SOCIEDAD E INFORMACIÓN
La información, como representación del pensamiento y del
conocimiento, nos lleva a considerar que la sociedad recibe y esta expuesta
a aquella proveniente tanto del lenguaje corriente de los medios masivos como
de la generada por el lenguaje literario, científico y técnico de
la literatura especializada. En ambos casos la sociedad produce la
información y se genera un interés consciente e inconsciente de
transmitirla, ya sea de manera individual o colectiva: puede ser
información estratégica disponible sólo para un selecto
grupo o de uso abierto a todos; puede ser solicitada, necesitada y utilizada
por individuos o por grupos de poder como el Estado, los consorcios comerciales
y los grupos políticos.
La participación de la sociedad es definitiva en el proceso de
generación y aprovechamiento de la información; ella es la que asigna a ésta valor y función.
Todavía se tiene la idea de que la información se genera con tal
facilidad que, por lo tanto, es parte del patrimonio natural de los pueblos
como son los bosques, los ríos, el mar, entre otros; y, como diferentes
grupos ecologistas reportan que este patrimonio natural esta en riesgo,
se adoptan medidas para evitar su pérdida y entonces se advierte lo que
cuesta rescatarlo y mantenerlo. Igual pasa con la información, oral o
impresa: siempre creemos que, por ser un ingrediente obligado en todas nuestras
acciones, no cuesta ningún esfuerzo producirla, obtenerla, organizarla y
difundirla; todo lo contrario: si enAmérica Latina no actuamos y no
ponemos ningún empeño en conseguir y ofrecer a nuestros pueblos
la información que requiere el desarrollo, no habra un uso real
de ella y tal desarrollo sera también cuestionado.
No es suficiente adquirir y organizar la información. También
necesitamos que se encuentre disponible en el momento en que se demande; desde
el punto de vista tecnológico se cuenta con todas las facilidades para
que la información esté al alcance de la mano de cualquier
usuario; sin embargo, obtenerla no es tan simple porque no podemos ignorar las
restricciones políticas y económicas, las deficiencias normativas
y las limitaciones impuestas por grupos de poder como la censura, la
manipulación y los filtros e influencias que en cada etapa del proceso
influyen en la información, que también puede enriquecerse o
desvirtuarse debido a la interpretación de quien la selecciona, analiza
o resume, quien le da descriptores y la busca en un catalogo o base de
datos, ya por la naturaleza técnica de su trabajo, ya porque así
conviene a sistemas políticos, grupos económicos o simples
factores de mercadotecnia.
EL DERECHO A LA INFORMACIÓN
La información responde a la necesidad del ser humano de expresarse y de
querer saber lo que los demas han expresado; responde a un requerimiento
que en determinado momento se vuelve un derecho fundamental del hombre, pues
como hombres en libertad debemos tener el derecho de expresarnos, de informar y
de informarnos, y tal prerrogativa natural debera estar garantizadapor
el Estado y ser defendida por la sociedad. Este derecho
también se tiene que considerar de forma integral. No nada
mas hay que pensar en la creación de información, la
manifestación de las ideas y del conocimiento, sino
también en su circulación, su disponibilidad, su uso y su
lectura.
En mayo del 2006, la UNESCO publicó un documento de orientación
que titulo La Unesco y la Sociedad de Información para Todos, producto
de los acuerdos de una reunión celebrada en noviembre del 2005, donde se
manifiesta un proyecto educativo, científico y cultural vinculado con
las nuevas tecnologías de la información y de la
comunicación. A partir de uno de los mandatos de la propia Asamblea
General que compromete a la ONU a promover la libre circulación de las
ideas por medio de la palabra y de la imagen, también hace suya la
obligación de impulsar la cooperación internacional en el terreno
de la comunicación, la información y la informatica, con
objeto de reducir la desigualdad imperante entre los países
desarrollados y los que se hallan en vías de desarrollo; asimismo, en
las estrategias a mediano plazo proyectadas para los años 2003-2015, se
nota un especial acento en el empleo de tecnologías de la comunicación
y de la información al servicio del desarrollo, de la democracia y de la
paz.
Es con esta condición como
la sociedad de la información podra alcanzar su objetivo
último: la autonomía de todos y cada uno de los ciudadanos
mediante el acceso al saber, así como
la aptitud de utilizarlo.
