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Derecho civil - etimología, concepto



UNIDAD I: derecho civil.
1. Derecho
 Es el orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad inspirado en postulados de justicia, cuya base son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y caracter. En otras palabras, son conductas dirigidas a la observancia de normas que regulan la convivencia social y permiten resolver los conflictos inter subjetivos. Cada individuo de una sociedad posee el derecho de realizar todo lo que quiera siempre y cuando no invada el derecho de otro individuo.
Desde el punto de vista objetivo, dícese del conjunto de leyes, reglamentos y demas resoluciones, de caracter permanente y obligatorio, creadas por el Estado para la conservación del orden social. Esto es, teniendo en cuenta la validez; es decir que si se ha llevado a cabo el procedimiento adecuado para su creación, independientemente de su eficacia (si es acatada o no) y de su ideal axiológico (si busca concretar un valor como la justicia, paz, orden, etc).



Etimología:
La palabra derecho deriva de la voz latina 'directum', que significa 'lo que esta conforme a la regla, a la ley, a la norma', o como expresa Villoro Toranzo, 'lo que no se desvía ni a un lado ni otro.'
La expresión 'directum' aparece, según Pérez Luño, en la Edad Media para definir al derecho con connotaciones morales o religiosas, el derecho 'conforme a la recta razón'. Esto es así si tenemos en cuenta frases como 'non omne quod licet honestum est' (no todo lo que es lícito es honesto, enpalabras del jurista romano Paulo), que indica el distanciamiento de las exigencias del derecho respecto a la moral. Esta palabra surge por la influencia estoico-cristiana tras la época del secularizado derecho de la época romana y es el germen y raíz gramatical de la palabra 'derecho' en los sistemas actuales: diritto, en italiano; direito, en portugués; dreptu, en rumano; droit, en francés; a su vez, right, en inglés; recht en aleman y en neerlandés, donde han conservado su significación primigenia de 'recto' o 'rectitud.'
La separación posterior del binomio 'ius'-'directum' no pretende estimar que la palabra 'ius' se halle exenta de connotaciones religiosas: téngase en cuenta que en la época romana temprana, segúnPérez Luño, los aplicadores del derecho fueron, practicamente de forma exclusiva, los pontífices.
Aunque la definición del término 'ius' y su origen aún no esté clara, estudios actuales deGiambattista Vico relacionan muy inteligentemente y casi sin lugar a dudas la procedencia de este término de 'Iupiter' (Júpiter), principal Dios del panteón romano, representativo de las ideas de poder y justicia.

