INSTITUTO TECNOLOGICO DE CERRO AZUL
ALUMNO: JIMENEZ PERALTA VICTOR GUADALUPE
CATEDRATICO: ING. SERGIO ARRIETA VERA
MATERIA: ESTATICA
CARRERA: INGENIERIA CIVIL
TRABAJO: UNIDAD 7
CURSO DE VERANO 2011
FRICCION
Se define como fuerza de rozamiento o fuerza de fricción, entre dos
superficies en contacto, a aquella que se opone al movimiento entre ambas
superficies (fuerza de fricción dinamica) o a la fuerza que se
opone al inicio del movimiento (fuerza de fricción estatica). Se genera debido a las imperfecciones, mayormente
microscópicas, entre las superficies en contacto. Estas
imperfecciones hacen que la fuerza perpendicular R entre ambas superficies no
lo sea perfectamente, si no que forme un angulo
φ con la normal N (el angulo de rozamiento). Por
tanto, la fuerza resultante se compone de la fuerza normal N (perpendicular a
las superficies en contacto) y de la fuerza de rozamiento F, paralela a las
superficies en contacto.
ROZAMIENTO ENTRE SUPERFICIES DE DOS SOLIDOS
En el rozamiento entre cuerpos sólidos se ha observado que son
validos de forma aproximada los siguientes hechos empíricos
1. La fuerza de rozamiento tiene dirección paralela a la superficie de
apoyo.
2. El coeficiente de rozamiento depende exclusivamente de la naturaleza de los
cuerpos en contacto, así como
del estado en
que se encuentren sus superficies.
3. La fuerza maxima de rozamiento es directamente proporcional a la
fuerza normal que actúa entre las superficies decontacto.
4. Para un mismo par
de cuerpos (superficies de contacto), el rozamiento es mayor un instante antes
de que comience el movimiento que cuando ya ha comenzado (estatico Vs.
cinético).
El rozamiento puede variar en una medida mucho menor debido a otros factores
1. El coeficiente de rozamiento es practicamente independiente del area de las
superficies de contacto.
2. El coeficiente de rozamiento cinético es practicamente
independiente de la velocidad relativa entre los móviles.
3. La fuerza de rozamiento puede aumentar ligeramente si los cuerpos llevan
mucho tiempo sin moverse uno respecto del otro ya que pueden sufrir
atascamiento entre sí.
Algunos autores sintetizan las leyes del
comportamiento de la fricción en los siguientes dos postulados
basicos 1]
2.2. Citas
“(…) quedaríamos fuera de la protección legal de la
CIDH, que sirve para corregir frenar excesos, equivocaciones y hasta abusos
judiciales o legislativos. Fue esta corte la que dejó
sin efecto la ley de amnistía fujimorista para el grupo Colina y
ordenó un nuevo juicio” (El Comercio.Editorial. 13/08/06).
“El Perú es signatario de compromisos internacionales que tiene
que respetar (…) Nosotros somos signatarios del
Pacto de San José de Costa Rica, que
no nos permite ampliar la pena de muerte a otros casos. La
implementación de la pena capital es viable
denunciando el tratado (…), pero renunciamos a la convención y
perdemos credibilidad como
país” (Adelaida Bolivar. Perú 21.
12/08/06).
“Si el país se aparta del pacto
de San José,
la mas grave consecuencia sería la desprotección de los
derechos humanos” (Walter Vasquez Vejarano. Perú
21. 11/08/06).
“(…) si es que ocurriera una denuncia del
Pacto de San José,
indudablemente que el ciudadano peruano afectado o vulnerado en sus derechos ya
no podría recurrir a la Corte Interamericana” (Fernando Vidal -ex
Juez Ad Hoc de la CIDH-. La Primera 13/08/06).
“En los momentos mas duros del
fujimorismo, cuando no se contaba con justicia interna por la
manipulación del Poder Judicial, el
Pacto de San José
dio a muchos peruanos la oportunidad de un resarcimiento y una
protección que el sistema interno no daba” (Francisco Euguren. El
Comercio 11/08/06).
“La convención prohíbe expresamente extender este tipo de pena a casos nuevos, y la CIDH ha declarado ya
que entiende esta prohibición como una
regla estricta y fundamental del
sistema. Por eso, promover la expansión de la pena
de muerte a nuevos casosrepresenta un esfuerzo inútil. Implica
exponernos a un juicio ante la CIDH” (Cesar Azabache. El Comercio.
11/08/06).
3. Falta de seguridad en los juzgamientos
3.1. Resumen
Uno de los argumentos reincidentes fue el que errar es humano y que nuestro
Poder Judicial es ineficiente y corrupto. En ese
sentido, se señala que no hay seguridad para implantar la pena de muerte
por la posibilidad de incurrir en error.
3.2. Citas
“Ese es uno de los riesgos mayores que
encontramos en este tipo de penas, porque un error judicial, con la
aplicación de la pena de muerte, ya no podría corregirse”
(Adelaida Bolivar. Perú 21. 12/08/06).
“Errar es humano y, en el caso de la pena de
muerte, irreversible. La posibilidad de error crece con un Poder Judicial como el nuestro, no solo
débil y acosado por la corrupción, sino sesgado” (Carlos
Ivan Degregori. Perú 21. 12/08/06).
“los jueces somos susceptibles de error. Si se
aplica inadecuadamente una pena de carcel, esta
equivocación puede subsanarse. Pero cuando media la
muerte, el hecho es irremediable” (Walter Vasquez Vejarano.
Perú 21. 11/08/06).
“Los fusilados seran los hijos de las barriadas
y no los de San Isidro,
Las Casuarinas o La Molina (…)” (Javier Valle Riestra. Correo. 11/08/06).
4. No esta acorde con el fin de la pena y
favorece a la venganza
4.1. Resumen
Se argumentó que el fin de la pena
eraresocializador y que, por ende, la pena de muerte er
1. La resistencia
al deslizamiento tangencial entre dos cuerpos es proporcional a la fuerza
normal ejercida entre los mismos.
2. La resistencia
al deslizamiento tangencial entre dos cuerpos es independiente de las
dimensiones de contacto entre ambos.
La segunda ley puede ilustrarse arrastrando un bloque
sobre una superficie plana. La fuerza de arrastre sera la misma aunque
el bloque descanse sobre la cara ancha o sobre un
borde mas angosto. Estas leyes fueron establecidas primeramente por
Leonardo da Vinci al final del siglo XV, olvidandose
después durante largo tiempo; posteriormente fueron redescubiertas por
el ingeniero francés Amontons en 1699. Frecuentemente
se les denomina también leyes de Amontons.