laboratorio
por
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Republica Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educacion
Escuela Tecnica Jesus Obrero
5s Año de Escuela Tecnica
Mencion: Laboratorio Clinico
Asignatura: Legislacion
legislacion
Se denomina legislación al cuerpo de leyes que regularán determinada materia o
ciencia o al conjunto de leyes a través del cual se ordena la vida en un país,
es decir, lo que popularmente se llama ordenamiento jurídico y que establece
aquellas conductas y acciones aceptables o rechazables de un individuo,
institución, empresa, entre otras.
ley
La ley es una norma jurídica dictada por una autoridad pública competente, en
general, es una función que recae sobre los legisladores de los congresos
nacionales de los países, previo debate de los alcances y el texto que impulsa
la misma y que deberá observar un cumplimiento obligatorio por parte de todos
los ciudadanos, sin excepción, de una Nación, porque de la observación de estas
dependerá que un país no termine convertido en una anarquía o caos.
decreto
Decreto, un término que procede del
latín decrA“tum, es la decisión de una autoridad sobre la materia en que tiene
competencia. Suele tratarse de un acto administrativo llevado a cabo por el
Poder Ejecutivo, con contenido normativo reglamentario y jerarquía inferior a
las leyes
Normas
Bajo el título de norma se denomina a toda aquella ley o regla que se establece
para ser cumplida por un sujeto específico en un espacio y lugar también
específico. Las normas son las pautas de ordenamiento social que se establecen
en una comunidadhumana para organizar el comportamiento, las actitudes y las
diferentes formas de actuar de modo de no entorpecer el bien común.
codigo
Hay muchos tipos de códigos y esto depende del contexto en donde se incluye este
término. En general, el código es un sistema de signos y/o símbolos que
requieren de un entrenamiento o aprendizaje por parte del usuario para poder ser empleados
correctamente.
DEFINICIONES
microorganismos:
Los microorganismos son aquellos seres vivos más diminutos que únicamente
pueden ser apreciados a través de un microscopio. En este extenso grupo podemos
incluir a los virus, las bacterias, levaduras y mohos que pululan por el
planeta tierra.
Respecto de su estructura biológica y a diferencia de lo que ocurre con las
plantas o los animales, esta es sumamente elemental ya que son unicelulares, en
lo que sí coinciden con los mencionados es en la individualidad que presentan y
ostentan.
tipos de microorganismos.
TIPOS DE MICROORGANISMOS
En los microorganismos están representados cinco grupos de seres, virus,
bacterias, protozoos, hongos y algas, cuyas principales características se
presentan en esta tabla.
Los virus.
Son partículas pequeñas, su tamaño oscila entre los 24 nanómetros a los 300
nanómetros, se pueden considerar como moléculas grandes, es como una pequeña
bolsa de proteína que encierra material genético en su interior. En los años
treinta se descubrio, que los virus se componen principalmente de ácido
nucleico y proteínas, estas últimas forman la cápside, que se conoce también como envoltura
proteínica.
La siguiente foto nos muestra al virus de la influenza,de un ancho de 200 nm,
responsable de enfermedades respiratorias,
bacterias
Son seres generalmente unicelulares que pertenecen al grupo de los protistos
inferiores. Son células de tamaño variable cuyo límite inferior está en las
0,2m y el superior en las 50m ; sus dimensiones medias oscilan entre 0,5 y 1m .
Las bacterias tienen una estructura menos compleja que la de las células de los
organismos superiores: son células procariotas (su núcleo está formado por un
único cromosoma y carecen de membrana nuclear). Igualmente son muy diferentes a
los virus, que no pueden desarrollarse más dentro de las células y que sólo
contienen un ácido nucleico.
protozoos
Los protozoos, también llamados protozoarios, son organismos microscópicos,
unicelulares eucariotas; heterótrofos, fagótrofos, depredadores o detritívoros,
a veces mixótrofos (parcialmente autótrofos); que viven en ambientes húmedos o
directamente en medios acuáticos, ya sean aguas saladas o aguas dulces.
hongos.
Se conoce como hongo a aquellos seres vivos que no cuentan en su formación con
la presencia de clorofila, son de reproducción sexual mayoritariamente asexual,
por medio de las esporas y suelen vivir del mismo modo que lo hace un parásito
o en aquellas materias orgánicas que se encuentran en proceso de
descomposición.
algas
Las algas son talofitas (organismos que carecen de raíz, tallo, hojas); tienen
clorofila a junto a otros pigmentos acompañantes y carecen de estructuras
estériles rodeando a las células reproductoras. Traducido a un lenguaje común,
poseen la clorofila presente en todos los seres vivos que fotosintetizan.
reseñahistorica de la microbiologia.
Aunque el término bacteria, derivado del griego
βακτηριον
('bastoncillo'), no fue introducido hasta el año 1828 por Christian
Gottfried Ehrenberg, ya en 1676 Anton van Leeuwenhoek, usando un microscopio de
una sola lente que él mismo había construido basado en el modelo creado por el
erudito Robert Hooke en su libro Micrographia, realizó la primera observación
microbiológica registrada de 'animáculos', como van Leeuwenhoek los
llamó y dibujó entonces.
Eugenio Espejo (1747-1795) publicó importantes trabajos de medicina, como las
Reflexiones acerca de la viruela (1785), el cual se convertiría en el primer
texto científico que refería la existencia de microorganismos (inclusive antes
que Louis Pasteur) y que definiría como política de salud conceptos básicos de
la actualidad como la asepsia y antisepsia de lugares y personas.
La bacteriología (más tarde una subdisciplina de la microbiología) se considera
fundada por el botánico Ferdinand Cohn (1828-1898). Cohn fue también el primero
en formular un esquema para la clasificación taxonómica de las bacterias.
Louis Pasteur (1822-1895), considerado el padre de la Microbiología Médica, y
Robert Koch (1843-1910) fueron contemporáneos de Cohn. Quizá el mayor logro de
Pasteur consistió en la refutación mediante cuidadosos experimentos de la por
aquel entonces muy respetada teoría de la generación espontánea, lo cual
permitió establecer firmemente a la microbiología dentro de las ciencias
biológicas. Pasteur también diseñó métodos para la conservación de los
alimentos (pasteurización) y vacunas contra varias enfermedades como elcarbunco, el
cólera aviar y la rabia. Robert Koch es especialmente conocido por su
contribución a la teoría de los gérmenes de la enfermedad, donde, mediante la
aplicación de los llamados postulados de Koch, logró demostrar que enfermedades
específicas están causadas por microorganismos patogénicos específicos. Koch
fue uno de los primeros científicos en concentrarse en la obtención de cultivos
puros de bacterias, lo cual le permitió aislar y describir varias especies
nuevas de bacterias, entre ellas Mycobacterium tuberculosis, el agente causal
de la tuberculosis.
Mientras Louis Pasteur y Robert Koch son a menudo considerados los fundadores
de la microbiología, su trabajo no reflejó fielmente la auténtica diversidad del mundo microbiano,
dado su enfoque exclusivo en microorganismos de relevancia médica. Dicha
diversidad no fue revelada hasta más tarde, con el trabajo de Martinus
Beijerinck (1851-1931) y Sergei Winogradsky (1856-1953). Martinus Beijerinck
hizo dos grandes contribuciones a la microbiología: el descubrimiento de los
virus y el desarrollo de técnicas de cultivo microbiológico. Mientras que su
trabajo con el virus del mosaico del tabaco estableció los principios básicos
de la virología, fue su desarrollo de nuevos métodos de cultivo el que tuvo
mayor impacto inmediato, pues permitió el cultivo de una gran variedad de
microbios que hasta ese momento no habían podido ser aislados. Sergei
Winogradsky fue el primero en desarrollar el concepto de quimiolitotrofía y de
este modo revelar el papel esencial que los microorganismos juegan en los
procesos geoquímicos. Fue el responsable del
aislamiento ydescripción por vez primera tanto de las bacterias nitrificantes como de las fijadoras de
nitrógeno.
CADENA EPIDEMIOLÓGICA
Es la secuencia de elementos que se articulan en la transmisión de un agente
desde una fuente de infección a un huésped susceptible.
