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Protocolo de kioto - El Panel Intergubernamental sobre Cambio Climatico (IPCC), Medidas previstas en el Protocolo de Kyoto, TRATADO DE AMSTERDAM



PROTOCOLÓ DE KYOTO

INTRODUCCION
En este reporte expondremos el protocoló de Kyoto que es un acuerdo de varios países donde se acuerda la disminución de gases como Dióxido de carbono (CO2), Monóxido de carbono (CO), Metano (CH4), Oxido Nitroso (N2O), y otros gases expulsados por fabricas, veremos cual es el porcentaje establecido por año de emisión de estos gases, que tanto se ha cumplido con el acuerdo, cuales son los países que firmaron el protocolo, así como cual es la maxima institución que se encarga hacer cumplir el protocolo, y que beneficios se obtendran de este, al igual de cómo fue su creación y cuales fueron sus antecedentes y el desarrollo del protocolo.

DESARROLLO
Debido a que desde hace años, los científicos vienen advirtiendo sobre las serias consecuencias ambientales de las emisiones de gases producidas por las actividades humanas en la industria, el transporte y la vida cotidiana. Por lo que en el año de 1990 en Sundsvall, Suecia, se hace público el Primer Informe de Evaluación del IPCC. En este informe se ve la necesidad de reducir las emisiones de CO2 en un 60-80% sobre los niveles de 1990, para conseguir estabilizar la concentración de gases de efecto invernadero en la atmósfera. Las evidencias encontradas en este primer informe, provocan la negociación del Convenio Marco sobre Cambio Climatico de la ONU.


Al tratarse ademas de un problema 'globalizado', requirió la adopción de medidas internacionales para su control.
Esto es el objetivo del Protocolo firmado en diciembre de 1997 en la ciudad japonesa de Kyoto:luchar contra el cambio climatico mediante una acción internacional de reducción de las emisiones de determinados gases de efecto invernadero responsables del calentamiento del planeta.
El debate sobre el Protocolo de Kyoto involucra elementos científicos, económicos y sociales, cuestiones de justicia global a nivel internacional y de reparto de responsabilidades entre las distintas fuentes de emisión dentro de cada país, compromisos de políticos y empresarios, y cambios de actitudes y patrones de consumo en toda la ciudadanía.
Siendo tantos los elementos e intereses en juego, los desacuerdos son notables a muchos niveles: la gravedad del cambio climatico, la efectividad de las medidas previstas, el coste económico de su cumplimiento, la justicia del reparto de responsabilidades
Por todo ello, el Protocolo de Kyoto es un tema que nos interesa a todos, y sobre el que es tan importante que la ciudadanía tenga una opinión informada como que los gobernantes la conozcan. Este es, por tanto, el objetivo de este panel de ciudadanos.
El Panel Intergubernamental sobre Cambio Climatico (IPCC), compuesto por científicos de todo el mundo y de diversas especialidades, ha sido el órgano encargado de producir la información que constituye ese consenso científico internacional. Sin embargo, la ciencia del cambio climatico aún ha de enfrentar múltiples incertidumbres, en especial las referidas a las causas de los fenómenos identificados y a las predicciones de futuro.
Según los informes del IPCC, la temperatura superficial de la Tierra ha aumentado unos 0 ºCdurante el siglo XX. Relacionado con este calentamiento, también se ha producido una disminución de la capa de hielo y un aumento del nivel del mar de entre 10 y 20 cm. Otros cambios detectados se refieren al aumento de precipitaciones en unos lugares y la disminución en otros; la suavización de las temperaturas mínimas mientras se extreman las maximas; o el agravamiento de las sequías.  
Esto debido al Calentamiento Global que según el Tercer Informe de Evaluación del IPCC, “hay una nueva y mas fuerte evidencia que afirma que la mayor parte del calentamiento observado durante los últimos 50 años es atribuible a la actividad humana”. El uso masivo de combustibles fósiles como el petróleo, el carbón y el gas natural, habría aumentado de manera significativa las concentraciones atmosféricas de algunos gases, tales como los gases de efecto invernadero (principalmente el CO 2), que tienden a recalentar la superficie de la Tierra.
Todos estos cambios, ademas, se extenderan y agravaran en los siglos sucesivos. Las consecuencias de todos estos cambios podrían resultar desastrosas: los desiertos se harían mas calidos agravando el problema de la sequía en Oriente Medio y Africa; al fundirse glaciares y casquetes polares se pondrían en peligro ciudades y campos; algunas superficies costeras podrían resultar inundadas por la subida del nivel del mar Obras de contención del mar, migraciones humanas, cambios de cultivos serían algunos de los efectos sociales y económicos del calentamiento terrestre.
Por lo que las predicciones futuras basadas enmodelos y simulaciones por ordenador que abordan un asunto muy complejo de una manera insatisfactoria e incompleta, por lo que sus resultados pueden tener poco que ver con la realidad. Algunos científicos señalan que las previsiones alarmistas tienen que ver con un ambientalismo mal entendido potenciado por los medios de comunicación.
Por lo que el objetivo del Protocolo de Kyoto es conseguir reducir un 5,2% las emisiones de gases de efecto invernadero globales sobre los niveles de 1990 para el periodo 2008-2012. Este es el único mecanismo internacional para empezar a hacer frente al cambio climatico y minimizar sus impactos. Para ello contiene objetivos legalmente obligatorios para que los países industrializados reduzcan las emisiones de los 6 gases de efecto invernadero de origen humano como dióxido de carbono (CO2), metano (CH4) y óxido nitroso (N2O), ademas de tres gases industriales fluorados: hidrofluorocarbonos (HFC), perfluorocarbonos (PFC) y hexafluoruro de azufre (SF6).

