CONTRALORIA GENERAL DEL ESTADO
CONCEPTO
La Contraloría General del estado es un
organismo técnico encargado del
control de la utilidad de los recursos estatales, y la consecución de
los objetivos de las instituciones del Estado y de las personas
jurídicas de derecho privado que disponga de recursos públicos.
CONTRALOR DEL ECUADOR: Carlos Pólit
FUNCION DE LA CONTRALORIA GENERAL
SERAN FUNCIONES DE LA Contraloría General del Estado, ademas de
las que determina la ley:
* Dirigir el sistema de control administrativo que se compone de
auditoría externa, auditoría interna y control internos de las
entidades del sector público y de las entidades privadas y que dispongan
de recurso públicos.
* Determinar responsabilidades administrativas y civiles culposas e indicios de
responsabilidad penal, relacionadas con los aspectos y gestiones sujetas a su
control, sin perjuicios de las funciones que en esta materia sean propias de la
Fiscalía General del Estado.
* Expedir normas para el cumplimiento de sus
funciones.
* Asesorar a los órganos y entidades del Estado
cuando se le solicite.
* Prescribir el sistema de contabilidad y las formas, documentos e informes
que, para fines contables, deben usarse en todos los departamentos, oficinas y
servicios del
Poder Público.
* Establecer y mantener intervención efectiva sobre todo el dinero,
títulos, papeles sellado, timbre, publicaciones oficiales y cualquier
otra propiedad, muebles e inmuebles que pertenezcan a la Nación o
estén confiadas al Poder Público y al cuidado y manejo de
empleados de este.
* Dictar acuerdos de transferencia de fondos que autoricen los pagos mantener
cuentas conlas personas que reciben o invierten a tienen la custodia de ellos
otras propiedades fiscales o de fondos por los cuales el Poder Público
sea responsable.
* Establecer reglamentos específicos para información y
guía de las personas que reciben o invierten fondos o tienen el cuidado,
custodia o manejo de los mismos o propiedades, por las cuales el Fisco, los
Consejos Provinciales, las Municipalidades u otras instituciones de derecho
público son por cualquier causa responsables.
* Examinar, fiscalizar, finiquitar las deudas o reglamentos en favor o en
contra del Estado que corresponda conocer y resolver a
otros departamentos administrativos.
* Examinar, fiscalizar, finiquitar las cuentas de los funcionarios y empleados
que reciban o inviertan fondos públicos.
* Examinar y verificar por inspección personal o de otro modo, el dinero,
títulos, papel sallado, etc., donde quiera que se encuentren en
custodia, o manejo de los funcionarios o empleados, así como, los
libros, cuentas y métodos seguidos en relación con estos
aspectos.
* Observar a los Ministros de Estado respecto al gasto hecho o aprovechado de
fondos fiscales o del
uso actual o proyectos de propiedades públicas cuando a su juicio dichos
gastos o uso fueran ilegales o incoherentes
* Examinar los libros documentos a archivos.
* Examinar, fiscalizar y finiquitar las cuentas de los Consejos Provinciales,
de las Municipalidades o entidades fiscales y de instituciones,
establecimientos asociaciones y otras corporaciones analogas que reciban
apoyo pecuniario del Fisco.
* Dictar los reglamentos y disposiciones administrativas e impartir las
instituciones del
caso para lalegal y correcta inversión de los fondos del Estado y en
general dictar cualquier medida que regularicen la recaudación,
administración, inversión y fiscalización de los valores y
otros bienes del Estado.
* Prescribir las clausulas, fijar el monto y calificar la suficiencia de las
cauciones que rindan los funcionarios y empleados obligados a presentarlas, con
limitadas excepciones.
* Intervenir como
parte, cuando lo tuviere a bien, en los juicios penales o civiles a que
pudieran dar lugar los delitos e irregularidades que se notaren en la
recaudación, administración, inversión o
fiscalización de los valores u otros bienes del Estado.
* Informar, previamente a la expedición de decretos del Poder
Ejecutivo, de ejecución presupuestaria o de emisión de deuda
pública y sobre compromisos de gastos con cargos a partidas
presupuestarias.
* Fiscalizar el movimiento financiero de las Entidades Autónomas de
Derecho Público o privado con finalidad social o pública.
FUNCIONES DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS
Departamento de Sub-contralor:
Vigilar y dirigir los trabajos de los empleados de la Contraloría y
desempeñar todos los deberes que le asigne la Contralor de quien es su
suplente en caso de enfermedad o cualquier otra causa temporal, velar por la
disciplina del personal y su corrección en el desempeño de sus
cargos.
Se encuentra a cargo del Subcontrato General, nombrado por el Presidente de la
Republica a propuesta del Contralor
Intervención General:
Examinar y fiscalizar toda clase de cuentas, para dar su dictamen al Contralor
General, registrar y estudiar las solicitudes de fondos enviados por los
Ministros de Estado o por los Jefesde Departamento no adscritos a ningún
Ministerio; mantener el control del movimiento habido en las partidas
presupuestarias y comunicar mensualmente al Departamento de Contabilidad;
mantener un registro de los contratos que se hayan celebrados con el fisco e
informar mensualmente a los Departamentos Técnicos y de Contabilidad;
sobre ellos y sobre el movimiento de fondos; y emitir el informe respectivo a
conocimiento del Interventor General. El Interventor subroga
al Subcontralor.