ECOMENDACIONES PARA EL LAVADO DE MANOS
Objetivos:
· Eliminar por arrastre la mayor cantidad de gérmenes transistorios y/o
residentes de las manos.
· Prevenir la aparición de infecciones hospitalarias.
Técnica del lavado de manos:
· Retirar el reloj, anillos, pulseras.
· Abrir la canilla manteniéndose alejado de la pileta.
· Tomar un trozo de jabón con la MANOS SECAS o colocar sobre la palma de la
mano la solución antiséptica a utilizar.
· Mojarse las manos y friccionar con el jabón o solución jabonosa antiséptica
SUAVEMENTE las manos y los antebrazos durante NO MENOS DE 10 SEGUNDOS. No
olvidar pliegues interdigitales.
· Desechar el trozo de jabón usado en recipiente de residuos.
· Enjuagar bien y secar con toallas de papel.
· Con la misma toalla cerrar la canilla.
· Desechar la toalla en recipiente de residuos.
El recipiente para residuos tiene que tener tapa accionable a pedal de modo de
no volver a contaminarse las manos para desechar el jabón o el papel.
En caso contrario mantenerse destapado.
La uñas se deben mantener cortas, ya que son un lugar propicio para el
desarrollo de gérmenes.
La importancia de retirar, previo al lavado de manos, los anillos, pulseras y
relojes, reside en que se ha encontrado presencia de bacterias bajo los mismos,
resultando esto peligroso, especialmente en áreas decuidados intensivos y
centro quirúrgico.
Los lavatorios deben mantenerse limpios. Se deben evitar salpicaduras durante
la higiene de las manos para no contaminar áreas adyacentes.
Se recomienda no lavar pañales, ropa, chatas, etc. en los lavatorios. SOLO
DEBEN USARSE PARA LAVADO DE MANOS.
Lavado con solución jabonosa antiséptica:
Las manos se lavarán habitualmente con jabón en trozos, solo se utilizará
solución jabonosa antiséptica al realizar procedimientos invasivos (punción
lumbar, diálisis, aspiración de secreciones, colocación de catéteres, etc.) y
antes del
contacto con pacientes inmunosuprimidos.
Se debe evitar el uso de soluciones jabonosas antisépticas cuando no es
requerido estrictamente, ya que éstas en su mayoría resultan irritantes,
erosionan la piel y condicionan una mayor colonización.
Se recomienda el uso de guantes estériles para la realización de procedimientos
invasivos. Una buena técnica de lavado de manos con jabón en trozos es
suficiente si se utilizarán guantes estériles, excepto en quirófano donde la
acción residual de los antisépticos cobra importancia en el lavado de manos, ya
que se permanece largo tiempo con los guantes puestos.
EXPLICAR
Constitucion
PREÁMBULO
El pueblo de Venezuela, en ejercicio de sus poderes creadores e invocando la
protección de Dios, el ejemplo histórico de nuestro Libertador Simón Bolívar y
el heroísmo y sacrificio de nuestros antepasados aborígenes y de los
precursores y forjadores de una patria libre y soberana; con el fin supremo de refundar
la República para establecer unasociedad democrática, participativa y
protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y
descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la
paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y
el imperio de la ley para esta y las futuras generaciones; asegure el derecho a
la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social y a la
igualdad sin discriminación ni subordinación alguna; promueva la cooperación
pacífica entre las naciones e impulse y consolide la integración
latinoamericana de acuerdo con el principio de no intervención y
autodeterminación de los pueblos, la garantía universal e indivisible de los
derechos humanos, la democratización de la sociedad internacional, el desarme
nuclear, el equilibrio ecológico y los bienes jurídicos ambientales como
patrimonio común e irrenunciable de la humanidad; en ejercicio de su poder
originario representado por la Asamblea Nacional Constituyente mediante el voto
libre y en referendo democrático,
Decreta la siguiente CONSTITUCIÓN:
TÍTULO I
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
TÍTULO II
DEL ESPACIO GEOGRÁFICO Y LA DIVISIÓN POLÍTICA
TÍTULO III
DE LOS DEBERES, DERECHOS HUMANOS Y GARANTÍAS
TÍTULO IV
DEL PODER PÚBLICO
TÍTULO V
DE LA ORGANIZACIÓN DEL PODER PÚBLICO NACIONAL
TÍTULO VI
DEL SISTEMA SOCIO ECONÓMICO
TÍTULO VII
DE LA SEGURIDAD DE LA NACIÓN
TÍTULO VIII
DE LA PROTECCIÓN DE LA CONSTITUCIÓN
TÍTULO IX
DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
DISPOSICIÓN FINAL.
Concepto: Texto que reúne las leyes y principios fundamentales promulgadas en
debido consenso por un organismo como
la asamblea nacional, con el objetivo de regularizar la conducta de la sociedad
de una república.
Son normas o leyes que determinan la forma de gobierno, los derechos y deberes del gobierno ante los
ciudadanos y viceversa.
Es el conjunto de reglas fundamentales que organizan la sociedad política,
estableciendo la autoridad y garantizando la libertad; es la ley magna de la
nación.
Todo Estado tiene una Constitución, en el sentido amplio de esta palabra; o
sea, como
conjunto de leyes que regula su vida y acción. En sentido estricto, La
Constitución exige la norma especial, votada por la nación, y aplicada en forma
regular, principalmente en el conjunto de derechos y de deberes establecidos en
forma general y particular para cada ciudadano.
La constitución es la ley suprema de la tierra, y superior a todos los poderes
activos de la sociedad, que deben respetarla como el único título, en cuya virtud ejercen
sus funciones.
Reseña Histórica de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela:
El 2 de febrero de 1999 en la toma de posesión como Presidente Constitucional
de la República en el Capitolio Federal reunido el Congreso Nacional Hugo
Chávez pronuncio el juramento de ley:
Única. Juró sobre esta moribunda Constitución. Juro delante de Dios, juro
delante de la Patria, juro delante de mi pueblo que sobre esta moribunda
Constitución impulsaré las transformaciones democráticas necesarias para que la
República nueva tenga una Carta Magna adecuada a los nuevostiempos.
Los venezolanos, fueron convocados a un Referéndum Consultivo el 25 de abril de
1999 (el primero realizado para este fin en la historia de Venezuela) para
que decidiesen si aprobaban o no la propuesta presidencial de convocar una
Asamblea Constituyente (cuyos integrantes serían electos por voto popular
después) para refundar el estado [continua]
ley del ejercicio del bioanalisis.
Gaceta Oficial Ns 30.160
23 de julio de 1973
LEY DE EJERCICIO DEL BIOANALISIS
CAPITULO I
Del ejercicio del Bioanálisis
Artículo 1.- El ejercicio profesional del Bioanálisis se regirá por la presente
Ley y su Reglamento.
Artículo 2.- El ejercicio de esta profesión consiste en el análisis de muestras
provenientes de seres humanos, realizados mediante métodos científicos y
tecnología propios del
laboratorio clínico para suministrar datos al proceso de diagnóstico de
enfermedades, su prevención y terapéutica.
Parágrafo Primero.- Los profesionales legalmente autorizados por la presente
Ley, podrán analizar, además, muestras provenientes de vegetales o animales.
Parágrafo Segundo.- El ejercicio de cualquiera especialización en alguna rama
de las ciencias biológicas, con actividades comprendidas dentro del bioanálisis, cuando
se circunscriba a su campo específico, no se considera ejercicio del
Bioanálisis a los efectos de esta Ley.
Parágrafo Tercero.- Los análisis a que se refiere el presente artículo deberán
ser ordenados por el profesional correspondiente, salvo en los casos de
investigación científica.
Artículo 3.- El ejercicio del bioanálisis es de la competencia de
losprofesionales legalmente autorizados con tal objeto, según los requisitos
siguientes:
Las personas que posean, título de Licenciado en bioanálisis, expedido o
revalidado por una universidad venezolana;
Las personas que antes de la promulgación de la presente Ley, hubieran obtenido
título de bioanálisis o técnicos de laboratorio clínico, expedido o revelado
por una universidad venezolana;
Los profesionales universitarios del campo de la salud que hasta la fecha de
promulgación de la presente Ley hayan venido ejerciendo el laboratorio clínico.