La'sociedad de la información para todos' es a la vez global y
local, formada por individuos y grupos sociales que toman parte del todo
informativo y que aportan su información local, su punto de vista y su
idiosincrasia a ese todo informativo que nos rodea.
EL DERECHO A LA INFORMACIÓN EN EL MUNDO
Hoy día la era de la información y las comunicaciones, en la cual
nos encontramos sumergidos, supera con largueza los viejos conceptos
políticos que tradicionalmente se esgrimieron en este campo, no es
posible desconocer criterios aún vigentes en el sentido de que la
democracia descansa, entre otros factores, en una prensa libre y en un derecho
irrestricto a que la sociedad reciba información veraz y ejerza
activamente la libertad de expresión. Si bien el derecho a la
información contemporaneamente tiene un claro antecedente formal
en la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, no debe
ignorarse que su punto de partida histórico se encuentra en la
Declaración Francesa de 1789, lo cual significa que por mas de
dos centurias este derecho ha estado presente en el desarrollo institucional de
nuestros pueblos. A estas alturas, es necesario hacer referencia al Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos y a la Convención
Americana de Derechos Humanos, o Pacto de San José como se le conoce
comúnmente, instrumentos multilaterales que desenvuelven de diversa
manera el derecho a la información in genere bajo distintas
denominaciones (libertad de opinión, de difusión, de pensamiento
y de expresión, porejemplo, entre otras) que doctrinariamente pueden ser
agrupadas en dos bastantes similares: la primera que se desprende de la
Declaración de Naciones Unidas para la que los componentes del derecho a
la información son los de 'investigar', 'recibir' y
'difundir' información, en tanto que el Pacto de San
José de Costa Rica, con ligeras variantes recoge la visión
anterior ('buscar', 'recibir' y 'difundir').
Existe una estrecha vinculación entre el derecho a la información
y la noticia, dando por aceptado que esta última es componente esencial del
primero. De ser así, las características mas resaltantes
de la misma: integridad, totalidad, oportunidad, honestidad, entre otras,
permiten que se valore en su justo término la mención a la
'veracidad' que cronológicamente aparece en el ya lejano
año de 1963, en un documento de extraordinaria significación como
lo es el 'Decreto Inter Mirifica sobre los medios de comunicación
social', emanado del Concilio Vaticano II, donde entre otros
señalamientos se dice que el recto uso del derecho a la
información exige que ésta 'sea siempre objetivamente
verdadera', fórmula que inteligentemente enlaza objetividad y
veracidad y que en el discurrir del tiempo desde entonces hasta el presente ha
sido objeto de numerosos analisis y propuestas por parte de todos
aquellos interesados en contribuir a identificar adecuadamente el derecho a la
información y sus componentes como uno de los derechos fundamentales que
hacen posible la convivencia humana en paz y democracia. Cortotiempo
después (1964), el Papa Juan XXIII en la encíclica 'Pacem in
Terris' dijo que 'todo ser humano tiene derecho natural a la libertad
para buscar la verdad y a tener una objetiva información de los sucesos públicos',
ratificando la concepción que, al respecto, había adelantado el
Concilio Vaticano en el decreto mencionado.
Numerosos autores especializados en el tema han realizado importantes
contribuciones ; tal es el caso del Argentino Jorge Zaffare, quien en 'La
comunicación masiva' (Ediciones Depalma, Buenos Aires, 1990), dice:
'El derecho a recibir información debe necesariamente referirse a
la información veraz, a la información verdadera el derecho a
recibir información veraz protege a cada persona la veracidad incluye
a la no manipulación de la información porque es sabido que aun
preservando la verdad formal, se puede escamotear la posibilidad de conocer la
verdad sustancial, con lo que el derecho a la información se transforma
en una apariencia y formalidad. Pero este 'derecho a la verdad' no
admite una instrumentación lineal y mecanica, porque en ese caso
es factible cometer peligrosos excesos autoritarios, puesto que el error forma
parte de la comunicación humana, tanto que el error y la verdad son dos
polos dialécticamente imprescindibles, por lo que se puede afirmar que
existe un correlativo 'derecho al error' por parte del comunicador,
lo cual obviamente no lo exculpa de los perjuicios que cause'. Por su
parte, el autor español José María Desantes, en su obra
'La Informacióncomo Derecho' (Editora Nacional, Madrid, 1974),
al equipar información y noticia afirma que: 'el derecho del
ciudadano a la información, en el sentido de derecho a la noticia, tanto
para buscarla como para recibirla o difundirla, exige unas condiciones en este objeto
del derecho que constituyen determinaciones de aquella cualidad que
requería la noticia para ser tal y no ser corrupción de la
noticia: la verdad. La noticia ha de ser verdadera'.
