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Principio de iniciativa o instancia de parte agraviada - principio de la existencia del agravio personal y directo, principio de prosecucion judicial, principio de relatividad de efectos de la sentencia de amparo



PRINCIPIO DE INICIATIVA O INSTANCIA DE PARTE AGRAVIADA

Este principio se encuentra en el articulo 107 fracción I de la constitución y es el fundamento para que se inicie, tramite y resuelva el juicio de amparo ya que la autoridad no puede actuar de forma oficiosa, ya que requiere que una persona acuda ante ella por considerar que una autoridad mediante un acto o hecho le violo sus garantías individuales

En nuestro país el juicio de amparo es un medio de control la constitucionalidad jurisdiccional que se ejercita por vía de acción, en el artículo 4º de la ley de amparo se reglamenta la fracción I del articulo 107 de la constitución y establece que el amparo únicamente puede ser promovido por la parte que perjudica la ley

PRINCIPIO DE LA EXISTENCIA DEL AGRAVIO PERSONAL Y DIRECTO

En el juicio de ampara deben existir necesariamente un agravio y paraqué exista un agravio se requieren cuatro elementos



• ELEMENTO MATERIAL U OBJETIVO: consiste en el daño o perjuicio causado a cualquier gobernado con relación a sus garantías individuales

• ELEMNTO SUBJETIVO PÀSIVO: la persona a quien la autoridad infiere el agravio

• ELEMENTO SUBJETIVO ACTIVO: la autoridad que al realizar un hecho positivo o negativo infiere el agravio a un gobernado

• ELEMENTO FORMAL: el precepto constitucional que ha sido violado por la autoridad que realiza el agravio al gobernado y se encuentra tutelado por el juicio de garantías

En el juicio de amparo se tienen conceptos diferentes a daño aperjuicio que quieren decir en el amparo que debe existir una violación a las garantías individuales de una persona ya sea porque se vean mermadas o menoscabadas.

El agravio en el juicio de amparo tiene que ser personal directo y objetivo. Debe ser personal porque significa que la persona que intente la acción de amparo debe ser el titular de los derechos debe ser directo porque implica el menoscabo de esos derechos y objetivo porque no debe de ser mediante cuestiones de orden subjetivo es decir que por medio de un analisis que realice la autoridad del amparo y encuentre que en verdad se han violado sus garantías individuales del quejoso.

PRINCIPIO DE PROSECUCION JUDICIAL

Se encuentra en el primer parrafo del articulo 107 constitucional y dispone que.

Todas las controversias de que habla el artículo 103 se sujetaran a los procedimientos y formas del orden jurídico que determine la ley

Por lo tanto este parrafo remite a la ley reglamentaria de los artículos 103 y 107 constitucionales en donde se encuentran los tramites que han de seguirse para los dos tipos de amparo que existen asi como las formas de orden jurídico que en la misma se establecen ya que es fundamental para la resolución de un juicio de amparo el que se hayan seguido los procedimientos y formas aludidos porque de otra manera no podría determinarse si hay esa violación constitucional que alegue el quejoso

PRINCIPIO DE RELATIVIDAD DE EFECTOS DE LA SENTENCIA DE AMPARO

Es la formula de otero y también es conocida como elprincipio de relatividad de los efectos de la sentencia de amparo establecida en la fracción II del artículo dicten en el juicio de amparo 107 de la constitución que rige en las sentencias que se

La sentencia que dicte un tribunal de la federación que anule esa ley o acto violatorio es relativa si solo lo anula en particular

Si la sentencia no fuera relativa fuera general o absoluta beneficiaria tanto al que impugno la ley o el acto violatorio de garantías como a aquel que no lo hizo pero se encuentra afectado por dicha ley

La base constitucional que diversos autores estiman que fue creada por mariano tero e implementada en el acta de reformas de 1847 fue ideada por Manuel Crescencio García Rejón en el proyecto de constitución Yucateca de 1840 aprobada por el congreso del estado el 31 de marzo de 1841

Ya existía un esbozo de lo que posteriormente seria el principio de relatividad e los efectos de la sentencia de amparo que aparece en el voto particular de Mariano Otero el 5 de abril de 1847

Posteriormente al acta de constitución y de reformas sancionada el 18 de mayo de 1847 por el congreso extraordinario constituyente del cual formaba parte Manuel Crescencio y Mariano Otero este logro que la asamblea aprobara la institución del juicio de amparo y no solo eso sino que quedara incluido en el acta de reformas el principio de que se trata en el articulo 25 cuyo texto es el mismo que el del 19 del proyecto citado

