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Derecho provincial - El derecho público provincialUNIDAD I: El derecho público provincial Bas: El derecho publico provincial es la rama de las ciencias jurídicas que trata de la organización de gobierno autónomo de las provincias, dentro del estado federal, determinando, a la vez, los objetos, forma y condiciones en el ejercicio de la autoridad local. Iturrez: El derecho público provincial es la parte del derecho público general que se ocupa de la organización autonómica de la provincia dentro del estado federal, el deslinde decompetencias y de las relaciones de poder entre ambas esferas de gobierno. Contenido El derecho publico provincial toma Fuentes. La Constitución Nacional. La Constitución Provincial. Las leyes nacionales y provinciales. La doctrina y la jurisprudencia (especialmente de la corte suprema de justicia de la nación). Son fuentes inexcusables la carta magna, las constituciones provinciales y la jurisprudencia de la corte suprema de justicia y la de los tribunales supremos provinciales. Sus antecedentes surgen de la forma federal adoptada por la carta magna de 1853 y la confederada por el pacto federal de 1831. El federalismo. El estado federal. Concepto. El federalismo es una técnica de poder que distribuye facultades estatales. Toda distribución de poder implica una determinación de límites científicos y legales, que el derecho público provincial aborda El federalismo no es un único sistema o forma de organización estatal, sino que por el contrario, hay tantos federalismos El federalismo es, en primer lugar, una forma de descentralización territorial El principio fundamental Elementos: Diversidad de comunidades. Voluntad común derelacionarse para fines comunes (vivir en común). Voluntad para preservar las identidades (autonomía). Pacto federal, que es la resultante de las voluntades coincidentes. Características: 1. Vincula a sujetos colectivos: La relación federal se establece entre estados; un estado central y sus estados miembros (provincias). Estos son los sujetos de la relación federal y entre estos se producen las tres relaciones típicas (subordinación, participación y coordinación). 2. Vocación de permanencia: La unión federal se constituye para durar en el tiempo. 3. Es concreta y singular: Cada expresión federal es única y distinta a otras experiencias, aunque se pueda hablar de influencias o inspiraciones de unos modelos sobre otros. === 4. Es histórica: === Cada relación federal nace y se desarrolla en una realidad histórica determinada, y es influida por las particulares circunstancias de cada caso. 5. Es dinamica: Constituye un proceso evolutivo. 6. Constituye un sistema: La federación es un sistema con el cual diversos grupos humanos, in perder su autonomía en lo que les es peculiar y propio, se asocian y subordinan al conjunto de los de su especie para todos los fines que les son comunes. Principios: Solidaridad: Es el impulso que lleva a diversas comunidades a unirse en un destino común. Subsidiariedad: Implica que una organización política superior no debe absorber las competencias que pueden ser adecuadamente ejercidas por las estructuras de nivel inferior. Participación: Todos los protagonistas de la relación federal tienen derecho a participar dela toma de decisiones Relaciones basicas: Subordinación: Implica la supremacía federal. • Artículo 5: Cada provincia dictara para sí una Constitución bajo el sistema representativo republicano, de acuerdo con los principios, declaraciones y garantías de la Constitución Nacional; y que asegure su administración de justicia, su régimen municipal, y la educación primaria. Bajo de estas condiciones, el Gobierno federal, garante a cada provincia el goce y ejercicio de sus instituciones. • Artículo 31: Esta Constitución, las leyes de la Nación que en su consecuencia se dicten por el Congreso y los tratados con las potencias extranjeras son la ley suprema de la Nación; y las autoridades de cada provincia estan obligadas a conformarse a ella, no obstante cualquiera disposición en contrario que contengan las leyes o Constituciones provinciales, salvo para la Provincia de Buenos Aires, los tratados ratificados después del pacto del 11 de noviembre de 1859. Participación: Implica reconocer el derecho de los estados miembros a formar parte de la toma de decisiones que realice el gobierno federal. Coordinación: La coexistencia de dos órdenes de gobierno con sus respectivas facultades requiere delimitar las competencias; existen tres