Departamento Jurídico:
Al Departamento jurídico corresponde la asesoría jurídica
y la defensa de la Contraloría en los juicios en los que esta sea parte;
dictaminar sobre los asuntos que sean sometidos a su consideración por
el Contralor, Subcontralor, Interventor General, Directores de Departamento y
Jefes de Sección de la Contraloría; velar por la defensa del
Sector Publico mediante el ejercicio de las acciones que procedan en el campo
jurídico en general; procurar que se ejerzan con eficiencia las
atribuciones concedidas al Contralor de intervenir como parte en los juicios
determinados en la Ley Organica de Hacienda; cuidar de que nadie llegue
a ser titular de empleos del Poder Público, ya se trate del Gobierno
Central, ya de los Consejos Provinciales, de los Municipios o de cualquier
entidad de derecho público, cuyo ejercicio implique manejo de
propiedades públicas, sin presentar caución suficiente para
asegurar el cumplimiento de sus deberes, de que la caución conserve la
calidad de suficiente durante el desempeño del empleo y de que aquello
sirva a la finalidad de resarcir los perjuicios que puedan inferirse al
Gobierno central o a las entidades anteriormentenombradas.
Departamento Personal
Ejercer las funciones necesarias para la correcta ejecución de
técnicas adecuadas en administración de personal.
Departamento de Fiscalización General:
Cuidar de que sea correcto el manejo de los fondos de la entidad obligadas a
rendir cuentas ante la Contraloría; realizar arqueos, fiscalizaciones e
inspecciones a las entidades obligadas a rendir cuentas ante esta
institución; requerir la asistencia del Departamento Técnico
cuando se trate de comprobar la eficacia y regularidad de las gestiones; llevar
un registro de actas e informes correspondientes a las fiscalizaciones y a los
arqueos realizados; llevar un registro provincial de empleados públicos
y de comprobantes; informar al Contralor, dentro de los cinco primeros
días de cada mes, sobre las pólizas fidelidad que habran
de vencerse en el transcurso de él.
Secretarias General:
Recibir la correspondencia dirigida a la Contraloría y repartir entre
sus departamentos; recibir y tramitar las comunicaciones enviadas por un
departamento de la Contraloría a otro; recibir de los Departamentos lo
dictamenes o lo proyectos de comunicaciones que deben someterse al
Contralor o Subcontralor y tramitarlo; recibir y anotar las solicitudes de
transferencia y remitirlas al Departamento de Transferencias; copias de los
acuerdos de transferencia a los departamentos respectivos de la
Contraloría, a la Secretaria Técnica de Administración
Oficina Nacional de Presupuesto), a la tesorería de la Nación, y
a las dependencias interesadas de la Administración; refrendar las
providencias del contralor, o de quien las dicte por orden suya registrar los
nombramientos que según la Ley Organica deHacienda y el
Código Penal deben inscribirse en la Contraloría; llevar y
mantener al día un registro de las personas incapacitadas legalmente
para el desempeño de cargos públicos; dirigir el servicio de
información y las publicación y las publicaciones de la
Contraloría; responde por la buena organización y marcha de la
Biblioteca; controlar la asistencia de los empleados; tramitar sus solicitudes
de licencia; velar por la administración financiera de la
institución; y, llevar el archivo de la institución.
Departamento de Auditoria de la Fuerza Pública
Controlar las finanzas del Ministerio de Defensa Nacional; planificar la
contabilidad de las empresas dependientes de dicho Ministerio; realizar
estudios, en colaboración con las respectivas Dependencias de este,
tendientes a obtener el mas adecuado procedimiento administrativo y
financiero ajustado a las necesidades militares; ejercer las funciones
inherentes a contabilidad, transferencias de fondos, revisión de cuentas
y fiscalización.
Es el órgano de coordinación y enlace entre la Contraloría
General y el Ministerio de Defensa Nacional.
Departamento de Contabilidad:
Llevar la Contabilidad Fiscal; llevar la Contabilidad de la Hacienda
Pública por medio del equipo electromecanico de que dispone,
centralizando los estados diarios o cuentas que presentan los rindentes acerca
del manejo de fondos, valores o especies fiscales; dirigir la contabilidad y
teneduría de libros y presentar al Contralor el proyecto de informe que
ha de ser enviado a la Asamblea Nacional, junto con los cuadros anexos que
muestren el movimiento de ingresos y egresos del Presupuesto del Estado;
preparar la nomenclatura decuentas que ha de regir en el ejercicio financiero;
llevar las cuentas relacionadas con los fondos especiales que se hallan
depositados en el Banco Central, a órdenes del Director del Tesoro; llevar
la contabilidad del patrimonio de Estado, de sus bienes y la del presupuesto
general del Estado; registrar, controlar y anotar los nombramientos de
empleados público; velar por la regularidad de las adquisiciones, uso,
administración, custodia y disposición de los bienes del Estado;
revisar cuentas y emitir proyectos de resolución de cuentas. Comprender
las siguientes secciones: Intervenciones Fiscales; Deuda Pública; bienes
Nacionales; y Tabulación.
Departamento de Resoluciones:
Anotar las fichas del ingreso y despacho de todas las glosas y documentos
anexos que a él se remiten, documentos y glosas de cuyo tramite,
para las resoluciones respectivas, esta encargado; examinar las
reaperturas de cuentas y los expedientes que contiene la glosa, la
contestación de glosa, y el informe correspondiente de la Auditoria
respectiva; formular un proyecto de resolución, sea confirmando,
rectificando o dejando sin efecto la glosa; velar por la oportuna
presentación y la corrección de las cuentas de todos los que
tiene obligación de rendirlas ante la Contraloría.