Y varios años fueron trascendentales como:
1990 en Nueva York se estableció la Resolución 45/212 de la ONU donde se establecía el Comité Negociador de la UNFCCC, bajo los auspicios de la Asamblea General, con el mandato de desarrollar estas negociaciones con el objeto de llegar a tiempo a la Cumbre de la Tierra de Rió de 1992. La primera sesión de trabajo de este grupo estuvo ensombrecida por la Primera Guerra del Golfo.
Después en 1991 La ONU y Las negociaciones del grupo finalizaron en una sesión maratoniana de la UNFFF. Como un primer paso, los paísesindustrializados se comprometían a reducir sus emisiones de CO2 a los niveles de 1990 para el año 2000. Para decepción de la mayoría de los países, y bajo la presión de la Administración de Bush padre, los compromisos que se adoptaron no eran legalmente vinculantes.
Y en 1992 durante la Cumbre de la Tierra, entra en vigor la UNFCCC abriéndose el período para la adhesión de todos los países.
Pero en 1994, La Asociación de Pequeños Países Insulares (AOSIS) intenta introducir un protocolo pidiendo a los países industrializados que reduzcan sus emisiones de CO2 en un 20% sobre los niveles de 1990 para el año 2005. Su supervivencia esta en juego. El cual se introdujo en 1995 como elemento de negociación en La Cumbre de Berlín con la asistencia de los mas altos niveles políticos. En esta reunión se llegó a la conclusión de que los acuerdos de la UNFCCC eran demasiado laxos para conseguir el objetivo de proteger al planeta de cambio climatico, particularmente si no decía nada de periodos posteriores al 2000.
En 1996 en Suiza celebrandose la Segunda Reunión de las Partes (COP2). Mientras se hacían pequeños progresos en conseguir objetivos de reducción de emisiones de CO2 para un nuevo protocolo, se produjo algo inesperado cuando EEUU anunció que quería que los compromisos de este protocolo fueran legalmente vinculantes, aunque también introdujo por primera vez el concepto de comercio de emisiones. En la declaración de Ginebra se asienta el trabajo del IPCC sobre la necesidad de “fortalecer urgentemente las acciones a tomar”; el planeta tiene que hacer frente a“impactos significativos, frecuentemente adversos” del cambio climatico.
Y finalmente en 1997 primero en Bélgica, donde los ministros de Medio Ambiente de la UE acuerdan un objetivo de reducción de cara a las negociaciones de Kyoto de un 15% para el año 2010. La propuesta europea generó una gran actividad diplomatica y fue atacado duramente por EEUU y Japón. Y después en Nueva York en el que La Asamblea que fue decepcionante ya que solo se progresó en delimitar los temas a tratar en la próxima reunión, en Kyoto, Japón. Clinton declaró “traeremos a la Conferencia de Kyoto un compromiso por parte norteamericana fuerte, realista y con límites obligatorios que reduciran significativamente nuestras emisiones.'
Continuando en Alemania en el cual EEUU anunció su posición de lograr una estabilización de sus emisiones sobre los niveles de 1990 para el 2010 y una reducción de 5% para el 2015. Japón apuesta por una reducción del 5% para 2010 de 3 gases de efecto invernadero pero sin que sean legalmente vinculantes. Para que finalmente en Japón, las negociaciones en torno al Protocolo concluyen con la adopción de un compromiso legalmente vinculante de reducción para todos los países industrializados. Se estableció el compromiso de lograr una reducción del 5 % para el año 2010 sobre los niveles de 1990. El Protocolo de Kyoto también incluía la posibilidad de establecer un comercio de emisiones entre países industrializados. Bajo este compromiso, Japón debía reducir un 6%, EEUU un 7% y la UE un 8%. Otros países tenían el compromiso de estabilizar susemisiones como Nueva Zelanda, Rusia o Ucrania, o incrementarlas como Noruega un 1% y Australia un 8%. Este Protocolo fue firmado por 160 países.
Y en 1998 se celebró la COP4 en Argentina donde se empezaron a negociar algunos aspectos no resueltos como los Mecanismos de Desarrollo Limpio, el Comercio de Emisiones y la transferencia de tecnología. Así mismo, se establece una fecha límite para decidir las reglas de Kyoto.
Para que en 1999 cuando Alemania celebrara la COP5 se intensificara los trabajos para conseguir cumplir con los calendarios establecidos en la COP4.
En el 2000 Holanda celebraba la COP6, donde se previa la oportunidad de poder cerrar todos los aspectos inconclusos de Kyoto y asegurar unas reducciones reales de gases de efecto invernadero. Finalmente, y ante la decepción de muchos países, no fue así.
2001 Marruecos celebra la COP7, donde finalmente se llega a un texto legal donde se recogen los compromisos de cada uno de los países y se estructuran muchos de los mecanismos del Protocolo de Kyoto, a pesar de que aún quedan determinados aspectos que faltan por resolver.
2002 En la India Se da lugar la COP8 en Nueva Delhi avanzando sobre aspectos relativos a los Mecanismos de Desarrollo Limpio.
Y en 2003 Cuando Italia celebra la COP9 avanzando en aspectos tratados durante la COP8, siendo el acontecimiento mas sonado las confirmaciones y desmentidos por parte de Rusia quien ratifica el protocolo de Kyoto en septiembre de 2004
2008-2012, Periodo de compromiso del Protocolo. Las emisiones globales deben haberse reducido un 5% pordebajo de los niveles de 1990.