sistemas: • El primero consiste en que todo lo que no este expresamente atribuido al estado federal se considera competencias conservadas por los estados miembros (caso argentino); • El segundo, por el contrario, todo lo que no se encuentra expresamente atribuido a los estados miembros se considera competenciaresidual del estado federal; • El tercero es la enumeración expresa de las competencias del estado federal y de los estados miembros. Soberanía. La soberanía es una expresión de poder que no admite un poder superior (interior o exterior), al poder calificado de soberano. De allí, que el estado nacional es el único que goza de la titularidad de ese caracter y es la manifestación de poder superior que no admite mutilación o dependencia. Es una calidad política cuya defensa esta consustanciada con la nacionalidad que no puede limitarse a las formas de política constitucionales, sino a la real facultad de decisión independiente Concepto: La soberanía es un elemento modal de la estructura dinamica de la forma política moderna. Cualifica el poder y determina sus relaciones de la estructura. Es un elemento o atributo A) posada la define B) concepto. 1) la soberanía es un elemento modal de la estructura dinamica de la forma política moderna. Cualifica el poder y determina sus relaciones de la estructura. Es un elemento o atributo 2) convierte a un determinado poder político en supremo, adicionando a su capacidad de dirección la de obrar 3) el poder determinado 4) la soberanía se encuentra relacionada con el imperio de la ley, segundo elemento modal de la estructura 5) 6) como cualidad del poder, se refiere al poder en el estado, es comprendida como soberanía interior y determina aquel poder en el estado que no reconoce a ningún otro por encima de el. Ese poder es el poder constituyente y reside en la nación o pueblo, quien confiere poder de autoridad o dominación a sus representantes, con el fin del ejercicio concreto del poder constituido. C) historia. 1) el concepto nace de la lucha de la realeza francesa con el imperio y el papado, por una parte, y con la feudalidad, por la otra. 2) por primera vez se hace mención de ella en una maxima 3) es una fórmula utilizada en la lucha política para condensar la independencia exterior y la supremacía interior en un centro unitario de poder convirtiendo al rey en depositario de la legislación y la jurisdicción. 4) sus efectos son legitimar el establecimiento de la monarquía absoluta en francia, inglaterra y alemania. Convertida en soberanía D) soberanía 1) la revolución francesa, a través de la declaración de derechos de 1789 y de la constitución de 1791, proclamó a la nación como soberana. El poder político supremo en el estado, concentrado en manos 2) el poder caracterizado 3) la soberanía reside en la comunidad nacional, ésta es el sujeto concreto de la soberanía y cualifica el poder originario o constituyente de que se encuentra investida. La soberanía en el derecho público actual, aparece Autonomía. La autonomía es la expresión de poder que faculta a darse las normas regulatorias organizativas, por el propio organismo autónomo. Hay quetener en cuenta el art. 31 cn (principio de autonomía, interpretandolo en relación al artículo 75 inc. 22 de la c.n.). De manera tal que en la org. Const. Concepto: Calidad o condición de un pueblo política y económicamente independiente, sujeto a las leyes que emanan exclusivamente de su seno. La autonomía es un concepto eminentemente político que se emplea en dos sentidos: 1) sentido estricto o propio: autonomía ( Por otra parte, la circunstancia de que dicha facultad esté limitada por la constitución 2) sentido político, actual y amplio: autonomía significa facultad de una comunidad humana de gobernarse a si mismo por autoridades elegidas de su seno; así entendida, autonomía equivale a independencia. Los municipios según la actual redacción Entes autónomos Autonomía significa que el ente tiene poder para darse su propia ley y regirse por ella. La autonomía denota siempre un poder de legislación, que ha de ejercitarse dentro de lo permitido por el ente soberano. La autonomía es un concepto político porque político es el poder de propia legislación. Los entes autónomos son personas jurídicas públicas, que tienen una amplia capacidad de administración propia y facultades legislativas. Pueden estar sometidas a un control mas o menos intenso de las autoridades centrales. Autarquía. La autarquía es la facultad que tiene un órgano estatal de auto administrarse. El ente autarquico debe