Departamento de Estadística y Procedimientos Contables:
Asesorar al Contralor General; planificar la investigación, desarrollo y
ejecución de estadística, base para la elaboración de
recomendaciones, para el mejor desenvolvimiento de las diferentes actividades
de Contraloría u otros usuarios; desarrollar y establecer sistemas de
informes estandarizados de contabilidad de todos los agentes del
gobiernosincluyendo el establecimiento de records, métodos de control
contable, procedimientos para controlar la corrección, legalidad de los
gastos, exactitud de los informes, su contabilidad adecuada, etc.; desarrollar
el sistema de informes contables periódicos regulares de todas las
agencias públicas, incluyendo: la determinación con el necesario
detalle del tiempo, monto y grado de información basica,
relacionada con las operaciones financieras y que permitan esclarecer la
posición financiera actual del Gobierno; el desarrollo de formulario
estandarizados; el establecimiento de informes periódicos y la
determinación del tiempo de envió; la determinación de los
métodos y procedimientos necesarios para la consolidación de los
informes; revisar, evaluar y mejorar permanentemente los informes y sistemas
contables; asesorar a los Ministerios y otras agencias del Gobierno para el
establecimiento de mejores sistemas contables; preparar y formar al personal de
la Contraloría en las normas técnicas de la Contabilidad
Financiera por medio de cursos académicos y regulares de entrenamiento.
EJECUTIVO MAXIMO: Contraloría General de la Nación
Sistema y periodo de nombramiento:
Nombrado por la Asamblea Nacional
Funciones:
Es el representante legal y ejecutivo maximo de la Contraloría
General de la Nación y es responsable ante la Asamblea Nacional, en
receso de aquel, tanto por sus actos oficiales como por los de sus
dependientes; tiene facultad para nombrar y remover al personal de funcionario
y empleados, excepto en los casos del Sub controlador, Secretaria, Interventor
General y Contador General; conocer privativamente de las cuentas de los
funcionarios y empleadosque manejen fondos y otros bienes del Fisco, de los
Consejos Provinciales, de las Municipalidades y demas instituciones y
cedulas que den testimonio de las deudas del Estado por si o por medio de
delegación legalmente autorizada; vigilas, personalmente, o por medio de
delegados , los remates de bienes-muebles o inmuebles de la Nación,
así como la destrucción de especies valoradas y otros bienes del
Estado; dictar los reglamentos necesarios para la rendición, examen,
revisión y finiquito de todas las cuentas que deban rendirse a la
Contraloría; examinar las cuentas de todos los funcionarios y empleado
abrigados a rendirlas; determinar y revisar y exigir que ellas se avengan con
las disposiciones legales; llevar un registro en el cual se inscriban todas las
cauciones, las que se archivaran en la Contraloría: reglamento y
determinar los sistemas de contabilidad que deban implantarse en las oficinas
que manejen fondos públicos, valores o cualesquiera otros viene del
Estado; delegar las facultades que estime conveniente hacerlo, a sus
subalternos.
FUENTES DE FINANCIAMIENTO
El cuatro por mi sobre el monto ingresos ordinarios especiales, excepto los
provenientes de empréstitos internos y externos, de las entidades
autónomas que estan sujetas a la fiscalización de sus
rentas e inversiones; asignaciones del Presupuesto General del
Estado.
DEFENSORIA DEL PUEBLO
Objeto de la Defensoría del
Pueblo
La defensoría del
pueblo sera un órgano de derecho público con
jurisdicción nacional, personalidad jurídica y autonomía
administrativa y financiera. Su estructura sera
descostrada y tendra delegados en cada Provincias y en el exterior.
DEFENSOR DEL PUEBLO:Doctor Ramiro Alfredo
Rivadeneira Silva
Funciones
La defensoría del pueblo tendra
con funciones la protección y tutela de los derechos de los habitantes
del Ecuador y la defensoría de los derechos de las ecuatorianas y
ecuatorianos que estan fuera del
país. Seran sus atribuciones, ademas de las establecidas
en la ley, las siguientes:
* El patrocino, de oficio o petición de parte, de las acciones de
protección, habeas corpus, acceso a la información
pública, habeas data, incumplimiento, acción ciudadana y los
reclamos por mala calidad o indebida prestación de los servicios
públicos y privados.
* Emitir medidas de cumplimiento obligatorio e inmediato en material de
protección de los derechos y solicitar juzgamiento y sanción
entre las autoridades competentes por sus incumplimientos.
* Investigar y resolver en el marco de sus
atribuciones sobre acciones y omisiones de personas naturales o
jurídicas que presten servicios públicos.
* Ejercer y promover la vigilancia del debido proceso, y prevenir, e
impedir de inmediato la tortura, inhumano y degradante en toda su forma.
Requisitos para ser defensoría del
pueblo
Para ser designado Defensora o defensor del
pueblo sera necesario cumplir con los mismos requisitos exigidos para
las juezas y jueces de la Corte Nacional de Justicia y acreditar amplia
trayectoria en la defensa de los derechos humanos. La Defensora o Defensor del
pueblo tendra fuero de Corte Nacional de Justicia y gozara de inmunidad
en los términos que establece la ley
ACTUAL DEFENSOR DEL PUEBLO
En efecto, el Titular de la Función Legislativa tomó el juramento
de rigor al nuevo Defensor del Pueblo, con lo cual quedóconstitucional y
legalmente posesionado para ejercer sus funciones durante cinco años.
