CONTRATO DE LICENCIAMIENTO DE SOFTWARE, PRESTACION
DE SERVICIOS Y VENTA DE HARDWARE QUE CELEBRAN TELECOMUNICACIONES DE GUATEMALA,
SOCIEDAD ANÓNIMA Y _____ _______ ______ ____________, SOCIEDAD ANÓNIMA.
En la ciudad de Guatemala el ___________ de _____________ de dos mil ________,
Para los efectos de este contrato TELECOMUNICACIONES DE GUATEMALA, SOCIEDAD
ANÓNIMA una sociedad constituida bajo las leyes de Guatemala, con
domicilio social en Séptima Avenida (7av.), doce guión treinta y
nueve (12-39), zona uno (1), edificio de TELGUA, segundo (2do.) nivel,
Dirección Jurídica, municipio de Guatemala, departamento de
Guatemala podra ser denominada como TELGUA, indistintamente.
A su vez, también para los efectos de este
contrato _____ _______ ______ _________, constituida bajo las leyes de la
_____ _______ ______ ____________, con domicilio social en _____ _______ ______ _________,
podra ser denominada como
EL PROVEEDOR, indistintamente.
Ambas entidades actúan a través de sus respectivos representantes
legales o apoderados que cuentan con amplios y suficientes poderes o
atribuciones para representarles en el presente contrato.
TELGUA Y EL PROVEEDOR (considerados conjuntamente como 'las partes') someten el
presente contrato a las estipulaciones y condiciones establecidas en las
siguientes clausulas
PRIMERA: DEFINICIONES.
Las Partes convienen que para efectos del presente Contrato los términos
que a continuación se señalan, cuando sean empleados con
mayúscula la inicial, tendran la definición que a los
mismos se les asigna, sin perjuicio de que sean utilizados en singular o en
plural o de cualesquiera otros términos que se señalen a lolargo
del presente documento y sus Anexos:
* Afiliada: Significa respecto de una Persona determinada cualquier otra
Persona que, directamente o indirectamente a través de uno o mas
intermediarios tiene el Control, es Controlada o se encuentra bajo el Control
común de la persona especificada.
* Contrato: Significa el presente contrato marco de
licenciamiento y prestación de servicios, incluyendo todos los Anexos
que se integren al mismo debidamente firmados por ambas Partes, así como las modificaciones
que se hagan al mismo de conformidad con sus términos.
* Control: Se refiere a (i) tener la facultad para dirigir o causar la
dirección, directa o indirectamente, de las políticas y
administración de una Persona, ya sea por ejercicio del derecho de voto,
por ley, contrato o acuerdo entre las partes: o (ii) ser el propietario, directa
o indirectamente, con un porcentaje mayor al 50% de las acciones con derecho a
voto de dicha persona; o (iii) tener la facultad, directa o indirecta, de
designar a la mayoría del consejo de administración de dicha
persona o a las personas y órganos que realice funciones similares, ya
sea por el ejercicio del derecho de voto, por ley, contrato o acuerdo entre las
partes, Los términos “Control” y “Controlada”
tendran significados equivalentes.
* Especificaciones: Se refiere de manera conjunta a las especificaciones
técnicas y operativas del Software con
independencia de que se encuentren contenidas en uno o varios documentos que
sean entregados o puestos a disposición de TELGUA por parte del
PROVEEDOR.
* Información Confidencial: Todo tipo de información que las
Partes se transmitan ogeneren con motivo de la celebración del presente
Contrato, entre la que se encuentra comprendida (i) el presente Contrato; (ii)
el interés y participación de las Partes en la realización
del objeto del presente Contrato, (iii) el hecho de que las Partes se
encuentren trabajando juntas en la realización del objeto del presente
Contrato, (iv) las actividades que las Partes hayan realizado o realicen en
relación con el objeto del presente Contrato y (v) la información
y especificaciones técnicas relacionadas con el mismo, ya sea que se
presente en forma escrita, verbal, visual o por cualquier otro medio y sin
importar el soporte material en el cual se contenga, constituyendo dicha
información un secreto industrial para las Partes.
* Hardware: Hace referencia a cualquier componente físico
tecnológico, que trabaja o interactúa de algún modo con la
computadora. No sólo incluye elementos internos como el disco duro,
CD-ROM, disquetera, sino que también hace referencia al cableado,
circuitos, gabinete, etc. E incluso hace referencia a elementos externos como
la impresora, el mouse, el teclado, el monitor y demas
periféricos.
* Mantenimiento: Significa las actualizaciones,
parches y mejoras del
software que seran proporcionadas por EL PROVEEDOR durante el tiempo que
se estipule en el presente Contrato y en sus Anexos.
