DERECHOS
DE LIBERTAD
Incluye: No hay pena de muerte.
Y se a las personas se les garantizará:
A la inviolabilidad de la vida. El goce de todos los derechos de un ciudadano
ecuatoriano.
A la integridad personal.
Una vida libre de violencia, la prohibición de la tortura.
La prohibición de todo tipo de hecho que atente contra los derechos humanos.
A la igualdad y no discriminación, al libre desarrollo de la personalidad.
A opinar y expresar su pensamiento libremente.
A la rectificación, réplica o respuesta, en forma inmediata, en caso de haber
sido víctima de la publicación de información falsa en un medio de
comunicación.
A practicar libremente su religión, a tomar decisiones libres su vida.
A negarse a usar la violencia y a participar en el servicio militar.
A reunirse en forma libre y voluntaria, a transitar libremente por el
territorio nacional
Se prohíbe todo tipo de expulsión.
A la libertad de contratación, a la libertad de trabajo.
A la protección de la imagen y la voz de la persona.
A la intimidad personal y familiar, a la inviolabilidad de domicilio.
A dirigir quejas y peticiones a las autoridades y a recibir respuestas.
Se reconoce la familia como
núcleo fundamental de la sociedad y se protege a cada uno de los integrantes.
La igualdad entre mujeres y hombres.
“Con respecto al derecho a la libertad de expresión, el Ecuador garantiza a sus
habitantes elderecho a la comunicación libre, intercultural, inclusiva, diversa
y participativa en todos los ámbitos de interacción social. También garantiza
el derecho a la información de calidad sin ningún tipo de censura. El derecho
de acceso y el uso de las frecuencias de radio y televisión públicas, privadas
o comunales también están garantizados en la Constitución”1
“El Tribunal Contencioso Electoral multó con $80 mil a la revista Vistazo por
considerar como propaganda electoral el editorial publicado por ese medio
'Un No rotundo' sobre las preguntas para la consulta popular del 7 de
mayo. Para los jueces, la opinión editorial
viola el silencio electoral de 48 horas antes de los comicios. Esa sentencia
dejó sin efecto la anterior, de primera instancia, que desestimó la demanda el
12 de diciembre.”2
¨Santiago Guarderas en Ecuavisa sobre la prohibición de entrevistas a ministros
Santiago Guarderas, abogado de Fundamedios en entrevista para Ecuavisa
manifestó su contrariedad respecto a la decisión judicial en la que se
argumenta que no existe una decisión presidencial que afecte a la libertad de
expresión al impedir que los ministros den declaraciones a los medios de
comunicación.
En la relación que hay entre los periodistas y los funcionarios públicos es libre
y voluntario dar o solicitar entrevistas igualmente que haya funcionarios que
accedan a los periodistas y otros que no. Todo mientras exista un marco de
respeto mutuo que permita ejercer el derecho a la libertad de información.
En el Derecho guatemalteco es indudable que el corretaje es un contrato sui
generis, desde luego que no puede encuadrarse dentro de los esquemas tradicionales;
y que obliga sólo a la parte o partes interesadas en la conclusión del negocio,
obligación cuyo nacimiento depende de que 'el negocio, se concluya por
efecto de la intervención del corredor' (Artículo 301), por lo que es un
contrato unilateral. La conclusión del
contrato por efecto de la intervención del
corredor, no es una condición suspensiva, sino que es una contraprestación.
Realizada la contraprestación se debe pagar el corretaje. Esto es así ya que el
corredor no puede obligarse a conseguir la conclusión de un negocio, puesto que
este resultado no depende de su voluntad, sino de la de otros. Es decir, que
las obligaciones de los que se aprovechan del corredor no hallan su correspondencia en
una obligación de éste último.
3.- CARACTERES: En el contrato de corretaje concurren los siguientes
caracteres:
a) Es un contrato típico y nominado, desde luego que estásujeto a reglas
especiales de la ley (Artículos 292 y siguientes), la cual lo designa
precisamente con el nombre de contrato de corretaje (Artículo 301).
b) Es un contrato unilateral, puesto que, como
ya dijimos, sólo origina obligación para la parte o partes que hacen el encargo
al corredor, de pagar el corretaje si el contrato se concluye por efecto de la
intervención del
último (Artículo 301). Para el corredor es
potestativo realizar su intervención y para quien le ha dado el encargo no es
obligatorio retribuirle, sino en cuanto lo cumple y el negocio jurídico se
concluye.
c) Es un contrato oneroso, pues tanto los que le hacen el encargo como el corredor aspiran
a procurarse una ventaja: los primeros en celebrar convenientemente el negocio
jurídico deseado y el segundo la remuneración o corretaje (Artículo 301).
d) Es un contrato consensual que se perfecciona por el consentimiento de las
partes (Artículo 1588 C.C.). Como
contrato mercantil que es, el corretaje no está sujeto para su validez, a
formalidades especiales (Artículo 671 C. de c.).
e) Es un contrato de colaboración. Se ha señalado que 'es un caso
especialmente singular de colaboración entre dos personas, la ayuda que
mediante él se presta consiste en que el corredor pone en relación a dos
personas y actúa de intermediario entre ellas para la perfección de un
contrato'. Este carácter del corretaje lo
pone en evidencia el Código de Comercio al dar tanto el concepto legal de
corredor como del contrato mismo (Artículos 292 y 301).
f) Es un contrato preparatorio, ya que sufinalidad es que llegue a concluirse
un negocio jurídico por efecto de la intervención del corredor (Artículos 292 y 301). Se
celebra como
antecedente de otro que eventualmente puede llegar a concluirse.
4.- ELEMENTOS:
En el corretaje los elementos personales son: los interesados en la conclusión
de un negocio jurídico, que para ello hacen el encargo a otro de que los ponga
en contacto con quienes pueden proporcionarles los bienes o servicios que
desean; y el corredor, que como ya dijimos es un auxiliar independiente de los
comerciantes, cuya actividad está sujeta a cierto rigor legal.
Puede haber corretaje sobre cualquier clase de negocios jurídicos tanto civiles
como
comerciales. Tales negocios recaen normalmente sobre objetos o cosas
mercantiles; mercaderías, títulos de crédito, inmuebles, hipotecas, etc.
5.- EFECTOS:
Para estudiar los efectos del contrato de corretaje es necesario advertir que
la relación jurídica entre las partes y el corredor no surge del propio
contrato: obligaciones y derechos nacen sólo del hecho de que el corredor
hubiera contribuido eficazmente a que las partes concluyeran el contrato. El contrato
de corretaje tiene la particularidad de que el corredor no se obliga a nada, ni
siquiera a desarrollar la actividad encaminada a la conclusión del contrato
proyectado, y que tampoco quien da el encargo se obliga a concluir el contrato
que el corredor le proponga. quien da el encargo sólo se obliga a pagar el
corretaje si se cumple el presupuesto jurídico de la conclusión del
Cambia la historia cuando se prohíbe dar información o entrevistas a ciertos
medios decomunicación ahí si estamos hablando de una acción discriminatoria
contra los derechos de los ciudadanos a la libertad de información. ¨ 3