Cabe mencionar que el Consejo de Participación Ciudadana y Control
Social tiene la obligación de designar a la Primera Autoridad de la
Defensoría Pueblo, al haberse cumplido todos los procedimientos conforme
lo establece la Constitución y la Ley, y por haber obtenido la
mas alta calificación.
Según resolución 003-151-CPCCS-2011, del Consejo de
Participación Ciudadana, de la sesión de 7 de diciembre de 20011
y en cumplimiento de sus atribuciones constitucionales establecidas en los
artículos 208 y 210 de la Constitución y el artículo 33 de
la Codificación del Reglamento del Concurso de Méritos y
Oposición para la Selección y Designación de la Primera
Autoridad de la Defensoría del Pueblo, se designó al doctor
Ramiro Alfredo Rivadeneira Silva por ser el postulante que ha recibido la
mas alta calificación dentro del concurso, como titular de la
Defensoría del Pueblo y disponer que esta resolución sea remitida
a la Asamblea Nacional para la posesión respectiva.
SUPERINTENDENCIAS
Las superintendencias son organismos técnicos de vigilancia, auditoria,
intervención y control de las actividades económicas, sociales y
ambientales, y de los servicios que prestan las entidades públicas y
privadas, con el propósito de que estas actividades y servicios se
sujeten al ordenamiento jurídico y atiendan al interés general.
Las superintendencias actuaran de oficio o por requerimiento
ciudadano. Las facultades específicas de las superintendencias y
las areas que requieran el control, auditoria y vigilancia de cada una
de ellas se determinaran de acuerdo con la ley.
La superintendenciasera dirigida y representadas por las superintendenta
o superintendentes. La ley determina que los requisitos que deban cumplir
quienes aspiren a dirigir estas entidades.
La superintendenta o superintendentes seran nombrados por el consejo de
participación ciudadana y control social de una tema que enviara la
presidencia o presidente la de republica conformada por con criterios de
especialidad y méritos y sujeta a escrutinio
público y derecho de impugnación ciudadana.
SUPERINTENDENCIA DE BANCOS
SUPERINTENDENTE DE BANCOS PEDRO SOLINES
1.- BASE LEGAL: Esta institución funcionó como departamento como
departamento bancario del ministerio de hacienda, encargado de la
ejecución de las leyes relativas a bancos, a partir del 6 septiembre de
1927, y como un organismo técnico y autónomo, de conformidad a la
constitución política de 1944.
Ley que regula la organización y funcionamiento de los bancos del
sistema de crédito publicad en el registro oficial número 771.
2.- ORGANIZACIÓN: Unidades administrativas: se halla organizada
administrativa mente así despacho del súper intendente,
intendencia de bancos, departamento legal , secretaria general que tiene a su
cargo el archivo, biblioteca y comunicaciones, intervención general que
comprende las secciones de: personal, auditoria, caja y proveeduría,
departamento bancario con el despacho del director, auditoria,
estadística, inspección: casos de cambio, bancos y asociaciones
mutualistas, departamento de seguros que comprende el despacho del director,
estadística, inspección, control de capitalización y la
intendencia de compañías anónimas.
3.-FUNCIONES PRINCIPALES: Vigilar el funcionamiento de lasinstituciones de
crédito bancario del país, llevar el control de las
compañías de seguros de las de capitalización y de las de
crédito reciproco; ademas, podra también controlar,
conforme la ley, a las otras compañías anónimas, presentar
a la legislatura recomendaciones razonadas sobre las reformas legales, conocer
las solicitudes para el establecimiento de nuevos bancos, sucursales y
secciones bancarias, y aceptarlas o rechazarlas, autorizar el establecimiento
de bancos extranjeros en el país, el aumento o disminución del
capital social, el cambio de nombre su disolución voluntaria en poner
sanciones a los bancos que no cumplan con las disposiciones legales estatutarias
o reglamentarias dictadas por la superintendencia, suspender su funcionamiento
cuando aparezca inobservancia o violación de la ley, de los estatutos o
reglamentos, supervigilar la organización, funcionamiento y
liquidación de las asociaciones mutualistas de la vivienda, y dictar los
correspondientes reglamentos y disposiciones necesarias para el efecto,
efectuar el control y vigilancia de todas las casas de cambio, empresas
comerciales , oficinas y personas que se dediquen al negocio de moneda en
general compraventa de divisas extranjeras y operaciones comerciales de esta
índole, debiendo estas obtener de la superintendencia la
autorización para su organización y funcionamiento, previa la
satisfacción de la garantía para el caso requerido, proporcionar
los informes o certificación sobre el estado financiero de cualquier
institución de derecho privado con finalidad social o publica, que
obtengan préstamos de organismos internacionales para el desarrollo de
programas económicos, apedido de esos organismos o de la entidad
prestataria, mientras subsistan los préstamos.
FUNCIONES DE LAS UNIDADES ADMINITRATIVAS
Intendencia de bancos: Tiene como funcionario principal al
intendente de bancos, quien ejerce las atribuciones que el superintendente le
delega, pudiendo comprenderse a la delegación cualesquiera de las que
corresponde que corresponden a este funcionario.
Secretaria General: Tramitar la correspondencia oficial; es de su
responsabilidad reglamentar el trabajo de las secciones que las componen y
organizar dirigir y mantener el servicio administrativo asegurando la debida
eficacia.
Departamento Legal: Proporcionar la asesoría legal que la
institución requiera.
