Consultar ensayos de calidad
ley 100 - quiénes son los defensores de los derechos humanos?
Defensor de los derechos humanos Un defensorde derechos humanos es una persona que trabaja, de manera pacífica, en favor de todos los derechos proclamados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Lo puede hacer informando al público sobre violaciones de derechos humanos o promoviendo campañas para la promoción y protección de estos derechos. Defensores de derechos humanos pueden ser abogados que defienden la causa de los presos políticos y su derecho a un juicio justo, madres de desaparecidos que marchan para exigir la verdad sobre la suerte de sus hijos, periodistas, profesores, sindicalistas que luchan por el respeto de sus derechos económicos, comunidades campesinas e indígenas que se organizan para defender el reconocimiento de sus derechos, organizaciones que luchan contra la impunidad de los autores de violaciones de los derechos humanos. La Tutela : es una institución jurídica cuyo objeto es la guarda de la persona y sus bienes, o solamente de los bienes o de la persona, de quien, no estando bajo la patria potestad, es incapaz de gobernarse por sí mismo por ser menor de edad o estar declarado como incapacitado. ACCIÓN DE TUTELA Entendemos El maestro José Becerra Bautista, considera que la prueba testimonial es la que “se origina en la declaración de testigos Sobre la palabra “prueba”, han sido varios los autores que se han pronunciado y dan un significado, el que consideran describe a la perfección dicho término. Enseguida empezaremos con un significado de tantos, que nos brinda el Diccionario de la Real Academia Española. “Prueba: Razón, argumento, instrumento u otro medio con que se pretende mostrar y hacer patente la verdad o falsedad de algo.” Por otro lado, entendemos por prueba a la acción de probar. A su vez, la expresión “probar” deriva del latín “probare” que, en el significado forense se refiere a justificar la veracidad de loshechos en que se funda un derecho de alguna de las partes en un proceso. Cipriano Gómez Lara señala que para el “no es hablar de medios de prueba sino medios de confirmación subdividiéndose en dos grupos • Medios de convicción. Aquellos que simplemente inclinan el animo • Medios de acreditamiento. Aquellos representados por cosas materiales que contienen datos o expresiones significativas sobre hechos o actos jurídicos, por ejemplo: documentos, monumentos, instrumentos o registros.” Eduardo J. Couture señala que los hechos y actos jurídicos son objeto de afirmación o negación en el proceso, por lo tanto en su sentido procesal, la prueba “es un medio de verificación de las proposiciones que los litigantes formulan en el juicio”. MATERIA Y MEDIOS DE TESTIMONIO Normalmente el testigo es sometido a juramento o promesa de decir la verdad. En algunos regímenes (sobre todo El testimonio suele ser obligatorio,salvo cuando median ciertas relaciones de parentesco y cuando existen prohibiciones o dispensas establecidas por la ley (por ejemplo, el secreto profesional). Las partes en un juicio pueden tener un régimen especial en cuanto a la obligación de prestar testimonio. Por ejemplo, en muchos ordenamientos jurídicos las partes (y el el acusado en el proceso penal) no estan obligadas a prestar testimonio, o a hacerlo bajo juramento, o bien su declaración se considera un medio de prueba diferente. EXCEPCION L Las partes no pueden ser testigos. Los representantes legales de las partes no deben ser testigos. Los abogados patronos o asesores de las partes no deben ser testigos. Los incapaces no deben fungir D.- NO PUEDEN SER TESTIGOS, según el Art. 1,262, del Código que se hace mención; I.- El menor de 14 años, sino en casos de imprescindible necesidad, a juicio del juez; II.- Los dementes y los idiotas; III.- Los ebrios consuetinarios; IV.- El que haya sido declarado testigos falso o falsificador de letra, sello o moneda; V.- El tahúr de profesión; VI.- Los ¿Cuando Procede? Cuando resulten vulnerados o amenazados los derechos constitucionales fundamentales, aun aquellos que no se encuentren textualmente consagrados en la constitución, pueden invocarse aduciendo una conexidad con los derechos fundamentales, por la acción u omisión de cualquier autoridad pública. ¿Qué derechos protege la acción de tutela? La acción de tutela protege los derechos fundamentales. Algunos de éstos derechos fundamentales son la vida, la integridad personal, la igualdad, el reconocimiento de la personalidad jurídica, la libertad de conciencia, de religión, de expresión, de circulación, de escogencia de profesión u oficio, de enseñanza y aprendizaje y de investigación y de catedra, los derechos a la honra y al buen nombre, al debido proceso, a la defensa y a elegir y a ser elegido. También son derechos fundamentales el derecho de petición (ya estudiado), de asociación y los derechos de los niños. Política de privacidad |
|