Concepto
Del Derecho se ha dicho que es un conjunto de normas jurídicas que forman un sistema hermético al punto que las soluciones hay que buscarlas en las propias normas, criterio valido durante mucho tiempo y que, por lo demas, hay cierta cuota de certeza que ofrece seguridad jurídica a las relaciones sociales que se desarrollan en ese lugar y tiempo.
En principio, digamos quees un conjunto de normas de caracter general, que se dictan para regir sobre toda la sociedad o sectores preestablecidos por las necesidades de la regulación social, que se imponen de forma obligatoria a los destinatarios, y cuyo incumplimiento debe acarrear una sanción coactiva o la respuesta del Estado a tales acciones. Estas normas no son resultado solamente de elementos racionales, sino que en la formación de las mismas inciden otros elementos, tales como intereses políticos y socioeconómicos, de valores y exigencias sociales predominantes, en tanto condicionan una determinada voluntad política y jurídica, que en tanto se haga dominante se hace valer a través de las normas de Derecho. A su vez esas normas expresan esos valores, conceptos y exigencias, y contendran los mecanismos para propiciar la realización de los mismos a través de las conductas permitidas, prohibidas o exigidas en las diferentes esferas de la vida social.
La diversidad social y de esferas en que metodológica y jurídicamente se pueden agrupar, es consecuencia del nivel de desarrollo no sólo de las relaciones, sino también de la normativa y de las exigencias de progreso de las mismas, pero aún con esta multiplicidad de normativas existentes, el Derecho ha de ser considerado como un todo, como un conjunto armónico. Esa armonía interna puede producirse por la existencia de la voluntad política y jurídica que en ellas subyace. En sociedades plurales la armonía de la voluntad política depende de la coincidencia deintereses de los grupos político partidistas predominantes en el legislativo y en el ejecutivo, así como de la continuidad de los mismos en el tiempo. Cambios también se pueden producir con las variaciones de los intereses socioeconómicos y políticos predominantes, al variar la composición parlamentaria o del gobierno. Asimismo, en sociedades monopartidistas y con presupuesto de la unidad sobre la base de la heterogeneidad social existente, la armonía de la voluntad normativa es mucho mas factible si bien menos democratica, lo que no quiere decir que se logre permanentemente; la base de la armonía radica en los intereses únicos del partido.
Doctrinalmente se defiende la existencia de unidad y coherencia; pero lo cierto es que en la practica lo anterior es absolutamente imposible en su aspecto formal, aún a pesar de los intereses y valores en juego, por cuanto las disposiciones normativas se promulgan en distintos momentos históricos, por órganos del Estado diferentes, e incluso dominados éstos por mayorías políticas o con expresiones de voluntades políticas muy disímiles. Igualmente no siempre hay un programa pre elaborado para actuación normativa del Estado (programas legislativos), sino que la promulgación de una u otra disposición depende de las necesidades o imposiciones del momento . En tales situaciones se regulan relaciones sociales de una forma, con cierto reconocimiento de derechos e imposiciones de deberes, con determinadas limitaciones, se establecen mandatos de ineludiblecumplimiento; y estas disposiciones pueden ser cuestionadas por otros órganos del Estado, derogadas por los superiores, o modificadas por los mismos productores meses o años después. Es decir, en el plano formal, haciendo un analisis de la existencia de una diversidad de disposiciones, si encontraremos disposiciones que regulan de manera diferente ciertas instituciones, o las prohíben, o las admiten, o introducen variaciones en su regulación, o que también en el proceso de modificación o derogación, se producen vacíos o lagunas, es decir, esferas o situaciones desreguladas.


En el orden factico, y usando argumentos de la teoría política, las bases para la armonía las ofrece, ciertamente, la existencia de una voluntad política predominante, y de ciertos y determinados intereses políticos en juego que desean hacerse prevalecer como ya antes expusimos. Y desde el punto de vista jurídico-formal, la existencia de un conjunto de principios que en el orden técnico jurídico hacen que unas disposiciones se subordinen a otras, que la producción normativa de un órgano prime sobre la de otros, que unas posteriores puedan dejar sin vigor a otras anteriores, como resulta de los principios de jerarquía normativa no por el rango formal de la norma, sino por la jerarquía del órgano del aparato estatal que ha sido facultado para dictarla o que la ha dictado; de prevalencia de la norma especial sobre la general; que permita que puedan existir leyes generales y a su lado leyes específicas para ciertas circunstancias oinstituciones y que permitan regularla de forma diferenciada, y aún así ambas tengan valor jurídico y fuerza obligatoria.; o el principio de derogación de la norma anterior por la posterior, por sólo citar algunos ejemplos.
El Derecho objetivo puede responder a distintas significaciones:
* El conjunto de reglas que rigen la convivencia de los hombres en sociedad.
* Norma o conjunto de normas que por una parte otorgan derechos o facultades y por la otra, correlativamente, establecen o imponen obligaciones.
* Conjunto de normas que regulan la conducta de los hombres, con el objeto de establecer un ordenamiento justo de convivencia humana.
El Derecho subjetivo se puede decir que es:
* La facultad que tiene un sujeto para ejecutar determinada conducta o abstenerse de ella, o para exigir de otro sujeto el cumplimiento de su deber.
* La facultad, la potestad o autorización que conforme a la norma jurídica tiene un sujeto frente a otro u otros sujetos, ya sea para desarrollar su propia actividad o determinar la de aquellos.