* Parte: Significa indistintamente el PROVEEDOR o TELGUA, según sea el
caso.
* Partes: Significa conjuntamente el PROVEEDOR y TELGUA.
* Persona: Es cualquier persona física, asociación, sociedad, fideicomiso,
persona moral, autoridad gubernamental o entidad de cualquier naturaleza a la
que lalegislación vigente le reconozca personalidad jurídica.
* Software: Es todo programa o aplicación programado para realizar
tareas específicas.
El software en sentido amplio: programas, detalles del diseño escritos en un lenguaje de
descripción de programas, diseño de la arquitectura,
especificaciones escritas en lenguaje formal, requerimientos del sistema, etc.
El 'software' como programa: Consiste en un
código en un lenguaje maquina específico para un
procesador individual. El código es una secuencia de instrucciones
ordenadas que cambian el estado del
hardware
* Solución: Paquete de productos, servicios, y tecnologías, que
funcionan de una manera mas efectiva, como un todo, que la suma de los elementos
individuales que la componen (véase, hardware y software).
* Soporte Técnico: Significa, los servicios que se adquieren durante el
periodo contratado por TELGUA para asesorarlo sobre dudas del funcionamiento
del software, preguntas sobre la instalación o re instalación del
mismo, o algún otro problema que requiera la intervención de
personal especializado EL PROVEEDOR dentro de los horarios pactados por ambas
Partes y de acuerdo a lo establecido en el o los Anexos correspondientes.
* Servicios: significa el desarrollo de aquellas actividades que se encuentran
contempladas en este Contrato y en cada uno de los
Anexos que se celebren y que seran considerados como
parte del
presente instrumento; actividades que pueden incluir, sin limitarse a, Soporte
Técnico y Mantenimiento.
SEGUNDA: OBJETO.
El objeto del presente Contrato es establecer los términos y condiciones
bajo los cuales el PROVEEDOR otorga a TELGUA y ésteadquiere la o las
licencias para usar y comercializar el Software de la Solución Smart
Talk en sus distintas versiones.
La licencia que el PROVEEDOR otorga a TELGUA sera para usar el Software
de la Solución Smart Talk en sus distintas versiones y que esta sea
comercializada por TELGUA a sus clientes. Estas licencias estaran a
disposición de TELGUA por el tiempo que esta tenga dentro de sus
productos de venta a clientes la Solución Smart Talk, gozando TELGUA de
una exclusiva total de uso, goce, disfrute y disposición sobre esta
licencia y demas software relacionado a la Solución Smart Talk
así como de cualquier variante que EL PROVEEDOR realice a requerimiento
de TELGUA.
Igualmente, según se establezca en los Anexos que se agreguen al
presente Contrato debidamente firmado por ambas Partes, el PROVEEDOR
prestara los Servicios a favor de TELGUA según le sean requeridos.
EL PROVEEDOR se compromete expresamente a tener dentro de su inventario para
disposición inmediata de TELGUA licencias y demas Hardware que sean requeridos por TELGUA para que sus clientes puedan hacer
uso de la Solución Smart Talk.
Las Partes convienen que TELGUA mediante este contrato adquiere de manera
exclusiva la totalidad de derechos sobre la licencia de Software de la
Solución Smart Talk, la prestación de los Servicios de
mantenimiento sobre la Solución y los derechos con que cuente EL
PROVEEDOR sobre la marca y/o nombre comercial Smart Talk o cualquier variante
del mismo que haga alusión a la Solución que EL PROVEEDOR
licencia a TELGUA, mismos que gozara sin limitación alguna.
TERCERA. DERECHOS, OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE
TELGUA.TELGUA se obliga a
a) Hacer su mejor esfuerzo por mercadear y publicitar los servicios objeto de
este contrato.
b) Cancelar a EL PROVEEDOR los montos correspondientes
a las órdenes de compra puestas para el producto, siempre y cuando el
producto haya sido entregado libre de defectos.
CUARTA. OBLIGACIONES Y
RESPONSABILIDADES DE EL PROVEEDOR.