Medidas previstas en el Protocolo de Kyoto
El protocolo de Kyoto establece que los países deberan reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero en aproximadamente un 5% por debajo de los niveles de 1990 para el periodo 2008-2012 y dentro de este compromiso general, a cada país le corresponde una cuota de reducción, mantenimiento o aumento de emisiones en función de su historia pasada de contaminación. Los países pueden también acogerse a los “mecanismos flexibles” para hacer frente a sus compromisos adquiridos Estos son: 
•  Comercio de emisiones: los países podran comprar o vender sus “permisos de contaminación” a otros países;
•  Mecanismos de desarrollo limpio: la realización de proyectos “limpios” en países en desarrollo permitira la compra de “derechos de emisión”;
•  Aplicación conjunta: la realización de proyectos “limpios” en países industrializados también permitira la compra de “derechos de emisión”.
 Igualmente se ha previsto la obtención de “créditos” de emisión por el desarrollo de bosques y tierras de cultivo, los sumideros, gracias a su poder de absorción de C02. Y los países tuvieron que demostrar progresos en el 2005 y los países que no cumplieron sus objetivos de reducción de emisiones fueron sancionados.  
Los acuerdos de Kyoto se lograron tras años de arduas negociaciones en países diferentes e intereses en conflicto. Los compromisos finales manifiestan de algún modo las dificultades de la negociación, y para muchos se trata de un mínimo cuyo cumplimiento es preciso asegurar, peroque de ningún modo es suficiente para parar el fenómeno del cambio climatico.
La postura de muchas organizaciones ecologistas, que reclaman la entrada en vigor del Protocolo reconociendo al mismo tiempo la insatisfacción con lo que exige su cumplimiento. La reducción global de un 5,2% de emisiones, argumentan, es insuficiente para frenar el cambio climatico, pero es un primer paso para que los gobiernos comiencen a modificar sus formas de producción de energía, transporte e industria. Al mismo tiempo, los “mecanismos de flexibilidad” han sido ampliamente criticados por permitir que muchos países sigan contaminando por encima de su asignación acordada a cambio de medidas cuyo valor real es dudoso. Finalmente, gracias a los “mecanismos de flexibilidad” y el comercio de emisiones, los países industrializados pueden sostener sus niveles crecientes de consumo de combustibles fósiles y emisiones industriales. Asimismo, para quienes Kyoto es fundamentalmente un problema económico, la prevista ineficacia de las medidas acordadas para parar el cambio climatico es una buena razón para defender la “muerte” de Kyoto. Después de todo, las previsibles pérdidas económicas serían mayores que los beneficios ambientales de su cumplimiento.
Este problema global que requiere soluciones pensadas globalmente e implementadas localmente se enfrenta necesariamente a la cuestión de la equidad, en relación a los riesgos y beneficios derivados de las acciones emprendidas, y a diferentes niveles: entre países y entre colectivos dentro de cada país. Indudablemente, laresponsabilidad de las emisiones de gases de efecto invernadero esta muy desigualmente repartida entre los países desarrollados y los países en vías de desarrollo, por lo que las medidas deben tener en cuenta la historia pasada de contaminación y la situación presente de desarrollo para efectuar una distribución equitativa de esfuerzos.
Otro de los problemas a los que se enfrentan los gobiernos a la hora de tomar medidas para el cumplimiento de sus compromisos con Kyoto es el de repartir responsabilidades entre los sectores que contribuyen a las emisiones de gases de efecto invernadero, en especial con sectores empresariales por que se quejan de la excesiva presión ejercida sobre las compañías eléctricas, siderúrgicas, cementeras, papeleras, fabricantes de vidrio, ladrillos, automóviles, refinerías de petróleo, producción y transformación de metal. Su argumento es que “sectores difusos” como el transporte, la agricultura, la alimentación, los servicios y las emisiones residenciales, que suman aproximadamente un 60% de las emisiones, se ven mas liberados de la responsabilidad de limitar sus emisiones.
Se Tiende a pensar que frenar las consecuencias del cambio climatico es una labor de científicos, políticos y empresarios. Pero, las actividades humanas responsables del calentamiento global no son únicamente las industriales, los gestos mas cotidianos de nuestras actividades diarias, como arrancar el coche, encender la calefacción, la luz, o conectar el aire acondicionado, suponen un gasto energético con emisiones asociadas de gases de efectoinvernadero. Por lo que se debe de cuidar nuestra utilización de la energía con medidas de ahorro y eficiencia debido a que es un esfuerzo colectivo en el que debemos colaborar como ciudadanos.
La situación actual del protocolo de Kyoto de que La Unión Europea aceptó el objetivo de un 8% de reducción; EE.UU. 7% y Japón 6%. No obstante, otros países tenían el compromiso de estabilizar sus emisiones como Nueva Zelanda, Rusia o Ucrania, o la posibilidad de incrementarlas como Noruega un 1% y Australia un 8%. Lo mismo sucedió con el reparto que los países europeos hicieron de su 8% conjunto, permitiendo a España aumentar las emisiones en un 15%. Como las emisiones reales de Rusia cayeron con el colapso económico de principios de los 90, la concesión creó un significativo excedente de 'derechos' de contaminación que podría ser vendido al mejor postor.
Pero las propuestas de los grupos ecologistas indicando con una gran variedad de estudios cómo las naciones industrializadas podrían facilmente exceder los modestos objetivos contenidos en el Protocolo a través de medidas de reducción solamente, los políticos de algunos países decidieron que necesitaban mayor flexibilidad para lograr sus objetivos. Estos mecanismos estan pensados para ser 'suplementarios' de las medidas de reducción, pero definir lo que esto significa ha ocupado a los negociadores durante los últimos años.
Finalmente, y de acuerdo a las últimas negociaciones, Canada, Japón y Nueva Zelanda decidieron ratificar este acuerdo internacional. EEUU, a través del petro-adicto George W. Bush y apesar de haber participado en todas las negociaciones intentando bloquear el proceso, decidió autoaislarse en la lucha contra el cambio climatico, secundado por Howard, otro presidente del talante intelectual del presidente norteamericano que gobierna Australia. Tras la ratificación por parte de Rusia en septiembre de 2004 el Protocolo de Kyoto se convierte así en Ley internacional. Poniéndose en marcha todos los mecanismos existentes en él. Por el momento, la UE ha desarrollado ya una serie de directivas con el objeto de comenzar a reducir nuestras emisiones tan necesarias como urgente.