Intervención General: Tiene bajo su responsabilidad, a través de
la sección auditoria, el estudio de la situación financiera y de
liquidez del sistema bancario nacional de las compañías de
seguros y otras instituciones bajo el control de la superintendencia.
Departamento bancario: Intervenir en lo relativo a la marcha del sistema
bancario del país, efectuar inspecciones a los bancos, para investigar
la situación activa y pasiva de los mismos; el modo de manejar sus
negocios y el cumplimiento o incumplimiento de las exigencias de la ley en la
administración de sus negocios, vigilar el mantenimiento del encaje
bancario mínimo, llevar estadísticas de la operaciones de
crédito, depósitos, emisiones de cedulas hipotecarias,
aceptaciones bancarias, cobranzas del exterior cotizaciones de valores. Llevar
el registro del
personal al servicio de los bancos del
país, controlar el movimiento de cheques, verificar las retenciones de
impuestos a favor del
fisco y de otrasinstituciones.
Intendencia de compañías anónimas: Vigilar, controlar y
fiscalizar las actividades de la compañías anónimas y de
los de en comandita por acciones domiciliadas en el Ecuador, sean
nacionales o extranjeras.
EJECUTIVO MAXIMO: Superintendencia de Bancos.
Sistema de periodo de nombramiento: Elegido por el congreso Nacional en Pleno,
para un periodo de cuatro años.
Funciones: Representar oficial y legalmente a la superintendencia de bancos,
presentar al congreso Nacional un informe anual de labores, integrar a la junta
Monetaria como vocal consejero, con voto informativo, nombrar y renombrara
personal de funcionarios y empleados de la superintendencia, formular el
presupuesto anual de este organismo, dirigir y autorizar el movimiento
financiero de la superintendencia, limitar o prohibir, la realización de
préstamos e inversiones de los bancos, intervenir como parte como parte
en cualquier juicio que se promoviere por contravención es a las leyes
bancarias, visitar y examinar todos los bancos sin previo aviso que negociaren
en la república, concurrir a las juntas de directorio y convocarlas
cuando estime necesario, invertir en los sorteos de las cedulas hipotecarias de
los bancos para comprobar su efectividad, calificar a los vocales de la junta
monetaria y de los bancos del sistema de crédito, aprobar los
presupuestos de los bancos del estado, vigilar loas compañías de
seguros con las facultades de la ley de bancos le confiere para la
fiscalización, examen y vigilancia de las instituciones bancarias,
ejerce la jurisdicción coactiva para el cobre de deudas vencidas a favor
de la superintendencia de bancos, así como de las instituciones onegocios
cuya liquidación estuviere a su cargo.
5.-FUENTES DE FINANCIAMIENTO: Los fondos para atender a los gastos de la
superintendencia de bancos se obtienen por contribuciones del sistema
bancario nacional de las compañías de seguros y de mas
instituciones sujetas al control de la misma.
ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS
SUPERINTENDENTE DE BANCOS
Departamento Legal
Intervención General
Personal
Secretaria General
Caja
Auditoria
Ite. Compañías Anónimas
Dep. Bancario
Departamento de Seguros
Estadística
Control
Inspección
Estadística
Estadística
Estadística
Estadística
Estadística
Estadística
Intendencia de Bancos
PROCURADURIA GENERAL DEL
ESTADO
PROCURADOR DIEGO GARCIA
Art. 235.- Naturaleza: La procuraduría general del estado es un
organismo político, técnico jurídico, con autonomía
administrativa, presupuestaria y financiera, dirigido y representado por la
procuradora o procurador general del estado, designado para un periodo de
cuatro años.
Art. 236.-Nombramiento del
procurador general del estado: El concejo de
participación ciudadana y control social nombrara a la procuradora o
procurador general del
estado, de una terna que enviara la presidencia de la república.
La terna se conformara con criterios de especialidad y méritos y
estara sujeta a escrutinio pública y
privada de impugnación ciudadana, quienes la conformen deberan
reunir los mismos requisitos exigidos para ser miembros de la corte
constitucional.
Art. 237 Funciones del procurador:
Correspondera a la procuradora o procurador general del estado, ademas de las otras
funciones que determine la ley:1. La representación judicial del
estado.
2. El patrocinio del
estado y de sus instituciones.
3. El asesoramiento legal y la absolución de las consultas
jurídicas a los organismos y entidades del sector público con
caracter vinculante, sobre la inteligencia o aplicación de la ley
en aquellos temas en que la constitución o la ley no otorguen
competencia a otras autoridades u organismos.
4. Controlar con sujeción a la ley en los actos y contratos que
suscriban los organismos y entidades del sector público.
DEFENSORIA PÚBLICA
La Defensoría Pública del Ecuador es un organismo autónomo
que forma parte de la Función Judicial, cuyo fin es garantizar el pleno
e igual acceso a la justicia de las personas que, por su estado de
indefensión o condición económica, social o cultural, no
pueden contratar los servicios de defensa legal para la protección de
sus derechos.
La Defensoría Pública orienta, informa y asesora a la
ciudadanía acerca de los recursos legales a los cuales pueden recurrir
en su beneficio, ademas permanentemente observa los procedimientos y
practicas que aseguran la calidad, eficacia, eficiencia, ética,
oportunidad y gratuidad de su servicio, siempre privilegiando los intereses de
la persona defendida.
La Defensoría Publica es indivisible y funcionara de forma
desconcentrada con autonomía administrativa, económica y
financiera; estara representada por la Defensora Publica o el Defensor
Publico General y contara con recursos humanos, materiales y condiciones
laborales equivalentes a las de Fiscal General del Estado.
