DERECHOS HUMANOS
Para la declaración de la ONU de 1948,
véase Declaración Universal de los Derechos Humanos..
Los Derechos Humanos son aquellas 'condiciones instrumentales
que le permiten a la persona su realización'
En consecuencia subsume aquellas libertades, facultades, instituciones o
reivindicaciones relativas a bienes primarios o basicos2 que
incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición humana,
para la garantía de una vida digna, «sin distinción alguna
de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o
de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición
económica, nacimiento o cualquier otra condición».3
Para autores iusnaturalistas los derechos humanos son independientes
o no dependen exclusivamente del ordenamiento
jurídico vigente, por lo que son considerados fuente del
Derecho; sin embargo desde el positivismo jurídico la realidad
es que solamente los países que suscriben los Pactos
Internacionales de Derechos Humanos o Pacto Internacional de Derechos
Civiles y Políticos (PIDCP) y el Pacto Internacional de
Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) y sus
Protocolos -Carta Internacional de Derechos Humanos- estan obligados
jurídicamente a su cumplimiento.4 Así, por ejemplo, en
relación con la pena de muerte, contraria a
la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Segundo
Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y
Políticos, destinado a abolir la pena de muerte no ha sido firmado por
países como la República Popular
China, Iran, Estados
Unidos, Vietnam,Japón, India o Guatemala.5
Desde un punto devista mas relacional, los derechos humanos se han
definido como las condiciones que permiten crear una relación integrada
entre la persona y la sociedad, que permita a
los individuos ser personas jurídicas,
identificandose consigo mismos y con los otros.
Qué son los derechos humanos?
Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin
distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen
nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra
condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos,
sin discriminación alguna. Estos derechos son
interrelacionados, interdependientes e indivisibles.
Los derechos humanos universales estan a menudo contemplados en la ley y
garantizados por ella, a través de los
tratados, el derecho internacional consuetudinario, los principios generales y
otras fuentes del
derecho internacional. El derecho internacional de los derechos humanos
establece las obligaciones que tienen los gobiernos de tomar medidas en
determinadas situaciones, o de abstenerse de actuar de determinada forma en
otras, a fin de promover y proteger los derechos humanos y las libertades
fundamentales de los individuos o grupos
Derechos y obligaciones
Los derechos humanos incluyen tanto derechos como obligaciones. Los Estados
asumen las obligaciones y los deberes, en virtud del derecho internacional, de respetar,
proteger y realizar los derechos humanos . La
obligación de respetarlos significa que los Estados deben abstenerse de
interferir en el disfrute de los derechos humanos, o de limitarlos. La
obligación de protegerlos exige que losEstados impidan los abusos de los
derechos humanos contra individuos y grupos. La obligación de
realizarlos significa que los Estados deben adoptar medidas positivas para
facilitar el disfrute de los derechos humanos basicos. En el plano individual, así como debemos hacer
respetar nuestros derechos humanos, también debemos respetar los
derechos humanos de los demas.
¿Cuales son los derechos humanos?
Toda persona tiene derecho
A la vida.
A la integridad personal -física, psíquica
y moral.
A la libertad personal.
A peticionar ante las autoridades.
A la libertad de expresión.
A la protección de la libertad de conciencia y de
religión.
A reunirse libremente y a asociarse.
A la identidad y la nacionalidad.
A la propiedad privada.
A circular y a residir en el territorio de un Estado.
A un juicio justo en un plazo razonable ante un
tribunal
objetivo, independiente e imparcial y a la doble instancia judicial.
A la presunción de inocencia.
A la defensa.
A no ser discriminado.
A trabajar.
A la salud.
A la cultura.
A la protección y asistencia familiar.
A la asistencia de niños y adolescentes.
A recibir protección y asistencia durante el
embarazo
y parto.
A una alimentación, vestido y vivienda adecuadas.
A la educación pública y gratuita en todos
los niveles de enseñanza.
A un medio ambiente sano y equilibrado.
A la autodeterminación de los pueblos.
A la protección de su salud, seguridad e intereses
económicos y a una información adecuada y veraz
en relación al consumo y uso de bienes y
servicios
A vivir en paz.
Al desarrollo humano económico y socialsostenible.
El catalogo completo de derechos humanos puede
encontrarse
en la Constitución Nacional y en los instrumentos
jurídicos
internacionales sobre derechos humanos vigentes en la República
Argentina.