CONCLUSION
El protocolo de Kyoto es una ley muy necesaria para la conservación de ambiente, pero da pena darse cuenta de que muchos países prefieren seguir teniendo una mejor economía, que cuidar del medio ambiente, y que los ciudadanos crean que los que deben de preocuparse por bajar la cantidad de emisiones de contaminantes sean las empresas, pero si cuando realizan sus actividades cotidianas también desechan contaminante, creo que nosotros debemos de tener conciencia y cuidemos mejor el ambiente, por que si no que le vamos a dejar a nuestras generaciones futuras, esperemos que esta ley se cumpla al pie de la letra y que mas países se unan ya que es una mejora para el planeta y no solo para algunos países.

TRATADO DE AMSTERDAM

INTRODUCCION.

Tratado de Amsterdam, entro en vigor en 1999, se convirtió en la nueva normativa legal de la Unión Europea, tras revisar el Tratado de Maastricht. El cual fue aprobado por el Consejo de la Unión Europea deAmsterdam (16 y 17 de junio de 1997) y firmado el 2 de octubre de 1997 por los ministros de Asuntos Exteriores de los quince países miembros de la Unión Europea. Entró en vigor el 1 de mayo de 1999 tras haber sido ratificado por todos los Estados miembros. El Tratado de Amsterdam giraba en torno a varios aspectos fundamentales: empleo, libre circulación de ciudadanos, justicia, política exterior y de seguridad común, y reforma institucional para afrontar el ingreso de nuevos miembros. Estos asuntos habían quedado pendientes en Maastricht.

