secretario de sala?
Los secretarios o secretarias deben ser: Abogados mayores de 30 años,
habiendo ejercido la profesión o tener carrera dentro del poder judicial
mínimo 10 años. Articulo 13 LOTSJ.
11- ¿Cuales son los requisitos para ser Magistrado?
Según el artículo 263 de la Constitución
de la República Bolivariana de Venezuela. Para ser magistrado o
magistrada del
Tribunal Supremo de Justicia se requiere
1.- Tener la nacionalidad venezolana pornacimiento y no poseer otra
nacionalidad.
Ser ciudadano o ciudadana de reconocida
honorabilidad.
3.- Ser jurista de reconocida competencia, gozar de buena reputación,
haber ejercido la abogacía durante un mínimo de quince
años y tener título universitario de postgrado en materia
jurídica; o haber sido profesor universitario o profesora universitaria
en ciencia jurídica durante un mínimo de quince años y
tener la categoría de profesor o profesora titular; o ser o haber sido
juez o jueza superior en la especialidad correspondiente a la Sala para la cual
se postula, con un mínimo de quince años en el ejercicio de la
carrera judicial, y reconocido prestigio en el desempeño de sus
funciones.
Cualesquiera otros requisitos establecidos por la
ley.
Y en concordancia con la LOTSJ
1. Ser ciudadano o ciudadana de conducta ética y moral intachables.
2. Ser abogado o abogada de reconocida honorabilidad y competencia.
3. Estar en plena capacidad mental.
4. No haber sido condenado o condenada penalmente mediante sentencia
definitivamente firme ni haber sido sancionado o sancionada por responsabilidad
administrativa de conformidad con lo que dispone la Ley Organica de la
Contraloría General de la Republica y del Sistema Nacional de Control
Fiscal, mediante acto administrativo definitivamente firme.
5. Renunciar a cualquier militancia político-partidista, y no tener
vinculo, hasta el segundo grado de consanguinidad o el tercer grado de
afinidad, con los Magistrados o Magistradas del TribunalSupremo de Justicia,
con el Presidente o Presidenta de la Republica, el Vicepresidente Ejecutivo o
Vicepresidenta Ejecutiva de la Republica, los ministros o ministras del Poder
Popular, el o la Fiscal General de la Republica, el Defensor o Defensora del
Pueblo, el Defensor Publico o Defensora Publica General, el Contralor o
Contraloría General de la Republica, los Rectores o Rectoras del Consejo
Nacional Electoral y el Procurador o Procuradora General de la Republica.
6. No estar unido por matrimonio ni mantener
unión estable de hecho con alguno de los Magistrados o Magistradas del Tribunal Supremo de
Justicia.
7. No realizar alguna actividad incompatible con las funciones y atribuciones
de los Magistrados o Magistradas de conformidad con la ley.
8. Tener titulo universitario de especialización, maestría o
doctorado en el area de ciencia jurídica.
12- ¿Quién designa a los Magistrados del TSJ?
En concordancia con el artículo 264 de la Constitución de la
Republica Bolivariana de Venezuela y el artículo 38 de la LOTSJ Los
Magistrados o Magistradas del Tribunal Supremo de Justicia seran
designados o designadas por la Asamblea Nacional, por un período
único de doce años.
13- ¿Cuantos votos se requieren para designar a los Magistrados?
Según el Artículo 38 de la Ley Organica del Tribunal
Supremo de Justicia La Asamblea Nacional hara la selección
definitiva con el voto favorable de las dos terceras (2/3) partes de sus
miembros. En caso de que no se logre el voto favorable de la
mayoríacalificada que se requiere, se convocara a una segunda
sesión plenaria, de conformidad con este articulo; y si tampoco se
obtuviese el voto favorable de las dos terceras (2/3) partes, se convocara a
una tercera sesión y, si en esta tampoco se consiguiera el voto
favorable de las dos terceras (2/3) partes de los miembros de la Asamblea
Nacional, se convocara a una cuarta sesión plenaria, en la cual se
haran las designaciones con el voto favorable de la mayoría
simple de los miembros de la Asamblea Nacional.
14- ¿Cual es la cuantía actual para que un
juicio pueda llegar al TSJ por vía de casación?
Según el articulo 86 de la Ley Organica del Tribunal Supremo de
Justicia el Tribunal Supremo de Justicia conocera y tramitara, en la
sala a la que corresponda, los recursos de casación cuando la
cuantía exceda de tres mil unidades tributarias (3000 U.T.), sin
perjuicio de lo que dispongan las normas procesales en vigor.
15- ¿Creen ustedes que el artículo 5 numeral 24, colide con el
artículo 18 parrafo tercero ambos de la LOTSJ?, (el punto en
controversia es referente a la cuantía). Razone su
respuesta.
Ley Organica del
Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela
(Gaceta Oficial N° 37.942 del
20 de mayo de 2004).
Artículo 5 Es de la competencia del
Tribunal Supremo de Justicia como
mas alto Tribunal de la República.