A os efectos, que corresponda, la Federación de Colegios de Bioanalistas de
Venezuela, solicitará del respectivo Colegio profesional la información
pertinente;
Los profesionales médicos que hayan realizado cursos de especialización no
menores de tres (3) años, debidamente aprobados por las autoridades
universitarias venezolanas y en tal virtud obtenido el título de Patólogo
Clínico o título equivalente. A los efectos que corresponda, la Federación de
Colegios de Venezuela solicitará del respectivo Colegio profesional la
información pertinente;
Las personas que poseen certificados o diplomas de laboratorios clínicos o
técnicos de laboratorios expedidos por el Instituto de Ciencias Experimentales,
Instituto Nacional de Higiene e Institutos Venezolanos autorizados oficialmente
para expedirlos hasta 1951; los egresados de la promoción del Instituto
Nacional de Higiene en 1953;
Las personas egresadas de la División de Laboratorios del Ministerio de Sanidad
y Asistencia Social hasta el año 1960, con diez (10) años de servicio continuo
y las personas que hayan estadoejerciendo ininterrumpidamente la profesión de
bioanálisis en forma integral durante los diez (10) años anteriores a la
promulgación de la presente Ley. A tal efecto, el Ministerio de Sanidad y
Asistencia Social, una vez comprobado el número ininterrumpido de años de
ejercicio profesional, otorgará la autorización correspondiente.
Artículo 4.- El Estado promoverá, a través de las universidades, la
organización de los estudios a nivel de Post-grado para la formación de
bioanalistas especializados y de la obtención de los títulos de Post-grado.
Artículo 5.- Para poder ejercer la profesión de bioanálisis los titulares y
demás personas autorizadas por la presente Ley, deberán cumplir los siguientes
requisitos:
Registrar su título o autorización expedida por el Ministerio de Sanidad y
Asistencia Social con arreglo a los dispuesto en el artículo 54 de la Ley de
Registro Público.
Inscribir su título o autorización expedida por el Ministerio de Sanidad y
Asistencia Social en el Registro que a tal efecto se levará en el Ministerio de
Sanidad y Asistencia Social.
Inscribirse en el Colegio profesional respectivo de la jurisdicción donde
ejerza.
Artículo 6.- Incurren en el ejercicio ilegal de la profesión de bioanálisis:
Quienes realicen las actividades a que se refiere el artículo 2 de esa Ley sin
estar legalmente autorizados para ello;
Quienes sin poseer el título o autorización respectivo se anuncien en cualquier
forma o se atribuyan ese carácter;
Quienes habiendo obtenido el título o autorización correspondiente realicen
actos profesionales sin haber cumplido los requisitos previstos en el artículo
5 deesta Ley:
Quienes habiendo sido sancionados con la suspensión del ejercicio profesional
ejerzan durante el tiempo de suspensión;
Quienes ejerzan su profesión contraviniendo las disposiciones de la presente
Ley o su Reglamento.
Quienes practiquen o autoricen con su firma los análisis a que se refiere el
artículo 2 de esta Ley sin la orden expresa del correspondiente profesional.
Artículo 7.- Los auxiliares de Laboratorio sólo podrán efectuar funciones bajo
la supervisión de los profesionales señalados en el artículo 3 de la presente
Ley y deberán estar inscritos en el Libro que a tal efecto llevará la
Federación de Colegios de Bioanalistas de Venezuela, y cumplir las
disposiciones emanadas de las autoridades sanitarias y de la Federación de
Colegio de Bioanalistas de Venezuela, en resguardo de la salud pública y de los
intereses profesionales del Bioanálisis.
Artículo 8.- Corresponde al Ministerio de Sanidad y Asistencia Social la
vigilancia del
ejercicio del Bioanálisis.
CAPITULO II
De los deberes y derechos de los bioanalistas
Artículo 9.- Los profesionales, que ejerzan el bioanálisis deberán estar
debidamente capacitados y legalmente autorizados según esta Ley para prestar
servicios a la comunidad, contribuir al progreso científico y social del
bioanálisis, aportar su colaboración para la solución de problemas de salud
pública y cooperar con los demás profesionales de la salud que así lo
requieran.
Artículo 10.- Los profesionales del
bioanálisis al ofrecer sus servicios como
tales, deberán acatar las disposiciones que sobre los anuncios al público
establezca la Federación de Colegiosde Bioanalistas de Venezuela.
Artículo 11.- La Federación de Colegios de Bioanalistas fijará la cuota que
deben pagar los profesionales inscritos a sus respectivos Colegios y es deber
de los contribuyentes sastifacerla puntualmente.
CAPITULO III
De los Colegios de Bioanalistas
Artículo 12.- Los profesionales del bioanálisis contemplados en los literales
a), b), e) y f) del artículo 3 de esta Ley, que ejerzan en el territorio
nacional y que hayan cumplido con las disposiciones de la misma, se agruparán
en asociaciones de carácter profesional, gremial y científico denominados
Colegios de Bioanalistas.
Artículo 13.- Los Colegios de Bioanalistas son corporaciones profesionales de
carácter público con personalidad jurídica y patrimonio propio con todos los
deberes y atribuciones que les señalan las leyes.
En cada una de las entidades Federales donde exista un número no menor de doce
(12) profesionales de bioanálisis en ejercicio, podrá constituirse en Colegio
de Bioanalistas cuya sede determinará la Asamblea respectiva.
Si en alguna Entidad Federal no existiere el número mínimo de profesionales
requerido para constituir un Colegio, aquéllos podrán unirse a los de otra u
otras Entidades para efectuar dicha constitución, o bien afiliarse a un Colegio
ya constituido.
La Asamblea es la suprema autoridad del Colegio y estará integrada por todos
los profesionales del Bioanálisis, hábiles para elegir y ser elegidos,
inscritos e incorporados al respectivo Colegio de su dependencia.
La Dirección de cada Colegio estará a cargo de una Junta Directiva que se
elegirá por votación directa ysecreta por el sistema de cuociente electoral, y
su organización y atribuciones se establecerán en el Reglamento.
Artículo 14.- Los Colegios de Bioanalistas velarán por el cumplimiento de las
normas de ética profesional de sus miembros y defenderán los intereses
gremiales y profesionales y los de la sociedad en cuanto atañe al ejercicio de
la profesión.
Artículo 15.- Los Colegios de Bioanalistas, previa autorización de la
Federación de Colegios de Bioanalistas, estarán facultados para ejercer la
representación del
gremio ante los organismos de carácter público o privado.
Artículo 16.- Los Colegios de Bioanalistas tendrán un Tribunal Disciplinario
cada uno, integrados por un número impar de miembros principales y sus
respectivos suplentes, número éste que no deberá exceder de cinco, los cuales
serán electos en la misma forma que los de la Junta Directiva.
El Tribunal Disciplinario conocerá y sancionará las infracciones de los
miembros al Código de Deontología y a los Estatutos y Reglamentos del Colegio
al cual pertenezcan; así como
también los disposiciones contenidas en el Capítulo V de la presente Ley.
CAPITULO IV
De la Federación del Colegios de Bioanalistas
Artículo 17.- La Federación de Colegios de Bioanalistas de Venezuela, con sede
en la capital de la República, es la asociación de los Colegios de Bioanalistas
de Venezuela, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con todos los
derechos, obligaciones, poderes y atribuciones que le señalan las leyes y sus
propios Estatutos y Reglamentos.
La Convención Nacional es la máxima autoridad de la Federación y estará formada
por losdelegados que elijan los Colegios de Bioanalistas de la República que la
integran. La Federación tendrá un Comité Ejecutivo que se elegirá en votación
directa y secreta por el sistema de cuociente electoral, por la Asamblea de la
Federación, en la oportunidad y forma que señale el Reglamento de esta Ley.
Artículo 18.- La Federación de Colegios de Bioanalistas de Venezuela tendrá como finalidad la defensa de los intereses
gremiales y profesionales de las colectividades que agrupa y de las normas de
ética profesional.
