CONVENIOS MULTILATERALES
Es un escrito celebrado entre Estados con un grado de
formalidad mucho menor al de un tratado. Normalmente un
convenio es acordado en aspectos económicos y comerciales entre los
Estados. Los convenios pueden estar dados entre dos Estados, denominado un convenio bilateral, normalmente celebrado para brindar
facilidades en materias comerciales. Pero también existe otra forma de
convenios celebrados entre mas de dos Estados, el cual se denomina
multilateral, en el cual, el acuerdo tiene un
caracter mas normativo respecto de aspectos contemplados dentro del Derecho
Internacional.
En un convenio por lo regular se hace la
negociación de temas que afectan de manera general los miembros de la
comunidad internacional.
CONVENIO ANDRES BELLO
El Convenio Andrés Bello es una organización de caracter
intergubernamental e internacional con sede en Bogota, Colombia, que
desde 1970 trabaja en procesos de integración educativa,
científica, tecnológica y cultural en el ambito
iberoamericano.
ORIGEN
A comienzos de junio de 1969, durante una reunión preparatoria del
Consejo Interamericano de Educación, Ciencia y Cultura (CIECC), que se
llevaría a cabo en Puerto España (Trinidad), Octavio Arizmendi
Posada, ministro de Educación de Colombia, propuso a sus
homólogos de los países andinos la iniciación de un
esfuerzo conjunto en los campos educativo, científico y cultural. La
iniciativa se concretó en la Declaración de Puerto España,
documento en el cual se acepta la realización de una reunión
deministros de Educación de la región andina para dar mayor
fluidez y celeridad a obras comunes en la Educación, la Ciencia la
Tecnología y la Cultura en general.
La reunión del Consejo Interamericano de Educación, Ciencia y
Cultura (CIECC) se realizó en Bogota, Colombia, el 27 de enero de
1970 y el 31 del mismo mes, durante la sesión de clausura, se
suscribió el convenio que empezó a regir el 24 de noviembre del
mismo año.
La organización se vio fortalecida con el ingreso de Panama en
1980, España en 1982 y Cuba en 1998. En el año 2001, con la
adhesión de Paraguay,
la organización se acerca a los países integrantes del
Mercosur. En 2004, adhiere a
México y en el año 2006 lo hace República Dominicana.
El sector educativo del Mercosur ha iniciado una cooperación con el
Convenio Andrés Bello desde 1997 y los temas centrales de las reuniones
entre ambos organismos se refieren al reconocimiento de estudios,
títulos y grados, y a la enseñanza de la historia y la
geografía.
En 1998 el convenio comenzó a institucionalizar
la participación de las universidades con la creación de las
'Catedra Andrés Bello'. La primera reunión de
coordinación se llevó a efecto en Bogota en octubre de
1998 y en dicha oportunidad el Secretario Ejecutivo manifestó el
interés que han demostrado Brasil y Paraguay para adherirse al Convenio.
En esta ocasión se contó con la participación de la
Universidad de Río de Janeiro,
Brasil, que tendra a su cargo la catedra Andrés Bello
sobre juventud, educación y empleo.
El 14 de noviembre de 2007, en lareunión extraordinaria de ministros de
educación del Convenio Andrés Bello, celebrada en Cartagena de
Indias, Colombia, el Director de Cooperación Internacional de la
Secretaría de Educación de la República Argentina,
señor Miguel Vallone, hizo entrega oficial de la comunicación del
Secretario de Educación de Argentina, Juan Carlos Tedesco, en la que
solicita formalmente la adhesión de la República Argentina a la
Organización Internacional del Convenio Andrés Bello.
Hace algunos meses, éste convenio ha estado viviendo una fuerte crisis,
originada por una malversación de fondos por parte de un
funcionario de la Secretaría, ubicada en Bogota, Colombia.