EL PROVEEDOR se obliga a
a) Brindar a TELGUA los servicios en la calidad, tiempo y condiciones
según los términos del
presente contrato.
b) Personalizar, según lo solicite TELGUA, todo software y hardware
según los requerimientos hechos por ésta.
c) Brindar el mantenimiento y actualización de la aplicación.
d) Verificar en todo momento que la aplicación de que se trate se
encuentre en óptimas condiciones de acceso y funcionamiento.
e) Responsabilizarse frente a TELGUA de los daños y perjuicios que le
causare por el incumplimiento a cualquiera de sus obligaciones consignadas en
este Contrato
f) Responsabilizarse de la atención por cualquier queja respecto al
funcionamiento del Software, Hardware y servicios que
preste a TELGUA en relación a la aplicación a que se refiere el
presente Contrato.
g) Establecer un servicio de atención al cliente mediante el cual se
informe acerca de aquellas dudas técnicas u específicas de la
aplicación contratada, esto puede ser realizado mediante el desarrollo
de una pagina web (www.smarttalksms.com) la cual contiene la
sección de soporte donde se podran resolver todas las dudas e
inconvenientes que se presenten, así como un chat en línea para
dar soporte inmediato a los clientes.
h) Realizar una tipificación defallas en los casos en los cuales la
instalación del
equipo cause problemas para un cliente específico así como brindar apoyo para
que dichos problemas sean resueltos.
i) Correr con todos los gastos de promoción y publicidad de la
aplicación según le sea requerido en forma y tiempo por TELGUA.
QUINTA. VIGENCIA Y TERMINACIÓN POR CONVENIENCIA
El plazo del
presente contrato es indefinido, por lo que el mismo puede ser terminado de la
forma que en este contrato se pacta.
El presente contrato puede terminar por
(i) Por mutuo consentimiento entre las partes;
La terminación de la relación contractual por virtud de lo
dispuesto en el inciso anterior, no generara para ninguna de las partes
obligación de indemnizar daños y perjuicios.
(ii) Inmediatamente, por la comisión de algún delito contra la
propiedad o personas de una de las partes contra la otra; y por la negativa
infundada de cualquier parte a rendir los informes y cuentas o practicar las
liquidaciones relativas a la relación contractual, en el tiempo y modo
convenidos.
(iii) POR TELGUA, de forma inmediata si LA PROVEEDORA divulga o informa a
tercero, sin la debida autorización, de todo hecho, dato, clave o
fórmula por virtud de la relación contractual celebrada.
(iv) Por cualquiera de las partes, cuando la otra incumpla con cualesquiera de
las obligaciones principales del presente contrato. Para que
sea valida la terminación bajo este supuesto, la parte que la
invoque tuvo que haber notificado por escrito a la otra parte del
incumplimiento y haber otorgado un plazo de quince (15) días
habiles para que dicha parte repare o enmiende el incumplimiento v) Por TELGUA, sin ninguna responsabilidad de su parte,
con un aviso por escrito a LA PROVEEDORA con treinta (30) días
calendario de anticipación a la terminación.
Cualquier terminación unilateral de la relación contractual
debera hacerse saber a la otra parte por medio de un
simple aviso debidamente notificado.
Una vez terminado el plazo del
contrato, ya sea de forma anticipada o por su vencimiento, quedan extintos o
terminados todos los derechos y obligaciones que del mismo surgieron. Como excepción, quedaran a salvo los cargos y pagos pendientes
anteriores a la fecha de la terminación.
SEXTA. CONTRAPRESTACIONES Y FORMA DE PAGO
TELGUA pagara a EL PROVEEDOR por concepto de contraprestación por
la venta de licencias de la Solución Smart Talk, venta de Hardware,
prestación de servicios, los precios que se detallen en el Anexo
respectivo de precios, los cuales seran sujetos de revisión
cuando las partes así lo acuerden, pudiendo ser modificados mediante la
suscripción de un anexo de precios, el cual se agregara al
presente Contrato para formar parte del mismo.
EL PROVEEDOR debera emitir una factura por cada Orden de Compra, misma
que sera cancelada treinta (30) días después de ser
entregado el producto en bodegas de cada uno de los países donde
comercialice con la solución y la factura correspondiente en el
Departamento de Cuentas por pagar de la Gerencia de Contabilidad de TELGUA, que
EL PROVEEDOR declara conocer.
SEPTIMA. IMPUESTOS
Las Partes acuerdan que cada una sera responsable individualmente del
cumplimiento de sus respectivas obligaciones fiscales, así como del
entero de los impuestos y demascontribuciones causadas en virtud del
presente Contrato, en los términos de las leyes aplicables, por lo que
ninguna de las Partes sera considerada como obligada solidaria respecto
de la otra Parte en lo que se refiere a dichas obligaciones de caracter
fiscal.
OCTAVA. GARANTIAS
El Proveedor garantiza que el Software y Hardware operara de conformidad
con sus Especificaciones durante el período que para tal efecto se
establezca en el Anexo correspondiente. El único recurso de TELGUA en
caso de incumplimiento por parte del Proveedor sera que se
adoptara una de las siguientes medidas: (i) el Proveedor
modificara el Software o Hardware para que cumpla de manera sustancial con
sus Especificaciones; (ii) el Proveedor remplazara el Software o
Hardware por uno funcionalmente equivalente; o (iii) si el Proveedor no puede
proporcionar ninguno de los remedios anteriores, reembolsara a TELGUA
cualesquiera cantidades pagadas al Proveedor por el Software, Hardware y
Servicios relacionados con el mismo, hasta el día en que el Proveedor no
proporciono el remedio citado.
NOVENA: CESION DE MARCA Y NOMBRE COMERCIAL.
_____ _______ ______ ________ en representación de EL PROVEEDOR, declara que
su representada es la legítima propietaria de la marca “SMART
TALK” de la cual cede todos los derechos de uso, sin ninguna
limitación, mas que las legales, a TELGUA, misma que podra
usar dicha marca para la venta y promoción de la Solución que
comercializara.
_____ _______ ______ ________ en representación de EL PROVEEDOR, declara que
su representada es la legítima tenedora y usuaria del nombre comercial
“SMART TALK” de la cual cede todos los derechos deuso, sin ninguna
limitación, mas que las legales, a TELGUA, misma que podra
usar dicho nombre comercial para la venta y promoción de la
Solución que comercializara.
DECIMA. PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL
TELGUA no asume responsabilidad alguna por las violaciones que se causen en
materia de propiedad industrial o intelectual relacionadas con el Software, los
Servicios, las Especificaciones o cualquier otro elemento proporcionado por el
Proveedor.
En tal virtud, el Proveedor se obliga a sacar en paz y a salvo y, en su caso, a
indemnizar a TELGUA de cualquier reclamación que se presentare en contra
de este último, por la violación de derechos de propiedad
industrial o intelectual pertenecientes a terceros cuando dicha
reclamación se encuentre relacionada con el Software, los Servicios, las
Especificaciones o cualquier otro elemento proporcionado por el Proveedor a
TELGUA. Las Partes convienen que la garantía contenida
en esta clausula se otorga sin límite alguno.
Sin perjuicio de lo anterior, las Partes convienen que esta garantía
únicamente podra ser exigida si TELGUA, tan pronto como tenga conocimiento
y le sea posible, notifica por escrito al Proveedor sobre la existencia de
cualquier reclamación y le otorgue el control para litigar o transar la
solución de la reclamación, así como prestarle toda la
asistencia que resulte razonablemente necesaria, esto en el entendido de que el
Proveedor en todo momento debera de mantener debidamente informado a
TELGUA sobre la tramitación del litigio o transacción,
según sea el caso, así como a consensuar con TELGUA todas las
medidas legales que pretendan implementar para resolverla reclamación de
que se trate.
De igual forma, las Partes convienen que en ningún momento TELGUA
tendra la obligación de otorgar poder o facultad alguna a favor del Proveedor, sus representantes o asesores, para la
solución de la reclamación.
Las partes convienen que el Proveedor no sera responsable si la
reclamación por violación de derechos de propiedad industrial o
derechos de autor pertenecientes a terceros, es ocasionada por (i) el mal uso
del Software o Hardware por parte de TELGUA, entendiéndose por mal uso a
todo aquel uso distinto a lo señalado en el presente Contrato o en el
Anexo correspondiente, (ii) la falta de TELGUA para implementar los reemplazos
del Software o Hardware o de las actualizaciones puestos a su
disposición por el Proveedor sin costo alguno para TELGUA, cuando el
Proveedor considere que el Software o Hardware entregado originalmente puedan
incurrir en la violación de derechos de terceros, y (iii) el uso del
Software o Hardware en combinación con cualesquiera productos o
información que no sea propiedad o que no haya sido proporcionada por el
Proveedor, siempre y cuando dicho uso combinado no haya sido recomendado por el
Proveedor o no esté contemplado en las Especificaciones.
DECIMA PRIMERA: EXCLUSIVIDAD
LA PROVEEDORA se obliga a no celebrar convenio, contrato alguno o prestar
servicios con cualesquier empresa que sea competencia directa o indirecta de
TELGUA, en el ramo de telecomunicaciones o cualquiera de los servicios que
presta TELGUA o prestara en el futuro, excepto a las entidades vinculados
directa o indirectamente con el grupo América Móvil, esta
limitación o exclusividad es paracualquier otra empresa sin importar su
ubicación geografica, sobre cualquier licencia, software o
soluciones similares o igual a Smart Talk o cualquiera de las aplicaciones,
parches o actualizaciones que entregue a TELGUA en virtud del cumplimiento de
este contrato.
DECIMA SEGUNDA. SERVICIOS EXTRAORDINARIOS
En el supuesto de que TELGUA llegara a requerir servicios extraordinarios,
es decir, servicios no contemplados en un Anexo, el Proveedor los
prestara, siempre y cuando dichos servicios extraordinarios hayan sido
solicitados por escrito por TELGUA y ambas Partes suscriban el Anexo
correspondiente especificando la naturaleza de tales servicios extraordinarios
y la contraprestación que correspondera a los mismos, así
como cualesquiera otros términos y condiciones que puedan aplicar a
dichos servicios extraordinarios.
DECIMA TERCERA. CONFIDENCIALIDAD
Ninguna de las Partes publicara, reproducira, hara
circular ni de cualquier otra forma distribuira o divulgara
ninguna información oral, escrita, grafica o en cualquier otro
soporte proporcionada por la otra Parte, incluyendo, mas no limitado a, la
información que se refiere a las Previsiones, las ventas, resultados,
estado de relaciones con terceros, el contrato, los precios, el negocio en
general, información financiera o técnica, sobre productos,
Servicios, Clientes actuales o potenciales, o de cualquier otra materia;
comunicación o material relacionado con este Contrato o cualquier
información o material proporcionado a ella por la otra Parte y que
esté marcada como 'confidencial' o con cualquier otra marca
para indicar su propia naturaleza o que en virtud de lascircunstancias que
rodean la revelación, la Parte receptora debiera razonablemente entender
que dicha información sea confidencial (colectivamente
'Información Confidencial').
La Información confidencial de cada una de las Partes sólo
sera utilizada por la otra Parte en su desempeño de su actividad
respeto del presente contrato, y no sera revelada por la otra Parte,
salvo a aquellos empleados o agentes de dicha otra Parte, que tienen necesidad
de saberlo y la obligación de cumplir con los términos de esta
clausula. Cada Parte acuerda que tomara todas las medidas
razonables para proteger el secreto y evitar la divulgación o uso de
Información Confidencial de la otra Parte, a fin de evitar que dicha
Información Confidencial caiga en dominio público o en
posesión de personas distintas de las personas autorizadas en virtud del
presente Contrato. Dichas medidas deberan incluir, sin limitarse a, el
mas alto grado de atención que la Parte receptora utiliza para
proteger su propia Información Confidencial de naturaleza similar, que no
sera inferior a un cuidado razonable. Cada
Parte se compromete a notificar inmediatamente a la Parte emisora por escrito
de cualquier de uso indebido o sospecha de uso indebido, apropiación
indebida o revelación no autorizada de la Información Confidencial
de la otra Parte que pueda llegar a la Parte receptora.
No obstante lo anterior, cada Parte podra revelar información
relativa a este Contrato y las transacciones contempladas por este medio,
incluido el suministro de una copia del presente Contrato a: (i) los posibles
socios, inversionistas o banqueros de inversión y sus respectivos
empleados, agentes,abogados y auditores en relación con los procesos de
revisión y auditoria de dicha Parte; y (ii) aquellos asesores y
profesionales de la Parte, en relación con las auditorias fiscales,
legales o cuestiones relacionadas con el asesoramiento, en todos los casos en
que dichas Partes tengan una 'necesidad de conocer' dicha
Información Confidencial y estén sujetas a las restricciones de
la confidencialidad del presente Contrato. Si cualquiera de lo siguiente se
aplica a cualquier información, esa información no sera
considerada como Información Confidencial: (i) es o se convierte en
dominio público sin que medie incumplimiento del presente Contrato o
acto ilícito de una de las Partes, (ii ) ya estuviera en la
posesión de cada una de las Partes y no estuviera sujeto a ningún
contrato de confidencialidad entre las Partes, como se demostrara por
documentación escrita contemporanea, (iii), fuera recibida de un
tercero sin restricciones a favor de esa Parte, y sin violación del
presente Contrato, o (iv) sea desarrollada de forma independiente por una Parte
sin hacer referencia a la Información Confidencial de la otra Parte y
por personas que no tienen acceso a la Información Confidencial de esa
Parte. Cada Parte podra revelar la Información Confidencial de la
otra Parte en virtud de una exigencia de una agencia de gobierno debidamente
habilitadas o un tribunal de jurisdicción competente o de otra forma
fuera requerido por la ley, previa notificación y una oportunidad
razonable de intervenir a la Parte cuya Información Confidencial
esta sujeto a divulgación. A la terminación o
expiración del presente Contrato, cada Parte debera destruir
todaInformación Confidencial de la otra Parte y certificarlo por escrito
a la dirección de la otra Parte. Las obligaciones de esta
disposición subsistiran tras la terminación o
expiración del
presente Contrato.