MISIÓN
Defender gratuitamente a las personas en estado de indefensión,
garantizando su acceso a la justicia, un juiciojusto y
el respeto a los derechos humanos.
VISIÓN
Conformar una institución de garantía, apreciada por la
ciudadanía, por la calidad y oportunidad de su servicio.
VALORES
REQUISITOS PARA SER DEFENSOR PÚBLICO
La Defensora Publica o Defensor Publico General reunira los siguientes
requisitos:
1.- Ser ecuatoriana o ecuatoriano y estar en goce de los derechos
políticos
2.- Tener titulo de tercer nivel en Derecho, legalmente reconocido en el
país, y conocimientos en gestión administrativa.
Haber ejercido con idoneidad y probidad notorias
la profesión de abogada o abogado, la judicatura ola docencia
universitaria por un lapso mínimo de diez años.
La Defensora Publica o Defensor Publico desempeñara sus funciones durante seis años y no podra ser reelegido, y
rendira informe anual a la Asamblea Nacional.
ACTUAL DEFENSOR PÚBLICO
Doctor Ernesto Pazmiño Granizo, Defensor Público General del Ecuador.
El 8 de mayo de 2012 fue posesionado por la Asamblea Nacional del Ecuador, como
Defensor Público General, luego de haber participado en un concurso
público de méritos y oposición, organizado por el Consejo
de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), bajo
veeduría ciudadana e impugnación ciudadana.
SERVICIOS DE DEFENSA Y ASESORIA JURIDICA
Las facultades de Jurisprudencia, Derecho o Ciencias Jurídicas de las
universidades, organizaran y mantendra servicios de defensa y
asesoría jurídica a personas de escasos recursos
económicos y grupos que requieran atención prioritaria.
Para que otras organizaciones puedan brindar dicho servicio
deberan acreditarse y ser evaluadas por parte de la Defensoría
Publica.
IMAGEN INSTITUCIONAL
Ellogotipo de la Defensoría Pública del Ecuador expresa el
concepto de justicia que nos legó el Libertador Simón
Bolívar, con ocasión del Congreso de Angostura, 'el
ejercicio de la justicia es el ejercicio de la libertad, y el ejercicio
equilibrado de la libertad sólo proviene de la tutela de las leyes, que
son dictadas por la propia voluntad de los hombres'.
Funciones de la Defensoría Pública
De acuerdo con la Constitución y la ley, la Defensoría Pública
del Ecuador debera cumplir los siguientes mandatos y objetivos
específicos
1. Ejercer la rectoría del
servicio de defensa pública en la República del Ecuador.
2. Implementar un sistema nacional de
defensoría pública, que preste servicios gratuitos de patrocinio
legal y de resolución temprana de conflictos, con cobertura nacional en
todas las materias, incorporando la participación de otras
organizaciones sociales y niveles de gobierno.
3. Dirigir, organizar e implementar el servicio de defensa pública, con
prioridad en los ambitos penal, niñez, adolescencia y laboral.
4. Ofrecer a la ciudadanía un servicio de defensa jurídica
gratuita, técnica y oportuna, a fin de obtener resoluciones judiciales
oportunas conforme a Derecho, promoviendo el respeto a las reglas del debido
proceso.
5. Procesar y entregar de modo gratuito y oportuno, los servicios de
orientación, asesoría legal, asistencia y representación
judicial, a las personas que no puedan contar con ellos en razón de su
situación económica o social.
6. Fomentar e implementar un servicio de
defensoría pública orientada a la resolución temprana de
conflictos, la mediación y conciliación social.
7. Lograr la implementaciónde un sistema de
servicios de asistencia legal y de mediación gratuitos, donde se
necesiten y en las materias que se necesiten.
8. Garantizar el derecho a una defensa de calidad, integral, ininterrumpida,
técnica y competente.
9. Garantizar la defensa pública especializada para las mujeres,
niños, niñas y adolescentes, víctimas de violencia,
nacionalidades, pueblos, comunidades y comunas indígenas.
10. Gestionar, inmediatamente, los casos de indefensión de los grupos de
atención prioritaria.
11. Divulgar, promocionar y entregar los servicios de defensa pública
gratuita a las personas en indefensión, a fin de asegurar su oportuno
acceso a la justicia.
12. Ejecutar los procesos de acreditación y evaluación de los
servicios de defensa pública, cuando éstos se deleguen a otras personas jurídicas, ciñéndose a
parametros técnicos y de calidad.
13. Desarrollar e implementar un sistema integral de
seguimiento y evaluación objetiva del
desempeño de los defensores públicos y funcionarios de la
institución, mediante indicadores de gestión, estandares
de calidad, productividad y competencias profesionales.
14. Proponer políticas públicas que le permitan al Estado
implementar una estructura técnica, eficiente e institucionalizada de
defensa pública, que coadyuve a la consolidación del
Estado Constitucional de Derechos y Justicia.
15. Presentar periódicamente informes de avance y rendición de
cuentas del
servicio de defensa pública; y
16. Los demas objetivos establecidos en la
Constitución y en la ley.
Prestamos servicios gratuitos en
1. Defensa penal de personas que por razones de indefensión, condición
económica,social o cultural no puedan acceder a este. El requerimiento
puede ser por petición de la parte interesada o por designación del
tribunal o juez competente.
2. Orientación, asistencia, asesoría y representación
judicial a las personas que no puedan acceder a ellos.
3. Defensa especializada para mujeres, niños y adolescente,
víctimas de violencia, nacionalidades, pueblos y comunidades
indígenas.