Como una forma de cubrir los gastos, se optó por vender y cerrar
ésa sede. El día Domingo 20 de Junio de
2010 se ha citado a una junta en República Dominicana, en la cual se
definira el futuro de éste convenio y su nueva sede.
CONVENIO SIMON RODRIGUEZ
El Convenio Simón Rodríguez es el foro de debate,
participación y coordinación para los temas socio-laborales de la
Comunidad Andina y forma parte del Sistema Andino de Integración (SAI).
Participan de sus trabajos, en igualdad de número y condiciones,
representantes del
Consejo Asesor de Ministros de Trabajo y de los Consejos Consultivos,
Empresarial y Laboral Andinos.
OBJETIVOS
1. Proponer y debatir iniciativas en los temas vinculados al
ambito socio-laboral que signifiquen un aporte efectivo al desarrollo de
la Agenda Social de la Subregión, contribuyendo con la actividad de los
demasórganos del Sistema Andino de Integración (SAI).
2. Definir y coordinar las políticas comunitarias referentes al fomento
del empleo, la formación y capacitación laboral, la seguridad y
salud en el trabajo, la seguridad social, las migraciones laborales; así
como otros temas que puedan determinar los países miembros.
3. Proponer y diseñar acciones de cooperación y
coordinación entre los países miembros en la tematica
socio-laboral andina.
ORGANOS DEL CONVENIO SIMÓN RODRIGUEZ
El Convenio tiene tres órganos principales:
La Conferencia, instancia maxima del Convenio,
adopta sus Recomendaciones por consenso. Esta integrada por los
Ministros de Trabajo de los países miembros de la Comunidad Andina, los
Coordinadores de los Capítulos Nacionales del
Consejo Consultivo Empresarial Andino y los Coordinadores de los
Capítulos Nacionales del
Consejo Consultivo Laboral Andino.
Las Comisiones Especializadas de Trabajo, que se constituyen por
decisión de la Conferencia y brindan asesoría al Convenio. Estan integradas de manera tripartita, por representantes
designados por los Ministerios de Trabajo y por los Consejos Consultivos
Empresarial y Laboral Andinos.
La Secretaría Técnica, que es la instancia de coordinación
y apoyo del
Convenio Simón Rodríguez. La Secretaría General de la
Comunidad Andina asume las funciones de Secretaría Técnica del Convenio. No obstante, la Conferencia podra
someter a consideración del
Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores la conveniencia de
establecer la sedepermanente del Convenio en Quito, Ecuador.
VIGENCIA
El Protocolo Sustitutorio del
Convenio Simón Rodríguez entrara en vigencia cuando todos
los países miembros hayan efectuado el depósito del instrumento de ratificación ante
la Secretaría General de la Comunidad Andina.
Después de su entrada en vigencia, el Convenio
Simón Rodríguez quedara abierto a la adhesión de
cualquier otro país que alcance la condición de país
miembro asociado de la Comunidad Andina.
Las fechas de depósito del
instrumento de ratificación del
Convenio Simón Rodríguez ante la Secretaría General de la
Comunidad Andina han sido las siguientes:
Perú: 5 de diciembre de 2001.
Ecuador:
14 de abril de 2003.
Bolivia:
2 de diciembre de 2004.
Venezuela:
2 de mayo de 2005.
Colombia:
pendiente de completar este tramite.
ANTECEDENTES
El Protocolo Sustitutorio del Convenio Simón Rodríguez fue
suscrito por los Ministros de Relaciones Exteriores de los países
miembros de la Comunidad Andina en la ciudad de Valencia, República
Bolivariana de Venezuela, el 23 de julio de 2001, luego de mas de dos
años de intensos trabajos desplegados por el Consejo Asesor de Ministros
de Trabajo de la Comunidad Andina en la formulación del proyecto
técnico correspondiente. Dicho consejo, como se sabe, recibió este especial
mandato de parte del Consejo Presidencial
Andino en su reunión de Cartagena de Indias en Mayo
de 1999.
