PROGRAMA DE DERECHO
FUNDACION UNIVERSITARIA AGRARIA DE COLOMBIA
ANALISIS JURISPRUDENCIAL
A. ANALISIS CONCEPTUAL
I. IDENTIFICACION DE LA PROVIDENCIA
CORTE CONSTITUCIONAL SENTENCIA C-355/06 2
REFERENCIA: EXPEDIENTES D- 6122, 6123 Y 6124.
DEMANDAS DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA LOS ARTS. 122, 123 (PARCIAL), 124, MODIFICADOS POR EL ART. 14 DE LA LEY 890 DE 2004, Y 32, NUMERAL 7, DE LA LEY 599 DE 20000
CÓDIGO PENAL.
DEMANDANTES: MÓNICA DEL PILAR ROA LÓPEZ, PABLO JARAMILLO VALENCIA, MARCELA
ABADÍA CUBILLOS, JUANA DÁVILA SÁENZ Y LAURA PORRAS SANTILLANA.
MAGISTRADOS PONENTES:
DR. JAIME ARAÚJO RENTERÍA
DRA. CLARA INÉS VARGAS HERNANDEZ
II. HECHOS RELEVANTES
En el año 2006, luego de un
intenso debate nacional e internacional, mediante Sentencia C-355 de 2006 la Corte Constitucional
despenalizó el aborto en tres circunstancias específi cas: a) Cuando la continuación del embarazo constituya peligro para la vida o la salud de la mujer; b) cuando exista grave malformación del feto que haga
inviable su vida y c) cuando el embarazo sea resultado de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo, inseminación artifi cial, transferencia de óvulo fecundado no consentidas, o de incesto.
el problema jurídico de carácter constitucional que se planteaba en las demandas D- 6122, D – 6123 y
D- consiste en cuestionar la interrupción del embarazo como conducta
punible , por cuanto dichas tipificaciones
atentan gravemente contra
La vida , la libertad; libre desarrollo de la personalidad;privacidad o intimidad;
igualdad; la integridad
personal, la salud y la autonomía
reproductiva de la madre e igualmente viola la dignidad humana de la mujer y su libertad de conciencia.
Por tal razón,
el suscrito Magistrado consideraba que antes de efectuar análisis de fondo, debería procederse en primer lugar ,( I )
a establecer el contenido Constitucional del derecho a la vida ( 1 ) ; el Status jurídico
de la mujer en la constitución
de 1991 ( 2 ); así como el contenido jurídico de la Cláusula General de Libertad( 3 )
y sus especificaciones en
el libre desarrollo y la dignidad; el derecho a la salud; (4) para en un segundo lugar ( II ) confrontar a la luz de dichos contenidos las normas acusadas.
III. ASPECTO JURIDICO CONSIDERADO
(Es el derecho objeto de
debate en el proceso en el cual
la corporación toma su decisión plasmada
en la sentencia).
Ejemplo
Habeas Data.
IV. PARTES
(Se debe establecer sujeto activo y sujeto pasivo de la actuación surtida en el proceso. No se relacionan nombres completos sino las letras
que sean
establecido en los hechos relevantes).
Ejemplo:
DEMANDAS
Los principales argumentos
de la demanda son
1. Libertades, autonomía y libre desarrollo de la personalidad.:Aquellos asuntos que sólo atañen
a la persona, deben ser decididos
sólo por ella.
2. Proporcionalidad: La obligación
de tener un/a hijo/a no implica la mera decisión de engendrarlo por un período de nueve meses en el vientre de la madre; implica una serie
de responsabilidades econó-
micas, sociales y psicológicas,
que afectala integridad y la vida de la mujer.
3. Igualdad: La penalización
de una práctica médica que sólo
requieren las mujeres viola el derecho a la igualdad e ignora los efectos diferenciales
que un embarazo
no deseado tiene en la vida de mujeres jóvenes, de bajos recursos, y/o de distinto origen étnico.
4. Tratos crueles, inhumanos y degradantes (malformaciones): La más reciente decisión del Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas, establece que no garantizar la posibilidad de un aborto legal y seguro cuando existen
graves malformaciones fetales,
es una violación
al derecho a estar libre de tortura y tratos crueles, inhumanos y degradantes. En estos casos,
las mujeres usualmente tienen embarazos deseados y su inviabilidad las afecta extremadamente.
5. Prescindir de la pena vs. Tener un derecho: Un claro ejemplo de la necesidad de prescindir de la pe na se da cuando
una mujer es abusada sexualmente.
Al estigma de haber
sido violada se suma el des cubrir que está embarazada
pro ducto de dicho abuso. Si la mu
jer decide interrumpir el embarazo no sólo tiene que someterse
a un aborto clandestino y por lo tanto peligroso para su integridad,
sino que si es denunciada,
tiene entonces que pasar por
un proceso penal en el que será acusada, culpada
y sindicada de haber cometido un delito.
6. Dignidad:El principio de
la dignidad humana (art. 1
de la Constitución Política)
es gravemente vul nerado cuando
una mujer es violada, artifi
cialmente inseminada o es víctima de transferencia
de óvulo fecundado no consentida. En estassituaciones,
la mujer es instrumentalizada sea para satisfacer los impulsos del
violador, los planes del inseminador o los deseos del
interesado en la transferencia
del óvulo.
7. Vida, salud e integridad:
La vida física, la integridad personal y la salud de
la mujer pueden verse seriamente amenazadas por problemas en el embarazo.
CONSIDERACIONES Y FUNDAMENTOS DE LA CORTE
1. La vida como un bien constitucionalmente relevante que debe ser protegido
por el Estado colombiano, y su diferencia con el derecho a la vida: La Sentencia hace una distinción
entre la vida como un bien
constitucionalmente protegido
y el derecho a la vida como
un derecho subjetivo de carácter fundamental. Para
la Constitución Política de
1991, la vida tiene el carácter de un valor y de derecho fundamental. Por lo tanto, está
a favor de una protección
general de la vida. Esto implica
que el Estado tiene la obligación de proteger la vida en dos sentidos.
2. La vida y los tratados internacionales de derechos humanos que hacen parte
del bloque de constitucionalidad: La
Corte hace un análisis del reconocimiento
que sobre la vida establecen los instrumentos internacionales que constituyen el bloque de constitucionalidad.
3. Los derechos fundamentales
de las mujeres en la Constitución Política Colombiana y en el derecho internacional: Se parte del reconocimiento
de los de rechos de las mujeres tanto
en la Constitución Política
Colombiana de 1991 como en diferentes instrumentos del
derecho internacional.
V. PROBLEMA JURIDICO
(Es el problema planteado
ante lacorporación cuya respuesta es la solución establecida por las altas
cortes. Se debe formular como pregunta, y no debe ser extensa. En el problema
jurídico se debe incluir los hechos,
las partes, y el aspecto jurídico.)
Ejemplo: sEs jurídicamente
viable que A pueda incoar acción
de tutela en contra de B para
defender su derecho al
habeas data habiendo cancelado
la totalidad de la obligación
contractual?
VI. TESIS.
(Es la respuesta al problema jurídico planteado tanto por el Tribunal, Juzgado y la
Alta Corporación. Se debe
dar la respuesta a la tesis con un SI o un NO.)
Ejemplo
Tribunal: No.
Corte Constitucional. Si
VII. EXPLICACION DE LA TESIS
(Se debe explicar las respuestas establecidas en la tesis por parte del
Juzgado o Tribunal y la de la alta
corporación).
VIII. METODO
(Es el método empleado por la Corporación para tomar su
sentencia. Puede ser EXEGETICO, SISTEMATICO O SOCIOLOGICO. Unicamente se escribe el Método sin explicarlo.)
IX. SALVAMENTO DE VOTO
(Si en la sentencia se presenta salvamento de voto por parte
de uno o varios magistrados se debe hacer alusión a ello con un extracto
del salvamento.)
B. ANALISIS CRITICO
(El estudiante debe sentar su posición
frente al fallo de la corporación. Debe manifestar si está
o no de acuerdo con el fallo
de la alta corte. Además en el análisis debe incluir
jurisprudencias relacionadas
con el aspecto jurídico debatido y doctrina que permita identificar
que el estudiante analizó e investigó acerca del derecho
debatido por la alta corporación).