DESARROLLO
El Tratado de Amsterdam, acordado en el plano político el 17 de junio de 1997 y firmado el 2 de octubre del mismo año, constituye el resultado de dos años de estudios y de posteriores negociaciones de una Conferencia de representantes de los gobiernos de los Estados miembros. Que entró en vigor tras la ratificación por los quince Estados miembros de la Unión Europea, de acuerdo con sus normas constitucionales respectivas.
Su objetivo era claro trataba de capacitar a la Unión Europea, política e institucionalmente, para responder a los desafíos del futuro: la rapida evolución de la situación internacional, la mundialización de la economía y sus consecuencias sobre el empleo, la lucha contra el terrorismo, la delincuencia internacional y el trafico de estupefacientes, los desequilibrios ecológicos y las amenazas para la salud pública.
Se compuso de tres partes, un anexo y trece protocolos. Paralelamente, la Conferencia intergubernamental adoptó cincuenta y una declaraciones que se unieron a su Acta final.Por otra parte, la Conferencia tomó nota de ocho declaraciones presentadas por diversos Estados miembros, que se unieron igualmente al Acta final.
La primera parte es de

Libertad, Seguridad Y Justicia.
Derechos fundamentales y no discriminación
Los Tratados fundacionales no contienen disposiciones concretas relativas a los derechos fundamentales, pues el Tribunal de Justicia quien elaborado un sistema eficaz de garantía de los derechos fundamentales en la Unión Europea. Como el artículo 220 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, que establece que el Tribunal de Justicia garantizara el respeto del Derecho en la interpretación y aplicación del Tratado; para que Europea consolidara el principio del respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales; una lucha mas eficaz contra la discriminación, que incluira a partir de ahora no sólo la discriminación por razón de nacionalidad, sino también por razón de sexo, de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación, así como de nuevas disposiciones relativas a la igualdad entre el hombre y la mujer ya que se esfuerza por completar las dos disposiciones que son que la Comunidad tenga por misión promover un las diferentes actividades expresadas en el Tratado como, desarrollo armonioso y equilibrado de las actividades económicas, un crecimiento que respete el medio ambiente; y las diversas medidas en las que consiste la acción de la Comunidad para llevar a cabo la misión que se le atribuye anteriormente, para incluir en ellas la igualdadentre el hombre y la mujer, que hasta la fecha sólo figura en el artículo 141 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea (de alcance mas limitado, ya que sólo se refiere a la igualdad de retribución); en concreto, se han efectuado dos cambios; y la abolición de la pena de muerte, el respeto del estatuto de las iglesias o de las organizaciones filosóficas no confesionales, y a las necesidades de las personas con discapacidades.
Ademas que el Tratado de Amsterdam precisa el artículo 6, proclamar que la Unión se basa en los principios de libertad, democracia, respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales y el Estado de Derecho, principios que son comunes a los Estados miembros.
Asimismo proclama que la Unión se basa en los principios de libertad, democracia, respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales y el Estado de Derecho, principios que son comunes a los Estados miembros. Y contempla la posibilidad de una violación de estos principios por parte de un Estado miembro, y dispone el procedimiento que la Unión debera seguir en ese caso con respecto al Estado en cuestión.

Establecimiento progresivo de un espacio de libertad, de seguridad y de justicia
Los Estados miembros se han unido para luchar contra fenómenos internacionales como el terrorismo, el trafico de estupefacientes o la inmigración ilegal. Y cuando se proclamó la libre circulación de las personas como uno de los principales elementos del mercado interior, la cooperación informal entre los gobiernos de los Estados miembros se revelóinsuficiente para combatir la internacionalización de la delincuencia organizada y responder a las necesidades de seguridad de los ciudadanos europeos. En consecuencia, se tomó la decisión de integrar en el Tratado de Maastricht el cual trata de la cooperación en materia de justicia y asuntos de interior, para hacer de ella una política de pleno derecho de la Unión Europea, por lo que al pilar comunitario se unió un pilar intergubernamental, y se crearon nuevos instrumentos jurídicos. Que no ha resultado muy satisfactoria, ni en su funcionamiento ni en sus resultados, por esto la revisión del Tratado de la Unión Europea ha modificado sensiblemente el proceso de toma de decisiones. Y así poder crear un espacio de libertad, de seguridad y de justicia, al Tratado de Amsterdam se le introdujo en el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea un nuevo título, que lleva por título 'Visados, asilo, inmigración y otras políticas relacionadas con la libre circulación de personas'. El control de las fronteras exteriores, el asilo, la inmigración y la cooperación judicial en materia civil corresponden al primer pilar, y se rigen por el método comunitario. Sin embargo, esto sera gradual, y se implantara a la velocidad que marquen las decisiones del Consejo de la Unión Europea, y solamente la cooperación policial y la cooperación judicial en materia penal siguen inscritas en el tercer pilar que añade la prevención y lucha contra el racismo y la xenofobia, que introdujeron nuevas modalidades en la toma de decisiones, subvención a las cuales podran adoptarse, enprincipio, medidas mas numerosas y eficaces, con una cooperación mas estrecha entre los Estados miembros.

