RESUMEN DEL LIBRO:
¿QUÈ ES UNA CONSTITUCIÒN?
General y filosóficamente Constitución significa la estructura
interna de una cosa o de un ser vivo así como el ordenamiento de sus
elementos fundamentales.
Según Aristóteles la constitución del Estado es una
organización regular de todas las magistraturas, principalmente la que
es dueña y soberana de todo.
La palabra constitución puede tener un significado material y referirse
a un documento impreso de igual modo que las frases código civil,
código de procedimiento, etc.; se refiere al libro o folleto que
contiene ese cuerpo de leyes.
La constitución es ante todo una ley, mandato de autoridad
legítima debidamente promulgado y sancionado. Expiden esta ley las
autoridades de caracter excepcional sólo en ciertos países
de Constitución rígida en los que el poder constituyente no
existe de manera permanente sino en circunstancias especiales y deriva su
fuerza moral y política de factores históricos de índole
diversa a esta autoridad se le llama “poder constituyente” y la
mayoría de las veces radica en el “congreso constituyente” o
en “convenciones políticas”.
* LA CONSTITUCION ES LA LEY FUNDAMENTAL DEL PAIS :
* Sirve de base a las demas leyes, estos deben estar de acuerdo con los
preceptos contenidos en aquella.
* El imperio jurídico de que gozan las autoridades del país
deriva directamente de la Constitución. Ninguno de los poderes
constitucionales debe obrar fuera de lasatribuciones que esa ley le concede.,
ejemplo: art.14 en donde se indica que el pueblo ejerce su soberanía por
medio de los Poderes de la Unión en los términos respectivamente
establecidos por la presente Constitución Federal.
* Ley fundamental por que organiza políticamente a la nación.
* PRECEPTOS QUE CONTIENE UNA CONSTITUCIÒN:
Reconoce y otorga a la persona jurídica comprendiendo en esta
designación a los particulares, a las corporaciones, al individuo y al
ciudadano. El derecho social ésta constituida por los “derechos
del hombre”, garantías individuales, derechos, obligaciones y
prerrogativas del ciudadano; esto lo podemos observar en los artículos
1º al 32 y 123 de la Constitución Mexicana en donde se establece
claramente el derecho social mexicano.
En las Constituciones que se han registrado en México, el “derecho
social” siempre ha tenido una importancia considerable.
* LA ORGANIZACIÒN ORGANIZA LOS ALTOS PODERES PÙBLICOS
Analizando los art.49 al 123 de la Constitución se observa que establecen
la formación, organización y funcionamiento de altos poderes
públicos: legislativo, ejecutivo y judicial.
* SISTEMA DE SANCIONES, RESPONSABILIDADES OFICIALES, REFORMA DE LA
CONSTITUCIÒN Y PRECEPTOS DIVERSOS
Para tener mayor eficacia la Ley Constitucional debe organizar un sistema de
sanciones y responsabilidades, que regularicen los preceptos sustantivos de la
misma re impidan que sean violados impunemente. En lasConstituciones se
encuentran una serie de preceptos relativos a la manera de reformar la Ley y
otros de caracter diverso circunstancial e histórico que
varían mucho de un pueblo a otro.
* CONSTITUCIONES IMPLÌCITAS Y EXPLÌCITAS
Las constituciones implícitas son de uso y tradiciones jurídicas,
incorporadas a la costumbre política; no se revelan en un ordenamiento
legal diferenciado.
Las constituciones explícitas han alcanzado la forma perfeccionada e
intelectualizada de la ley y se venden en los mercados a precios baratos, en
pequeños códigos,
* CONSTITUCIONES RÌGIDAS Y FLEXIBLES
James Bryce en su magistral obra “La República Americana”,
fue el primero en establecer la diferencia entre constituciones rígidas
y flexibles.
Rígidas: Ley o grupo de leyes que se distinguen de las otras por el
caracter de su contenido, origen y autoridad. Su autoridad es tal que
nulifica las disposiciones contradictorias votadas por las legislaturas
ordinarias, es decir, que no pueden ser modificadas o torcidas por la
acción de la legislatura ordinaria. Las constituciones rígidas
son las que exigen procedimientos de caracter extraordinario y autoridad
especial para expedirlas y reformarlas.