Ciencia del Derecho
Artículo principal: Ciencia del Derecho.
Mas alla de la aparente tautología, el término Derecho, se utiliza indistintamente para nombrar a la ciencia y a su objeto de estudio, de modo tal que el derecho como ciencia, no es otra cosa que la disciplina que estudia el Derecho.
Derecho es lo que uno ejerce ejemplo: nacionalidad, techo, alimentación, salud etc
3.1 DERECHO NATURAL: El derecho natural forma parte de la moral,rige
la conducta social de los hombres relacionada con la justicia y el bien común del
derecho natural. Es un verdadero derecho en la medida en que en la sociedad es
obligatorio para todos. Al ser parte de la moral el derecho natural es inmutable y
universal en sus principios, pero mutable en sus aplicaciones pues éstas
dependen de la variabilidad de las circunstancias.

Dicho de otra manera, el Derecho Natural es el conjunto de maximas
fundamentadas en la equidad, justicia y sentido común, que se imponen al
legislador mismo y nacen de las exigencias de la naturaleza biológica, racional y
social del hombre.
3.2 DERECHO POSITIVO: Reglas o normas jurídicas en vigor, en un lugar
y en una época determinada.
3.3 DERECHO OBJETIVO: Conjunto de normas que integran los códigos y
que, necesariamente se dirige a los valores u objetos tutelados por la ley, en cuya
salvaguardia se interesa le hombre. Tal conjunto de normas imperativo–
atributivas otorgan facultades al mismo tiempo que imponen deberes
correlativos, pero siempre dentro de una esfera determinada.

Los preceptos que forman este derecho son imperativo-atributivos pues
imponen deberes y conceden facultades. Frente al obligado por una norma,
siempre hay otra persona para exigirle el cumplimiento de la misma.
3.4 DERECHO SUBJETIVO: Conjunto de facultades reconocidas a los
individuos por la ley, para realzar determinados actos en satisfacción de sus
propios intereses.
ParaEdgardo Peniche López el Derecho Subjetivo, es la facultad que tiene el
sujeto activo de exigir el cumplimiento de la norma jurídica; es decir, el precepto
atribuye su contenido a un titular denominado “derecho–habiente” quien tiene el
reconocimiento suficiente para obtener del obligado la satisfacción que corre a
cargo del último.
3.5 DERECHO PÚBLICO: Conjunto de normas jurídicas que regulan las
relaciones del Estado, como ente soberano con los ciudadanos y con otros
Estados.
3.6 DERECHO PRIVADO: Conjunto de disposiciones jurídicas que rigen la
relaciones de los particulares entre sí.
Contrario a las definiciones precedentes Luis Pereznieto Castro ha pretendido
explicar a partir de la naturaleza de las relaciones establecidas por sus normas y
cita la teoría de Recaséns Fiches que señala, que se han formulado múltiples
teorías para explicar la distinción que nos ocupa; sin embargo, todas han
fracasado pues ninguna ha encontrado un criterio de distinción que tenga validez
universal, esto por que normas consideradas tradicionalmente de derecho
privado como son las civiles tienen un caracter público salvaguardado por
instituciones de orden público.
La distinción entre lo público y lo privado carece de fundamento y ha sido
abandonada en la doctrina moderna; sin embargo, se toma para fines
exclusivamente pedagógicos.

