RELACIONES
DE LA ADMINISTRACION CON DERECHO POLITICO
El Derecho político comprende las normas que rigen la organización, la vida
política de una sociedad. Variara según el tiempo, la época y según la cultura.
El centro en
las culturas orientales giran alrededor de la religión.
Islam => Corán ; Grecia => Motivaciones jurídicas, filosóficas ;
Edad Media =>Razones teológicas
Trata de regularizar o normalizar la organización social de una comunidad.
UBI SOCIETAS IBI IUS Donde hay sociedad hay Derecho..
La política y el Derecho sustenta a la sociedad. El Derecho sera la norma que
guíe y oriente los actos humanos hacia determinado fin. La política la
encontraremos en el marco de las actividades humanas relacionadas con el poder.
Tienen distintos fines.
El fin perseguido por el Derecho se circunscribe a los actos del hombre, que son indispensables para
laconvivencia y desarrollo armónico de los intereses individuales y colectivos
dentro de la vida social.
El fin de la política es más amplio y ambiguo y esta vinculado a varias
facetas: Construir, desenvolver, modificar, defender o destruir un orden que
sea entendido como orden fundamental, es decir,
en el que reposa la armonía y la vida del
grupo.
Etimológicamente la Política esta unida a la sociedad. Política => Polis
=> Ciudad.
Esta ciudad entendida como
vida de la sociedad civilizada. Vida ordenada según normas.
Las relaciones de poder.
Mando y obediencia como
factores básicos de la convivencia. Estas relaciones nos llevan a la estructura
de Estado.
El Estado según el Profesor Fdez. Miranda es el medio de organizar la
convivencia política organizada en una completa sociedad histórica determinada
que integra en si otros grupos y sociedades.
En cuento Estado de sociedad básica que centraliza un poder independiente y
autónomo, monopolizando la emisión de las reglas de Derecho y su sanción.
Finalidades básicas de la sociedad.
Hay una cierta relación entre Derecho y Política en el fenómeno estatal,
reflejada en las finalidades sociales que persiguen.
Política hay fuera del
estado con lo cual esta no esta restringida en el marco estatal.
La realidad política es mas rica que lo que marcan las lineas jurídicas, no se
encuentran solamente en las leyes jurídicas fundamentales (Constitución).
La Constitución Española no es mas que un intento de regularizar unos cauces
básicos que de modo alguno pretende prever todas las posibles situaciones que
se pueden producir en el juego del
poder político.
El Derecho políticoes la ciencia que estudia los principios y las formas de
ordenación de las comunidades humanas .Así en un sentido restringido el objeto
del Derecho político entendería esencialmente temas jurídicas y en un sentido
mas amplio, para entender el porque de una determinada situación habría que
recurrir en un sentido, a la ayuda de otras ciencias o disciplinas de carácter
filosófico, sociológico, histórico, estadístico e incluso de ámbito
administrativo o hacendístico.
El profesor Lúcas Verdú expone los obstáculos que existen para la judificación
de la Política:
1 razón.- El carácter general o enciclopédico. La dificultad de realizar una
síntesis sistemática al tratar muchas ramas del saber.
2 razón.- El carácter intransitivo del Derecho político. El Derecho político no
se puede conectar directamente con la realidad política.
3 razón.- Consideración del Estado como el
objeto central de estudio del
Derecho Político. El Derecho político podriamos considerarlo como Derecho estatal siendo así la política
seria igual al estado lo cual no es cierto.
4 razón.- Resistencia del Derecho político para encuadrarlo dentro de las ramas
jurídicas dentro de una clasificación sistemática. El Derecho político es un
Derecho condicionante del
resto de las ramas jurídicas, ya que contiene las normas procesales del Derecho
mismo. Las normas procesales son las reglas de elaboración o de producción de
todo el Derecho. Es un Derecho condicionante en cuanto determina las bases de
toda construcción jurídica y de toda legislación, es decir, otras ramas
jurídicas tienen unos limites mas precisos y el Derecho político es masamplio
ya que también contiene las reglas de producción de todo el Derecho.
Los poderes del
estado: Legislativo => Cortes Generales; Ejecutivo => Gobierno; Judicial
=> los Jueces
El Derecho político condiciona al resto de las disciplinas.
Para Ruiz del Castillo el Derecho político es el Derecho público fundamental o
Derecho que establece las bases de la organización política y que regula las
funciones esenciales de ésta, considerandolas desde los puntos de vista mas
generales e unitarios.
Todo el Derecho esta condicionado por el Derecho político que es el único
condionante.
Solución
Se va a estudiar con carácter general que se caracterizara por tratar los
problemas fundamentales y primarios del poder y del estado y su inserción en la
sociedad y que por tanto abarca la generalidad frente a las especialidades, lo
que sirve de base y cimiento a las demás disciplinas del Derecho público.
Método a seguir.
Trabajo de Leibholz estudia las tendencias del Derecho público en Alemania en
relación a la teoría del Estado en la década de los años veinte del S XX.
Encontramos dos métodos antagónicos por un lado los positivistas, predominante,
y por otro lado los que defendían un método científico, espiritual,
fenomenológico.
La llegada al poder de Hitler convierte al Derecho público del positivismo al método científico,
espiritual y fenomenológico.
El Positivismo Jurídico alcanza su punto culminante en la doctrina de Kelsen.
Esta orientado hacia la lógica meramenta formal. El ideal de este método
consiste en transformar la ciencia del Derecho en una lógica y en una ciencia
matemática. El saber, por tanto esta dividoen compartimentos estancos separando
el Derecho político de las aportaciones de otros saberes como la filosofía, la historia, etc
Kelsen nos dice que aún siendo uno mismo el objeto, los resultados serán
distintos según los procedimientos que para conocerlo utilice el sujeto.
Método Teleológico método según los fines . Consiste en un método de
apreciación de los intereses que se funda principalmente en la introducción de
consideraciones de oportunidades y de valor ,así , al determinar el dominio de
una regla de Derecho, debe investigarse cual interés jurídico debe ser
protegido en cuestión.
Sin embargo para Leibholz esta concepción no es suficiente para poner de
relieve todo el carácter de los principios jurídicos, así pone el ejemplo de
que una categoría del dominio del Derecho público como la democracia, no puede
ser descrita en su esencia como el auxilio de consideraciones de finalidad
porque esas categorías representan esencias extratemporales invariables en su
sustancia , y de significación única. Las normas jurídicas tienen que tener un
interés jurídico que asegurar o proteger.
Teleología: (gr. telos, -eos = fin + logos = tratado) Doctrina que intenta
explicar un fenómeno por sus causas finales.
Método fenomenológico ; es el método que predica que la estructura y la
sustancia no pueden concebirse completamente, mas que por medio de visiones
fenomenológico, orientadas hacia la esfera ontológica (gr. ontos= el ser +
logos= tratado) Tratado del ser en cuanto ser y del ser causa de todos los demás.
Posteriormente este termino fue sustituido por el de metafísica).
Fenomenología: ciencia que estudia elmodo de manifestarse la realidad.
Leibholz no cree en los dos primeros métodos, pues opina que las nociones tipo
ideales no pueden ser jamas demostradas en su pureza , ni a través de la lógica
ni en sus fines, puesto que estos fines están ligados a fenómenos sociales
concretos y son de continuo modificada en un sentido u otro por la realidad
histórica, así, la consecuencia es rechazar el método único para las
investigaciones jurídicas y propone no limitarse a los análisis a priori , sino
demostrar al mismo tiempo como esas esencias se realizan en la historia y cual
es su manifestación empírica particular. Por tanto defiende que el Derecho
público no se haga independiente de la política como pretende el positivismo jurídico y por
tanto para alcanzar una concepción jurídica real se debe recurrir a lo que
denomina principios metafísicos que eleven el orden jurídico sobre el Derecho
positivo. El Derecho sera una ciencia.
Para Montesquieu el problema del
método esta en saber que es la esfera publica de lo que es la esfera privada.
Bryce sistematiza el método en cuatro direcciones:
-Metafísica.
-Analítica.
-Histórica.
-Comparada.
Jellinek vería en cuanto al método dos vertientes:
- Vertiente social , dentro de esta habría que recurrir al material histórico
para apreciar la evolución de los estados.
- Vertiente jurídica ya que al ser una ciencia de normas jurídicas habrá que
extraer esta de los fenómenos jurídicos y deducir las oportunas consecuencias.
Para Heller la teoría del Estado estaría dentro de las Ciencias Naturales y
diría que es sociología porque el Estado es estructura social y no
puedeprescindir de los juicios existenciales ni de los valorativos y por tanto
no es una simple conexión racional de leyes ni una conexión de sucesión lógica
o temporal.
Para Schindler el método es dialéctico donde lo sociológico y lo jurídico son
momentos indisolublemente ligados cada uno a su opuesto determinados cada uno
por el otro contrario pero inseparables y que forman parte de una unidad
estructural que los reúne y abarca por igual y donde ellos vienen a fundirse.
Para Pérez Serrano hay que estudiar el Derecho fuera de otras ciencias. Solo
hay que estudiar lo estrictamente jurídico.
Del Vecchio justifica la incorporación de otras ciencias a través del elemento histórico
para evitar asincronismo.
Diversas denominaciones de estos saberes.
No es la denominación del Derecho político unánimemente aceptada.
En España generalmente ha hecho fortuna el término de Derecho político , tiene
una cierta aceptación y ha sido copiado en ciertos paises de Iberoamérica.
En Francia como
en Italia al Derecho político se le llama Derecho constitucional.
En los paises anglosajones se le denomina Polities Science o Constitutional Law
, etc .
En Domingo de Soto
en su de iustitia et iure aparece el ius politicum , es el Derecho de comunidad
política que comprende : Derecho natural , Derecho civil y el Derecho de
gentes.
Derecho natural se basaría en lo que siempre es justo y bueno.
Derecho civil el que en cada ciudad es útil para todos o muchos.
Derecho de gentes o Derecho común aquellas instituciones que permanecían
comunes de una ciudad a otra.
Así por tanto la comunidad humana se rige por instituciones procedentes deramas
diversas:
- Su Derecho peculiar ( Derecho civil).
- Derecho de gentes.
- Derecho natural.
Avanzado en el tiempo (S. XVIII) Montesquieu
en su tratado dice: el espíritu de las leyes escribía que el Derecho político
esta contenido en las leyes que fijan la relación entre gobernantes y
gobernados.
Rouseau se ocupa de la política de la que dice: cada pueblo seria lo que la
naturaleza de su gobierno determinara.
Desde el punto de vista patrio el termino Derecho político se utiliza a
principios del S. XIX por Ramón de Salas en sus celebres cursos del Ateneo de Madrid.
En los años 1.830 Donoso Cortes y Alcalá Galiano terminan por consagrar la
terminologia Derecho político.
No obstante hay que esperar al Decreto de 2 de Agosto de 1.900 para que
aparezca en los planes de estudio de la Facultad de Derecho emancipado y como
asignatura independiente el Derecho administrativo.
Para el profesor Lucas Verdú esta denominación
de Derecho político no se caracteriza desde sus orígenes por su rigurosa
precisión conceptual. El dilema para este autor se produce al intentar
armonizar una consideración jurídico normativa de tradición romanista con otra
vertiente política de una compleja realidad que tiene detrás el legado cultural
, filosófico y científico - político del mundo griego al que se añadirán las
sucesivas aportaciones ideológicas medievales , renacentistas de la Ilustración
ademas de las tendencias del siglo pasado y de las investigaciones socio
políticas de la actualidad.