Flexibles: Tienen la misma forma y términos de las leyes ordinarias.
* UTILIDAD DE UNA CONSTITUCIÒN
Los pueblos tienen una Constitución jurídica cuando de hecho
gozan de libertades y no a la inversa, gozan de libertades porque tienen
unaConstitución política. Dos grandes pensadores lo han
demostrado: Benjamin Constant y José de Maestre.
Nunca ha existido nación libre que no tuviese en su Constitución
gérmenes de libertad tan antiguos como ella y ninguna nación
intento desarrollarla
DEL PODER CONSTITUYENTE
* EN QUIEN RESIDE EL PODER CONSTITUYENTE
Al preguntar eso nos cuestionamos a quien pertenece la soberanía,
quién puede mandar al pueblo en su totalidad sea por sí mismo o por
un intermediario. Únicamente la nación es la dueña de
determinar la forma de su gobierno.
Rousseau era muy exigente en lo que respecta a la manera de elaborar leyes
constitucionales quería que fuesen votadas mediante el consentimiento
unanime de los asociados.
La facultad de dictar leyes y establecer la forma de gobierno que mas
convenga a los interese de la sociedad constituye la soberanía. Por
consiguiente la soberanía reside originalmente en el pueblo y su
ejército, en la representación nacional compuesta de diputados
elegidos por los ciudadanos bajo la forma que prescriba la Constitución.
El poder constituyente, desde el punto de vista teórico, reside en la
totalidad de los ciudadanos que se organizan jurídicamente para una
Constitución pero la mayoría de ellos es la que toma la
última decisión.
* ¿CÒMO DEBE EJERCER LE PUEBLO EL PODER CONTITUYENTE?
¿CUÀLES SON LOS PRINCIPIOS QUE RIGEN LA FORMACIÒN DE LAS
LEYES CONSTITUCIONALES?
Las constituciones así en América como en Europahan sido
engendradas en muchos casos por medio de actos violentos, revoluciones o
tiranías que no tienen relación alguna con el derecho
público abstracto.
La humanidad necesita de principios ideales, reglas que normen su conducta.
Se conocen dos teorías con respecto a la forma en que se debe actuar el
poder constituyente.
Según Sieyès la soberanía de que goza la nación
faculta a ésta para demostrar su voluntad en la forma que ella quiera.
Es suficiente que ola voluntad soberana se manifieste, para que el derecho
positivo termine delante de ella como delante de la fuente y del principio
supremo de todo derecho.
El verdadero problema derecho constitucional moderno consiste, en evitar que
con el falso supuesto de una voluntad nacional se organice la tiranía de
un solo hombre o de un grupo de audaces.
Los teóricos del derecho constitucional suponen des cosa:
1. La nación tiene una voluntad, por su propia naturaleza soberana.
2. Esa voluntad se manifiesta claramente y debe ser obedecida por mandar mejor.
En los pueblos de cultura incipiente ninguna de las dos coas es cierta. En
México mismo, la falta absoluta de espíritu público tiene
por efecto que numerosos problemas de orden social y político no
interesen al pueblo que, por esta circunstancia, ni piensan en ellos, ni
manifiestan voluntad alguna respecto de los mismos.
La Doctrina de Mirabeau, que es la misma que sostuvo Rousseau, es la que ha
servido de base al art. 135Constitucional, que determina la manera y
términos de reformar la Constitución.
* ORIGENES DE LA ASAMBLEA NACIONAL
Algunos pretenden equiparar la Revolución Mexicana de 1913 con la
francesa de 1789. El error es manifiesto y puede palparse con puntualizar las
circunstancias que acompañaron a la formación y establecimiento
del Congreso de 1917 y las relativas a la “Asamblea Nacional”.
En Francia, las elecciones de los diputados fueron un hecho, constituyeron un
verdadero acontecimiento social y político; tomaron parte todas las
clases sociales y mas el Tercer Estado, es decir, la clase oprimida en
condiciones verdaderas de esclavitud.