gozar de una personalidad jurídica, fines y forma pública subordinados a control de un poder superior. Las universidades, según el art. 75 inc 19 de la c.n. tienen garantizada la “autonomía y autarquía”, autonomía (facultad de dictar su propio estatuto); autarquía porque pueden auto-administarse y funcionar subordinandose a control de un poder superior, en base a la ley reglamentaria del ente autarquico. Concepto: palabra de origen griego, con la cual se designa la calidad En derecho administrativo llamase entes autarquicos a aquellos que tienen capacidad para administrarse a si mismos y dictar sus propias normas jurídicas, sin perjuicio del control administrativo que el estado ejerce sobre ellos, por oposición a los entes descentralizados, cuyo gobierno y regulación jurídica depende directamente de otro superior, al que se hallan subordinados. Se caracterizan por satisfacer intereses públicos específicos e integrar los cuadros de la administración pública; se administran a si mismos para lo cual tienen un patrimonio y presupuesto propios; deben ser creados por ley emanada del parlamento o congreso, o bien por decreto del poder ejecutivo; por lo general, no se hallan subordinados a la administración pública central sin perjuicio del control que sobre ellos ejerce el estado; etcétera. Ver descentralización. Los entes autarquicos (v) reciben sus atribuciones directamente de la ley y no de superior jerarquico, por lo que tales atribuciones las ejercen bajo su responsabilidad. Entes autarquicos Por entidad autarquica debe entenderse toda persona jurídica pública estatal que, con aptitud legal para administrarse a si misma. Cumple fines públicos específicos. De ahí que los rasgos esenciales de tales entidades son: 1) constituyen una persona jurídica; 2) tratase de una persona jurídica pública; 3) es una persona jurídica pública estatal, vale decir, pertenece a los cuadros de la administración pública e integra los mismos; 4) realiza o cumple fines públicos, que son fines propios del estado;5) su competencia o capacidad jurídica envuelve esencialmente la de administrarse a si misma, conforme a la norma que le dio origen; 6) siempre es creada por el estado. Entidad autarquica equivale al etablissement public de los franceses, y al ente autónomo de los uruguayos y chilenos. Pero a igual que estos dos últimos, la entidad autarquica es parte integrante de la administración pública. Cuando se habla de entidad autarquica, va sobreentendido que se trata de una persona jurídica, pública y estatal. La noción de entidad autarquica va referida, exclusivamente, a una persona jurídica de los caracteres indicados. Sería absurdo hablar de entidad autarquica con referencia a una persona individual. La personalidad jurídica es lo que distingue a la entidad autarquica de los meros organismos administrativos, de los uffici de la doctrina italiana, que si bien pueden tener atribuciones propias, carecen en cambio de una personalidad distinta a la del estado. La autarquía es, entonces, un régimen jurídico que se adscribe o vincula a una persona jurídica pública estatal. En este orden de ideas, resulta inconcebible hablar de persona individual o física autarquica. Distinto es que el órgano directivo o gestor de la entidad autarquica, en lugar de ser colegiado o plural, sea singular o individual; integrado por una sola persona. Esto último es posible en el terreno de los principios. De manera que, en técnica pura, las entidades autarquicas-sean estas territoriales o institucionales- son, siempre, personas jurídicas públicas estatales, caracterizadas esencialmente por elespecífico fin público que las determina. Es necesario diferenciar la noción de autarquía de las otras expresiones que, por aparejar ideas afines, podrían introducir confusiones. Es lo que ocurre con los conceptos de soberanía, autonomía y autarquía, cuyo sentido preciso debe determinarse respecto al de autarquía. Mientras soberanía y autonomía implican conceptos políticos, autarquía y autarquí traducen conceptos administrativos. El concepto de soberanía puede ser analizado desde dos puntos de vista: A) en el orden externo, significa autodeterminación, independencia en suma; B) en el orden interno traduce la potestas Autonomía significa que el ente tiene poder para darse su propia ley y regirse por ella. La autonomía, en suma, denota siempre un poder de legislación, que ha de ejercitarse dentro de lo permitido por el ente soberano. De modo que autonomía es un concepto político, porque político es el poder de propia