La Unión y el ciudadano
Ciudadanía de la Unión Europea
Según el Tratado de Maastricht, es ciudadano de la Unión toda persona que muestre la nacionalidad de un Estado miembro por esto la ciudadanía de la Unión se crea para reforzar y potenciar la identidad europea, haciendo que los ciudadanos participen mas estrechamente en el proceso de la integración comunitaria. Y gracias al desarrollo del mercado único, los ciudadanos se benefician de una serie de derechos generales en diversos ambitos, como son la libre circulación de bienes y servicios, la protección del consumidor y de la salud pública, la igualdad de oportunidades y de trato, el acceso a un puesto de trabajo y la protección social. Ademas, la ciudadanía de la Unión Europea lleva aparejados disposiciones y derechos concretos, que pueden agruparse en cuatro grandes categorías:
• Libre circulación y residencia en el territorio de la Unión Europea;
• derecho a ser elector y elegido en las elecciones municipales y en las elecciones al Parlamento Europeo en el Estado miembro de residencia;
• la protección de las autoridades diplomaticas y consulares de cualquier Estado miembro, si el país de origen no esta representado en un tercer país;
• el derecho de petición ante el Parlamento Europeo, y el derecho de dirigirse al Defensor del Pueblo europeo.
Pero estos derechos estan sujetos a determinadas limitaciones contempladas en los Tratados o en el Derecho derivado, así comoa la posesión de la ciudadanía europea, se reconocen a todas las personas físicas y jurídicas residentes en el territorio de los Estados miembros de la Unión el derecho poder dirigirse al Defensor del Pueblo y de presentar peticiones ante el Parlamento Europeo, aplicandose a toda persona residente de la Unión Europea; debido a que Tratado completa la lista de los derechos de los ciudadanos de la Unión Europea, y precisa los vínculos existentes entre la ciudadanía.

Empleo
La promoción del empleo paso a formar parte de los objetivos de la Unión Europea y se convirtió en una 'cuestión de interés común' de los Estados miembros, el nuevo objetivo es alcanzar un alto nivel de empleo, sin debilitar la competitividad de la Unión Europea y para lograr ese objetivo, se otorgo a la Unión una nueva competencia, complementaria a la de los Estados miembros, con vistas a la elaboración de una estrategia coordinada para el empleo. El elemento clave de dicha estrategia lo constituyen unas líneas directrices comunes, definidas siguiendo el modelo de las adoptadas en el Consejo Europeo de Essen donde se creo un Comité de Empleo, que fomentaría la coordinación de las políticas nacionales de empleo y del mercado de trabajo. Elabora un seguimiento de la evolución de las políticas de los Estados miembros y la Comunidad Europea, redacto dictamenes a petición del Consejo, de la Comisión o por propia iniciativa y contribuir a la preparación de las deliberaciones del Consejo.
La mención explícita del empleo en el Tratado institucionaliza las iniciativas adoptadas porlos Estados miembros en diversos Consejos Europeos, así como las que la Comisión esta adoptando desde hace años. Ademas, al estar aproximada a las disposiciones relativas a la Unión económica y monetaria, la equilibra, ya que añade a las disposiciones macroeconómicas unas medidas que responden a las expectativas de los ciudadanos europeos en materia de lucha contra el desempleo. En efecto, uno de los puntos fundamentales de este nuevo título es el hecho de que al definir y aplicar cada política y cada acción comunitaria se tienen en cuenta las repercusiones sobre el empleo.