El número de electores fue enorme para la época en que tuvo
verificativo la elección, no obstante que desde 1614 el pueblo
francés no ejercitaba funciones electorales, puede afirmarse que no
menos de cuatro millones de ciudadanos franceses dieron su voto. Las elecciones
fueron libres y se reconoce que el gobierno de Luis XVI no intervino en ellas
para defender su autoridad.
El folleto ¿Qué es el Tercer Estado? Se publico en Enero de 1789
y del el derivan tres preguntas elementales:
1.- ¿Qué es el tercer Estado?- Todo
2.- ¿Qué ha sido hasta ahora dentro del orden del Estado?- Nada
3.- ¿Que ambiciona?- Ser algo
La Asamblea Nacional estuvo representada toda Francia y de ninguna manera fue
una Institución de opresores o privilegiados que impusieron su voluntad
a oprimidos y sujetos a servidumbre.
*ORIGENES DE LA CONSTITUCIÒN DE 1917
La revolución carrancista no tuvo por objeto dar una nueva
constitución al país, sino restaurar el orden Constitucional roto
por el cuartelazo de 1913.Inmediatamente que Venustiano Carranza tuvo
conocimiento de que Huerta se había apoderado de la Presidencia de la
República, se dirigió al Congreso del Estado de Coahuila para
resolver la actitud que debería asumir el Gobierno del Estado.
El decreto parece impecable dentro de los principios jurídicos. El
Estado de Coahuila tuvo el honor de ser el primero en haber desconocido a
Huerta y pretendido restaurar el orden Constitucional.
La misma idea restauradora palpita en la circular del 19 de Febrero y en el
manifiesto a la Nación que precede al plan de Guadalupe.
La misma idea de restaurar el orden constitucional anima los diversos
artículos del Plan de Guadalupe, y hasta la denominación de
“Ejército Constitucional”, dada al ejército
revolucionario subraya el pensamiento fundamental del motivo de 1913.
En el plan de Guadalupe se consigna la disposición siguiente “Para
la organización del ejército encargado de hacer cumplir nuestros
propósitos, nombramos como Primer Jefe del Ejército, que se
denominara “Constitucionalista” al C. Venustiano Carranza,
Gobernador del Estado de Coahuila”. En este sencillo articulo, tuvo
origen la dictadura ejercida por Carranza durante el periodo preconstitucional.
* FORMACION DEL CONGRESO DE QUERETO
El 15 de Septiembrede 1916 apareció la convocatorio para el Congreso
Constituyente que producir el Código Fundamental de 1917.
En la exposición de motivos que le funda, se sostiene la tesis de que
varias de las reformas revolucionarias eran incompatibles con la
Constitución del 57, por lo que era necesario reformar y convocar a un
Congreso Constituyente.
Se traen a colación para dar fuerza al argumento jurídico, la
Revolución de Ayutla y la Constitución de 1824.
En el cuerpo de la convocatoria, aparece el Art.4º, que fija las
condiciones exigidas para ser electo.
Para ser electo diputado al Congreso Constituyente, se necesitan los mismos
requisitos exigidos por la Constitución de 1857para ser diputado al
Congreso de la Unión; pero no podran ser electos ademas
que establece la expresada Constitución, los que hubiesen ayudado con
las armas o sirviendo empleos públicos, a los Gobiernos a facciones
hostiles a la causa Constitucionalista.
La Suprema Corte de Justicia en diversas ejecutorias, ha reconocido el abismo
que separa la Constitución actual de la anterior y ha deducido
importantes consecuencias practicas, que se hacen palpables en los
amparos promovidos en contra de sentencias dictadas por Consejos de Guerra
durante el periodo preconstitucional
Quedaron excluidas de las elecciones todas las facciones enemigas del
carrancismo, lo villistas que la zapatista. En cuanto los afiliados al
“huertismo” ,se encontraban bajo la amenaza de la pena de muerte,
nopodían pretenden ejercitar el mas insignificante de los
derechos políticos.
Ni hubo elecciones, ni pudo haberlas y el Congreso de Querétaro no fue
ni histórico, ni social, ni jurídicamente la
representación del pueblo mexicano.
