INTRODUCCION
Tal cual lo define la ONU, un tratado internacional es
un acuerdo escrito entre ciertos sujetos de Derecho internacional y que se
encuentra regido por este, que puede constar de uno o varios instrumentos
jurídicos conexos, y siendo indiferente su denominación. Como
acuerdo implica siempre que sean, como mínimo, dos personas jurídicas
internacionales quienes concluyan un tratado internacional. Por ejemplo los
gobernantes de cada país se reúnen para ponerse de acuerdo con sus límites de
países para no tener problemas con sus territorios.
Debido a la interdependencia cada vez mayor que guardan los países, han
proliferado los convenios o tratados internacionales, instrumentos jurídicos
que bien pudiéramos asimilar a los contratos en el sentido de que mediante el
consentimiento manifestado por los Estados, con ese carácter en el caso de los
tratados se crean derechos y obligaciones entre las partes. Como consecuencia
natural de la proliferación de convenios internacionales, el derecho de los
tratados es una de las disciplinas que más se ha desarrollado en los últimos
años; sin embargo de la misma manera que se crean éstos tratados, el
derechointernacional presenta aristas que declaran su nulidad, terminación y
suspensión de la aplicación.
En el presente trabajo abordaremos esas aristas con el objeto de entender más a
fondo las precitadas situaciones jurídicas, utilizando como principal
referencia la Convención de Viena de 1969, sobre el derecho de los tratados.
CONCEPTOS GENERALES
Debido a la interdependencia cada vez mayor que guardan los países, han
proliferado los convenios o tratados internacionales, como instrumentos
jurídicos que bien pudiéramos asimilar a los contratos en el sentido de que a
través del consentimiento manifestado por los Estados con ese carácter en el
caso de los tratados se crean derechos y obligaciones entre las partes. Dicho
esto entiéndase que así como los particulares utilizan losa€¨contratos para
establecer derechos y obligaciones entre sí, los Estados y sus representantes
legitimizados, celebran tratados con la intención de crear derechos y
obligaciones regidos por el derecho internacional.a۬
La proliferación de convenios internacionales, hace del derecho de los tratados
una de las disciplinas que más se ha desarrollado en losúltimos años; regulada
a partir de la celebración de las Convenciones de Viena de 1969 sobre Derecho
de los Tratados y la de 1986 sobre Tratados Celebrados entre Organismos
Internacionales o entre Organismos Internacionales y Estados, ahora nos obliga
definir el concepto legal de lo que significa un tratado internacional.
Concepto de Tratado Internacional: Un acuerdo
internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por el derecho
internacional, ya conste en un instrumento único o en dos o más instrumentos
conexos y cualquiera que sea su denominación particular. Estos acuerdos se
realizan con una finalidad: producir efectos jurídicos, establecer
'compromisos de honor', 'acuerdos convencionales'. Los
sujetos 'acuerdan', comprometiéndose recíprocamente, a cumplir las
obligaciones y respetar los derechos contenidos en un
instrumento escrito o establecidos verbalmente.
La fundación Rogelio cruz, miguel A. Reinoso Sicard y Compartes,
solicitan se declare inadmisible el recurso incoado por la entidad
falconbridge, por haberlo hecho fuera del plazo que establece dicha ley, o sea
cinco días, ya que el mismo fue notificado al recurrente el día
24 de octubre del 2012, y el recurso se interpuso el día 22 de octubre
del 2012, razón por la cual debe confirmar en todas sus partes la
indicada sentencia.
O que de ser admitido, en cuanto al fondo debe ser rechazado, por improcedente
mal fundado y carente de base legal, y en consecuencia confirmada en todas sus
partes la referida sentencia.
Que se ordene la ejecución total del
astriente por el monto de RD$300,000 (trescientos mil pesos) diarios en virtud
de que la empresa no hacumplido la ordenanza de la apertura del
camino vecinal, así como
también los trabajos en loma Miranda.
El tribunal constitucional después de exponer su competencia para fallar
en el referido caso y haber estudiado los informes científicos y medio
ambientales nacionales e internacionales y basado en la constitución de
la republica decidió lo siguiente
Que admite en cuanto la forma, el recurso de revisión de la sentencia de
amparo No. 00077/2012, interpuesta por strata niquel.
Rechazar en cuanto al fondo, el recurso de revisión de la sentencia
00077/12
Analisis sentencia C/168/13
La relevancia social y jurídica de la sentencia que sera objeto
de analisis esta relacionada con la valoración del contenido y
garantía de los derechos fundamentales, así como los mecanismos
procesales que el nuevo orden constitucional nos rige desde el 26 de Enero del
2010 y la adopción de la Ley No. 137-11, organica del Tribunal
Constitucional y los procedimientos constitucionales. Esta sentencia trata el
tema de la irretroactividad de la Ley el cual ha generado un
agudo debate sobre su alcance y significado.
La sentencia parece convertir una acción de amparo individual en una
acción directa en inconstitucionalidad, desbordando los límites,
que impone la Ley 137-11, desconociendo que los amparos y sus revisiones
estan investidas por el Principio de la relatividad, esto es que solo le
son oponibles a las partes en el proceso.
El Tribunal recurre al ‘’Efecto Comunia’’ de la misma,
mediante el cual los elementos del caso desbordan la
situación particular dela recurrente para afectar un gran numero de
personas que estan en una situación similar factica y
jurídicamente. El analisis de la sentencia
también abre una serie de interrogantes sobre la importancia y
aplicabilidad que tienen en nuestro ordenamiento jurídico las decisiones
de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos.
La nacionalidad es un punto contencioso que ha llegado
incluso a la Corte Interamericana de los Derechos Humanos. El que nació
el 26 de Enero del 2010 era dominicano bajo la constitución del
año 1966, para esto fue que el constituyente reformó la constitución,
esta sentencia despoja la nacionalidad de miles de personas, el Tribunal
Constitucional ha hecho una interpretación violatoria de lo que fue la
decisión Yean y Bosico de la Corte Interamericana de los Derechos
Humanos, donde se dice que el estatus migratorio de los padres no puede
traducirse en el despojo de la nacionalidad.
La constitución del 2010 dispone que son
dominicanos todos aquellos que hubiesen adquirido la nacionalidad conforme al
régimen anterior, esta sentencia ha violado los principios, pautas y
guías interpretativas que fija la constitución en el caso Juliana
Deguis Pierre.
La situación migratoria que ha imperado en el país no puede
traducirse en el despojo de la nacionalidad a personas que no son culpables de
esa situación, se debe hacer una regularización de todos los
extranjeros que se encuentran en República Dominicana y repatriar los
que se encuentran de manera ilegal, cumpliendo las normas
internas y verificar los casos individuales.
tratado internacional, debemos tomar en cuenta para
nuestro trabajo lo referente a la validez de los tratados internacionales, toda
vez que de ello se va determinar su nulidad, terminación y suspensión en su
aplicación.