¿Quién garantiza el ejercicio de los derechos
humanos?
El Estado es el responsable de respetar, garantizar y
promover
el ejercicio de los derechos humanos. Respetarlos
significa no
interferir con areas específicas de la vida individual;
garantizarlos implica adoptar las medidas necesarias para lograr
su satisfacción en la población, y asegurar la
prestación
de determinados servicios.
¿Qué recursos tiene el Estado para garantizar
el ejercicio de los derechos humanos?
Los derechos humanos estan contemplados en la primera
parte de la Constitución Nacional. Incluso en el
año
1994, a través del artículo 75 inciso 22
se han
incorporado a la Constitución Nacional una serie de instrumentos
jurídicos internacionales sobre derechos humanos.
Asimismo, estan vigentes en la República Argentina
una serie de instrumentos jurídicos universales e interamericanos
así como
leyes, decretos y otras normas jurídicas.
La normativa sobre derechos humanos se puede visitar en:
https://www.derhuman.jus.gov.ar/normativa/index.htm
Pero no basta con que los derechos estén definidos en la
Constitución, para que sean ejercidos
cada persona tiene
que conocerlos, vigilar su cumplimiento y defenderlos.
La Secretaría de Derechos Humanos tiene entre sus objetivos
la promoción de estos derechos. Ademas, la
Constitución
Nacional ha creado por su artículo 86al Defensor del Pueblo
de la Nación, un órgano independiente instituido
en el ambito del
Congreso de la Nación, que actúa
con plena autonomía funcional, sin recibir instrucciones
de ninguna autoridad. Su misión es la defensa y protección
de los derechos humanos y demas derechos, garantías
e intereses tutelados en la Constitución y las leyes, ante
hechos, actos u omisiones de la Administración; y el control
del ejercicio de las funciones administrativas públicas.
¿Qué función cumple la Secretaría
de Derechos Humanos?
La Secretaría de Derechos Humanos promueve el conocimiento
y el ejercicio de los derechos humanos en todo el país.
Para ello, asiste al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
en todo lo concerniente a la elaboración y ejecución
de las políticas, planes y programas para la promoción
y la protección de los derechos civiles, políticos,
económicos, sociales, culturales, comunitarios y los derechos
de incidencia colectiva en general y coordina las acciones vinculadas
a la promoción y protección de los derechos humanos
con otros Ministerios del Poder Ejecutivo Nacional, el Poder Judicial,
el Ministerio Público, el Defensor del Pueblo y el Congreso
de la Nación y con las organizaciones de la sociedad civil,
en especial las organizaciones gubernamentales de derechos humanos.
Asimismo, interviene en la observación activa, el seguimiento
y la denuncia de casos y situaciones relativos a los derechos
humanos, civiles, políticos, económicos, sociales,
culturales, comunitarios y de incidencia colectiva, conjuntamente
con los organismos nacionales, provinciales, municipales y organizaciones
de la sociedad civil vinculados a la tematica.
¿Dónde se puede dirigir una consulta o
una denuncia sobre derechos humanos?
En el año 2003 se creó un area especial
dentro de la Secretaría de Derechos Humanos para recepcionar
el conjunto de denuncias que tengan por tematica la
violación
de los derechos humanos fundamentales amparados por la
Constitución
Nacional, incluyendo aquellos que son de competencia específica
del INADI y del Programa Anti-Impunidad, las cuales son giradas
a estos organismos para su tramitación ulterior.
Para comunicarse hay que dirigirse al Centro
de Recepción
de Denuncias y Orientación Ciudadana de lunes a viernes
de 10 a 16 hs.
Derechos Humanos
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos.
Los Derechos Humanos constituyen la razón de ser del Estado de
Derecho por ser éste la institucionalización jurídica de
la democracia. Estamos, pues ante tres conceptos - Derechos Humanos, Estado de
Derecho y Democracia- íntima y profundamente imbricados. Estas
relaciones deben entenderse como procesos históricos y
continuos, que tienen el objeto de construir, desde el mundo de los valores,
una sociedad civil mas vertebrada capaz de incorporarlos a los nuevos
movimientos sociales. Desde esta sociedad se deberan impulsar
políticas concretas, mas y mejor orientadas, para lograr hacer
realidad los valores éticos, constitucionales y de cohesión
social que representan la libertad, el bienestar, la solidaridad y la
igualdad