legislación. Autarquía, en cambio, significa que el ente tiene atribuciones para administrarse a si mismo, pero de acuerdo a una norma que le es impuesta. Así, una entidad autarquica-por ejemplo, el banco de la nación Autarquía traduce la idea de autosuficiencia económica. Se ha dicho que la autonomía es comprensiva, por definición, de la autarquía Integran aquella los elementos de ésta, mas la diferencia. Toda institución autonómica es autarquica, pero no a la inversa;la autarquía es solo una autonomía parcial y limitada a determinadas materias. En algunos países, para hacer referencia a los entes autarquicos se habla de entes autónomos; es lo que ocurre, por ejemplo, en chile y en En esos países, de régimen unitario, se explica-aunque no se justificase a las entidades autarquicas se les denomine entre autónomos, pues ahí no existe las autonomías provinciales que habrían obligado a utilizar el término exclusivamente en sentido técnico. La autarquía implica descentralización, pero a la inversa no es exacta: no toda descentralización apareja autarquía. ¿cual es el signo que distingue a esos conceptos? La autarquía traduce una idea de un ente dotado de personalidad, con facultades de administrarse a si mismo de acuerdo con las normas de su creación. En cambio, en la mera descentralización no existe personalidad, pues la descentralización solo consiste en la atribución de funciones de la autoridad central a una repartición o funcionario, quienes las ejercen con relativa libertad, pues continúan estando jerarquicamente subordinados al órgano central, con todas las consecuencias de ello. En la autarquía desaparece la relación jerarquica En la mera descentralización sigue imperando la relación jerarquica. Tal es el principio general. En la autarquía, ademas de la respectiva descentralización funcional, existe descentralización subjetiva u organica, pues la actividad correspondiente sera realizada por una nueva personajurídica: la entidad autarquica. En la mera descentralización sólo existe una separación funcional. Para que exista autarquía se requiere la concurrencia simultanea de tres elementos esenciales: 1) personalidad 2) patrimonio afectado para en cumplimiento de sus fines; 3) fin público. Sobre esto no hay discrepancia en el campo doctrinario. Autarquía no implica independencia, sino mera facultad de auto-administración, pero de acuerdo con una norma establecida por una autoridad superior. La doctrina divide en los dos siguientes tipos a las entidades autarquicas: Territoriales e institucionales. La autarquía territorial denominase también descentralización por región, y la autarquía institucional llamase ademas descentralización por servicios. La entidad autarquica institucional equivale a lo que en derecho francés denomina etablissement public (establecimiento público), y a lo que el derecho chileno y el derecho uruguayo denominan ente autónomo. El elemento característico de la autarquía territorial es la existencia de un territorio-circunscripción dentro Es lo que ocurre, por ejemplo, con las comunas, cuya acción desarrollase dentro de un ambito físico o geografico determinado. Dentro de ese ambito el ente lleva a cabo todas sus correspondientes actividades, que puede comprender diversas materias de administración. En cambio, en la autarquía institucional el elemento basico y característico no es un territorio, sino el fin que debe satisfacer el ente. En este tipo de autarquíapuede hallarse también el elemento territorio, pero no Descentralización administrativa y descentralización política. La descentralización política es característica de una organización estatal federal, la centralización, por el contrario, es propio de un régimen unitario. Los antecedentes argentinos, que se remontan al colonialismo español, son de centralización (monopolio comercial, y designación de autoridades); luego se abre una etapa descentralizante con las propuestas federales posteriores a la independencia nacional. El régimen de descentralización política y administrativa es federal, art. 1 c.n. ademas la c.n. en su articulado 124 “las provincias podran crear regiones para el desarrollo económico y social y establecer órganos con facultades para el cumplimiento de sus fines”, la región es un organismo de descentralización política y administrativa que las provincias pueden crear con conocimiento del congreso nacional, para fines económicos y sociales. Descentralización Régimen administrativo en el que la gestión de los servicios públicos, separados del conjunto de los