Artículo 19.- La Federación de Colegios de Bioanalistas de Venezuela y los
Colegios de Bioanalistas de la República, actuarán como organismos encargados
de velar por la solidaridad gremial y profesional, el decoro en el ejercicio de
la profesión y el establecimiento de un sistema de previsión social para los
profesionales del bioanálisis; conocerán de los casos de infracción a la ética
y deontología profesionales y actuarán como organismos consultivos del
Ejecutivo Nacional y demás entidades, en los problemas relacionados con el
bioanálisis cuando así se les requiera.
Artículo 20.- La Federación de Colegios de Bioanalistas de Venezuela y los
Colegios de Bioanalistas se regirán por esta Ley y estarán obligados a observar
los Reglamentos que en materia de salud dicte el Ministerio de Sanidad y
Asistencia Social.
Artículo 21.- La Federación de Colegios de Bioanalistas de Venezuela está
facultada para ejercer la representación nacional del gremio ante los organismos de carácter
público o privado.
Artículo 22.- La Federación de colegios de Bioanalistas de Venezuela tendrá un
TribunalDisciplinario, integrado por un número impar de miembros principales y
sus respectivos suplentes, en número no mayor de siete, los cuales serán
electos en la misma forma que los de la Junta Directiva de la Federación.
El Tribunal conocerá en última instancia de las apelaciones que se hicieren
contra las decisiones de los Tribunales Disciplinarios jurisdiccionales.
Artículo 23.- Los Tribunales Disciplinarios de los Colegios de Bioanalistas y
de la Federación de Colegios de Bioanalistas de Venezuela, se regirán por sus
Reglamentos Internos.
CAPITULO V
De la dirección, personal, registro y dotación para el establecimiento de los
Laboratorios de bioanálisis
Artículo 24.- Los laboratorios de bioanálisis deberán estar atendidos por
profesionales del bioanálisis legalmente autorizados para ejercer la profesión.
Artículo 25.- La dirección de los laboratorios de bioanálisis de instituciones
públicas o privada deberá estar desempeñada por los profesionales autorizados
por la presente Ley para el ejercicio del
bioanálisis.
Artículo 26.- Es de la competencia exclusiva del Ministerio de Sanidad y
Asistencia Social dictar la reglamentación que ha de regular la instalación y
dotación mínima de los laboratorios de bioanálisis; vigilando el estricto
cumplimiento de estas disposiciones.
Artículo 27.- Es obligatorio el registro de los laboratorios de bioanálisis que
presten servicios directamente a particulares, en el Ministerio de Sanidad y
Asistencia Social.
Artículo 28.- Los Colegios de Bioanalistas podrán dictar normas de obligatorio
cumplimiento para sus afiliados, tendentes agarantizar bases mínimas de
contratación con organismos públicos o privados.
CAPITULO VI
De las sanciones
Artículo 29.- A los efectos de esta Ley se establecen tres tipos de sanciones:
1s Las de carácter administrativo;
2s Las de carácter disciplinario;
3s Las de carácter penal.
Artículo 30.- Las infracciones de la presente Ley y s reglamento serán
sancionadas por vía administrativa, sin perjuicio de las sanciones
disciplinarias y penales, previstas en esta Ley y en el Código Penal.
Artículo 31.- Las sanciones de carácter administrativo, son:
Amonestación privada;
Amonestación pública;
Multa de cien (100,oo) a tres mil (3.000,oo) bolívares o arresto proporcional
en casos de insolvencia u renuencia.
Artículo 32.- Son funcionarios competentes para la aplicación de las sanciones
administrativas, el Ministro de Sanidad y Asistencia Social o los funcionarios
a quienes autorizare expresamente.
De las decisiones de estos funcionarios podrá apelarse por ante el propio
Ministro y de la éste ante la Sala Político-Administrativa de la Corte Suprema
de Justicia, dentro de diez (10) días siguientes a la decisión y la Corte
resolverá breve y sumariamente.
Artículo 33.- Las sanciones que impongan las autoridades sanitarias se
aplicarán previa resolución motivada, que dictará el funcionario competente
para imponerla y que notificará al contraventor, pasándole copia de ella y en
caso de multa la correspondiente planilla de liquidación, hecha por triplicado,
a fin de que transcurrido el lapso de diez (10) días hábiles para la apelación,
contados desde la fecha de la notificación, seconsigne el monto de la multa en
la respectiva Oficina del Tesoro, en el término que le señale la planilla. El
funcionario que imponga la multa enviará con oficio al Ministerio de Sanidad y
Asistencia Social copia autorizada de todas las actuaciones, acompañando un
ejemplar de la planilla de liquidación, debidamente cancelada o fianza
autenticada admitida a satisfacción del funcionario que impuso la sanción, o en
defecto del pago de la multa o del otorgamiento de fianza, el documento
comprobatorio expedido por la autoridad civil respectiva, de haber cumplido el
penado el arresto correspondiente.
Artículo 34.- A los reincidentes en infracciones de esta Ley y su Reglamento,
sancionados administrativamente, se les aplicará la sanción correspondiente a
la contravención, aumentada en mitad.
Artículo 35.- Las sanciones de carácter disciplinario que aplicarán los
Tribunales Disciplinarios de cada Colegio en cuya jurisdicción se ha cometido
la falta, consistirán.
1s Amonestación privada, verbal o escrita;
2s Amonestación pública, verbal o escrita ante el Colegio;
3s Privación hasta por seis (6) meses de los honores y privilegios relacionados
con las cuestiones gremiales que otorgan los Estatutos. Esta sanción admite
apelación para ante el Tribunal Disciplinario de la Federación de Colegios de
Bioanalistas, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación
de la medida al sancionado.
4s Suspensión de los honores y privilegios inherentes a su condición de
miembros del Colegio hasta un año. Esta sanción admite apelación para ante el
Tribunal Disciplinario de la Federación de Colegiosde Bioanalistas, dentro de
los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación de la medida al
sancionado
5s Multa hasta por la cantidad de quinientos bolívares (Bs. 500,oo).
Parágrafo Unico.- Quienes no pagaren la cuota de que trata el artículo 11 de la
presente Ley en los lapsos fijados reglamentariamente, serán sancionados
disciplinariamente con:
Suspensión del derecho a elegir y ser elegido,
Amonestación privada y en caso de renuencia, con amonestación pública, cese del goce de todo derecho
gremial y multa hasta de quinientos bolívares (Bs. 500,oo). Si el sancionado,
solventare su deuda, recobrará desde el momento mismo del pago, sus plenos derechos gremiales.
Artículo 36.- Incurren en faltas de carácter penal y serán sancionados conforme
a la Ley:
1s Aquellas personas que sin cumplir los requisitos que esta Ley establece, se
atribuyen los títulos de los profesionales del bioanálisis, quienes suplanten a
personas legalmente autorizadas para ejercer dicha profesión; u ofrezcan o
presten servicios profesionales del bioanálisis;
2s Los profesionales del bioanálisis o sus auxiliares que ejerzan la profesión,
no obstante haber sido suspendidos;
3s Quienes actúen como cómplices o encubridores de personas naturales que
incurran en actos de ejercicio ilegal del bioanálisis.
4s Los profesionales del
bioanálisis, que ejerzan su profesión en instituciones oficiales y de manera
encubierta o explícita refieran sus pacientes hacia laboratorios en los cuales
tengan participación económica.
Parágrafo Unico.- No incurrirán en el ejercicio ilegal del bioanálisis, los
profesionales delcampo de la salud que por razón de su ejercicio integral, se
vean obligados a efectuar de manera ocasional, algunas actividades reservadas a
los profesionales autorizados por esta Ley.
Artículo 37.- Las sanciones a que se refiere el artículo anterior se aplicarán
en los casos siguientes:
1s Las personas legalmente autorizadas para ejercer que den en arrendamiento o
cedan en cualquier forma su laboratorio a personas que no estén autorizadas
para el ejercicio profesional del bioanálisis y que pretendan valerse de tales
medios para asumir el ejercicio de dicha profesión evadiendo las prescripciones
legales; o que de alguna manera prestan su concurso a quienes lo hagan en
contravención a la presente Ley, serán sancionadas con suspensión del ejercicio
profesional por término de seis (6) meses a tres (3) años;
2s Las personas que ejerzan ilegalmente el bioanálisis que en alguna forma
contravengan los artículos 6 y 7 de la presente Ley, serán sancionadas con
multa de quinientos (500) bolívares a cinco mil (5.000) bolívares o arresto
proporcional.