24. Conocer de las demandas que se propongan contra la República, los
Estados, los Municipios, o algún Instituto Autónomo, ente
público o empresa, en la cual laRepública ejerza un control
decisivo y permanente, en cuanto a su dirección o administración
se refiere, si su cuantía excede de setenta mil una unidades tributarias
(70.001 U.T.).
Artículo 18 El proceso establecido en la presente Ley, constituye el
instrumento fundamental para la realización de la justicia, y se
regira por los principios de simplicidad, eficacia, celeridad,
economía, uniformidad, mediación y oralidad. No se sacrificara
a la justicia por la omisión de formalidad en lo esencial.
Toda persona tiene derecho a acceso al Tribunal Supremo de Justicia en
cualesquiera de sus Salas, para hacer valer sus derechos e intereses, incluso
los colectivos o difusos, a la tutela efectiva de los mismos y a obtener con
prontitud la decisión correspondiente.
El Tribunal Supremo de Justicia conocera y tramitara, en la Sala
que corresponda, los recursos o acciones, que deban conocer de acuerdo con las
leyes, cuando la cuantía exceda de tres mil unidades tributarias (3.000
U.T.).
Ley Organica del Tribunal Supremo de Justicia
Gaceta Oficial N° 39.640 de fecha 23 de marzo de 2011.
El artículo 86 se refiere al conocimiento y tramite de los recursos de
casación del tribunal supremo de justicia en cuanto a su cuantía
exceda de tres mil unidades tributarias (3.000 U.T), respetando lar normas
procesales en vigor mientras que el artículo 26, numeral 1º hace
referencia a las demandas que se ejerzan contra la República, los Estados,
los Municipios, o algún instituto autónomo, ente
públicoo empresa, cuando su cuantía exceda las setenta
mil unidades tributarias (70.000 U.T) remitiéndolas a la sala
Político administrativa perteneciente al tribunal supremo de justicia.
Conociendo el tecnicismo jurídico de los dos (2) artículos en
cuestión nos damos cuenta que el articulo 86 hace referencia a una norma general mientras que el 26, numeral 1º se refiere
a una norma particular, llegando a la conclusión de que no existe colide
alguno entre los dos presentes artículos.
16- ¿Cuales son los requisitos para que un
abogado pueda litigar ante el TSJ?
Artículo 87. Para actuar en cualquiera de las
Salas del
Tribunal Supremo de Justicia se requiere la asistencia jurídica de
abogado o abogada que cumpla los requisitos que exige el ordenamiento.
Dichos requisitos se encuentran establecidos en la Ley de
Abogados, articulo 7.
17- ¿En qué artículos de la LOTSJ esta consagrado
el avocamiento o sustracción que tiene cada una de las salas del
TSJ?
Todas las salas del TSJ en su respectiva competencia de oficio o a instancia de
parte, con conocimiento sumario de la situación, podra recabar de
cualquier tribunal, en el estado que se encuentre, cualquier expediente o causa
para resolver si la avoca y asume el conocimiento del asunto o, en su defecto,
lo asigna a otro tribunal. Esto esta consagrado en el
artículo 106 de la LOTSJ.
18- ¿Cuales son los casos o supuestos para que alguna de esas
salas pueda avocarse al conocimiento de una causa?
Según el artículo 107 de la LOTSJ el avocamiento sera
ejercido soloen caso de graves desordenes procesales o de escandalosas
violaciones al ordenamiento jurídico que perjudiquen ostensiblemente la
imagen del Poder Judicial, la paz pública o la institucionalidad
democratica.
19- ¿Qué opina del comité de
postulación judicial previsto en la LOTSJ?
Esta organizado correctamente, representa a todo su procedimiento,
también contempla principios fundamentales como el de la publicidad y
transparencia en el desarrollo de sus funciones, sin embargo, consideramos
necesario la introducción de requisitos mas específicos en cuanto
a quienes integran dicho comité; por nombrar uno: Que una parte de sus
miembros sean conocedores del derecho, que estén interesados en
pertenecer al comité. Debido a la importancia de la tarea que
allí se realiza, es decir, de su decisión depende la
administración de justicia del país lo cual es de suma
importancia.
BIBLIOGRAFÍA CONSULTADA
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Publicada en Gaceta Oficial del jueves 30 de diciembre de 1999,
N° 36.860. Con la enmienda N°1 del 15 de febrero
de 2009.
Ley Organica del Tribunal Supremo de Justicia
de la República Bolivariana de Venezuela. Gaceta Oficial N° 37.942 del
20 de mayo de 2004.
Ley Organica del Tribunal Supremo de Justicia
de la República Bolivariana de Venezuela. Gaceta Oficial N° 39.640 del
23 de marzo de 2011.
Ley de Abogados y Código de Ética Profesional del
Abogado Venezolano. Gaceta Oficial Nº 33.357 del 25 de noviembre
de 1985.