ARTÍCULO 103
TÍTULO TERCERO
CAPITULO IV DEL
PODER JUDICIAL
Artículo 103. Los tribunales de la federación resolveran
toda controversia que se suscite:
I. Por leyes o actos de la autoridad que viole las garantías
individuales;
II. Por leyes o actos de la autoridad federal que vulneren o restrinjan la
soberanía de los estados o la esfera de competencia del distrito federal, y;
III. Por leyes o actos de las autoridades de los estados o del distrito
federal que invadan la esfera de competencia de la autoridad federal.
Dicho artículo nos hablara de que asuntos de controversia van a conocer
los Tribunales de la Federación, todo esto de acuerdo al juicio de
amparo.
Juicio de Amparo: Es el medio protector por excelencia de los derechos
mas importantes que tenemos todos quienes nos encontramos en
México, es decir, las garantías individuales, las cuales se
encuentran establecidas en la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
Dicho juicio se tramita ante los órganos del Poder Judicial
de la Federación y procede contra los actos de las autoridades que
violen las garantías individuales.
El juicio de amparo también puede intentarse contra
leyes o actos de las autoridades federales que vulneren o restrinjan la
soberanía de los Estados o bien, contra leyes o actos de estos
últimos que invadan la esfera dela autoridad federal. En los dos últimos casos, la invasión de competencias
debe tener por consecuencia violaciones a las garantías de uno o varios
individuos.
• Juicio de amparo por leyes o actos de la autoridad que violen las
garantías individuales:
Siendo la competencia una garantía consagrada por la constitución
federal en sus artículos 14 y 16, ella implica la realización de
una mejor justicia, y como tal, esta expresamente protegida por el
juicio de amparo en los términos del artículo 107 constitucional,
en relación con la fracción I, del 103, del mismo ordenamiento
constitucional, por cuanto tal juicio tiene por objeto resolver toda
controversia que se suscite por leyes o actos de la autoridad que violen las
garantías individuales, sin excluir ninguna y hasta sería grave
atentado substraer de tal medio de impugnación, la oportunidad de
anulación de actos afectados precisamente de incompetencia; y si la sentencia
que se reclama proviene precisamente de autoridad notoriamente incompetente
para investigar, definir y sancionar los hechos que se atribuyen al quejoso,
sin prejuzgar sobre si los mismos podrían configurar o no algún
ilícito considerado por la ley correspondiente, debe concederse al
quejoso la protección de la justicia federal.
La constitución venezolana de 1999 se convirtió en la primera en
reconocer los derechos de los pueblos indígenas, estableciendo como
oficiales sus lenguas yreconociendo derechos sobre los territorios ocupados
ancestralmente.
Desde el punto de vista ambiental, esta constitución es pionera en la
región al reconocer el derecho de los ciudadanos a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Entre
otros asuntos de índole ambiental, la constitución establece:
Todas las actividades susceptibles de generar daños a los ecosistemas
deben ser previamente acompañadas de estudios de impacto ambiental y
sociocultural. El Estado impedira la entrada al país de desechos
tóxicos y peligrosos, así como la fabricación y uso de
armas nucleares, químicas y biológicas.
El Estado promovera la agricultura sustentable como base estratégica del desarrollo rural integral a fin de
garantizar la seguridad alimentaria de la población.
Es un derecho y un deber de cada generación
proteger y mantener el ambiente en beneficio de sí misma y del mundo futuro.
Toda persona tiene derecho individual y colectivamente a disfrutar de una vida
y de un ambiente seguro, sano y ecológicamente
equilibrado.
El Estado protegera el ambiente, la diversidad
biológica, los recursos genéticos, los procesos
ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales y demas
areas de especial importancia ecológica.
El genoma de los seres vivos no podra ser patentado, y
la ley que se refiera a los principios bioéticos regulara la
materia.
Esuna obligación fundamental del Estado, con la activa
participación de la sociedad, garantizar que la población se
desenvuelva en un ambiente libre de contaminación, en donde el aire, el
agua, los suelos, las costas, el clima, la capa de ozono, las especies vivas,
sean especialmente protegidos, de conformidad con la ley. Composición y
Características
Se compone de un Preambulo, 350 artículos, divididos en 9
Títulos, Capítulos, las Disposiciones Derogatorias, Transitorias
y Finales.
Derechos Humanos y Garantías, y de los Deberes
El título III (art. 19 a 135), posee una densidad normativa importante. Se refiere a Los derechos y deberes constitucionales. El artículo 19, extensa enunciación de los derechos
fundamentales reconocidos en Venezuela,
conserva tradiciones ancestrales de la cultura jurídica venezolana.
Entre los derechos fundamentales reconocidos se cuentan el derecho a la vida,
la igualdad ante la ley, la igualdad en la protección de la ley, a la
honra, a la libertad de conciencia, a la libertad de expresión, de
asociación, el derecho a la propiedad, lo que se refiere a la
ciudadanía. Reconoce la nacionalidad venezolana en las
distintas formas que esta se obtiene, ya sea ius sanguinis, ius solis, por
carta de nacionalización, la aparición de los referendos
revocatorios para todos los cargos de elección popular a mitad de su
periodo Constitucional y muchos derechos mas. Ciertamente, los
derechoshumanos de caracter social son los menos desarrollados en este texto, aunque contiene algunos esbozos al respecto. Esta enumeración se cierra por la garantía de que el
legislador no podra dictar leyes que afecten el núcleo
fundamental o la esencia de estos derechos.
Artículo 23. Los tratados, pactos y
convenciones relativos a derechos humanos, suscritos y ratificados por
Venezuela, tienen jerarquía constitucional y prevalecen en el orden
interno, en la medida en que contengan normas sobre su goce y ejercicio
mas favorables a las establecidas por esta Constitución y la ley
de la República, y son de aplicación inmediata y directa por los
tribunales y demas órganos del Poder P&ua
Se puede decir que las garantías individuales se dividen en: igualdad,
libertad,propiedad y de seguridad jurídica.
Artículo 14: en este artículo en pocas
palabras prevé cuatro garantías individuales: De
irretroactividad, esta no puede aplicarse una ley hacia el pasado si perjudica
a una persona, si la beneficia sí tiene aplicación. Ahora bien,
otra garantía del art. 14 es la de Audiencia, en
este nadie puede ser condenado si antes no ha sido
escuchado y vencido en juicio. Otra es De legalidad, esta conforme a la cual
las sentencias en material Civil deben dictarse conforme a la ley o a la
jurisprudencia, y a falta de ambas conforme a los principios generales del
derecho. La aplicación de la ley penal, en virtud de la cual, no puede
imponerse una pena por analogía ni por
mayorías de razón, las penas deben estar consignadas expresamente
en la ley y exactamente aplicables al delito de que se trate.
Artículo 16: en este artículo como lo indica la
constitución nadie puede ser molestado en su familia, persona,
domicilio, posesiones o derechos, sino mediante mandamientos por escrito, de
autoridad competente y que éste este fundado y motivado en pocas
palabras. Ahora bien Sabido es que el Estado expresa su voluntad a
través del acto administrativo, el cual es un acto de molestia, y que el
Estado tiene todo el derecho de realizarlo, siempre que lo haga satisfaciendo
los requisitos constitucionales de este artículo.