Parágrafo Unico.- Las sanciones que se establecen en el presente artículo,
pueden ser aplicadas a las personas jurídicas; pero en el caso e conversión de
multa en arresto, ésta última pena se aplicará sólo a las personas naturales
que aparezcan responsables de la infracción, por haber intervenido en el hecho
sancionado o cuando por virtud de sus funciones estuvieren en capacidad de
impedirlo.
Artículo 38.- Las sanciones a que se refiere el artículo anterior serán
aplicadas de conformidad a lo dispuesto en el Capítulo II del Código de
Enjuiciamiento Criminalvigente, y en todo caso de conformidad al procedimiento
que se prevea para las faltas de orden penal.
El producto que resultase de las multas será destinado al Fisco Nacional.
Artículo 39.- Las sanciones a que se refiere el artículo 35 se aplicarán por el
incumplimiento de las disposiciones contenidas en el Capítulo V DE ESTA Ley, su
Reglamento y de los Estatutos y Reglamentos de los diferentes Colegios de
Bioanalistas.
Artículo 40.- La aplicación de las disposiciones disciplinarias de la presente
Ley son independientes de lo que al respecto disponga el Código Penal si los
hechos castigados constituyen también delitos o faltas.
Artículo 41.- Los profesionales del bioanálisis a que se refieren los literales
a), b), e) y f), del artículo 3 de la presente Ley, deberán cumplir con las
disposiciones del artículo 5 de la misma, dentro de los seis (6) meses
siguientes a su promulgación.
Artículo 42.- Hasta tanto el Ejecutivo Nacional dicte el respectivo Reglamento
de esta Ley, la Federación de Colegios de Bioanalistas de Venezuela y los
Colegios Regionales, se regirán por sus respectivos Estatutos y Reglamentos
Internos, en todo aquello que no colida con la Ley.
Paludismo
El paludismo es causado por un parásito denominado Plasmodium que se transmite
a través de la picadura de mosquitos infectados. En el organismo humano, los
parásitos se multiplican en el hígado y después infectan los glóbulos rojos.
Entre los síntomas del paludismo destacan la
fiebre, las cefaleas y los vómitos, que generalmente aparecen 10 a 15 días
después de la picadura del
mosquito. Si no se trata, el paludismopuede poner en peligro la vida del paciente en poco
tiempo, pues altera el aporte de sangre a órganos vitales. En muchas zonas del mundo los parásitos
se han vuelto resistentes a varios antipalúdicos.
Entre las intervenciones fundamentales para controlar la malaria se encuentran
el tratamiento rápido y eficaz con combinaciones de medicamentos basadas en la
artemisinina, el uso de mosquiteros impregnados en insecticida por parte de las
personas en riesgo y la fumigación de los espacios cerrados con insecticidas de
acción residual, a fin de controlar los mosquitos vectores.
paludismo:
MEDIO DE
TRASMISIÓN:
La enfermedad es transmitida por la picadura de la hembra del mosquito anofeles, que haya picado
previamente a enfermos de paludismo.
Los Plasmodiums que contiene la sangre del
enfermo palúdico se desarrollan en el estómago del mosquito. Allí se reproducen
sexualmente, es decir, por la unión de gametos machos y gametos hembras. Se
llaman gametos las células sexuadas encargadas de la reproducción.
Los Plasmodiums que nacen de esa producción pasan a las glándulas salivales del mosquito. Al picar
el mosquito introduce, con su saliva, los Plasmodiums recientemente formados.
Al llegar a la sangre del
sujeto sano, los Plasmodiums penetran en el interior de los glóbulos rojos.
En los glóbulos rojos se reproducen asexualmente, es decir, por simple división
y dan lugar a la formación de 15 a 24 plasmodiums. El glóbulo rojo estalla y da
salida a los Plasmodiums, que invaden nuevos glóbulo y reproducen el mismo
proceso.
Cuando se han destruido numerosos glóbulos rojos y, probablemente,absorbido
gran cantidad de toxina, el enfermo experimenta un intenso escalofrío seguido
de un ataque febril
el dengue
El dengue es una enfermedad viral aguda, producida por el virus del dengue,
transmitida por el mosquito Aedes Eagypti o el mosquito Aedes albopictus que se
crían en el agua acumulada en recipientes y objetos en desuso. El dengue es
causado por cuatro serotipos del virus del dengue DEN-1, DEN-2, DEN-3 ó DEN-4; estrechamente
relacionados con los serotipos del
género flavivirus, de la familia flaviviridae.
QUIEN LO TRANSMITE ? La picadura de un mosquito (Aedes Aegypti) infectado con
el virus. Modo de transmisión : La hembra del mosquito pica a una persona cuya sangre
contiene el virus y puede transmitir la enfermedad en dos (2) tiempos.
a.- Inmediatamente al picar a otro huésped cercano.
b.- Después de un período de incubación en el
mosquito de 8 - 10 días durante el cual
se multiplican en las glándulas salivales.
No se transmite persona - persona.
Es un parásito frecuente que afecta el crecimiento y desarrollo de los niños
Este parásito es muy frecuente sobre todo en lugares húmedos y cuando las
medidas de higiene no son las adecuadas y afectan principalmente a los niños y
niñas, afectando seriamente su desarrollo y crecimiento.
Es tan infectante, que la Organización Mundial de la Salud estima que hay cerca
de 2,000 millones de personas infectadas en el mundo, de las cuales cerca del 20% llegan a
fallecer por su causa.
Los Ascaris, son lombrices intestinales que crecen y se desarrollan en el
intestino pero también en el suelo en donde muchas personasinfectadas depositan
su materia fecal, sobre todo en espacios de siembra de alimentos.
Los huevos eliminados no son los que causan la infección, sino los parásitos
adultos que se desarrollan después de 3 a 4 semanas en el interior de ellos.
El huevo fecundado ingresa al tubo digestivo por medio de alimentos o agua
contaminada y de ahí ingresan al torrente sanguíneo, haciendo un recorrido por
casi todo el cuerpo, hígado, corazón, pulmones y otros órganos para después
instalarse en el intestino delgado en donde se convierten en larvas adultas que
miden, las hembras entre 20 y 30 cm. y los machos entre 15 a 20 cm. llegando a
vivir en este órgano hasta un año.
Hay casos en que la persona puede tener un solo parásito, pero otros en que son
tantos, que su aglutinamiento llega a provocar serias obstrucciones
intestinales.
Los síntomas que se presentan con este parásito pueden ser muy variados, por lo
que a veces su descubrimiento se dificulta, ya que puede ser asintomático o se
hace pensando en otra enfermedad y no precisamente en su presencia como es el caso de
cirugías de urgencia por obstrucciones intestinales severas.
Entre los síntomas están:
- Dolor agudo e inflamación extrema del
abdomen.
- Vómitos y náuseas frecuentes.
- Diarreas crónicas.
- Síndrome de mala absorción.
- Pancreatitis.
- Anemia.
- Falta de crecimiento y desarrollo adecuados a la edad.
El diagnóstico, se realiza después de elaborar la historia clínica,
contemplando los hábitos higiénico-dietéticos de la persona y realizando
exámenes parasicológicos, para identificar los huevos. También se hace por el
análisis de laslombrices eliminadas en la materia fecal y se son visibles.
Otro tipo de estudios son los del análisis del contenido del
estómago o de las secreciones respiratorias en donde pueden encontrarse algunos
parásitos que anden rondando por el torrente
sanguíneo.
Cuando no se descubren con los estudios de laboratorio, será necesario realizar
radiografías o ecografías que permitan ver al parásito.
El tratamiento consiste en medicamentos antiparasitarios y el cuidado de la
higiene de los alimentos y del
agua se está consumiendo.
Para prevenirlos es necesario.
- Lavar y desinfectar bien las frutas y verduras, sobre todo las de hoja y las
hortalizas, que se deben colocar al chorro de agua durante un buen rato para
que los huevecillos sean eliminados. Se pueden remojar un momento en agua con
dos gotas de cloro.
