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Derechos de libertad



DERECHOS DE LIBERTAD

Incluye: No hay pena de muerte.
Y se a las personas se les garantizará:
A la inviolabilidad de la vida. El goce de todos los derechos de un ciudadano ecuatoriano.
A la integridad personal.
Una vida libre de violencia, la prohibición de la tortura.
La prohibición de todo tipo de hecho que atente contra los derechos humanos.
A la igualdad y no discriminación, al libre desarrollo de la personalidad.
A opinar y expresar su pensamiento libremente.
A la rectificación, réplica o respuesta, en forma inmediata, en caso de haber sido víctima de la publicación de información falsa en un medio de comunicación.
A practicar libremente su religión, a tomar decisiones libres su vida.
A negarse a usar la violencia y a participar en el servicio militar.
A reunirse en forma libre y voluntaria, a transitar libremente por el territorio nacional
Se prohíbe todo tipo de expulsión.
A la libertad de contratación, a la libertad de trabajo.
A la protección de la imagen y la voz de la persona.
A la intimidad personal y familiar, a la inviolabilidad de domicilio.


A dirigir quejas y peticiones a las autoridades y a recibir respuestas.
Se reconoce la familia como núcleo fundamental de la sociedad y se protege a cada uno de los integrantes.
La igualdad entre mujeres y hombres.

“Con respecto al derecho a la libertad de expresión, el Ecuador garantiza a sus habitantes elderecho a la comunicación libre, intercultural, inclusiva, diversa y participativa en todos los ámbitos de interacción social. También garantiza el derecho a la información de calidad sin ningún tipo de censura. El derecho de acceso y el uso de las frecuencias de radio y televisión públicas, privadas o comunales también están garantizados en la Constitución”1

“El Tribunal Contencioso Electoral multó con $80 mil a la revista Vistazo por considerar como propaganda electoral el editorial publicado por ese medio 'Un No rotundo' sobre las preguntas para la consulta popular del 7 de mayo. Para los jueces, la opinión editorial viola el silencio electoral de 48 horas antes de los comicios. Esa sentencia dejó sin efecto la anterior, de primera instancia, que desestimó la demanda el 12 de diciembre.”2

¨Santiago Guarderas en Ecuavisa sobre la prohibición de entrevistas a ministros
Santiago Guarderas, abogado de Fundamedios en entrevista para Ecuavisa manifestó su contrariedad respecto a la decisión judicial en la que se argumenta que no existe una decisión presidencial que afecte a la libertad de expresión al impedir que los ministros den declaraciones a los medios de comunicación.

En la relación que hay entre los periodistas y los funcionarios públicos es libre y voluntario dar o solicitar entrevistas igualmente que haya funcionarios que accedan a los periodistas y otros que no. Todo mientras exista un marco de respeto mutuo que permita ejercer el derecho a la libertad de información.
En el Derecho guatemalteco es indudable que el corretaje es un contrato sui generis, desde luego que no puede encuadrarse dentro de los esquemas tradicionales; y que obliga sólo a la parte o partes interesadas en la conclusión del negocio, obligación cuyo nacimiento depende de que 'el negocio, se concluya por efecto de la intervención del corredor' (Artículo 301), por lo que es un contrato unilateral. La conclusión del contrato por efecto de la intervención del corredor, no es una condición suspensiva, sino que es una contraprestación. Realizada la contraprestación se debe pagar el corretaje. Esto es así ya que el corredor no puede obligarse a conseguir la conclusión de un negocio, puesto que este resultado no depende de su voluntad, sino de la de otros. Es decir, que las obligaciones de los que se aprovechan del corredor no hallan su correspondencia en una obligación de éste último.
3.- CARACTERES: En el contrato de corretaje concurren los siguientes caracteres:
a) Es un contrato típico y nominado, desde luego que estásujeto a reglas especiales de la ley (Artículos 292 y siguientes), la cual lo designa precisamente con el nombre de contrato de corretaje (Artículo 301).
b) Es un contrato unilateral, puesto que, como ya dijimos, sólo origina obligación para la parte o partes que hacen el encargo al corredor, de pagar el corretaje si el contrato se concluye por efecto de la intervención del último (Artículo 301). Para el corredor es potestativo realizar su intervención y para quien le ha dado el encargo no es obligatorio retribuirle, sino en cuanto lo cumple y el negocio jurídico se concluye.
c) Es un contrato oneroso, pues tanto los que le hacen el encargo como el corredor aspiran a procurarse una ventaja: los primeros en celebrar convenientemente el negocio jurídico deseado y el segundo la remuneración o corretaje (Artículo 301).
d) Es un contrato consensual que se perfecciona por el consentimiento de las partes (Artículo 1588 C.C.). Como contrato mercantil que es, el corretaje no está sujeto para su validez, a formalidades especiales (Artículo 671 C. de c.).
e) Es un contrato de colaboración. Se ha señalado que 'es un caso especialmente singular de colaboración entre dos personas, la ayuda que mediante él se presta consiste en que el corredor pone en relación a dos personas y actúa de intermediario entre ellas para la perfección de un contrato'. Este carácter del corretaje lo pone en evidencia el Código de Comercio al dar tanto el concepto legal de corredor como del contrato mismo (Artículos 292 y 301).
f) Es un contrato preparatorio, ya que sufinalidad es que llegue a concluirse un negocio jurídico por efecto de la intervención del corredor (Artículos 292 y 301). Se celebra como antecedente de otro que eventualmente puede llegar a concluirse.
4.- ELEMENTOS:
En el corretaje los elementos personales son: los interesados en la conclusión de un negocio jurídico, que para ello hacen el encargo a otro de que los ponga en contacto con quienes pueden proporcionarles los bienes o servicios que desean; y el corredor, que como ya dijimos es un auxiliar independiente de los comerciantes, cuya actividad está sujeta a cierto rigor legal.
Puede haber corretaje sobre cualquier clase de negocios jurídicos tanto civiles como comerciales. Tales negocios recaen normalmente sobre objetos o cosas mercantiles; mercaderías, títulos de crédito, inmuebles, hipotecas, etc.
5.- EFECTOS:
Para estudiar los efectos del contrato de corretaje es necesario advertir que la relación jurídica entre las partes y el corredor no surge del propio contrato: obligaciones y derechos nacen sólo del hecho de que el corredor hubiera contribuido eficazmente a que las partes concluyeran el contrato. El contrato de corretaje tiene la particularidad de que el corredor no se obliga a nada, ni siquiera a desarrollar la actividad encaminada a la conclusión del contrato proyectado, y que tampoco quien da el encargo se obliga a concluir el contrato que el corredor le proponga. quien da el encargo sólo se obliga a pagar el corretaje si se cumple el presupuesto jurídico de la conclusión del
Cambia la historia cuando se prohíbe dar información o entrevistas a ciertos medios decomunicación ahí si estamos hablando de una acción discriminatoria contra los derechos de los ciudadanos a la libertad de información. ¨ 3


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