La formula de otero o principio de relatividad de los efectos de las sentenciasde amparo con términos casi idénticos ha pasado a formar parte de los artículos 102 de la constitución federal de 1857 107 fracción II primer parrafo de la constitución de 1917 y 76 de la ley de amparo

Articulo 107

Todas las controversias de que habla el artículo 103 se sujetaran a los procedimientos y formas del orden jurídico que determine la ley de acuerdo con las bases

II. la sentencia sera siempre tal que solo se ocupe de individuos particulares limitandose a ampararlos y protegerlos en el caso especial sobre el que verse la queja sin hace runa declaración general respecto de la ley o acto que la motivare

Se concediera que la formula de otero constituye una de las notas fundamentales de nuestro juicio de amparo ya que se afirma que en dicha formula esta el éxito y vida de la institución y que gracias a dicho principio se han evitado los problemas que pudiesen suscitarse por conflictos éntrelos poderes instituidos.

El problema de la aplicación de la formula de otero se contrae a las leyes declaradas inconstitucionales por la suprema corte de justicia de la nación ya que por cuanto a los actos e autoridad no existe mayor problema porque en este caso si resulta aplicable el principio de que se habla conforme a los postulados que rigen en el juicio de amparo por lo cual tratandose de leyes declaradas inconstitucionales estimamos que no debe regir dicho principio pero para que no exista el problema de que el poder judicial se constituya en un poder supremo debe reformarse la constituciónAsi el principio de la relatividad de los efectos de la sentencia de amparo o formula de otero significa que en la sentencia de amparo no afecta favorablemente mas que a quienes fueron partes en el juicio de amparo única y exclusivamente por lo que atañe a su relación con el acto reclamado y solo con el.

POSTULADOS DE LA FORMULA DE OTERO

• La sentencia que se dicta en el juicio de amparo ha de abstenerse de formular declaraciones generales limitandose si procediere a conceder el amparo y protección de la justicia federal a la persona que promovió la demanda de amparo.


• Se rige dentro del principio general de derecho que establece que lo hecho entre unos no puede aprovechar ni perjudicar a otros.

• La cosa juzgada solo tiene el caracter de verdad legal para quienes fueron partes en el juicio y no para terceros ajenos.

Las ejecutorias de amparo deben ser inmediatamente cumplidas por toda autoridad que tenga conocimiento de ellas y que por razón de sus funciones debe intervenir en su ejecución.

Existe otro caso en el cual se afecta a terceras personas que no fueron parte en el juicio de amparo y puede considerarse como otra modalidad al principio del cual se habla.

Ejecución de sentencias de amparo

De acuerdo con la fracción dos del artículo 73 de la ley de amparo contra los actos de ejecución de sentencias de amparo es improcedente el juicio de garantías aun cuando tales actos afecten a terceras personas que no fueron partes en la contienda constitucional.Sentencias de amparo cuando ordene reponer el procedimiento sus efectos deben hacerse extensivos a los codemandados del quejoso siempre que entre estos exista litisconsorcio pasivo necesario los efectos de la sentencia de amparo que concede la protección federal solicitada deben extenderse a los codemandados del quejoso quienes no ejercitaron la acción constitucional correspondiente cuando se encuentre acreditado en autos que entre dichos codemandados existe litisconsorcio pasivo necesario o que la situación de los litisconsortores sea idéntica a fin o común a la de quien si promovió el juicio de garantías pues los efectos del citado litisconsorcio pasivo solo se producen dentro del proceso correspondiente por lo que pueden trasladarse al procedimiento constitucional.

El principio de relatividad debe seguir prevaleciendo por cuanto a actos de autoridad y contra leyes siempre y cuando no hayan sido declaradas inconstitucionales por la suprema corte de justicia de la nación

PRINCIPIO DE DEFINITIVIDAD DEL ACTO RECLAMADO

Significa que en contra de dichos actos no existe ningún recurso o medio de defensa legal por virtud del cual pueda ser modificado o reformado tal principio se encuentra contenido en el articulo 107constitucional fracción II inciso a) y b)

Existen casos de excepciones

• Cuando se trate de actos que importen peligro de privación de la vida deportación o destierro o cualquiera de los acotos prohibidos por el articulo 22 constitucional ç

• Cuando se reclame en el amparo un autode formal prisión

• En materia civil cuando el quejoso reclama en el amparo la falta de emplazamiento y todas las consecuencias que surgan del mismo