Derecho político y Derecho constitucional.
3.1.- El lugar del Derecho político en la clasificación general del Derecho .
Qué es el Derecho?El hombre por naturaleza sabe discernir entre lo que esta
bien y lo que esta mal . El Derecho no puede depender de la inestabilidad de un
sentimiento humano sino que tiene que basarse en normas imperativas , obliguen
a la voluntad y que permitan regular la conducta social humana y que permitan
la convivencia.
Hay una primera clasificación del Derecho : Derecho positivo y Derecho natural
distinguía entre las normas universales e inmutables que contribuyan el Derecho
natural de aquellas otras establecidas por las necesidades del lugar y el tiempo que seria el Derecho
positivo.
El Derecho natural , según los escolásticos , es aquel que se concreta en
aquellos conceptos de Justicia , licitud , deber , responsabilidad , etc que
constituyen realidades en el mundo espiritual del ser humano y que se manifiestan por el
sentimiento sin necesidad de ser previamente definidos.
El Derecho positivo según Lastan seria el conjunto de reglas que en un momento
dado establece e impone coactivamente a sus miembros una determinada
organización soberana.
Características del Derecho positivo:
- Es un conjunto de reglas porque el Derecho ha de tener una formulación lógica
, para ser inteligibles y la norma jurídica ha de contener una preposición
condicional.
- Ese conjunto de reglas son dadas por un organismo soberano es decir por una
autoridad competente.
- Es de imposición coactiva. Si no lo hace por las buenas se puede utilizar
incluso , si es necesario la fuerza.
- En un momento dado esta centrado en el tiempo y en el espacio. En un lugar,
en el tiempo y en un determinado territorio o estado.
El término Derecho puedetener dos sentidos:
- Derecho objetivo: como
norma o conjunto de reglas jurídicas.
- Derecho subjetivo: como
facultad de una persona para hacer , no hacer o exigir .
El derecho objetivo:
Tiene su origen en :
El derecho nacional tambien llamado interno es decir el que dicta un Estado
para regir entre sus ciudadanos.
El derecho internacional o externo es el que regula las relaciones entre los
estados y entre los ciudadanos de los diferentes Estados.
El derecho eclesiastico o canónigo es el conjunto de leyes de la Iglesia
Católica.
El derecho nacional o interno se divide:
Derecho Político es aquella rama del
derecho que estudia los principios y las formas de ordenación de las
comunidades humanas.
Derecho Administrativo es el que reglamenta la actividad y organización del
Estado.
Derecho Fiscal es el que regula la actividad económica del Estado.
Derecho Penal que tutela y garantiza el orden jurídico.
Derecho Procesal es la rama del
derecho que regula la actuación de los tribunales y la forma de llevarlo a
cabo.
El derecho nacional privado tiene la misión de regular las relaciones de los
particulares entre si o las relaciones entre estos y el Estado , si este último
oficialmente.
Derecho civil que sería el que regula distintas situaciones de la vida real de
carácter privado como
la familia , los contratos , la sucesion hereditaria , basandose en las normas
instituidas por el Estado y en la voluntad autonoma de las partes.
Derecho laboral es el regula las relaciones laborales.
Derecho mercantil regula las relaciones jurídicas que conciernen a personas ,
lugares , contratos y los actos del
comercio ,maritimo y terrestre , etc.
Distinción entre el Derecho público y Derecho privado. Es una de las cuestiones
más complejas de la teoria general del Derecho. Hay diferentes direcciones
doctrinales a lo largo de la historia.
Para el profesor Manuel Albaladejo el derecho
público sería el conjunto de normas que regulan la organización y actividad del
Estado y demás entes públicos y sus relaciones en cuanto tales , es decir
oficialmente entre si o con los particulares. El derecho privado sería el
conjunto de normas que regulan lo relativo a los particulares y las relaciones
en estos entre si , aunque intervengan entes públicos si lo hacen con el
caracter de particulares.