- Cocer bien los alimentos
- Hervir el agua para consumo
- Lavar bien las manos antes de tocar, preparar o comer y después de ir al
baño.
- No defecar en áreas de cultivo.
trichinella espirali
Trichinella spiralis es una especie de nematodo de la clase Adenophoreael que
produce una enfermedad conocida como
triquinelosis, triquinosis o triquiniasis.
Puede infectar a cualquier mamífero que ingiera carne cruda de otro mamífero
infectado, siendo por tanto frecuente en carnívoros como cánidos, félidos, con
menor frecuencia omnívoros como ratas, cerdos y humanos, e incluso herbívoros
estrictos como los caballos. A diferencia de otras especies de Trichinella su
alta infectividad en ciertos mamíferos como los cerdos, ratas y el hombre
permitieron su establecimiento tanto en ciclosparantrópicos o silvestres como
en sinantrópicos o domésticos, y su difusión a nivel mundial, siendo por tanto
la especie más frecuente en los casos de triquinelosis o triquinosis humana, y
también la más patógena.
El adulto hembra mide de 2.2 a 3.5 mm; y el macho de1.2 a 1.6 mm; las larvas
vivíparas miden 100 μm; y los quistes 250-500 μm.
Índice [ocultar]
1 Causas, incidencia y factores de riesgo
2 Madurez
3 Morfología
4 Síntomas
5 Signos y Exámenes
6 Tratamiento
7 Expectativas (pronóstico)
8 Complicaciones
9 Situaciones que requieren asistencia médica
10 Prevención
11 Enlaces externos
Causas, incidencia y factores de riesgo[editar · editar código]
La triquinosis es una enfermedad causada por el consumo de carne mal cocida,
que contiene quistes de Trichinella spiralis, un parásito que puede encontrarse
en la carne de animales como el cerdo, el oso, el zorro, la rata, el caballo y
el león.
Los animales salvajes, especialmente los carnívoros (consumidores de carne) u
omnívoros (que comen tanto carne como plantas)
deben considerarse como
fuente potencial de la enfermedad por estos parásitos. Los animales domésticos
criados específicamente para la producción de carne, bajo los lineamientos e
inspecciones del Ministerio de Agricultura de los Estados Unidos (USDA), pueden
considerarse seguros.
La triquinosis es una infección común a nivel mundial, pero rara vez se ve en
los Estados Unidos gracias a las regulaciones estrictas sobre la alimentación
de animales domésticos y a las inspecciones del procesamiento de las carnes.
Cuando una persona come carne de un animal infectado, los quistes de
Trichinellaincuban en los intestinos y crecen hasta convertirse en nemátodos
adultos.
Los nemátodos luego producen su descendencia que migra a través de la pared
intestinal hacia el torrente
sanguíneo. Estos parásitos tienden a invadir los tejidos musculares, incluyendo
el corazón y el diafragma (el músculo de la respiración bajo los pulmones), y
también pueden afectar los pulmones y el cerebro.
En los Estados Unidos, se presentan aproximadamente 40 casos de triquinosis al
año.
Madurez[editar · editar código]
Los adultos maduran en el intestino delgado de un hospedador como el cerdo. Cada hembra adulto da desoves
de larvas, que se fijan a la pared intestinal, entran a la sangre y al sistema
linfático, y son llevados a tejidos de músculos estriados. Una vez en el
músculo, se enquistan, o se encierran en una cápsula de colágeno.
Las larvas enquistadas en los músculos permanecen viables durante meses o años.
Cuando el tejido muscular, mal cocido o crudo (en cecina) es ingerido por un
humano, los quistes se digieren en el estómago; y las larvas liberadas migran
al intestino para comenzar un nuevo ciclo de vida. Los gusanos femeninos de
triquina viven cerca de seis semanas y en ese tiempo pasan a larvas. La
migración y enquistado de larvas puede causar fiebre, dolor, e incluso la
muerte.
La parasitosis del intestino producida por el nematodo en distintas fase de
maduración y el adulto pueden producir manifestaciones clínicas como dolor
abdominal, diarreas y vómitos, pero el cuadro clínico puede ser mucho más grave
posteriormente tras la migración de las larvas y su establecimiento en el
músculo estriado, conmanifestaciones tanto locales (mialgias, tetania) como
sistémicas (edemas perirobitales, hemorragias debajo de las uñas). Dependiendo
de la intensidad de la infección y factores del hospedador como la edad, la
infección pueden ser asintomática, producir síntomas leves e inespecíficos que
se confundan con otras patologías o producir un grave cuadro clínico,
ocasionalmente mortal debido a complicaciones cardíacas, pulmonares o
cerebrales. Una infección que resulte en una densidad superior a 1.000 de
larvas enquistadas de T. spiralis por gramo de musculatura se considera letal.
Morfología[editar · editar código]
Trichinella spiralis es uno de los parásitos extracelulares más grandes. Las
hembras son de 2,2 mm de longitud y los machos 1,2 mm de largo y son más
delgados en la parte anterior que en la parte posterior. El ano es casi
terminal y las hembras son dos veces más grandes que los machos. La vulva de
las hembras está localizada a la mitad del
esófago, casi a un tercio del largo del cuerpo de la parte
anterior. En al fin posterior, el único útero está lleno de huevos
desarrollados y jóvenes en nacimiento.
Síntomas[editar · editar código]
La sintomaología dependerá principalmente de la carga parasitaria consumida y
de los organos comprometidos, siendo esta desde inaparente o asintomática a
presentar malestar abdominal, cólicos, diarrea, dolor muscular (especialmente
al respirar, masticar o al usar músculos largos), fiebre y en algunos casos
hipersensibilidad a estimulos visuales y auditivos y puede curzar con edemas.
taenia solium
Taenia solium es un platelminto parásito de la clase Cestoda,que vive en el
intestino delgado de los seres humanos, donde mide normalmente de 3 a 4 m. Es,
junto con T. saginata, una de las especies conocidas como lombriz solitaria.
La taeniosis es la infección producida por dos parásitos adultos del phylum
Platyhelminthes, clase Cestoda, familia Taeniidae, género Taenia, especies T.
saginata y T. solium, parásitos cosmopolitas, hermafroditas, ambos endémicos en
México. La tercera especia, Taenia asiatica, se identifica en países asiáticos.
Esta parasitosis prevalece en zonas rurales y urbanas con infraestructura
sanitaria deficiente.
Transmisión:
La ingesta de carne cruda o mal cocida con cisticercos (carne de ganado
vacuno/T.saginata y carne de ganado porcino/T. solium) es el mecanismo de
infección. El parásito se fija a intestino delgado por medio del escólex y se desarrolla hasta adulto en
el transcurso de 2 - 3 meses. El daño que produce en la mucosa intestinal es
mínimo.
El humano juega un papel fundamental como
diseminador, es el hospedero definitivo. Elimina proglótidos y huevos
infectantes con las heces. La detección y tratamiento de portadores de Taenia
solium, el control sanitario y la eliminación de excretas en lugares adecuados
son algunas medidas de prevención para evitar que los animales, principalmente
los cerdos, ganado vacuno, el humano (y con mucho menor frecuencia los perros),
adquieran cisticercosis.
partes de una ley
Características[editar · editar código]
Generalidad: La ley comprende a todos aquellos que se encuentran en las
condiciones previstas por ella, sin excepciones de ninguna clase.
Obligatoriedad: Tiene carácterimperativo-atributivo, es decir, que por una
parte establece obligaciones o deberes jurídicos y por la otra otorga derechos.
Esto significa que siempre hay una voluntad que manda, que somete, y otra que
obedece. La ley impone sus mandatos, incluso en contra de la voluntad de sus
destinatarios. Su incumplimiento da lugar a una sanción, a un castigo impuesto
por ella misma.
Permanencia: Se dictan con carácter indefinido, permanente, para un número
indeterminado de casos y de hechos, y sólo dejará de tener vigencia mediante su
abrogación, subrogación y derogación por leyes posteriores.
Abstracta e impersonal: Las leyes no se emiten para regular o resolver casos
individuales, ni para personas o grupos determinados, su impersonalidad y
abstracción las conducen a la generalidad.