• Cuando el quejoso es tercero extraño al procedimiento o juicio origen del amparo

• En materia administrativa si el acto reclamado carece de fundamentación

• Igualmente en materia administrativa si la ley de donde emana el acto reclamado exige mas requisitos que los que la ley de amparo señala para la procedencia de la suspensión del acto reclamado

• En cualquier materia cuando el acto reclamado consiste en una ley que se estime inconstitucional

PRINCIPIO DE ESTRICTO DERECHO

Consiste en que la sentencia que se dicte en el juicio de amparo la autoridad judicial federal únicamente debera tomar en considera con los conceptos de violación aducidos por el quejoso en su demanda sin poder comprender otras cuestiones que no fueron planteadas en la misma.

Este principio no puede considerarse ya como una base constitucional del juicio de amparo en virtud de que lo de antes se establecía como una excepción al mismo la suplencia en la deficiencia de la queja ya se encuentra plenamente regulada la fracción segunda del articulo 107 de la constitución.

PRINCIPIO DE PROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO DIRECTO

Se encuentra contenida o establecida en la fracción V del articulo 107 de la constitución y reglamentada por el articulo 158 de la ley de amparo, esta base constitucional prevé que el juicio de amparo directo procedecontra

• Sentencias definitivas dictadas por los tribunales judiciales o administrativos respecto de las cuales las leyes comunes no conceden ningún recurso o medio de defensa legal.

• Laudos que obviamente son dictados por los tribunales del trabajo

• Resoluciones que pongan fin al juicio dictadas por los tribunales judiciales administrativos o de trabajo.

La base constitucional que analiza también regula que en la demanda de amparo se pueden reclamar violaciones cometidas en las propias sentencias laudos o resoluciones, también se pueden reclamar violaciones cometidas durante el procedimiento pero que necesariamente deben afectar las defensas del quejoso y que trasciendan al resultado del fallo.

En las materias civil administrativa o del trabajo solo sera procedente el juicio de amparo directo contra sentencias definitivas o laudos y resoluciones que pongan fin al juicio dictados por los tribunales civiles administrativos o del trabajo.

PRINCIPIO DE PROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO ANTE JUEZ DE DISTRITO

Se encuentra en la fracción VII del articulo 107 “el amparo contra actos en juicio fuera de juicio o después de concluido o que afecten a personas extrañas a juicio contra leyes o contra actos de autoridad administrativa se interpondra ante el juez de distrito bajo cuya jurisdicción se encuentre el lugar en que el acto reclamado se ejecute o trate de ejecutarse y su tramitación se limitara al informe de la autoridad a una audiencia para la que se citara en el mismo auto enel que se mande pedir el informe y se recibiran las pruebas que las partes interesadas ofrezcan y oiran los alegatos pronunciandose en la misma audiencia la sentencia.

OTRAS BASES CONSTITUCINALES

La doctrina ha estimado diversas bases constitucionales secundarias en virtud de que se identifican especialmente con una institución particular del juicio:

• Recurso de revisión contra sentencias dictadas por los jueces del distrito

• Recurso de revisión contra sentencias que en amparo directo dicten los tribunales colegiados de distrito

• Suspensión del acto reclamado

• Jurisdicción y competencia auxiliar

• Jurisprudencia por contradicción de tesis

• Sobreseimiento del amparo o caducidad de la instancia por mactividad del quejoso

• Intervención del procurador general de la república en el amparo

• Responsabilidad de las autoridades

BIBLIOGRAFIA DEL TEMA

BAZDRESCH, Luis, op. cit., pp.26 y siguientes.

BURGOA, Ignacio, op. cit., pp. 268-373

GONZALEZ Cosfo, Arturo, op.cit., p.48

Hernandez, a. Octavio, op. cit., pp.153 y siguientes

SERRANO ROBLES, Arturo, op. cit., Apéndice al Semanario Judicial de la Federación, Compilación 1917-1988, segunda parte común al Pleno y a las salas.

UNIVERSIDAD AUTONOMA DEL ESTADO DE MEXICO

CENTRO UNIVERSITARIO VALLE DE TEOTIHUACAN

RESUMEN

LICENCIADO: JOSE LUIS CABRERA

LICENCIATURA EN: DERECHO

SEMESTRE: 4º

ALUMNO: MIGUEL ANGEL MARTINEZ DELGADILLO

SANTO DOMINGO AZTACAMECA, 25/ABRIL/2011


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