DÉCIMA CUARTA. ENTIDADES SEPARADAS
Nada de lo contenido en el presente Contrato debera ser considerado como
la constitución de una relación de socios entre ambas Partes, por
lo que no se conjuntan, ni se unen activos con responsabilidades fiscales o
frente a terceros ni de cualquier otra naturaleza, limitandose la
relación de ambas Partes, única y exclusivamente, a lo estipulado
en el presente Contrato. Ninguna de las Partes podra actuar en nombre y
representación de la otra, ni podra ser
agente o gestor del
otro, excepto en los casos previstos bajo el presente Contrato.
DÉCIMO QUINTA. CESIÓN DE DERECHOS
El Proveedor no podra ceder o traspasar los derechos y obligaciones que
adquiere en este Contrato, sin el consentimiento previo y por escrito de
TELGUA, mismo que no podra ser injustificadamente denegado, incluyendo
de modo no limitativo el ceder, traspasar, endosar, transmitir, descontar o
participar, bajo ningún título, las facturas y/o cualesquiera
otros derechos de cobro que se generen con motivo del presente Contrato.
Por su parte TELGUA podra ceder o traspasar el presente Contrato, cuando
dicha cesión se realice en favor de cualesquiera de sus sociedades
afiliadas, con el único requisito de dar previo aviso por escrito cuando
menos quince (15) días de anticipación a la fecha en la que la
cesión o el acto que la origine surta efectos para el Proveedor. En caso
de que TELGUA quiera ceder el presenteContrato a un
tercero distinto a sus afiliadas requerira el consentimiento previo y
por escrito del Proveedor, mismo que no podra ser injustificadamente
denegado.
DÉCIMO SEXTA. SUBCONTRATACIÓN
Para el correcto cumplimiento del presente Contrato, cualquiera de las Partes
podra subcontratar, total o parcialmente, las obligaciones que adquieren
bajo el presente Contrato con terceras Personas, en el entendido de que la
Parte que lleve a cabo dicha subcontratación continuara siendo
total e individualmente responsable frente a la otra respecto del cumplimiento
de tales obligaciones.
Las Partes convienen que TELGUA podra solicitar la remoción de un
subcontratista bastando para ello, aviso por escrito con 15 días de
anticipación a la fecha de dicha remoción.
DÉCIMO SÉPTIMA. DOMICILIOS
Para todo lo relativo al presente Contrato, para todos los efectos legales
correspondientes y para efectuar los avisos, notificaciones y comunicaciones
que tuvieren necesidad de darse en relación con este Contrato, las
partes señalan como
sus domicilios los siguientes
TELGUA: (7ª) avenida, doce guión treinta y nueve (12-39) de la zona
uno (1). Segundo (2º) nivel, Departamento
Jurídico. Municipio de Guatemala, Departamento de Guatemala.
ELPROVEEDORA: __________ ______ ____ ________ del
Municipio de Guatemala,
Departamento de Guatemala.
Cada una de las partes conviene en notificar por escrito a Ia
otra cualquier cambio de domicilio, cuando menos con tres (3) días
naturales de anticipación a Ia fecha en que vaya a efectuar tal cambio. El incumplimiento de esta obligación implicara que
los avisos, notificaciones o comunicaciones entregadosen el último
domicilio conocido por la parte que los efectúa, surtiran todos
los efectos legales respecto de la Parte a quien estan dirigidos a
partir de la correspondiente fecha de entrega y mientras subsista su
incumplimiento.
DÉCIMO OCTAVA. NOTIFICACIONES
Cualquier notificación que las Partes deban darse de acuerdo con el presente
Contrato sera hecha por escrito, por correo certificado con acuse de
recibo, o bien por fax o cualquier otro medio electrónico o escrito de
comunicación, de tal manera que siempre exista constancia de que el
documento respectivo fue recibido por la otra Parte.
De igual forma, las Partes convienen que las notificaciones que estas se
efectúen con motivo del
presente Contrato surtiran efectos y comenzaran a correr los
términos que, en su caso, les corresponda del mismo día en el que se lleve a
cabo la notificación de que se trate.
DÉCIMO NOVENA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR
Ante un caso fortuito o evento de fuerza mayor que impida a cualquiera de las
Partes el cumplimiento, total o parcial, de sus obligaciones bajo el presente
Contrato, la Parte que sufra el caso fortuito o evento de fuerza mayor
debera dar aviso por escrito a la otra Parte dentro de los cinco (5)
días naturales siguientes a aquel en que el caso fortuito o evento de
fuerza mayor haya ocurrido, señalando las posibles vías de
solución y en caso de que tal circunstancia no se subsane dentro de los
treinta (30) días siguientes a partir de la notificación, se
podra dar por terminado anticipadamente el presente Contrato.
VIGÉSIMA. RESPONSABILIDAD LABORAL
Las Partes declaran que la suscripción del presente
Contrato no creavínculos de naturaleza laboral entre EL PROVEEDOR o sus
empleados y TELGUA, por lo que el presente Contrato estara sujeto
únicamente a las clausulas de este contrato y a la
legislación mercantil vigente. Cada Parte asume toda responsabilidad de
tipo laboral, fiscal, riesgo profesional o de cualquier índole
proveniente de la ejecución del
presente Contrato, liberandose mutuamente de cualquier responsabilidad
de tal naturaleza que pueda originarse por la ejecución del mismo.
VIGÉSIMO PRIMERA. PENALIZACIÓN
En caso de que el Proveedor tenga algún retraso injustificado en el
cumplimiento de las obligaciones de mantenimiento y/o soporte técnico,
de acuerdo a los términos establecidos por las Partes, éste se
obliga a pagar a TELGUA como pena convencional una compensación
financiera equivalente al cinco por ciento (5) diario aplicables sobre el valor
total de los servicios de mantenimiento.
VIGÉSIMO SEGUNDA. FIANZA
El Proveedor, para seguridad y garantía del exacto cumplimiento de todas
las obligaciones estipuladas a su cargo en el presente Contrato y sus Anexos,
otorgara y se obligara a mantener vigente por el término
que se mantenga en vigencia este contrato, una fianza, misma que se
aplicara en su totalidad en caso de cualquier incumplimiento de este
Contrato o de los Anexos, siendo a su cargo el importe del costo de la fianza y
cualquier otra cantidad derivada de su contratación y renovación,
en su caso.
El monto por el que el Proveedor debera otorgar la fianza sera
________________, debiendo entregarla a TELGUA, en un
plazo no mayor a quince (15) días habiles posteriores a la
obtención de la misma.VIGÉSIMO TERCERA. JURISDICCIÓN
Todas las controversias que surjan por la aplicación y cumplimiento del
presente contrato se resolveran amigablemente entre las partes, y en
caso de no existir arreglo, las controversias se dilucidaran ante la
jurisdicción de los tribunales de la Ciudad de Guatemala, del
departamento de Guatemala, en la vía sumaria renunciando las partes a
cualquier otra jurisdicción que les competa por cualquier otra
razón.
VIGESIMO: ACEPTACION. Manifestamos los otorgantes, en la calidad con que
actuamos, que aceptamos el presente contrato, en los términos y
condiciones establecidas, el cual habiéndolo leído y estando
impuestos de su contenido, objeto, validez y demas efectos legales, lo
aceptamos, ratificamos y firmamos.
_____ _______ ______ _____________JOSE CERVANTES RIVERAMandatario General con Representación.TELECOMUNICACIONES
DE GUATEMALA,
SOCIEDAD ANÓNIMA. | __________ ______ ____ __HECTOR
EDUARDO PALACIOS MACIASMandatario General con Representación.TELECOMUNICACIONES DE GUATEMALA,
SOCIEDAD ANÓNIMA. |
_____ _______ ______ _______________(nombre del firmante)(cargo que ocupa el
firmante)(entidad que representa el firmante) |
En la ciudad de Guatemala, el _______________ (__) de _________ del año
dos mil diez (2010), Yo el notario DOY FE que las firmas que anteceden son
auténticas por haber sido puestas el día de hoy en mi presencia
por los señores: a. JOSE CERVANTES RIVERA quien es persona de mi
anterior conocimiento, y actúa en su calidad de Mandatario General con
Representación de la entidad Telecomunicaciones de Guatemala, Sociedad
Anónima; b. HECTOR EDUARDO PALACIOSMACIAS quien es persona de mi anterior
conocimiento, y actúa en su calidad de Mandatario General con
Representación de la entidad Telecomunicaciones de Guatemala, Sociedad
Anónima; y c. ______________ quien se identifica con la Cédula de
Vecindad número de orden A guión uno (A-1) y de registro
________________ (__) extendida por el alcalde municipal de ______________,
departamento de _______________, quienes vuelven a firmar juntamente con el
infrascrito notario la presenta acta de legalización.
_____ _______ ______ _____________JOSE CERVANTES RIVERAMandatario General con Representación.TELECOMUNICACIONES
DE GUATEMALA,
SOCIEDAD ANÓNIMA. |
__________ ______ ____ __HECTOR EDUARDO PALACIOS MACIASMandatario
General con Representación.TELECOMUNICACIONES
DE GUATEMALA,
SOCIEDAD ANÓNIMA. |
_____ _______ ______ _______________(nombre del firmante)(cargo que ocupa el
firmante)(entidad que representa el firmante) |
ANEXO I.