Política social
Entre los cambios que el Tratado de Amsterdam, introduce en la política social de la Comunidad Europea, cabe destacar la importancia de la integración, en el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, de un Acuerdo sobre la política social reforzado. Esta 'reunificación de los Quince' restablece la unidad y la coherencia de la política social de la Comunidad. Asimismo, debería permitir utilizar con mayor frecuencia las disposiciones del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea en materia social y ampliar los ambitos de acción de esa política comunitaria. En lo esencial, la integración del Acuerdo sobre la política social no ha modificado lo dispuesto en dicho texto. Sin embargo, se han reforzado algunas disposiciones, en particular en materia de igualdad de oportunidades y de lucha contra la marginación social.
El nuevo Tratado prevé la fusión de los dos fundamentos jurídicos en los hasta ahora se basaba la política social
• el Tratadoconstitutivo de la Comunidad Europea, que contiene disposiciones relativas a todos los Estados miembros;
• el Acuerdo sobre la política social anexo al Protocolo social, que contiene disposiciones relativas a los catorce Estados miembros signatarios.
El artículo 136 recuerda que la política social es competencia común de la Comunidad Europea y de los Estados miembros. Sin embargo, aunque el papel principal de la Comunidad es apoyar y completar la acción de los Estados miembros, la integración del Acuerdo sobre la política social extiende de manera sustancial sus competencias en la materia.
Medio ambiente
El mercado interior de la Unión Europea ha sido criticado por anteponer los beneficios económicos y comerciales a la protección del medio ambiente, que es percibido como un obstaculo potencial al comercio y no como un objetivo en sí mismo. El Tratado de la Unión Europea ha querido contrarrestar esta crítica elevando la protección del medio ambiente a la categoría de política en lugar de simple acción de la Comunidad, por lo que en el Tratado de Amsterdam aporta respuestas a estos problemas, pues el objetivo del desarrollo sostenible quedó consagrado como una de las misiones de la Unión, junto con el principio de la integración del medio ambiente en las demas políticas. Los procedimientos decisorios también son mas transparentes y eficaces.
Así que el Tratado de la Unión Europea estipula que 'las exigencias de la protección del medio ambiente deberan integrarse en la definición y en la realización de las demas políticas de la Comunidad'. Estacondición es indispensable para lograr un crecimiento sostenible y respetuoso con el medio ambiente y pretende consolidar las garantías actuales que ofrecen el Acta Única y el Tratado de la Unión Europea mediante la inserción del concepto de desarrollo sostenible y la adición de un nuevo artículo en el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.
El Tratado constitutivo de la Comunidad Europea establece que en lo sucesivo todas las propuestas de la Comisión deben basarse en un alto nivel de protección medioambiental. Anteriormente, una vez adoptada una medida de armonización por el Consejo, los Estados miembros podían no obstante aplicar disposiciones nacionales diferentes, si se justificaban por necesidades imperiosas relacionadas con la protección del medio ambiente. El Estado miembro debía notificarlo a la Comisión de forma que ésta pudiera verificar que las disposiciones en cuestión no constituían una discriminación arbitraria o una restricción del comercio encubierta entre los Estados miembros.

Salud pública
Por lo que respecta a la salud, el Tratado de la Unión Europea dio un importante impulso al introducir en el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea un artículo específico, el artículo 129 (artículo 152 tras la nueva numeración), sobre la salud pública. No obstante, en este sector, que en lo esencial sigue siendo competencia nacional, el papel de la Comunidad es subsidiario de la acción de los Estados miembros y consiste sobre todo en un apoyo de sus esfuerzos y en una ayuda que ha de proponerse y en poner en practica unosobjetivos y unas estrategias coordinadas.
Pero cuestiones como la toxicomanía o las vías de transfusión de sangre existentes entre los Estados miembros han puesto, no obstante, de manifiesto el hecho de que en ocasiones las políticas nacionales pueden tener repercusiones mucho mas alla de las fronteras de los Estados miembros. En efecto, algunos problemas relacionados con la salud pública exigen una respuesta internacional y, en consecuencia, una estrecha cooperación entre los Estados miembros.

El Tratado de Amsterdam esta dirigido a comprender mejor la situación modificando el texto del artículo 152 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, debido a esto la Comunidad puede adoptar medidas dirigidas a garantizar un elevado nivel de protección de la salud humana y menciona que no sólo las enfermedades mas graves y ampliamente difundidas, sino también, mas en general, todas las causas de peligro para la salud humana, así como el objetivo general de mejora de la salud.

Protección de los consumidores
Debido a la crisis denominada 'de las vacas locas' han traído consigo reivindicaciones dirigidas a incrementar la protección de los consumidores en el marco de la Unión Europea y una mayor información de los mismos. Así que el Tratado de Amsterdam esta dirigido a responder a esas expectativas y a comprender mejor la situación con la modificación del texto del artículo 153 (antiguo artículo 129 A) del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea. Se han mejorado las disposiciones relativas a los consumidores a través de la aclaración de losobjetivos de la Comunidad y de su mejor anclaje en las restantes políticas, así que La Comunidad dispone ahora de mayores posibilidades de adoptar medidas preventivas en materia de protección de los consumidores.

Transparencia, simplificación de los Tratados y calidad de la legislación comunitaria
El concepto de transparencia comprende esencialmente las cuestiones de acceso a la información y a los documentos de la Unión, pero también esta vinculado a la elaboración de textos mas claros. No se trata únicamente de elaborar una versión única de cada texto legislativo que se modifique, sino del mismo modo de definir normas de redacción para que se adopte una legislación lo mas clara posible en todas las lenguas oficiales de la Comunidad, y reconoce determinados derechos a los ciudadanos, y establece varias recomendaciones dirigidas a las instituciones con el fin de favorecer la mejor información posible y, al mismo tiempo, mejorar el funcionamiento democratico de la Unión Europea.