Te garantizamos una defensa de calidad, integral,
ininterrumpida, técnica y competente.
La Defensoría Pública del Ecuador atiende a las personas que por
su estado de indefensión o condición económica, social o
cultural, no puedan contratar los servicios de defensa legal para la
protección de sus derechos fundamentales.
Las personas con prioridad de atención son:
* Madres que demandan alimentos para sus hijas e hijos.
* Niños, niñas, adolescentes y adultos víctimas de
violencia.
* Mujeres víctimas de violencia intrafamiliar.
* Trabajadores cuyos derechos han sido violentados o
irrespetados.
* Detenidos que exigen un juicio justo
.
FISCALIA GENERAL DEL ESTADO
La Fiscalía General del Estado es un órgano autónomo de la
Función Judicial, único e invisible, funcionara de forma
desconcentra y tendra autonomía administrativa, económica
y financiera. La Fiscal o el Fiscal General es su
maxima autoridad y representante legal y actuara con sujeción a
los principios constitucionales, derechos y garantías del debido proceso.
OBJETO
La Fiscalía dirigira, de oficio o a petición de parte, la
investigación prepocesal penal; durante el proceso ejercera la
acción pública con sujeción a los principios de
oportunidad y mínima intervenciónpenal, con especial
atención al interés público y a los derechos de las víctimas.
De hallar merito acusara a los presuntos infractores ante el juez competente, e
impulsara la acusación en la sustanciación del juicio penal.
Para cumplir sus funciones, la Fiscalía organizara y dirigira un
sistema especializado integral de investigación de medicina legal y
ciencias forenses, que incluira un personal de investigación
civil y policial; dirigira el sistema de protección y asistencia
a víctimas, testigos y participantes en el proceso penal; y
cumplira con las demas atribuciones establecidas en la ley.
REQUISITOS PARA SER FISCAL GENERAL DEL ESTADO
La Fiscal o el Fiscal General del Estado reuniran los siguientes
requisitos
1.- Ser ecuatoriana o ecuatoriano y estar en goce de los derechos
políticos.
2.- Tener titulo de tercer nivel en derecho legalmente reconocido en el
país y conocimientos en gestión administrativa
3.- Haber ejercido con idoneidad y probidad notorias la profesión de
abogada o abogado, la judicatura o la docencia universitaria en materia penal
por un lapso mínimo de diez años.
La Fiscal o el Fiscal General del Estado
desempeñara sus funciones durante seis años y no podra ser
reelegido; rendira un informe anual a la Asamblea Nacional. La
designación se realizara de acuerdo con el procedimiento establecido en
la Constitución y en la ley.
Actual Fiscal General del Estado
DOCTOR GALO CHIRIBOGA, FISCAL GENERAL DEL ESTADO
La Fiscalía General del Estado, también conocida anteriormente
como Ministerio Público, es una institución de derecho
público en Ecuador. Tiene como
misión dirigir con objetividad y ética la investigación del delito y acusara sus
responsables, proteger a las víctimas y garantizar los derechos humanos.
CARRERA FISCAL
Se reconoce y garantiza la carrera fiscal, cuyas regulaciones se determinaran
en la ley. La profesionalización con la base en la
formación continua, así como la evaluación
periódica de sus servidoras y sus servidores, seran condiciones
indispensables para la promoción y permanencia en la carrera fiscal.
Historia
Desde la creación de la República del
Ecuador en 1830, hubo la necesidad de un ente fiscalizador en el poder
judicial. El presidente Juan José Flores
instaló la Alta Corte y se dictó la primera Ley Organica
del Poder Judicial. En el Libro de Actas del Congreso del 19 de
septiembre de aquel año, se señala que los diputados de aquella
Convención Nacional nombraron a varios ministros, entre los cuales a
quien sería el primer Fiscal del Ecuador. La Constitución de 1883
crea la figura del
Ministro Fiscal de la Corte Suprema, con sede en Quito.
CORTE CONSTITUCIONAL DEL
ECUADOR
Es el maximo órgano de control, interpretación
constitucional y de administración de justicia y de esta manera ejerce
jurisdicción nacional y su sede es la ciudad de quito.
Las decisiones relacionadas con las atribuciones previstas en la
constitución seran adoptadas por el pleno de la corte.
DR. PATRICIO PAZMIÑO PRESIDENTE D ELA CORTE
CONSTITUCIONAL
Art. 430. La corte constitucional gozara de autonomía
administrativa y financiera.
La ley determinara su organización, funcionamiento y los procedimientos
para el cumplimiento de sus atribuciones
Art. 431. Los miembros de la corte constitucional no estan sujetos a
juicio político ni podran ser removidos
por quienes losdesignen. No obstante, estaran sometidos a los mismos
controles que en el resto de autoridades publica y responderan por los
demas actos u omisiones que comentan en el ejercicio de sus funciones.
Sin perjuicio de la responsabilidad civil, en caso de
responsabilidad penal únicamente seran acusados por la
fiscalía o el fiscal general de la nación y juzgados por el pleno
de la corte nacional de justicia, para cuyo efecto se requerira el voto
conforme de las dos terceras partes de sus integrantes.
Su destitución sera decidida por las dos
terceras partes de los integrantes de la corte constitucional. El procedimiento, los requisitos y las causas se determinaran en la
ley.
Art. 432. La corte constitucional estara integrada por nueve miembros
que ejerceran sus funciones en plenario y en salas de acuerdo con la
ley. Desempeñaran sus cargos por un periodo de
nueve años, sin reelección inmediata y seran renovados por
tercios cada tres años.