administrados por el poder central, se confía con un margen de autonomía mas o menos amplio a agentes especializados y dotados de cierta independencia frente al poder central, el cual no los dirige sino que se limita controlar su acción. Se distingue: 1) la descentralización local, relativa a losservicios públicos locales (municipales); 2) la descentralización por servicios, en la cual se separa y confiere personalidad -dentro de la órbita del estado; departamento, provincia o municipio- a un servicio público determinado, para que los administren agentes especiales controlados por el poder central. Confederación y federación. Confederación Forma de unión permanente entre estados soberanos. Su fundamento jurídico es una carta o pacto de derecho internacional. Su finalidad, la defensa común, Al conservar los estados su soberanía, la organización es interestatal; débil, con un órgano deliberante sin otros poderes que los nacidos La confederación carece de soberanía, no es un estado, sino una liga de estados. Fueren ejemplos de confederación, suiza, alemania y los eeuu, hoy estados federales, pero que tuvieron antes aquel sistema. Federación El estado federal es una unión de estados de derecho político interno, investida de soberanía, que forma una unidad política. Se caracteriza porque los estados particulares o provincias tienen autonomía participando en el gobierno nacional, y a través de este, en la formación de la voluntad Federación o gobierno federal significa la coexistencia y coordinación de dos órdenes de gobierno: uno central y otro local. Sus notas principales serían: 1) los estados federados no son soberanos; 2) la organización se basa en una constitución; 3) prevalece el estado federal sobre los estados miembros; 4) los estados federados tiene autonomía dentro de loslímites fijados por la constitución; 5) los estados locales participan en la formación del gobierno nacional. El federalismo argentino. Origen y desarrollo. Fundamentos constitucionales. El federalismo argentino, se consolida normativamente con el texto constitucional de 1853, que en la practica no se aplica por el enfrentamiento de bs. As. Con el interior que culminara recién con la incorporación de buenos aires a la confederación argentina a través del pacto de san josé de flores en 1859. La disolución del poder central de 1820, es seguida por una serie de pactos interprovinciales preexistentes a la constitución nacional (tratado de pilar, 1820; tratado del cuadrilatero, 1822; tratado federal, 1831; acuerdo de san nicolas, 1852) que recogen como pensamiento general la creación de un régimen federal, y concilia la idea de una necesidad de sancionar una constitución nacional que organice y distribuya los poderes. Auspician la unidad de las provincias, para la creación de un único estado nacional. Sostienen la forma federal. Promueven la unidad defensiva común. La constitución de 1853 pretendió de alguna manera conciliar antecedentes tanto unitarios El federalismo argentino es un fenómeno político institucional en permanente movimiento y su desarrollo esta ligado al desarrollo económico igualitario de las regiones y a los altibajos de las relaciones políticas democraticas. La reforma constitucional de 1860. La reforma constitucional de 1860, tiene por resultante política sustancial la reincorporación de bs. As. A la confederación 1. Cuestión capital: en la constitución de 1853 se había declarado capital a ciudad de 2. Constituciones provinciales: en la de 1853 se exigía la revisión de las constituciones provinciales por el congreso nacional antes de su promulgación. Esta exigencia fue suprimida en 1860 (arts. 5 y 106) 3. Intervención federal: se limitaron las causales en el art. 6 de la c.n. preservando así la autonomía federal. 4. Esclavitud: (art. 15) se extendió la prohibición agregando quecualquier esclavo introducido en la república es libre. 5. Se suspende por diez años la reforma de la constitución: (art. 30) 6. Se prohíbe que el congreso federal restringa la libertad de imprenta. 