- FUENTES DEL DERECHO
4.1 FORMALES: Son instrumentales a través de las cuales se pretende saber
cuando yen que condiciones una norma jurídica es valida y obligatoria para una
comunidad o para una sociedad determinada. Así pues las fuentes formales del
derecho son:

a) Ley.- Norma de Derecho dictada, promulgada y sancionada por la
autoridad pública, aún sin el consentimiento de los individuos; tiene
como finalidad el encauzamiento de la actividad social hacia el bien
común.
b) Costumbre.-. Se define a la costumbre como “el resultado de aquel
procedimiento jurídico de creación en el que un conjunto de actos,
considerados como repetidos por un órgano aplicador, se encuentran
formando una disposición o pauta de conducta, en virtud de la decisión,
mas o menos consciente, de dicho órgano, de incorporar un caso
específico dentro de esa repetición de actos, convirtiéndolos, así en
derecho aplicable.”
La doctrina clasifica a la costumbre en:
Secundum legem Es la que coincide con lo ordenado por la ley. Esta
coincidencia se debe a que el derecho consuetudinario es reconocido y
formulado por la ley.

Praeter legem Es aquella que no ha sido incorporada en la ley ni es
impugnada por la misma; tiene por función llenar las lagunas de la ley;
por ello se le considera como fuente formal secundaria, supletoria o
complementaria de la ley.
Contra Legem Es aquella que establece conductas opuestas a lo
ordenado por la ley.
En México, la costumbre no tiene el caracter de fuente formal principal
del derecho, y estosucede así porque la costumbre: “sólo es
jurídicamente obligatoria cuando la ley le otorga tal caracter. No es, por
ende, fuente inmediata, sino mediata o supletoria del orden positivo”
según lo afirma García Maynez.
Por tanto la costumbre es una fuente secundaria del derecho al depender
su obligatoriedad del reconocimiento del mismo.
c) Jurisprudencia Es la interpretación que de la ley hacen los
tribunales, cuando la aplicación a cinco casos concretos sometidos a ellos
y la generalizan. Cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación crea
jurisprudencia se convierte en obligatoria y todos los tribunales inferiores
de la república deben acatarla y aplicarla.
d) Doctrina Opiniones, críticas y estudios de los sabios del Derecho, la
doctrina no tiene valor legal alguno, aún cuando ejerza profunda
influencia ya sea en los autores de una ley o en las autoridades
encargadas de aplicarlas. Se considera como doctrina la literatura
jurídica.
e) Principios generales del derecho Son generalizaciones o
abstracciones últimas tomadas de la propia legislación del derecho
natural o del derecho romano. Por ejemplo, la equidad es uno de los
principios mas importantes pues no puede concebirse un orden
jurídico que carezca de ella.

De conformidad con el artículo 14 constitucional, en los juicios civiles, la
sentencia definitiva (esto es, la sentencia que decide el fondo del
negocio) debera ser conforme a la letra o a la interpretaciónjurídica de la
ley, y a falta de ésta se fundara en los principios generales del derecho.
Algunos afirman que los principios generales del derecho son
construcciones doctrinales o ideas y conceptos elaborados o propuestos
por la doctrina.

La concepción de que los principios mencionados son los del derecho
romano actualmente sólo tiene importancia histórica. Pero en esa tesis se
hallan contenidas en germen las dos interpretaciones fundamentales
sobre esta materia: la histórica o positivista y la filosófica o
yusnaturalista.
Histórica o positivista: Dice que los principios en cuestión son aquellos
que inspiran una determinada legislación positiva.
Yusnaturalista: Afirma que se trata de verdades jurídicas universales, de
principios filosóficos que expresan el elemento constante y permanente
del derecho, el fundamento de toda legislación positiva.
4.2 MATERIALES O REALES: Aquellos elementos que determinan el
contenido de las normas jurídicas, necesidades de una comunidad que delimitan el contenido y el alcance de sus propias normas jurídicas; son
pues todos aquellos fenómenos sociales que contribuyen a la formación
del derecho. Que pueden reducirse a: Ideales de Justicia, a la cual se llega
por medio de la razón; y a, Circunstancias Históricas, a la que se llega
por medio de la experiencia.
4.3 HISTÓRICAS.- Son aquellos documentos históricos que hablan o se
refieren al derecho, tales como libros, escritos, tratados y periódicos.


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