Art.433. para ser designado miembro de la corte constitucional se
requerira
1. Ser ecuatoriana o ecuatoriano y encontrarse en ejercicio de sus derechos
políticos.
2. Tener titulo de tercer nivel en derecho legalmente reconocido en el
país.
3. Haber ejercido con probidad notoria la profesión de abogado o
abogada, la judicatura o la docencia universitaria en ciencias jurídicas
por un lapso mínimo de diez años.
4. Demostrar probidad y ética.
5. No pertenecer ni haber pertenecido en los
últimos diez años a la directiva de ningún partido o
movimiento político.
La ley determinara el procedimiento para acreditar estos requisitos.
Art. 434. Los miembros de la corte constitucional se designaran por
unacomisión calificadora que esta integrada por dos personas
nombradas por cada una de las funciones, legislativa, ejecutiva y de
trasparencia y control social. La selección de, los miembros se
realizara de entre las candidaturas presentadas por las funciones anteriores, a
través de un proceso de concurso
público, con veeduría y posibilidad de impugnación
ciudadana. En la integración de la corte se procurara
la paridad entre hombres y mujeres.
El procedimiento, plazos y demas elementos de
selección y calificación seran determinados por la ley.
Art.435. La corte constitucional elegira de entre sus miembros, a una
presidenta o presidente y a una vicepresidenta o vicepresidente; quienes
desempeñaran sus funciones durante tres
años y no podran ser reelegidos de forma inmediata. La presidenta
o presidente ejercera la presentación legal de las corte
constitucional.
Art.436. La corte constitucional ejercera, ademas de las que le
confiera la ley, las siguientes atribuciones
1. Ser la maxima instancia de interpretación de la
constitución, de los tratados internacionales de derechos humanos
ratificados por el estado ecuatoriano, a través de sus dictamines y
sentencias. Sus decisiones tendran caracter
vinculante.
2. Conocer y resolver las acciones públicas de inconstitucionalidad, por
el fondo o por la forma, contra actos normativos de caracter general
emitidos por órganos autoridades del estado. La declaración
de inconstitucionalidad tendra como
efecto la invalidez del
acto normativo impugnado.
3. Declarar de oficio la inconstitucionalidad de normas
conexas, cuando en los casos sometidos a su conocimiento concluya que una o
varias de ellas soncontrarias a la constitución.
4. Conocer y resolver, a petición de parte, la inconstitucionalidad
contra los actos administrativos con efectos generales emitidos por toda
autoridad pública. La declaración de inconstitucionalidad
tendra como
efecto la invalidez del
acto administrativo.
5. Conocer y resolver, a petición de parte, las acciones por
incumplimiento que se presenten con la finalidad de garantizar la
aplicación de normas o actos administrativos de caracter general,
cualquiera que sea su naturaleza o jerarquía, así como para el
cumplimiento de sentencias o informes de organismos internacionales de
protección de derechos humanos que no sean ejecutables por las
vías judiciales ordinarias.
6. Expedir sentencias que constituyan jurisprudencia vinculante respecto de las
acciones de protección, cumplimiento, acceso a la información
pública y demas procesos constitucionales, así como los
casos seleccionados por la corte para su revisión.
7. Dirimir conflictos de competencias o de atribuciones entre funciones del Estado u órganos establecidos en al
Constitución.
8. Efectuar de oficio y de modo inmediato el control de constitucionalidad de
las declaraciones de los estados de excepción, cuando impliquen la
suspensión de derechos constitucionales.
9. Conocer y sancionar el incumplimiento de las sentencias y dictamines
constitucionales.
10. Declarar la inconstitucionalidad en que incurran las instituciones del Estado o autoridades públicas que por
omisión inobservante, en forma total o parcial los mandatos contenidos
en normas constitucionales, dentro del
plazo establecido en al constitución o en el plazo considerado razonable
porla corte constitucional. Si trascurrido el plazo la omisión persiste,
la corte, de manera provisional, expedira la norma
o ejecutar el acto omitido, der acuerdo con la ley.
Art.437 Los ciudadanos en forma individual o colectiva podran prestar
una acción extraordinaria de protección contra sentencias autos
definitivos y resoluciones con fuerza de sentencia. Para
la admisión de este recurso al corte constatara en cumplimiento de los
siguientes requisitos
1. Que se trate de sentencias, autos y resoluciones firmes o ejecutoriados.
2. Que el recurrente demuestre que en el juzgamiento se ha violado, por
acción u omisión, el debido proceso u otros derechos reconocidos
en la constitución.
Art.438. la corte constitucional emitira dictamen previo y vinculante de
constitucionalidad en los siguientes casos, ademas de los determine la
ley
1. Tratados internacionales, previamente a su ratificación por parte de
la asamblea nacional.
2. Convocatorias o consultas populares de caracter nacional o a nivel de
los gobiernos descentralizados.
3. Objeciones de inconstitucionalidad presentadas por la presidenta o
presidente de la republica en el proceso de información de las leyes.
Art.439. las acciones constitucionales podran ser
presentadas por cualquier ciudadana o ciudadano individual o colectivamente.
Art. 440. Las sentencias y los autos de la corte constitucional tendran
el caracter de definitivos e inapelables.
1.
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Bibliografía
* CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL
ECUADOR DEL 2008
* MANUAL DE GOBIERNO REPUBLICA DEL ECUADOR;
UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR.