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El delito - derecho penalDerecho Penal 1. Como así consta en la documental pública que acompaño a este escrito el día veinticinco de febrero del año dos mil diez, mediante testimonio público de cesión de derechos a título oneroso, el que suscribe HUGO CUAPIO SANTACRUZ adquirí por parte del señor LUIS GONZAGA LOZANO HUERTA y por la cantidad de DIEZ MIL PESOS, CERO CENTAVOS, MONEDA NACIONAL, los derechos depropiedad del bien inmueble denominado “CIENEGA VIEJA”, ubicado en predio urbano sin construcción que se identifica como “LA BARRANCA”, ubicado en Santa María Acuitlapilco, Municipio de Tlaxcala, el cual tiene las medidas y colindancias siguientes: NORTE: setenta y cinco metros y linda con Calle Iztaccihuatl. SUR: setenta y cinco metros, linda con Agustín Vazquez Guevara. ORIENTE: diecisiete metros y linda con Santa María Acuitlapilco. PONIENTE: diecisiete metros y linda con Barranca. 2. Desde que el señor LUIS GONZAGA LOZANO HUERTA me vendió el bien inmueble multicitado, éste lo he tenido en posesión civil por el simple hecho de haberlo obtenido mediante un acto jurídico traslativo de dominio, como lo es el contrato de compraventa referido, siendo aplicable a esta aseveración las jurisprudencias que emitieron los Ministros de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, las cuales trascribo a continuación PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA. EL CONTRATO DE COMPRAVENTA ES UN MEDIO APTO PARA ACREDITAR LA POSESIÓN EN CONCEPTO DE DUEÑO, AUN CUANDO SE ENCUENTRE PENDIENTE DE SATISFACER EL PAGO RESPECTIVO. Para demostrar la posesión en concepto de dueño es necesario acreditar la existencia de un título del que se derive la posesión originaria, es decir, de un título cuya naturaleza sea traslativa de dominio; por consiguiente, si el contrato de compraventa, cuando es de fecha cierta y tratandose de un biencierto y determinado, tiene tal caracter, es inconcuso que es apto para acreditar que el comprador posee a título de dueño, resultando irrelevante la falta de pago del precio, pues ese incumplimiento no afecta el caracter de la posesión originaria del comprador, la cual se detenta en virtud de un título cuya finalidad es la transmisión permanente de la propiedad, misma que no se altera por la omisión en el pago, toda vez que ello es materia del cumplimiento del contrato, que no modifica su naturaleza y, por ende, la de la posesión originaria. No. Registro: 189,280. Jurisprudencia. Materia(s): Civil. Novena Época. Instancia: Primera Sala. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. XIV, julio de 2001. Tesis: 1a. /J. 40/2001. Pagina: 320. PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA. PARA QUE SE ENTIENDA SATISFECHO EL REQUISITO DE LA EXISTENCIA DE LA 'POSESIÓN EN CONCEPTO DE PROPIETARIO' EXIGIDO POR EL CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL Y POR LAS DIVERSAS LEGISLACIONES DE LOS ESTADOS DE LA REPÚBLICA QUE CONTIENEN DISPOSICIONES IGUALES, ES NECESARIO DEMOSTRAR LA EXISTENCIA DE UN TITULO DEL QUE SE DERIVE LA POSESIÓN. De acuerdo con lo establecido por los artículos 826, 1151, fracción I, y 1152 del Código Civil para el Distrito Federal, y por las legislaciones de los Estados de la República que contienen disposiciones iguales, para usucapir un bien raíz, es necesario que la posesión Política de privacidad |
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