Como su nombre lo indica, este
Protocolo sustituye los textos del original
Convenio firmado elaño 1973 así como
su modificación del
año 1976. Como se sabe, en esa
época el Convenio Simón Rodríguez funcionó como
un foro exclusivo de Ministros de Trabajo de los países andinos.
El actual Protocolo Sustitutorio transforma al Convenio Simón
Rodríguez en el privilegiado espacio de convergencia y
concertación de intereses de los tres sectores involucrados con la
tematica socio-laboral dentro del proceso andino de integración,
esto es, el Consejo Asesor de Ministros de Trabajo y los Consejos Consultivos
Empresarial y Laboral Andinos.
CONVENIO RODRIGO LARA BONILLA
Fue firmado en Lima, Perú el 30 de Abril de 1986 y sus miembros son los
países asociados del Acuerdo de Cartagena, fue creado con la finalidad
de prevenir el uso indebido y la represión del trafico
ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas.
Atendiendo a los compromisos que han contraído como partes en los
instrumentos multilaterales vigentes sobre la materia y a la
recomendación No. 93 del Parlamento Andino de Mayo de 1994. A la Declaración
de Quito contra el Narcotrafico del 10 de agosto de 1984 y a la
Declaración de Nueva York contra el trafico y uso ilícito
de drogas del 1 de Octubre de 1984, recordando que el trafico
ilícito de drogas constituye un delito contra la humanidad, conscientes
que es un deber combatir este delito en todas sus formas teniendo en cuenta las
dificultades que plantea la lucha contra el trafico ilícito de
drogas en las areas de frontera de difícil acceso.
Hay interesados en fomentar la cooperación parala prevención del
uso indebido y la represión del trafico ilícito de drogas,
mediante la armonización de políticas y la ejecución de
programas concretos, de conformidad con sus respectivos ordenamientos constitucionales
y legales resuelven suscribir el presente Convenio.
CONVENIO IBEROAMERICANO DE SEGURIDAD SOCIAL
DESARROLLO DEL CONVENIO
La iniciativa de este Convenio parte de la V Conferencia Iberoamericana de
Ministros y Maximos Responsables de la Seguridad Social, celebrada en
Segovia, España, en 2005 y unanimemente acogida por la XV Cumbre
Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno que tuvo igualmente lugar en
España, en Salamanca, en ese mismo año y que encomendó a
la Secretaría General Iberoamericana y a la Organización
Iberoamericana de Seguridad Social los trabajos necesarios para su
implementación.
Se inicia a partir de entonces un proceso, muy rico, de intercambio de
experiencias, de elaboración de propuestas, de analisis, debate y
búsqueda de soluciones que, con la inestimable colaboración de
los gobiernos e instituciones de Seguridad Social de los países
implicados y tras múltiples borradores y varias reuniones
técnicas culmina en 2007, cuando la VI Conferencia Iberoamericana de
Ministros y Maximos Responsables de la Seguridad Social aprueba consensuada
mente el texto definitivo del Convenio en la ciudad de Iquique, en Chile. Texto
que, también en 2007, es adoptado por unanimidad por la XVII Cumbre
Iberoamericana de Santiago de Chile y que, en ese mismo acto, fue ya suscrito
por doce delos países participantes en la Cumbre.
Entra así el Convenio en una segunda fase en la que, por una parte, los
países firmantes, catorce ya en la actualidad, deben someter el texto a
ratificación parlamentaria de acuerdo con su legislación interna,
puesto que como antes se apuntaba - se trata de un acuerdo multilateral entre
países, que a pesar de estar unidos por importantes lazos
históricos, culturales, económicos y sociales, no dispone de una
estructura jurídico-política común, como es el caso de la
Unión Europea. Y por otra parte y en paralelo con ese proceso se inicia,
a su vez y con la misma metodología, el de elaboración del
Acuerdo de Aplicación del Convenio, norma de desarrollo necesaria para
su efectiva vigencia, cuyo texto es aprobado el pasado año 2009 por la
VII Conferencia de Ministros y Maximos Responsables de la Seguridad
Social, en Lisboa, y acogido por la XIX Cumbre Iberoamericana celebrada en
Estoril (Portugal).