7. Consolidó la nacionalización de las aduanas exteriores, arts. 67, incs.1 y 9, (cuestión fundamental en ese entonces para la unidad nacional). El régimen federal a través de las reformas. La constitución de 1949 estableció una norma inversa a las disposiciones de la constitución de 1853 en materia de relación nación- provincias, obligando a las provincias a acudir en ayuda a la nación, si así fuera necesario. La de 1853 ya lo había previsto, es decir la norma fue acertada pero de aplicación incierta. La constitución de 1957 facultó al congreso nacional a dictar el código de trabajo y seg. Social dando por finalizada la discusión doctrinaria, sin perjuicio de mantener la facultad concurrente de mantener la facultad Los pactos interprovinciales. Los pactos preexistentes. Los pactos especiales. Mientras ocurrían las luchas por el poder, las provincias formaban alianzas entre sí, estableciendo pactos que algunas veces se cumplieron y otras no. Los pactos a que nos referimos son los siguientes: Alianza entre córdoba y santa fe José javier díaz (gobernador de córdoba) se dirige a estanislao lópez (gobernador de santa fe) en enero de1820 (antes de cepeda) y lo invita a establecer una alianza para proteger recíprocamente los derechos de libertad de ambas provincias y fomentar el comercio y las relaciones que ayudarían a mejorarlas. Esta alianza tenía base federal; poco después córdoba elige a bustos El tratado Luego de la derrota de rondeau en cepeda, cada provincia se organiza En la capilla Tratado de benegas Se firma el 24 de noviembre de 1820 entre martín rodríguez (reciente gobernador porteño) y estanislao lópez.así se convino la paz perpetua entre buenos aires y santa fe. Acuerdo entre córdoba, entre ríos, Esta alianza entre las provincias se debió a que las mismas necesitaban aliarse contra rivadavia y su política. Esta alianza se formó luego de la sanción de la constitución unitaria (1824), la cual despertó la rebelión de las provincias debido a que pretendían que se sancionara una federal. El tratado del cuadrilatero Muerto Ramírez, en la ciudad capital de la provincia de santa fe se reunieron los representantes de las cuatro provincias litorales (corrientes, entre ríos, santa fe y buenos aires) yfirmaron el tratado del cuadrilatero el 25 de enero de 1822 que establece la paz, amistad y unión permanente entre las cuatro provincias contratantes, cuya reciproca libertad, independencia, representación y derechos se reconocen y deben guardarse entre sí con igualdad. La inteligente política de estanislao lópez y martín rodríguez inicia una época de paz que permite a ambos mandatarios realizar una eficiente labor de gobierno. Se establece que si los españoles, portugueses o cualquier otro poder extranjero invadiese y dividiese la integridad Pacto interprovincial de 1828 Luego de la caída de Rivadavia, córdoba se creyó que tenía el derecho de orientar el país hacia una política federal. Entonces, La idea era nacionalizar los beneficios que traía la aduana y que todas las provincias se comprometan a proteger el comercio interno de todas. Tratado entre córdoba y buenos aires El mismo es firmado el 21 de septiembre de 1827 por bustos (córdoba) y moreno (buenos aires). En este ambas provincias reconocían tener mismos derechos y seriguales, y contraen la responsabilidad de apoyarse recíprocamente y defender sus instituciones. Ademas se comprometen a ayudar en la guerra contra brasil. Tratado entre Este es firmado el 2 de octubre de 1827 por Vidal (delegado de Tratado entre Se firma el 27 de octubre de 1827 por Vidal y Vicente zapata (entre ríos). En este también la provincia entrerriana delega a Tratado entre Vidal firma esta vez un tratado con eusebio antonio villagra ( Tratados entre Antes de que rosas llegue al gobierno, viamonte firma con El 25 de febrero de 1830, un tratado parecido al mencionado anteriormente es firmado por Pacto federal de 1831 El 4 de enero de 1831 se firmo el pacto federal, que comprometía a las provincias de buenos aires, santa fe y entre ríos (luego se adhiere corrientes). Por el mismo, Acuerdan resistir cualquier invasión extranjera contra alguna de las provincias En el se dan las bases definitivas sobre las que habra de constituirse el país, bajo los principios Pacto de san nicolas Se firma el 31 de mayo de 1852 y es convocado por urquiza para sentar las bases de la constitución Pacto de Luego de cepeda, urquiza estableció su campamento en san josé de flores. Este pacto de uniónentre bs. As. Y la confederación se firmó el 11 de noviembre de 1859 y por el mismo, buenos aires se declaraba integrante de la confederación argentina y aceptaba en principio la constitución de 1853, la cual sería luego estudiada por todas las provincias y en caso de ser necesario, reformada. También se estableció que la capital de la nación sería la ciudad que fuese declarada tal por una ley El pacto de san josé de flores fue el último acuerdo que se realizó con el fin de que la república argentina se organizara, para que buenos aires se constituya como una