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Analisis jurisprudencial sentencia nc- 355 de 2006 - ANALISIS JURISPRUDENCIAL



PROGRAMA DE DERECHO
FUNDACION UNIVERSITARIA AGRARIA DE COLOMBIA
ANALISIS JURISPRUDENCIAL

A. ANALISIS CONCEPTUAL

I. IDENTIFICACION DE LA PROVIDENCIA
CORTE CONSTITUCIONAL SENTENCIA C-355/06 2
REFERENCIA: EXPEDIENTES D- 6122, 6123 Y 6124.

DEMANDAS DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA LOS ARTS. 122, 123 (PARCIAL), 124, MODIFICADOS POR EL ART. 14 DE LA LEY 890 DE 2004, Y 32, NUMERAL 7, DE LA LEY 599 DE 20000 CÓDIGO PENAL.

DEMANDANTES: MÓNICA DEL PILAR ROA LÓPEZ, PABLO JARAMILLO VALENCIA, MARCELA ABADÍA CUBILLOS, JUANA DÁVILA SÁENZ Y LAURA PORRAS SANTILLANA.

MAGISTRADOS PONENTES:
DR. JAIME ARAÚJO RENTERÍA
DRA. CLARA INÉS VARGAS HERNANDEZ


II. HECHOS RELEVANTES
En el año 2006, luego de un intenso debate nacional e internacional, mediante Sentencia C-355 de 2006 la Corte Constitucional despenalizó el aborto en tres circunstancias específi cas: a) Cuando la continuación del embarazo constituya peligro para la vida o la salud de la mujer; b) cuando exista grave malformación del feto que haga inviable su vida y c) cuando el embarazo sea resultado de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo, inseminación artifi cial, transferencia de óvulo fecundado no consentidas, o de incesto.


el problema jurídico de carácter constitucional que se planteaba en las demandas D- 6122, D – 6123 y D- consiste en cuestionar la interrupción del embarazo como conducta punible , por cuanto dichas tipificaciones atentan gravemente contra La vida , la libertad; libre desarrollo de la personalidad;privacidad o intimidad; igualdad; la integridad personal, la salud y la autonomía reproductiva de la madre e igualmente viola la dignidad humana de la mujer y su libertad de conciencia.

Por tal razón, el suscrito Magistrado consideraba que antes de efectuar análisis de fondo, debería procederse en primer lugar ,( I ) a establecer el contenido Constitucional del derecho a la vida ( 1 ) ; el Status jurídico de la mujer en la constitución de 1991 ( 2 ); así como el contenido jurídico de la Cláusula General de Libertad( 3 ) y sus especificaciones en el libre desarrollo y la dignidad; el derecho a la salud; (4) para en un segundo lugar ( II ) confrontar a la luz de dichos contenidos las normas acusadas.



III. ASPECTO JURIDICO CONSIDERADO
(Es el derecho objeto de debate en el proceso en el cual la corporación toma su decisión plasmada en la sentencia).
Ejemplo Habeas Data.

