Consultar ensayos de calidad


Factores que influyen sobre la determinacion de las fueuntes



FACTORES QUE INFLUYEN SOBRE LA DETERMINACION DE LAS FUEUNTES
1 MORAL Y DERECHO
Son dos tipos de Regulación o Normación, que se di­rigen a la conducta humana, como tal. Sin embargo, mientras la moral viene configurada por el conjunto de valores éticos que reflejan las creencias de una so­ciedad determinada en un momento histórico deter­minado, el derecho que también pretende inspirarse en dichos valores se diferencia de la moral por su carácter coercitivo. Este carácter coercitivo toma su fundamento en el protagonismo del estado, puesto que no hay que olvidar que éste ostenta el monopolio legal del uso de la fuerza.
En la esfera moral también existe la coacción, pero ésta se ejerce por mecanismos distintos a los del de­recho, debido a que el concepto de moral no concierne al orden jurídico, sino al fuero de la conciencia.


Como dice el jurista Luis Recasens Siche, profesor de derecho en la universidad nacional de México, la norma moral enjuicia la conducta humana a la luz de unos valores hacia los cuales debe orientarse la exis­tencia del hombre; en cambio, la norma jurídica, en­juicia y regula el comportamiento humano desde el punto de vista delas repercusiones de éste sobre otras personas, es decir, con la finalidad de conseguir una convivencia y bienestar social.
Los sistemas morales analizan la bondad o maldad de un comportamiento en cuanto a la significación que éste tiene para la vida del individuo. Por el contrario, el derecho enjuicia la conducta a partir del valor relativo que ésta tenga para otro u otros sujetos, o para la sociedad, y no desde el punto de vista del individuo.
No obstante, la diferencia entre derecho y moral no supone dividir el campo de la conducta humana en dos sectores, uno de los cuales se entregue a la moral y el otro se adjudique al derecho. Todo lo contrario, el comportamiento humano es, a la vez, objeto de con­sideración por la moral y por el derecho, pero atendiendo a diferentes aspectos del mismo.
Así, por ejemplo, en algunas situaciones, la moral prescribe una conducta determinada, mientras que el derecho se limita a prohibir los actos perjudiciales para otra persona, garantizando como jurídicamente lícitos todos los demás comportamientos, entre los cuales pueden figurar algunos que sean moralmente reprobables.
En estos casos, es bueno recordar lo que decían los antiguos, que no todo lo que es jurídicamente lícito es moralmente bueno.

2. LOS USOS SOCIALES
La mayoría de nuestros actos están sujetos a lo que se denomina uso social.
Los usos sociales pueden llegar a transformarse en normas jurídicas, cuando al elemento material de re­petición se une la opimo juris (convencimiento de que ellos obligan jurídicamente). Elreferido mecanismo, no es otra cosa que la transformación de usos sociales en costumbres jurídicas.
A tenor de lo anteriormente expuesto, la infracción de un uso social produce una sanción sui generis, como puede ser, por ejemplo, la repulsa de la opinión pú­blica por un hecho considerado socialmente como re­probable, o un enfriamiento más o menos grave del clima moral de la convivencia.
El duelo fue en su origen el medio reconocido por el derecho para ventilar ciertos litigios en forma de «juicio de Dios».
La propina, exponente de un extendido uso social, se ha resistido, por diversas razones, al intento de aca­bar con ella. Así, el tanto por ciento que sobre el pre­cio del servicio nos cobran en muchos establecimien­tos, deriva de la propina como uso social.
A menudo, los usos sociales vienen impuestos por una presión de la comunidad, y su inobservancia va acompañada de sanciones que a veces son más temidas y eficaces que la propia sanción jurídica. Se puede cas­tigar con la expulsión o marginación del grupo social en el que se vive o con la reprobación pública por un acto determinado.
Entre usos sociales y derecho hay un permanente trasvase, más intenso en unas épocas que en otras, pero siempre considerable, de tal modo que el signi­ficado de un derecho no puede captarse en su plenitud si no se analizan esos usos sociales, ya que muchas veces sirven para matizar y explicar el propio conte­nido de las normas jurídicas.