provincia mas de la nación. Descentralización política. La forma de distribuir el ejercicio Ii. El federalismo y el regionalismo son las formas mas difundidas de descentralización política. Puede señalarse también al municipio Por mucho tiempo se incluyó a las entidades privadas 1) en el territorio; 2) en el profesional, y 3) en el nacional o ético. En el primer caso cabrían el estado federal y el municipio; en el segundo las corporaciones diversas, entre las que incluye a los sindicatos, y en el tercero los grupos caracterizados En términos muy semejantes se expresa el tratadista argentino german josé bidart campos. La descentralización existe cuando la autoridad pública es compartida por grupos sociales y políticos y por ende su expresión maxima se daría en el pluralismo, donde cada persona einstitución tiene “poder autónomo”. En conclusión afirma: “tal es la descentralización que se conoce con el título de política, en la que el fin estatal se cumple por órganos no puramente políticos sino con la participación en la función pública, de los grupos sociales” (pp. 397-413). El problema fundamental que revisten los planteamientos de dabin y bidart campos reside en el hecho de adjudicar a grupos de caracter particular o social la facultad de ejercer funciones de derecho público. Si se admite que las posibilidades jurídicas de actuar, por parte de los entes que ejercen el poder político, se traducen en la creación y aplicación de normas, se ha de reconocer también que no existe descentralización política al margen Masao maruyarna distingue entre un sistema descentralizado y una sociedad asociativa. Para fincar la tipología de los sistemas políticos establece La descentralización política fue, durante el siglo xix, un proyecto de organización común en los países europeos y en los emancipados Es posible encontrar también una tendencia descentralizadora en gran bretaña donde, Biscaretti distingue entre la “descentralización burocratica” y la “descentralización autarquica”. Aquélla es propiamente una descentralización administrativa que alude al diverso grado conforme al cual se transfieren poderes discrecionales de los órganos centrales a los órganos locales del estado, en tanto que la segunda es una forma política que indica una transmisión de funciones públicas, así ejecutivas como normativas, “a los entes territoriales dependientes”. Con esto se ha dado lugar en italia a la constitución de regiones con autogobierno constitucionalmente garantizado que no corresponden, en rigor, a los estados miembros dentro de un sistema federal, pero que tampoco coinciden con los entes territoriales menores de un estado unitario (pp. 625-662). En el caso español se ha advertido que la organización constitucional no es federal “pese a las direcciones que en este sentido se recibieron de los sectores socialista y nacionalista, vasco y catalanes”. Solozabal explica que el rechazo al federalismo así planteado se produjo por la precaria imagen Una perspectiva pesimista acerca Francia, explica él, se encuentra bajo un régimen de centralización política absoluta desde la revolución. Por lo mismo, dentro de su organización sólo existen dos términos: “el estado y los ciudadanos; todos los poderes políticos intermedios han sido suprimidos; no subsisten mis que colectividades locales o especiales. De finalidad puramente administrativa: departamentos, ayuntamientos, corporaciones públicas”. Hauriou explica esta realidad a partir de la formación Esa misma tendencia centralizadora es advertida por hauriou en estados unidos allí, señala, el proceso fue particularmente acentuado a partir de la política económica En síntesis, pueden apuntarse dos claras tendencias: Una hacia la descentralización política, independientemente de que se adopte o no el modelo federal, que resulta fundamentalmente de las demandas regionales por una vida mas autónoma y que se explica merced a su desarrollo cultural, económico, demografico y político, y otra tendencia hacia la centralización política, que se advierte también con independencia del modelo federal o unitario adoptado constitucionalmente y que se explica por la debilidad regional, sobre todo en los órdenes económico, cultural y político 1 o por las necesidades nacionales de impulsar políticas homogéneas que requieren de un mando único o de una autoridad coordinadora. En méxico las dos tendencias se observan bibliografia derecho constitucional editorial laley(varios autores) Política de privacidad |
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