IV. PARTES
(Se debe establecer sujeto activo y sujeto pasivo de la actuación surtida en el proceso. No se relacionan nombres completos sino las letras que sean establecido en los hechos relevantes).
Ejemplo:
DEMANDAS
Los principales argumentos de la demanda son
1. Libertades, autonomía y libre desarrollo de la personalidad.:Aquellos asuntos que sólo atañen a la persona, deben ser decididos sólo por ella.
2. Proporcionalidad: La obligación de tener un/a hijo/a no implica la mera decisión de engendrarlo por un período de nueve meses en el vientre de la madre; implica una serie de responsabilidades econó- micas, sociales y psicológicas, que afectala integridad y la vida de la mujer.
3. Igualdad: La penalización de una práctica médica que sólo requieren las mujeres viola el derecho a la igualdad e ignora los efectos diferenciales que un embarazo no deseado tiene en la vida de mujeres jóvenes, de bajos recursos, y/o de distinto origen étnico.
4. Tratos crueles, inhumanos y degradantes (malformaciones): La más reciente decisión del Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas, establece que no garantizar la posibilidad de un aborto legal y seguro cuando existen graves malformaciones fetales, es una violación al derecho a estar libre de tortura y tratos crueles, inhumanos y degradantes. En estos casos, las mujeres usualmente tienen embarazos deseados y su inviabilidad las afecta extremadamente.
5. Prescindir de la pena vs. Tener un derecho: Un claro ejemplo de la necesidad de prescindir de la pe na se da cuando una mujer es abusada sexualmente. Al estigma de haber sido violada se suma el des cubrir que está embarazada pro ducto de dicho abuso. Si la mu jer decide interrumpir el embarazo no sólo tiene que someterse a un aborto clandestino y por lo tanto peligroso para su integridad, sino que si es denunciada, tiene entonces que pasar por un proceso penal en el que será acusada, culpada y sindicada de haber cometido un delito.
6. Dignidad:El principio de la dignidad humana (art. 1 de la Constitución Política) es gravemente vul nerado cuando una mujer es violada, artifi cialmente inseminada o es víctima de transferencia de óvulo fecundado no consentida. En estassituaciones, la mujer es instrumentalizada sea para satisfacer los impulsos del violador, los planes del inseminador o los deseos del interesado en la transferencia del óvulo.
7. Vida, salud e integridad: La vida física, la integridad personal y la salud de la mujer pueden verse seriamente amenazadas por problemas en el embarazo.

CONSIDERACIONES Y FUNDAMENTOS DE LA CORTE
1. La vida como un bien constitucionalmente relevante que debe ser protegido por el Estado colombiano, y su diferencia con el derecho a la vida: La Sentencia hace una distinción entre la vida como un bien constitucionalmente protegido y el derecho a la vida como un derecho subjetivo de carácter fundamental. Para la Constitución Política de 1991, la vida tiene el carácter de un valor y de derecho fundamental. Por lo tanto, está a favor de una protección general de la vida. Esto implica que el Estado tiene la obligación de proteger la vida en dos sentidos.
2. La vida y los tratados internacionales de derechos humanos que hacen parte del bloque de constitucionalidad: La Corte hace un análisis del reconocimiento que sobre la vida establecen los instrumentos internacionales que constituyen el bloque de constitucionalidad.
3. Los derechos fundamentales de las mujeres en la Constitución Política Colombiana y en el derecho internacional: Se parte del reconocimiento de los de rechos de las mujeres tanto en la Constitución Política Colombiana de 1991 como en diferentes instrumentos del derecho internacional.

V. PROBLEMA JURIDICO
(Es el problema planteado ante lacorporación cuya respuesta es la solución establecida por las altas cortes. Se debe formular como pregunta, y no debe ser extensa. En el problema jurídico se debe incluir los hechos, las partes, y el aspecto jurídico.)
Ejemplo: sEs jurídicamente viable que A pueda incoar acción de tutela en contra de B para defender su derecho al habeas data habiendo cancelado la totalidad de la obligación contractual?

VI. TESIS.
(Es la respuesta al problema jurídico planteado tanto por el Tribunal, Juzgado y la Alta Corporación. Se debe dar la respuesta a la tesis con un SI o un NO.)
Ejemplo
Tribunal: No.
Corte Constitucional. Si


VII. EXPLICACION DE LA TESIS
(Se debe explicar las respuestas establecidas en la tesis por parte del Juzgado o Tribunal y la de la alta corporación).

VIII. METODO
(Es el método empleado por la Corporación para tomar su sentencia. Puede ser EXEGETICO, SISTEMATICO O SOCIOLOGICO. Unicamente se escribe el Método sin explicarlo.)

IX. SALVAMENTO DE VOTO
(Si en la sentencia se presenta salvamento de voto por parte de uno o varios magistrados se debe hacer alusión a ello con un extracto del salvamento.)

B. ANALISIS CRITICO

(El estudiante debe sentar su posición frente al fallo de la corporación. Debe manifestar si está o no de acuerdo con el fallo de la alta corte. Además en el análisis debe incluir jurisprudencias relacionadas con el aspecto jurídico debatido y doctrina que permita identificar que el estudiante analizó e investigó acerca del derecho debatido por la alta corporación).


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