“LISTADO DE PRECIOS”
PRODUCTO | PRECIO | INCLUYE |
Smart Talk Professional | US $900.00 | Personalización de la caratula
según CLARO, empaque, modem USB, cable USB, Manual de
instalación, y derecho de licencia de software para 1 computadora. |
Smart Talk Complete | US $3,200.00 | Personalización de la caratula
según CLARO, empaque, modem USB, cable USB, Manual de
instalación, y derecho de licencia de software para 1 computadora, y
disco de instalación de software. |
Estos precios NO incluyen el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
_____ _______ ______ _____________JOSE CERVANTES RIVERAMandatario General con Representación.TELECOMUNICACIONES
DE GUATEMALA,
SOCIEDAD ANÓNIMA. | __________ ______ ____ __HECTOREDUARDO
PALACIOS MACIASMandatario General con Representación.TELECOMUNICACIONES
DE GUATEMALA,
SOCIEDAD ANÓNIMA. |
_____ _______ ______ ______________ nombre del firmante)(cargo que
ocupa el firmante)(entidad que representa el firmante) |
ANEXO II
“ESPECIFICACIONES DE LA LICIENCIA DE SOFTWARE DE LA SOLUCION SMART
TALK”
PRODUCTO | INCLUYE |
Smart Talk Professional | * Pago único por licencia *
Actualización de software gratis * Soporte en línea * Derecho de
uso de la solución en 1 computador. |
Smart Talk Complete | * Pago único por licencia * Actualización
de software gratis * Soporte en línea * Derecho de uso
de la solución en 1 computador. |
_____ _______ ______ _____________JOSE CERVANTES RIVERAMandatario General con Representación.TELECOMUNICACIONES
DE GUATEMALA,
SOCIEDAD ANÓNIMA. |
__________ ______ ____ __HECTOR EDUARDO PALACIOS MACIASMandatario
General con Representación.TELECOMUNICACIONES
DE GUATEMALA,
SOCIEDAD ANÓNIMA. |
_____ _______ ______ _______________(nombre del firmante)(cargo que ocupa el
firmante)(entidad que representa el firmante) |
ANEXO III
“ESPECIFICACIONES DEL HARDWARE”
PRODUCTO | DETALLES |
Smart Talk Professional | Modem EDGE Data Card Fax/Data/Modem , GPRS, Quad Band
GSM, USB 2.0 Interface
EDGE 460.8 Kbps high-speed performance
|
Smart Talk Complete | Modem GSM iTengo 3800 Fax/Data/Modem, GPRS, Quad Band
GSM, USB 2.0 Interface
EDGE 460.8 Kbps high-speed performance 4G MicroSD memory expansions.
|
_____ _______ ______ _____________JOSE CERVANTES RIVERAMandatario General con Representación.TELECOMUNICACIONES
DE GUATEMALA,
SOCIEDAD ANÓNIMA. |__________ ______ ____ __HECTOR EDUARDO
PALACIOS MACIASMandatario General con Representación.TELECOMUNICACIONES
DE GUATEMALA,
SOCIEDAD ANÓNIMA. |
_____ _______ ______ ______________ nombre del firmante)(cargo que
ocupa el firmante)(entidad que representa el firmante) |
ANEXO IV
“ESPECIFICACIONES DE LOS SERVICIOS A PRESTAR POR PARTE DE EL
PROVEEDOR.”
1. Cumplimiento con tiempos de entrega y disponibilidad de equipos contra
Órdenes de Compra
2. Entrega de la marca “Smart Talk” a CLARO y la funcionalidad del software como tal.
3. Prohibir la venta de las soluciones a cualquier otra empresa que no sea
TELGUA en la región bajo el control de la representación de Servicios
de Valor Agregado Regional de Guatemala.
4. Prohibir la venta de otros productos similares o que cumplan una
función similar al Smart Talk a otra empresa
que no sea CLARO.
5. Apoyo en medios publicitarios , (siempre y cuando
sea programada y aprobada con anterioridad) por Claro
6. Soporte y garantía del producto durante el tiempo de
vida de el mismo
7. Personalización de las soluciones a la imagen de CLARO, esta
personalización debera hacerse tanto en imagen física de
los productos como
también en la parte de software.
_____ _______ ______ _____________JOSE CERVANTES RIVERAMandatario General con Representación.TELECOMUNICACIONES
DE GUATEMALA,
SOCIEDAD ANÓNIMA. |
__________ ______ ____ __HECTOR EDUARDO PALACIOS MACIASMandatario
General con Representación.TELECOMUNICACIONES
DE GUATEMALA,
SOCIEDAD ANÓNIMA. |
_____ _______ ______ ______________ nombre del firmante)(cargo que
ocupa el firmante)(entidad que representa el firmante) |