El Código Latinoamericano de Etica Periodística (1979) e, en lo
concerniente al tema que nos convoca, indica que: 'La libertad de prensa
(se) concibe como
el derecho de nuestros pueblos a ser oportuna y verazmente informados y a
expresar sus opiniones sin otras restricciones que las impuestas por los mismos
intereses de los pueblos'.
Adicionalmente a lo ya expresado, cabe comentar que el tema de la
'veracidad' asociado al 'derecho de rectificación o de
respuesta', justifica con creces la presencia del 'defensor del
usuario', versión para el area de la comunicación y
la información del 'ombusdman' o 'defensor del
pueblo' que ya ha sido acogido en algunas legislaciones de avanzada y
experimentado en países de diferente grado de desarrollo y cuya
aceptación e incorporación por parte del universo
mediatico fortalecería, la independencia de los medios y la
función social de los mismos, con lo cual se garantiza, desde otro punto
de vista, la libertad de prensa, substrato del derecho a la información.
Origen de la Ley de Responsabilidad social enRadio y Televisión
La discusión y aprobación de la Ley de Responsabilidad Social en
Radio y Televisión tiene una gran importancia nacional por varias
razones. Resulta incuestionable la concentración de los medios hasta
constituirse en lo que se ha señalado como una de las
voces mas poderosas, quiza la mas potente, seductora,
irresistible y arrolladora de la sociedad actual. Por otra parte, en Venezuela el descontento de grupos sociales en
cuanto al sistema político ha tenido expresión en el declive y la
crisis del
sistema de representación.
En ese contexto, los medios no se han resistido a la
tentación de llenar ese espacio y sustituir a los partidos
insertandose cada vez mas en el tejido político hasta
ubicarse como
actores de primera línea en la lucha por el poder político. En
consecuencia, los medios de comunicación gradualmente se han convertido en el lugar de convergencia de la vida
pública. Por otra parte, ante el enfrentamiento de diversos grupos e
instituciones estatales y públicas, en los últimos años de
la democracia representativa, los medios, en particular las televisoras y las
radios, han pretendido asumir cierto liderazgo en la
confrontación política. A grandes rasgos, este
es el contexto en el cual se elaboró y aprobó Ley de
Responsabilidad Social en Radio y Televisión.
Es por ello que se hizo urgente la aprobación de un instrumento legal
que regule el funcionamiento de los medios audiovisuales, en el cual se
preserven, en primer lugar, las garantíasconstitucionales de la libertad
de expresión y del derecho a la información sin restricciones de
ningún tipo, salvo aquellas señaladas en la Constitución y
las leyes. Por otra parte, es importante destacar que una ley sobre esta
materia debe propiciar y garantizar, en el marco de la
pluralidad cultural de nuestro país, una programación diversa y
de calidad que promueva los valores nacionales, la convivencia pacífica
y el sentido participativo en la sociedad democratica venezolana. Es sobre todo importante la regulación de los espacios
destinados a la audiencia de menores de edad, no solo determinando el tipo de
contenidos adecuados según su desarrollo psicológico, sino
también incentivando su producción nacional. Por otra
parte, la única forma efectiva de contrarrestar el predominio
monopólico del grupo empresarial de medios, es la creación de un
importante sector de medios independiente, ademas del sector
comunitario, concebido como servicio público y gestionado por las
asociaciones de receptores y profesionales organizados. Asimismo,
se hizo impostergable crear, condiciones favorables para el desarrollo de la
producción nacional independiente de los contenidos para la radio y
televisión.
.
De acuerdo a diversos medios, programas y demas como :
El Observatorio Global de Medios de Venezuela se han determinado los siguientes
objetivos que debe perseguir una ley de medios en la Venezuela de hoy:
1. Democratizar el acceso plural a la información, a las opiniones y a
las opciones culturalescomo condición para la democracia, por cuanto sin
una esfera pública democratica, plural, no es posible la
democracia.
