• 1. DOCUMENTOS NEGOCIABLES.
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• ¿Cuales son los documentos negociables
? Los que reúnen los siguientes requisitos: Firmados por el
expedidor o el librador. Contener una promesa o una orden
incondicionales de pago de cierta suma de dinero. Ser
pagadero al requerimiento o en fecha futura determinada o susceptible de serlo.
Ser pagadero a la orden o al portador. Cuando el
documento este dirigido a un librado y dicho librado
esté designado en el mismo por su nombre o de alguna manera que implique
razonable certeza.
¿Cuales son los documentos negociables ?
Otra característica de los documentos negociables es que: La suma
pagadera se tendra por cierta aún cuando deba ser satisfecha con interés , mediante pagos parciales determinados, etc.
• ¿Qué ocurre si el documento negociable no tiene fecha ?
¿No es valido ? Si es
valido. ( Artículo 6 Ley 52 ) Se hace pagadero a requerimiento cuando no tiene consignada la
fecha de pago.
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• ¿Cómo pueden ser los documentos negociables
? Pagadero a la Orden ( PAGADERO ANTE QUIEN )
Debe decirse quién paga ( girado u ordenado ) Pagadero al Portador (
PAGADERO A QUIEN ) A la persona designada o al portador.
• ¿Cómo se negocian los documentos negociables
? Mediante endoso. El endoso debera
constar por escrito en el mismo documento o en un
papel agregado a éste. La firma del endosante sin palabra alguna
adicional sera suficiente endoso. ( Artículo
31 Ley 52 ) El endoso debeserlo del documento íntegramente.
( Artículo 32 Ley 52 )
• 11. ¿Las facturas son documentos negociables ?
No, porque no son emitidas a portador ni son
endosables. Pero las facturas se transfieren por medio de un
contrato de factoring o por medio de un contrato de cesión de
crédito.
• 12. ¿Cuales son los documentos negociables
? Letras de Cambio Pagares Cheques Otros
• 13. Letras de Cambio Promesa de Pago ¿Cuando se utiliza ? Modelo de Letra de Cambio
• 14. Pagarés Promesa de Pago
¿Cuando se utiliza? Modelo de
Pagaré de Bancolombia
• 15. Cheques También conllevan una
promesa de pago. Aplica solo a los bancos como librados o
girados; por lo tanto, es necesaria una cuenta corriente bancaria para que
gires cheques.
• 16. Apertura de Cuentas Corrientes La apertura
efectiva de la Cta Cte se lleva a cabo por medio de la entrega de chequera.
Los Bancos se comprometen a rehusar la apertura de Cta Cte
por 2 años la primera vez y definitivamente la segunda vez cuando las
personas naturales o jurídicas tengan cuentas que fueron cerradas por
mal manejo. ¿ Mal Manejo ? Girado 3
cheques sin fondo en 6 meses, 5 cheques contra producto en 6 meses, otros. Acuerdo 32 de la Asociación Bancaria de Panama 1994
• 17. Devolución de Cheques Los Bancos utilizan una
papeleta de devolución acordada entre ellos que adolezca de las
siguientes fallas: Motivos de situación de fondos (
insuficientes, girado contra producto ) Suspensión de pago( stop
payment ) Deficiencia al llenar el cheque ( firma tachada o no corresponde,
beneficiario tachado ) Acuerdo 2 Asociación Bancaria de Panama
1972
• 18. Algunos Criterios de Interpretación de los
Cheques No puede ser devuelto por fecha adelantada. Cuando
la fecha se expresa en números, la primera cifra corresponde al
día, la segunda al mes y la tercera al año. Discrepancia en la suma en números y en palabras. Prevalece la suma en palabras. Acuerdo 19
Asociación Bancaria de Panama 1985
• 19. Cheques Características: Lleva este nombre Orden pura
y simple de pagar una suma Nombre de quien debe pagar (
librado ) Lugar y fecha en que se expide el cheque. Firma de quien emite
el cheque ( librador ) Artículo 919
Código de Comercio
• 20. Algunas Clases de Cheques Cheque Simple Cheque Cruzado ( sencillo o especial ) Cheque Certificado Cheque Viajero
Cheque de Gerencia Cheque Fiscal ( a favor del tesoro Nacional )
• 21. Compensación de Cheques Compensar es extinguir una deuda con
otra. Compensación bancaria: concurren las instituciones como
acreedores y deudores. Camara de Compensación: Unidad
administrativa del
Banco Nacional de Panama. Sucursal de Transístmica.
• 22. Ejemplo de Cheque
• 23. Términos de Prescripción de Documentos
Negociables Las acciones derivadas del cheque, pagaré, letra
de cambio, carta orden de crédito y de cualquier otro documento
negociable prescribe en 3 años. Artículo 2 Ley
60 de 2008.