El congreso de Querétaro inició sus labores el 21 de noviembre de
1916, en el salón de Actos de la Academia de Bellas Artes, y desde esa
fecha hasta el 30 del mismo, los trabajos que se realizaron tuvieron el
caracter de preparatorios. El 1º de Diciembre inició sus
labores el Congreso con asistencia del C. Venustiano Carranza, en su
caracter de Primer Jefe, quien pronunció un discurso explicando
el sentido de las reformas que se proyectaban realizar. No se creía
hacer una nueva Constitución sino reformar la existente; pero en
realidad se estudio y promulgo una ley diversa de la del 57.
El Congreso concluyó sus labores el 31 de enero de 1917, pero la
Constitución se término y firmó el 30 y en la protesta que
rindieron el primer jefe de diputados se confirma la idea de que se trataba de
simples reformas a la del 57.
* DECLARACIÒN DE DERECHOS
En el art.1º en los Estados Unidos Mexicanos todo individuo gozara
de las garantías que otorga esta Constitución, las cuales no
podran restringirse ni suspenderse, sino en los casos y con las
condiciones que ella misma establece.
Este artículo fue aprobado por unanimidad el 13 de Diciembre de 1916.
Hablando de la Constitución del 57 en comparación con la del 17
seobserva que la del 57 era individualista y la del 17 era estatista y
legalista, o sea, subordina el individuo a la soberanía del Estado.
* ANTECEDNTES HISTORICOS
La constitución del Estado de Virginia, del12 de Junio de 1776fue la
primera “declaración de derechos” que vio la luz en el
desenvolvimiento político de la humanidad.
Se considera que los veintiochos primeros artículos de la
Constitución de 1857 y el primero de la de 1917, se encuentran
inspirados en la Declaración de Derechos francesa. La de 1824 carece
completamente de Declaración de Derechos y únicamente en su
Art.112 entre las restricciones que impone al Presidente de la
República, figuran la de no privar a nadie de su libertad, ni imponer
pena alguna; no ocupar la propiedad de ningún particular ni
corporación, ni turbarle en el uso o aprovechamiento de ella.
Son notables en la historia del Derecho Constitucional Mexicano los Principios
Constitucionales para la Libertad de la América Mexicana, sancionados el
22 de Octubre de 1814 en Apatzigàn, conocidos como Constitución
de Apatzingàn, aunque nunca tuvieron fuerza jurídica real y
positiva.
Entre esos principios figuran los artículos: 18,19.20.21, 22, 23, 24,
28,30 y 31.
* DERECHO COMPARADO
La mayor parte de las Constituciones contienen Declaración de Derechos,
pero en las mas modernas se verifica una transformación
interesante: la declaración de derechos deja de ser individual para
convertirse en social. El objetode las instituciones jurídicas no es
individuo sino la sociedad; así lo desea la comunidad socialista y
comunista.
El tipo de esa nueva clase de Constituciones es la del Reich Aleman del
11 de agosto de 1919 que se ha empleado de modelo a otras como: Eutonia,
Dinamarca, Estados Unidos, República Argentina, Brasil, Lituania,
Luxemburgo, Rumania, Canto de Berna, Polonia, etc.
* DERECHOS INDIVIDUALES Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES
Definiremos cada uno ya que no deben confundirse.
Los derechos individuales tienen el caracter de normas abstractas que
limitan las facultades de los funcionarios públicos, los poderes del
Estado, en vista de permitir el libre desenvolvimiento de la persona humana.
Las garantías constitucionales suponen los derechos del individuo y se
han establecido para obtener su realización: son procedimientos
jurídicos ideados con objeto de que las autoridades respeten los
derechos individuales. Tienen un caracter practico y de su
eficacia depende que los derechos se encuentren escritos únicamente en
las leyes, o sean realidades sociales con fuerza vital.
OPINIÒN ACERCA DE LA LECTURA:
Gracias a la lectura pude conocer la historia y origen de la
constitución y el por que es importante que conozcamos cada uno de
nuestro derechos y garantías individuales ya que no es que no haya
justicia en nuestro país o no se respeten los derechos como se menciona
a menudo en la sociedad sino que vivimos ignorantes de ellos.