2. Restringir la conformación de los monopolios y oligopolios en los
medios. Estimular la formación de un importante
sector de medios de servicio público independiente.
3. Democratizar la propiedad y el control de los medios.
4. Garantizar a mediano y largo plazo la libertad de expresión, por lo
que las regulaciones de contenido tienen que estar plenamente justificadas sin
que quede abierta la posibilidad de la censura, sea ésta previa o a
posteriori, ya que sus consecuencias terminan siendo las mismas.
5. Garantizar la contraloría social de los medios como objetivo
democratizador, fundamentalmente en lo que se refiere al impacto que los
contenidos que transmiten los medios puedan tener sobre niños,
niñas y adolescentes.
6. Promover y democratizar la producción de contenidos,
con fines a la ampliación y democratización de la
producción cultural e incrementar, en consecuencia, la producción
de contenidos venezolanos y latinoamericanos.
LEY DE RESPONSABILIDAD SOCIAL EN RADIO Y TELEVISIÓN
La Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela
aprobó el 7 de diciembre del año 2004 la Ley de Responsabilidad
Social en Radio y Televisión, la cual tiene como objeto establecer, en
la difusión y recepción de mensajes, la responsabilidad social de
los prestadores de servicios de radio y televisión, los anunciantes, los
productores nacionales independientes, losusuarios y usuarias, para fomentar el
equilibrio democratico entre sus deberes, derechos e intereses de
promover la justicia social y de contribuircon la formación de la
ciudadanía, la democracia, la paz, los derechos humanos, la cultura, la
educación, la salud y el desarrollo social y económico de la
Nación, de conformidad con las normas y principios constitucionales de
la legislación para la protección integral de los niños,
niñas y adolescentes, la cultura, la educación, la seguridad
social, la libre competencia y la Ley Organica de Telecomunicaciones.
OBJETIVOS GENERALES
Los objetivos generales de esta Ley son:
1. Garantizar que las familias y las personas en general cuenten con los
mecanismos jurídicos que les permitan desarrollar en forma adecuada el
rol y la responsabilidad social que les corresponde como usuarios y usuarias,
en colaboración con los prestadores de servicios de divulgación y
con el Estado.
2. Garantizar el respeto a la libertad de expresión e
información, sin censura, dentro de los límites propios de un
Estado democratico y social de Derecho y de Justicia y con las
responsabilidades que acarrea el ejercicio de dicha libertad, conforme con la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, los
tratados internacionales ratificados por la República en materia de
derechos humanos y la ley.
3. Promover el efectivo ejercicio y respeto de los derechos humanos, en particular,
los que conciernen a la protección del honor, vida privada, intimidad,
propia imagen,confidencialidad y reputación y al acceso a una
información oportuna, veraz e imparcial, sin censura.
4. Procurar la difusión de información y materiales dirigidos a
los niños, niñas y adolescentes que sean de interés social
y cultural, encaminados al desarrollo progresivo y pleno de su personalidad,
aptitudes y capacidad mental y física, el respeto a los derechos
humanos, a sus padres, a su identidad cultural, a la de las civilizaciones
distintas a las suyas, a asumir una vida responsable en libertad, y a formar de
manera adecuada conciencia de comprensión humana y social, paz,
tolerancia, igualdad de los sexos y amistad entre los pueblos, grupos étnicos,
y personas de origen indígena y, en general, que contribuyan a la
formación de la conciencia social de los niños, niñas,
adolescentes y sus familias.
5. Promover la difusión de producciones nacionales y producciones
nacionales independientes y fomentar el desarrollo de la industria audiovisual
nacional.
6. Promover el equilibrio entre los deberes, derechos e intereses de las
personas, de los prestadores de servicios de divulgación y sus
relacionados.
7. Procurar la difusión de los valores de la cultura venezolana en todos
sus ambitos y Expresiones.
8. Procurar las facilidades para que las personas con discapacidad auditiva
puedan disfrutar en mayor grado de la difusión de mensajes.
9. Promover la participación activa y protagónica de la
ciudadanía para hacer valer sus derechos y contribuir al logro de los
objetivos consagrados en la presente Ley.