Una Política Exterior Eficaz Y Coherente
La política exterior y de seguridad común
Otro de los objetivos principales de la Conferencia intergubernamental que condujo a la firma del proyecto del Tratado de Amsterdam era reformar la política exterior y de seguridad común (PESC) con el fin de perfeccionar su funcionamiento y equipar mejor a la Unión en el ambito internacional, la reforma parecía especialmente urgente tras el desmembramiento de la antigua Yugoslavia en tragicas circunstancias que pusieron de relieve la necesidad que la Unión tiene de estar encondiciones de actuar y prevenir, en lugar de limitarse a reaccionar. Por otra parte, pudo verse con toda claridad la debilidad que entrañaba una reacción dispersa de los Estados miembros; y el tratado se esfuerza por superar las contradicciones que existen entre los objetivos comunes de la PESC, especialmente ambiciosos, y los medios de los que la Unión se ha dotado para alcanzarlos, que no parecen estar a la altura de las expectativas y de los retos que se plantean.

La política comercial común
Los Estados miembros crearon una unión aduanera que preveía un régimen de importación común para las importaciones procedentes de los Estados terceros. La política comercial común de la Comunidad se basaba en un arancel exterior común que se aplica de manera uniforme a todos los Estados miembros. En la época de la firma del Tratado de Roma, la economía y el comercio exterior de la Comunidad se orientaban principalmente hacia la producción y el intercambio de productos industriales. Esto ya no es así dado que el sector de los servicios constituye hoy la principal fuente de empleos en la Unión Europea y una parte sustancial de sus intercambios internacionales. Esta evolución se explica, en particular, por la competencia muy fuerte ejercida por los nuevos países industrializados en los sectores tradicionales así como por los cambios económicos ocasionados por las nuevas tecnologías de la información y de la comunicación, así que el Tratado de Amsterdam se propone clarificar la situación proporcionando a la Unión los medios para ampliar, cuando proceda, lapolítica comercial común a los servicios y a los derechos de la propiedad intelectual.

Cuestiones Institucionales
El Parlamento Europeo
El reforzamiento de la función del Parlamento Europeo tras la entrada en vigor del Tratado de Amsterdam responde al primer objetivo por lo que aumento su participación en el proceso de toma de decisiones de la Unión Europea: se ha reducido el número de procedimientos legislativos y se simplificara su funcionamiento. Con el nuevo Tratado desaparece practicamente el procedimiento de cooperación, y se amplía considerablemente el procedimiento de codecisión, lo cual sitúa al Parlamento Europeo en una auténtica situación de legislador conjunto con el Consejo.

Consejo de la Unión Europea
Se anexo al Tratado de la Unión Europea y a los Tratados constitutivos de las Comunidades Europeas un Protocolo sobre las instituciones en la perspectiva de la ampliación. En él se establecen determinadas condiciones institucionales que deberan cumplirse para la próxima ampliación, y se dispone la convocatoria de una nueva Conferencia intergubernamental antes de que la Unión Europea tenga mas de veinte Estados miembros: la actual estructura es heredera de una organización prevista para seis Estados miembros y, aunque ha sido ajustada para acoger a mas Estados miembros, sigue funcionando a partir de los mismos principios institucionales.

La Comisión Europea
El Tratado de Amsterdam se esfuerza por responder cuestiones, tratando de reforzar y de hacer mas eficaz una institución cuya función es representar, con plena independencia,el interés general de la Unión. El nuevo Tratado ha modificado el procedimiento de designación de la Comisión, para consolidar la legitimidad de esta institución en el futuro trazado por el Tratado de Maastricht. En cuanto a la dimensión óptima de la Comisión, el Protocolo sobre las instituciones vincula este aspecto a la nueva ponderación de los votos en el Consejo. Ademas, mediante una declaración unida al Acta Final, la Conferencia intergubernamental ha invitado a la Comisión a presentar al Consejo, antes de finales de 1998, una propuesta de modificación de las modalidades de ejercicio de las competencias de ejecución atribuidas a la Comisión.

Tribunal de Justicia
La consolidación de la legitimidad democratica de las instituciones europeas es uno de los retos principales de la reforma de la Unión Europea.
En este contexto, la función del Tribunal de Justicia es importante, ya que esta institución garantiza el respeto del Derecho en la interpretación y aplicación de los Tratados, condición esencial para el funcionamiento democratico de la Unión Europea.
Las funciones del Tribunal de Justicia han sido ampliadas por el Tratado de Amsterdam. En lo sucesivo puede intervenir en ambitos que antes quedaban al margen de su competencia, pero en los que la necesidad de proteger los derechos de las personas es extremadamente grande
• los derechos fundamentales;
• el asilo, la inmigración, la libre circulación de las personas y la cooperación judicial en materia civil;
• la cooperación policial y judicial en materia penal.
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