JUSTICIA Y DERECHO
Con buen criterio se ha dicho que la palabra justicia es quizá de las másdifíciles de analizar racionalmente, prescindiendo de los estímulos emotivos que suscita.
Tomemos en consideración dos acepciones sobre la justicia
la virtud universal, que es suma y compendio de todas las demás virtudes, recogida por algunos filó­sofos de la Grecia antigua;

el principal criterio o medida ideal para el de­recho.
Va a ser la segunda de estas dos acepciones a la que dedicaremos nuestro análisis, es decir, a la idea en la cual debe inspirarse el derecho positivo, y que rige los ordenamientos jurídicos.
Cuando calificamos de justo o injusto un acto, una sentencia o una norma jurídica, podemos usar ambas expresiones con diferentes sentidos.
Cabe decir, por ejemplo, que una sentencia judicial es justa, en el sentido de que en ella se ha aplicado la ley, sin entrar a juzgar lo que llamamos articulado de la ley. Es en este caso cuando justo equivale a legal.

4. JUSTICIA E IGUALDAD
Desde otro punto de vista, llamamos justo a un acto o incluso a la ley misma, en cuanto respeta un criterio básico de igualdad.
Este significado es tradicional en el pensamiento occidental desde Aristóteles, y se expresa con el principio de que los iguales han de ser tratados como iguales y los desiguales como desiguales. Con ello se pretende decir que no debe aplicarse un trato discri­minatorio a dos casos análogos. Por ejemplo, se podrá discutir si es o no conveniente que exista la pena de muerte, pero con independencia de ello sería injusto que se aplicase a una 'persona y no a otra que hubiera cometido el mismo delito encircunstancias análogas.
Admitido, pues, que los casos análogos han de ser tratados del mismo modo y los desiguales en forma desigual, la cuestión estará en determinar cuáles son los criterios para establecer la semejanza y la desi­gualdad.
Parece unánimemente admitido que, si el mismo delito es cometido por dos personas, una en su sano juicio y la otra enajenada mental, no se les podrá im­poner la misma pena.
Pero en otros muchos casos no se llega a esta una­nimidad de criterio. La diferencia de raza o de reli­gión, no debiera establecer ninguna diferencia de trato jurídico y, no obstante, durante siglos, la diferencia de religión ha sido estimada como un elemento de dis­criminación. Todavía hoy, algunos sectores sociales de ciertos países sostienen la necesidad de una diferencia de trato por razón de raza o de creencias religiosas.
A pesar de estas importantes reservas, el principio de igualdad jurídica es hoy generalmente admitido, y ningún derecho civilizado deja de proclamarlo.




5. FINES DEL DERECHO
Para una completa caracterización de lo que es el derecho, no basta con diferenciar las normas jurídicas de las normas morales, sino que habrá que plantearse cuáles son las funciones que el derecho desempeña en la existencia humana.
El fin último del derecho consiste en satisfacer unas necesidades sociales acordes con las exigencias de la justicia y de los demás valores jurídicos en ella impli­cados: reconocimiento y garantía de la dignidad per­sonal del individuo, de su anatomía y libertades bá­sicas, etcétera. Perotambién se habrá de averiguar cuáles son los tipos generales de necesidades humanas y sociales que todo derecho intenta satisfacer. A este aspecto determinado del derecho se le denomina fun­ciones del derecho.
A lo largo de la historia y a través de las diversas doctrinas filosóficas y políticas se particularizaron los fines del derecho positivo. Así mismo, se establecie­ron las funciones del derecho como expresión jurídica de unos tipos de necesidades humanas y sociales con­sideradas como constantes: finalidad de seguridad y bienestar social, de resolución de los conflictos de in­tereses. Todo ello quedó plasmado en una normativa de carácter impositivo.







Política de privacidad