Ante la falta de una estrategia financiera,
muchas de las pequeñas y medianas empresas en el país emplean la
tarjeta de crédito para resolver sus necesidades de capital por lo que
el costo de financiamiento resulta mas elevado, según
indicó la Comisión Nacional para la Protección y Defensa
de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).
Un ejemplo de lo anterior, es que en México 4 de cada 10 micro y
pequeñas empresas utilizan la tarjeta de crédito personal del
propietario para financiar sus operaciones, según datos de
investigadores de la Universidad Panamericana, Campus Guadalajara.
Dicha practica, no sólo dificulta el crecimiento de la empresa,
sino que pone en riesgo la salud de la economía familiar ya que las
tasas de interés de las tarjetas personales son mas altas que las corporativas, dijo el director de Estudios de
Mercado de la Condusef, Marco Carrera.
'Para la mayoría de los negocios, la principal fuente de capital,
proviene de ahorros y otras formas de recursos personales.
Lamentablemente, también se llega a utilizar la
tarjeta de crédito (personal) para atender necesidades del
negocio, lo que ocasiona que el costo de financiamiento pueda ser elevado, lo
que a su vez reduce la rentabilidad del
negocio'.
Una de los consejos que hace el directivo de la comisión, esque el
empresario haga la diferencia entre el presupuesto personal del empresarial y
que defina un salario que sera su ingreso con el que idealmente
podra enfrentar su presupuesto personal o familiar. 'El
llevar a cabo esta disciplina en el manejo del dinero es un aspecto indispensable para
que la empresa pueda subsistir', detalló.
Para evitar que tu empresa se vea afectada por
malas practicas financieras, la Condusef hace las siguientes
recomendaciones:
1. Elabora tu presupuesto personal o familiar.
2. Elabora por separado PYME como unidad de negocio.
3. Determina para ti un salario razonable acorde al
tamaño de tu empresa.
I.2.2.1. Para los efectos del artículo 17-D del CFF, la
Contraseña se considera una firma electrónica que funciona como
mecanismo de acceso en los servicios electrónicos que brinda el SAT a
través de su pagina de Internet, conformada por la clave del RFC
del contribuyente, así como por una contraseña que él
mismo elige, la cual podra cambiarse a través de una pregunta y
respuesta secreta elegida al momento de su obtención.
La Contraseña sustituye la firma autógrafa y produce los mismos
efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes, teniendo igual
valor probatorio.
CFF 17-D
Plazo para entregar o enviar al cliente el CFDI
I.2.7.1.3.
…………………………………………………………………….
Por su parte, las entidades a que se refiere la regla I.2.8.3.1.10. y las
administradoras de fondos para el retiro podran entregar o enviar a sus
usuarios el estado de cuenta correspondiente, que cumpla con los requisitos
para ser considerado CFDI, dentro de los tres días inmediatos siguientes
a la fecha de corte que corresponda.
…………………………………………………………………….
Las personas residentes en el país que cumplan con lo señalado en
el artículo 216-Bis, fracción II de la Ley del ISR, podran
entregar o enviar a sus clientes el CFDI dentro de los tres días
inmediatos siguientes al primer día del mes inmediato posterior a
aquél en que se realizó la operación.
Las personas a que se refiere el parrafo anterior querealicen,
ademas de la operación de maquila a que se refiere el
artículo 2, último parrafo de la Ley del ISR, actividades
distintas de ésta, podran acogerse al parrafo anterior
únicamente por la operación de maquila.
CFF 29, 29-B, LISR 2, 216-Bis, RMF 2013 I.2.8.3.1.10., II.2.5.2.4.
Cumplimiento de requisitos en la expedición de comprobantes fiscales
I.2.7.1.5.
…………………………………………………………………….
Los contribuyentes que emitan CFDI y apliquen la facilidad contenida en esta
regla, señalaran en los apartados designados para incorporar
dichos requisitos, la expresión NA o cualquier otra analoga, y
cuando resulte aplicable, no incluiran el complemento respectivo.
…………………………………………………………………….
CFF 29-A, 29-B, 29-C, LISR 83
Concepto de unidad de medida a utilizar en los comprobantes fiscales
I.2.7.1.8.
…………………………………………………………………….
Tratandose de prestación de servicios o del
otorgamiento del
uso o goce temporal de bienes, en el comprobante fiscal se podra
señalar la expresión NA o cualquier otra analoga.
CFF 29-A, 29-B, 29-C
Opción para utilizar en los comprobantes fiscales el Número de
Identificación Vehicular en sustitución de la clave vehicular
I.2.7.1.15. Para los efectos del artículo 29-A, fracción V,
segundo parrafo, inciso e) del CFF, sin perjuicio de lo establecido en
la regla I.2.7.1.5., fracción IV, los fabricantes, ensambladores o
distribuidores autorizados de automóviles nuevos, así como
aquéllos que importen automóviles para permanecer en forma
definitiva en la franja fronteriza norte del país y en los estados de
Baja California, Baja California Sur y la región parcial del estado de
Sonora, podran optar por expedir comprobantes fiscales con
elnúmero de identificación vehicular en sustitución de la
clave vehicular que corresponda a la versión enajenada.
El número de identificación vehicular se integrara de
conformidad con la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SSP-2008 “Para la
determinación, asignación e instalación del número de identificación
vehicular” publicada en el DOF el 13 de enero de 2010.
Los contribuyentes que emitan CFDI y apliquen la facilidad conteni
4. Conserva disciplina entre tu presupuesto personal y el presupuesto de tu
empresa.
5. Revisa en qué aspectos de ambos presupuestos, puedes mejorar y
ahorrar.
6. En cada caso compara que opciones tienes para obtener mayores ingresos a favor.
7. Si necesitas financiamiento, evalúa cual es la mejor
opción para tu pyme.
8. Evita en lo posible utilizar tu tarjeta de crédito personal para
financiar a la empresa.
9. Analiza cual de las opciones de seguro puede apoyar mejor a tu
organización.
10. Incrementa la confiabilidad de tu empresa ante los demas mediante la
elaboración de registros contables, fiscales, operativos.