De
la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas
sQué es la Asambleade Ciudadanos y Ciudadanas? Es la
base y cimiento de los Consejos Comunales y autoridad deliberante de la
Comunidad. Sus decisiones y acuerdos están por encima de
todas las que se toman en otras instancias y son de carácter vinculante para
los Consejos Comunales. Es el verdadero PODER POPULAR.
Es el producto de la educación liberadora que vive esta nueva generación de
venezolanos, que lucha denodadamente para consolidar la construcción de una
sociedad libre, de un auténtico poder popular y la
emancipación social e individual. La Ley dice: es la instancia primaria para el
ejercicio del
poder, la participación y el protagonismo popular, cuyas decisiones son de
carácter vinculante para el consejo comunal respectivo. Art.4s,
numeral 5 sQuéatribuciones tiene la Asambleade Ciudadanos y Ciudadanas?
El Art. 6s de la LECC dice: La Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas es la máxima
instancia de decisión del Consejo Comunal, integrada por
los habitantes de la comunidad, mayores de quince (15) años, y tiene las
siguientes atribuciones: 1. Aprobar las normas de convivencia de la comunidad.
2. Aprobar los estatutos y el acta constitutiva del Consejo Comunal, la cual
contendrá: nombre del Consejo Comunal; área geográfica que ocupa; número de
familias que lo integran; listado de asistentes a la Asamblea (Nombre y
apellido, cédula de identidad); lugar, fecha y hora de la Asamblea; acuerdos de
la Asamblea; resultados de la elección de las y los voceros, y demás
integrantes de los órganos del Consejo Comunal. 3. Aprobar el
Plan de Desarrollo de la Comunidad.
4. Aprobar los proyectos presentados al Consejo Comunal en beneficio de la
comunidad, así como la integración
de los proyectos para resolver las necesidades afines con otras comunidades e
instancias de gobierno, bajo la orientación sostenible y sustentable del desarrollo endógeno.
5. 6. 7. 8. 9. Ejercer la contraloría social. Adoptar las
decisiones esenciales de la vida comunitaria. Elegir
las y los integrantes de la Comisión Promotora. Elegir
las y los integrantes de la Comisión Electoral. Elegir a voceros o
voceras del
órgano ejecutivo.
10. Elegir a las y los integrantes de la Unidad de Contraloría Social. 11.
Elegir a las y los integrantes de la Unidad de Gestión Financiera. 12. Revocar
el mandato de los voceros o voceras y demás integrantes de los órganos del
Consejo Comunal, conforme con lo que establezca elReglamento de la presente
Ley. 13. Evaluar y aprobar la gestión financiera.
14. Definir y aprobar los mecanismos necesarios para el funcionamiento del
Consejo Comunal. 15. Las demás establecidas en la presente Ley y su Reglamento.
sQué funciones cumple la Asambleade Ciudadanos y Ciudadanas?
Por ser la máxima autoridad del
Consejo Comunal, esta instancia: o Elige o destituye a los Voceros del Órgano
Ejecutivo del
Consejo Comunal
o Aprueba o desaprueba los acuerdos del Órgano Ejecutivo remitidos especialmente
a la Asamblea en consulta u observación. o o Aprueba
las normas de Convivencia de la Comunidad. Aprueba los
Estatutos y el Acta Constitutiva del Consejo Comunal.
o Rescinde la contratación de servicios para el
desarrollo de proyectos, que hayan sido objeto de cuestionamiento por la Unidad
de Contraloría Social. o Diseña, aprueba y controla el
Plan Único de Trabajo o Plan de Desarrollo Integral de la Comunidad. o Dirige los destinos del
Consejo Comunal a través de reuniones cuidadosamente planificadas y convocadas
con Agenda preestablecida, en la que tienen prioridad los proyectos a
desarrollarse. o Recomienda al Órgano Ejecutivo, las actividades de carácter
formativo, analítico, consultivo, de inversión y proyección social, para la
elaboración de los correspondientes proyectos. o
Ejerce la Contraloría Social de forma directa o a través de la Unidad de
Contraloría. o Suscribe los acuerdos de alianza o
convenios con otras instituciones, para propósitos de capacitación,
transferencia de saberes, intercambio tecnológico, etc. o Aprueba e impulsa
laintegración de los proyectos para resolver las necesidades comunes con otras
comunidades e instancias de gobierno. o Promueve el
fortalecimiento de las redes de Consejos Comunales.
sQuiénes integran la Asambleade Ciudadanos y Ciudadanas?
Todos los habitantes de la comunidad mayores de 15 años, que vivan dentro del
área geográfica comunitaria declarada por el Consejo Comunal. Art. 6s sCómo se realiza una Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas?
La Asamblea se convoca con tres o más días de anticipación, mediante invitación
escrita, tal como aparece en el Apéndice 1, en la que debe figurar: o o o Lugar
Fecha y Hora Agenda
El día de la realización, se constata el quórum legal y se procede a la
Asamblea, bajo la conducción de la Junta Directiva del Órgano Ejecutivo,
debiendo levantarse el Acta de Asamblea, cuya copia será posteriormente enviada
al Consejo Local de
Planificación Pública. Para moderar la
Asamblea, debe nombrarse en cada una de ellas, un
Director de Debates o Moderador, entre los asistentes. El Acta aprobada debe
ser firmada por todos los que concurrieron a la Asamblea, sin perjuicio que
circule una lista de asistentes donde se registren nombres y apellidos, Cédula
de Identidad, Teléfono y Correo Electrónico. Se sugiere la presencia de un representante del
Consejo Parroquial, o un representante del
CLPP o un representante de la Oficina de Participación Popular de la Alcaldía. sCómo se establece el quórum de una Asamblea de Ciudadanos y
Ciudadanas? El quórum de la Asamblea Local de Voceros se establece
sumando cuidadosamente el número de asistentesrepresentantes de las familias del Consejo. Si este número es
mayor del 10% del total de miembros posibles, se da por
válido el quórum. En otras palabras: Si en un Consejo Comunal existen 230
familias, el 10 % será 23 y ese será el mínimo de miembros que validarán la
Asamblea.