INTRODUCCIÓN
Etimológicamente la palabra trabajo proviene del latín trabis,
que significa traba, dificultad, impedimento el cual nace por la necesidad de
evolución y desarrollo del hombre por y para el surgimiento de su
familia y el suyo propio; el trabajo es considerado como un factor de
producción que supone el intercambio de bienes y servicios para la
satisfacción de las necesidades humanas, este hecho social crea la
necesidad de regulación y es por ello que surge dentro del Derecho la
rama del Derecho del Trabajo que no es mas que el conjunto de Normas de orden
público que regulan las relaciones jurídicas que tienen por causa
el trabajo como hecho social y que por gozar de un sistema homogéneo de
estas normas, ademas de un sistema administrativo y judicial propio lo
hacen ser autónomo de las demas ramas, claro esta que
relacionandose con ellas.
Este Derecho del Trabajo no surge de la noche a la mañana, tiene un período
de evolución histórica que se ira desarrollando a lo largo
del presente manuscrito, pasando por la época antigua, edad media, edad
moderna y contemporanea, llegando a América y comparando su
evolución con respecto a las antiguas potencias europeas, en donde se
observa mayor evolución de las normas en América Latina que con
respecto a los países europeos.
Asignación familiar. Concepto.
Equivalente
Es una prestación económica recibida por el trabajador
comocooperación o ayuda para el sostenimiento y desarrollo de la
familia. Constituye una manifestación practica para cumplir un deber de justicia social.
Es una suma de dinero estimada como porcentual (5%) sobre el salario
mínimo, por cada hijo menor matrimonial, extramatrimonial o adoptivo, que
el jefe de familia recibe con su salario o separadamente.
Condiciones legales en que debe encontrarse el hijo
Que sea menor de 17 años cumplidos, y sin limitación legal para
el totalmente discapacitado físico o mental.
Que se halle bajo la patria potestad del trabajador
Que su crianza y educación sea a expensas del beneficiario
Que resida en el territorio nacional.
Modificaciones y extinción del
pago de las asignaciones familiares
El derecho a la asignación familiar se extinguira
automaticamente respecto de cada hijo al desaparecer las condiciones
previstas en el Art. Anterior o por exceder el salario del beneficiario del
200% del
mínimo legal. El trabajador beneficiado
comunicara por escrito al empleador las causales de extinción de
su derecho a percibirla, sin perjuicio de que el empleador pueda comprobarlas
por medios habiles. Ningún cambio de situación por
ascenso o variación de categoría profesional del trabajador puede producir la
alteración o pérdida del
derecho, salvo lo anteriormente expresado.
Formalidades para la percepción del trabajador:
La asignación familiar sera percibida por el trabajador desdeel
momento de su ingreso al trabajo, mediante comunicación escrita dirigida
al empleador, con los recaudos legales pertinentes, como certificado de
nacimiento, de vida y residencia
Derecho del padre y la madre a la asignación familiar:
Si ambos progenitores trabajan en relación de dependencia, tendra
derecho a percibir asignación familiar uno de ellos, siempre que el
salario mayor de cualquiera de ellos no exceda el límite de 200% mayor
al salario mínimo legal. Esta disposición no se
aplica si ambos cónyuges tienen empleadores diferentes.
Caso de separación de los cónyuges
En caso de separación o divorcio de los padres, percibira la
asignación familiar que corresponda a uno de ellos, el progenitor que
tenga a los hijos bajo su custodia o tenencia.
Naturaleza y protección de las asignaciones familiares
La asignación familiar es un beneficio social irrenunciable. No es ni forma parte del
salario, por lo tanto queda excluida para estimar las imposiciones legales de
seguridad. No puede ser cedida ni embargada. Se pagara en forma integra simultaneamente al salario
normal y el trabajador expedira recibo. La acción para
reclamarla prescribe en 12 meses. El régimen paraguayo es provisional,
hasta que se implante un sistema legal de
compensación sobre la base del
seguro social.
Época y forma de pago
La acción para reclamarla prescribe en 12 meses. Se
pagara en forma integra simultaneamente al salarionormal.
Cambio de situaciones por ascenso de categoría profesional del
trabajador y la asignación familiar:
Ningún cambio de situación por ascenso o variación de
categoría profesional del trabajador puede producir la alteración
o pérdida del derecho, salvo que el nuevo salario sobrepase el 200%
sobre el salario mínimo legal.
Prohibición de rebaja de salarios, despido y otras sanciones aplicadas
al trabajador cuya causa directa o indirecta sea el pago de la
asignación familiar
Quedan prohibidos toda disminución de salarios, despidos u otras
sanciones, cuya causa tenga relación directa o indirecta con la
asignación familiar. El régimen jurídico
de la asignación familiar por su finalidad protectora es de orden
público. En consecuencia toda renuncia o desviación de las
disposiciones normativas en perjuicio del trabajador, queda sancionada de
nulidad, de ahí que la rebaja de salario motivada por el pago de la
asignación familiar, no obliga a los contratantes, aunque esté
expresada en el contrato de trabajo, por constituir una clausula nula.
Conclusión
Se concluye este trabajo comprendiendo el
caracter tuitivo que el derecho laboral tiene para con el trabajador
defendiendo sus derechos contra el empleador. Así mismo concluimos con
respecto a la asignación familiar que es una prestación
económica recibida por el trabajador como
cooperación para el sostenimiento y el desarrollo de la familia.