Se reputa conocida: Nadie puede invocar su desconocimiento o ignorancia para
dejar de cumplirla.
Rige hacia el futuro: Regula los hechos que ocurren a partir de su publicación
irretroactiva.
Ley natural[editar · editar código]
Artículo principal: Ley natural
La ley natural es un orden normativo armónico (o sistemático) y unas relaciones
de interdependencia derivadas de él, a los que todos los seres visibles están
ligados por el mero hecho de existir. Dentro de este encontramos las nociones
de orden, interrelación y armonía. Una ley natural también se puede definir
como la ley que crea la naturaleza de cualquier cosa para protegerse de lo que
amenace su tranquilidad en su entorno.
Esta misma, es dictada por la correcta razón. Thomas Hobbes difiere entre razón
y pasion como objetos de la ley natural del hombre en el cual la razóngarantiza
la búsqueda de paz, la renuncia a mis derechos positivos (en post de obtener
seguridad y vida) y el cumplimiento con los pactos (voluntario, único y
racional). En cambio, la pasión despierta por sensaciones y necesidades
naturales del hombre, como el temor a la muerte. Nace del propio instinto
humano y no hace posible el pacto, ya que el hombre queda como un animal insatisfecho,
siempre con ganas de más. Por lo tanto, debe concluirse que la razón será
siempre por encima de la pasión, ya que nos permite pensar antes de actuar. La
pasión solamente nos sirve para enseñarnos algo que ni la modernidad, ni el
paso de los años, ni los pactos o contratos o conceptos de justicia e
injusticia podrán enseñarnos: a sobrevivir a toda costa. El hombre de estado o
el que este aprendiendo a gobernar debe entender que los hombres tienen
capacidad de razón, normalmente son volubles y caen fácilmente ante el derroche
de las pasiones, y eso puede ser benéfico para el, ya que puede aprender a
desarrollar un mandato en el cual pueda controlar a los demás. A partir de sus
esperanzas y sueños, sus temores y sus alegrías. Como ya he dicho, todos los
hombres tienen el don de razonar, pero caen siempre en la trampa porque en su
gran mayoría no son magnánimos, sino pusilánimes y débiles.
Ley positiva[editar · editar código]
En Derecho el origen de la definición de la ley se debe a Tomás de Aquino en su
Summa Theologiae al concebirla como 'La ordenación de la razón dirigida al
bien común y promulgada por el que tiene a su cargo el cuidado de la
comunidad'.
Más modernamente, se denomina ley a la norma de mayor rango tras laConstitución
que emana de quien ostenta el poder legislativo. Mientras no está aprobada es
un proyecto de ley.
Clasificaciones de la ley[editar · editar código]
En sentido material y formal: esta diversificación en material y formal se
particulariza por observar cuál es el contenido de la ley y cuál el origen de
la misma
Material es toda norma general y obligatoria, emanada de autoridad competente.
Formal es toda norma emanada desde el congreso conforme al mecanismo
constitucionalmente determinado.
De derecho estricto y de derecho equitativo, también se denominan rígidas o
flexibles. En las primeras la norma es taxativa y no deja margen para apreciar
las circunstancias del caso concreto ni graduar sus consecuencias. En las
segundas, resultan más o menos indeterminados los requisitos o los efectos del
caso regulado, dejando un cierto margen para apreciar las circunstancias de
hecho y dar al Derecho una configuración adecuada al caso concreto.
a) Por el sistema al que pertenecen: Internacionales; Nacionales; provinciales;
locales
b) Según el modo de operar:
Permisivas: son aquellas disposiciones que autorizan, permiten a un sujeto
realizar determinadas conductas.
Prohibitivas: son aquellas que vedan, niegan al sujeto la posibilidad de
realizar determinados actos o de tener ciertas conductas.
Declarativas: son aquellas cuyo contenido encierra definiciones. 'Son
personas todos los entes susceptibles de adquirir derechos y contraer
obligaciones'.
c) Según cómo actúa la voluntad individual:
Imperativas son leyes que se imponen a la voluntad individual o colectiva, que
no dan opción para el sujeto.Supletorias son leyes que rigen solamente cuando
las personas no expresan su voluntad en otro sentido. Están estrechamente
ligadas al principio de autonomía de la voluntad.
Algunos tipos de leyes son:
Ley fundamental es la que establece principios por los que deberá regirse la
legislación de un país; suele denominarse Constitución. La Constitución es la
norma suprema del ordenamiento jurídico, ya que está por encima de cualquier
ley
Ley orgánica cuando nace como consecuencia de un mandato constitucional para la
regulación de una materia específica.
Ley ordinaria, entre las que se incluye la ley de presupuestos.
Organización Judicial Venezolana
RESUMEN
La organización judicial es el conjunto de normas que establecen los órganos y
el sistema para la administración de justicia, señalando la competencia de los
jueces, sus facultades, obligaciones, la forma de su designación y de
sustitución, así como las garantías de su independencia.
Introducción
Dentro del poder Público Judicial, conforme a lo previsto en el artículo 253 de
la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se encuentra el
sistema de justicia, constituido por el Tribunal Supremo de Justicia, los
diversos órganos jurisdiccionales que determine la ley, por el Ministerio
Público, la Defensoría del Pueblo, los órganos de investigación penal,
auxiliares y funcionarios de justicia, el sistema penitenciario, los medios
alternativos de justicia, los ciudadanos que participan en la administración de
justicia, y los profesionales del Derecho autorizados para ejercer.
Mediante organización de los tribunales se determina lamanera de constituirlos,
las personas que intervienen en su constitución, la jerarquía de los tribunales
y las relaciones de subordinación entre ellos, y su composición interna. Todo
de acuerdo a los poderes y deberes señalados en la ley, para el ejercicio de la
función jurisdiccional por parte del órgano judicial (el respectivo tribunal) y
la persona natural que actúa en nombre del tribunal (el juez).
(Puppio, 2004:167)
La organización judicial es el conjunto de normas que establecen los órganos y
el sistema para administración de justicia, señalando la competencia de los
jueces, sus facultades, obligaciones, la forma de su designación y de
sustitución, así como las garantías de su independencia.
(Idem:168)
gaceta oficial
La Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela es el periódico
oficial del Gobierno Constitucional de Venezuela. Su función es la publicación
de leyes, reglamentos, acuerdos, circulares, órdenes y demás actos expedidos
por los Poderes de la Federación Venezolana, a fin de que éstos sean observados
y aplicados debidamente en sus respectivos ámbitos de competencia en el
territorio nacional.
Historia[editar · editar código]
La Gaceta Oficial de Venezuela fue creada por decreto de fecha 11 de octubre de
1872 por el entonces presidente Antonio Guzmán Blanco y su primer número fue
publicado el día 15 de octubre de 1872. Por rango de Ley, la Gaceta Oficial se
estableció como órgano de difusión de todo lo concerniente al Estado, el día 23
de mayo de 1928 durante el gobierno de Juan Vicente Gómez.
COLOCACION DE INSTRUMENTOS.
TAPABOCAS
Los tapabocas son protectoresfaciales de material impermeable a salpicaduras o
aerosoles. Se puede utilizar durante el tiempo que se mantenga limpio y sin
deformaciones. Si se humedece o salpica, se desechará.
Impiden que los microorganismos expulsados al hablar, toser o respirar lleguen
al paciente y protegen la boca de salpicaduras de sangre u otros fluidos.
Con esta medida se previene la exposición de las membranas mucosa de la boca,
la nariz y los ojos, a líquidos potencialmente infectados.
Se debe utilizar en todos los procedimientos en donde se manipulen sangre y
fluidos corporales, cuando exista la posibilidad de salpicaduras, aerosoles o
expulsión de líquidos contaminados con sangre.
Recomendaciones para el uso de tapabocas.
Estos deben tener una capa impermeables para fluidos y estar elaborados en un
material con alta eficiencia de filtración, para disminuir la diseminación de
gérmenes a través de éstos durante la respiración, al hablar o al toser.
Los tapabocas deben tener el grosor y la calidad adecuada.
Los tapabocas de gasa o de tela no ofrecen protección adecuada.