Se cierra con ello, en un plazo comparativamente muy corto, el desarrollo
normativo de este instrumento internacional que entrara en vigor una vez
haya sido formalmente ratificado por siete países de la Comunidad
Iberoamericana, lo que en estos momentos han hecho ya cinco de ellos, estando
en varios otros en avanzado estado de tramitación, lo que hace aventurar
que esa vigencia pueda producirse en este mismo año 2010.
CONTENIDO DEL CONVENIO
Se trata de un Convenio de coordinación de legislaciones nacionales que,
partiendo del mas absoluto respecto a las mismas, así como de
lavigencia de los convenios bilaterales cruzados existentes entre los 22
países de la Comunidad Iberoamericana, viene a complementar estos
últimos, extendiendo y completando su ambito de acción y,
en su caso, incorporando las nuevas realidades existentes. De manera que cuando
en un mismo supuesto sean aplicables tanto el Convenio
Multilateral, como
un convenio bilateral vigente entre dos países, se aplicaran las
disposiciones que resulten mas favorables al beneficiario.
El ambito material de aplicación del Convenio
Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social abarca las prestaciones
económicas contributivas de invalidez, vejez, supervivencia y las
derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Mientras que se excluyen expresamente las prestaciones no contributivas,
las de asistencia social y las reconocidas a favor de víctimas de
guerra. Se excluyen también las prestaciones sanitarias, dadas
las mayores dificultades de coordinación en este
campo, pero el propio Convenio recoge la posibilidad de que dos o mas
Estados Parte del mismo puedan ampliar entre ellos este ambito material
de aplicación, inscribiendo los acuerdos bilaterales o multilaterales
alcanzados en el Anexo previsto a tal efecto.
El Convenio recoge y respeta plenamente los principios generales
comúnmente aceptados en los instrumentos de coordinación en
materia de Seguridad Social en el ambito internacional y que constituyen
también la base de los Reglamentos Europeos.
CONVENIO HIPOLITO INANUE
ANTECEDENTES
El OrganismoAndino de Salud – Convenio Hipólito Inanue es un
acuerdo de cooperación firmado en 1.971 por los Ministros de Salud de
Bolivia, Colombia, Chile; Ecuador, Perú y Venezuela, con el
propósito de contribuir al mejoramiento de la salud de sus poblaciones y
desarrollar acciones coordinadas para enfrentar problemas comunes en salud.
Esta dirigido por la Reunión de Ministros de Salud del
Area Andina (REMSAA) y cuenta con una secretaría ejecutiva con
sede permanente en la ciudad de Lima,
Perú. A partir de 1.998 es adscrito al Sistema Andino
de Integración y se incorpora a su nombre el Organismo Andino de Salud.
El ORAS CONHU tiene como
misión promover y facilitar la armonización de políticas,
el intercambio de experiencia entre los países, y la generación
de respuesta a los problemas comunes de salud, en el marco de la
Integración Andina y la concepción de la salud como Derecho social fundamental.
PROPOSITO
El ORAS CONHU y UDUAL han considerado que tienen una afinidad institucional por
cuanto las dos orientan sus acciones hacia el desarrollo social en sus campos
de competencia, en este orden una sinergia entre sus potenciales y capacidades
servira para generar la cooperación interinstitucional en temas
relacionados con el desarrollo de Recursos Humanos en general, investigaciones
conjuntas sobre temas de relevancia relacionados con la teoría y
practica de salud pública, así como la producción
documental de trabajos relevantes relacionados con la salud y la
educación superior en América Latina y del Caribe.