El uso tapabocas debe ser la primer maniobra que se realice para comenzar un
procedimiento.
Después de colocar o manipular el tapabocas, siempre se deben lavar las manos.
El visor de las mascarillas deberá ser desinfectado o renovado entre pacientes
o cuando se presenten signos evidentes de contaminación, si no se dispone de
tapabocas con visor, se indica el uso de gafas de protección y tapabocas, las
gafas deberán tener barreras laterales de recubrimiento.
GUANTES:
GUANTES
Los guantes son implementos elaborados de látex o cauchosintético que evitan la
transmisión de microorganismos. Evitan que los microorganismos lleguen al
paciente y protegen las manos del contacto con sangre, tejidos u otros fluidos,
protegen a las personas, al actuar como una barrera contra microorganismos
infecciosos, los miembros del personal de salud deben usar guantes siempre que
sus manos vayan a estar en contacto con la sangre o tejidos. Así mismo se deben
usar si va a estar en contacto con desechos médicos.
Los guantes constituyen una barrera física que protege tanto a los
profesionales de salud como a los usuarios. Impiden que los profesionales
tengan contacto con los microorganismos infecciosos que se encuentran en la
sangre, en otros líquidos corporales y desperdicios. A los usuarios también se
les protege de posibles infecciones por cuanto los microorganismos normales que
suelen habitar la piel de los profesionales de salud no se pueden transmitir a
los usuarios cuando aquéllos utilizan los guantes durante los exámenes físicos
y procedimientos clínicos.
Todo profesional de salud debe llevar el tipo correcto de guante siempre y
cuando quede la posibilidad de tener contacto con sangre y otros líquidos
corporales (por ejemplo, en el transcurso de tratar a los usuarios, tocar o
limpiar instrumentos u otros objetos ya utilizados, limpiar y mantener la
institución de salud, etc.) y cuando ejecute procedimientos clínicos o exámenes
que puedan presentar algún riesgo de infección al /a la usuario/a.
Si los guantes que se utilizan durante un examen o procedimiento clínico no
están limpios y libres de contaminación, es posible que mismosinfecten a los
usuarios. Para evitar que los pacientes se contagien de los microorganismos
infecciosos de otras personas, es necesario utilizar guantes nuevos cada vez
que examine a otro/a usuario/a.
Es difícil limpiar y volver a tratar correctamente los guantes. En
instituciones donde haya suficientes recursos, se debe usar siempre guantes
desechables (guantes que se usan una sola vez y que luego se tiran) en vez de
guantes que se pueden volver a utilizar.
El uso de los guantes impide que las manos se contaminen de microorganismos
infecciosos. A lo largo de examinar a los pacientes o hacer procedimientos
invasivos, es posible que los profesionales de salud tengan contacto con sangre
o líquidos corporales que sean potencialmente infecciosos. Los profesionales
que no lleven guantes en estas situaciones se pueden infectar fácilmente por
las heridas, los pinchazos o la piel agrietada. De igual modo, corren el mismo
riesgo de infectarse los miembros del personal que mantienen la institución y
los que limpian y tratan el instrumental y otros objetos que se habrán
contaminado a lo largo de los procedimientos clínicos.
Durante el día normal de trabajo, cada profesional de salud va acumulando flora
transeúnte en las manos, lo cual también puede contribuir a que los pacientes
se infecten. A pesar de ser inofensivos normalmente, estos microorganismos
pueden causar infecciones si se les introduce en una parte del cuerpo donde no
se suelen encontrar, por ejemplo, en los órganos internos de los pacientes
durante la cirugía. Además, es posible que esta flora normal infecte a las
personasinmunocomprometidas que son particularmente propensas a la infección.
Si tienen las manos contaminadas o si se infectan por exposición a enfermedades
llevadas a través de la sangre, los miembros del personal pueden infectar a su
pareja, a sus amigos o su familia. Cualquier infección contraída tanto por los
pacientes como por el personal tiene potencial de extenderse a la comunidad, y
así ir pasando de persona en persona. El uso de los guantes puede reducir tal
riesgo.
BATAS QUIRÚRGICAS
Evitan que los microorganismos de los brazos, dorso o ropa lleguen al paciente,
protegen la piel y la ropa de las salpicaduras de sangre u otros fluidos. Las
batas deben de ser cerradas en el frente a fin de evitar la contaminación del
equipo estéril a través de los extremos sueltos o las tiras de ajuste.
Protectores oculares
Sirven para proteger la conjuntiva ocular y el ojo de la contaminación por
aerosoles, salpicaduras de sangre, saliva y las partículas que se generan
durante el trabajo odontológico como ocurre cuando se desgastan amalgama,
acrílico y metales.
Uso de protectores oculares
Lavar con agua y detergente, enjuagarlos con abundante agua, desinfectar con
clorexidina y secarlos con paños de papel.
Tener cuidado de no rayarlos con productos con base a piedra pómez.
Si a pesar del uso de anteojos cae sangre o saliva a los ojos, estos deben
lavarse inmediatamente con agua abundante utilizando un gotero.
Se usarán los protectores oculares para cualquier tipo de procedimiento que se
realice en la atención odontológica del paciente.Su uso es estrictamente
personal.
Después de la atención de cada paciente se lavarán y desinfectarían utilizando
jabones germicidas o soluciones antisépticas.
Se frotarán con un paño suave. Si tiene banda sujetadora, ésta debe retirarse y
lavarse por separado.
Para la desinfección, puede emplearse: alcohol izo propílico al 0.7%,
compuestos de amonio cuaternario al 0.1% - 0.2%.
Precaución: las soluciones altamente cáusticas dañan la superficie de la
película.
Características de los protectores oculares
Deben ser neutros, de material resistente (alto impacto).
Deben ser fácilmente descontaminables
Deben permitir el uso simultáneo de anteojos correctores.
Deben permitir una correcta visión
Los lentes deben ser amplios y ajustados al rostro para cumplir eficazmente con
la protección.
Debe tener protección lateral y frontal.
Debe tener ventilación indirecta, orientada hacia atrás para evitar que se
empañen.
GORROS
Evitan que los microorganismos del cabello lleguen al paciente. El cabello
facilita la retención con una posterior dispersión de microorganismos que flotan
en el aire de los hospitales (estafilococos, corinebacterias), por lo que se
considera como fuente de infección y vehículo de transmisión de
microorganismos.
Por lo tanto antes de la colocación del vestido de cirugía, se indica el uso
del gorro para prevenir la caída de partículas contaminadas en el vestido,
además deberá cambiarse el gorro si accidentalmente se ensucia.
PREVENCION:
La prevención es el resultado de concretar la acción de prevenir, lacual
implica el tomar las medidas precautorias necesarias y más adecuadas con la
misión de contrarrestar un perjuicio o algún daño que pueda producirse.
Entonces, la prevención es disponer determinadas cuestiones o acciones en
marcha para aminorar un riesgo o el daño. Vale aclarar que resulta ser una condición
sine quanom que la prevención se disponga de modo anticipado, es decir, antes
del momento en que se cree que se producirá la situación peligrosa de la cual
hay que defenderse y cuidarse.
Del latín praeventio, prevención es la acción y efecto de prevenir (preparar
con antelación lo necesario para un fin, anticiparse a una dificultad, prever
un daño, avisar a alguien de algo).
1.- Evitar los riesgos en el trabajo.
2.- Evaluar los riesgos que no se puedan evitar.
3.- Combatir los riesgos en su origen.
4.- Adaptar el trabajo a la persona, en particular en lo que respecta a la
concepción de los puestos de trabajo, así como a la elección de los
equipos y los métodos de trabajo y de producción, con miras, en particular, a
atenuar el trabajo monótono y repetitivo y a reducir los efectos
del mismo en la salud.
5.- Tener en cuenta la evolución de la técnica para hacer lugares y puestos de
trabajo más seguros y mejor adaptados al trabajador.
6.-Sustituir los elementos peligrosos por aquellos que entrañen poco o ningún
peligro.
7.- Planificar las actividades preventivas en la empresa.
8.- Adoptar medidas de protección tendentes a anteponer la protección colectiva
de los trabajadores a la individua l.
9.-Dar las instrucciones debidas a los trabajadores en esta materia.