Ciencia, arte y técnica en la
administración
Administración como ciencia
La administración puede ser concebida como una ciencia, esto es un
conjunto de conocimientos ordenados y sistematizados de valor universal, que
estudia a las empresas y las organizaciones con fines descriptivos, para
comprender su funcionamiento, evolución, crecimiento y conducta. Esta actividad se desarrolla en las universidades. La
administración es ciencia y técnica. Es una
ciencia tactica, que tiene por objeto real las organizaciones.
Administración como
Arte
Se refiere al uso del conocimiento fundamental
que proporciona la ciencia administrativa y su aplicación a una
determinada situación concreta a partir del conocimiento, capacidad, habilidad y
destrezas de los administradores en la perspectiva de obtener resultados
practicos. Se dice que administrar es un arte,
pero el término se utiliza con mas propiedad para referirse al
conjunto de conocimientos (ciencia) que le sirve de fundamento.
Administración como técnica
La ciencia crea conocimiento y la técnica la pone en practica.
Esto también sucede con la ciencia administrativa, por lo que tiene un
conjunto de técnicas que se aplican en los procesos de
planificación organización, dirección y control
La administración se ha conocido como una ciencia, que persiguen el
alcance de metas dentro de una organización, para lo cual se sigue una
serie de lineamientos, dentro de los que encontramos: planear, organizar,
dirigir y controlar los recursos con los que se cuenta. Su principal finalidad
es lade aumentar la eficiencia en el uso de los
recursos y las ganancias.
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tecnica
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La mencionada omisión del antejuicio administrativo, también
puede ser alegada dentro de la cuestión previa prevista en el ordinal
11° del Código de Procedimiento Civil (C.P.C), cuando la demanda es
admitida sin que el juzgador se percatase de su existencia, dado este caso es
importante precisar de que no se trata propiamente de que la ley prohíba
admitir la acción propuesta , lo que esta prohíbe es admitir la
demanda si no se ha cumplido con los requisitos establecidos en la misma para
esta .
A modo de conclusión podemos decir que para proceda cualquier proceso o
demanda contra el estado o los entes administrativos se debe cumplir con una
serie de requisitos entre los cuales hayamos el mas importante que es
que se agote la vía administrativa para la realización de cualquier
acción contra el estado.
Procedimiento
Para intentar una acción judicial en contra de la Republica, el
demandante debera dirigirse mediante escrito al órgano al cual
corresponda el asunto y plantear concretamente sus pretensiones, una vez haya sido
presentado dicho escrito se le debe dar recibo al demandante o interesado.
Ahora bien unavez recibida dicha presentación, el órgano
respectivo debe dentro de los 20 días habiles siguientes a la
presentación por escrito, proceder a formar el expediente del asunto
sometido a su consideración, este debe contener el instrumento donde
conste la obligación, fecha en que se realizo la acusación,
certificación de la deuda, acta de conciliación y la
opinión jurídica referente a la pretensión, así
como cualquier otro documento que se considere de importancia.
Al día siguiente, una vez concluida la sustanciación del
expediente administrativo, el órgano respectivo debe remitirlo a
Procuraduría General de la Republica con el fin de que esta en un plazo
no mayor de 30 días habiles remita al órgano respectivo la
opinión que esta tenga respecto a la procedencia o no de la
reclamación dicha opción tiene caracter vinculante y se le
debe notificar al demandante o interesado antes de cumplirse los 5 días
habiles siguientes a la recepción de dicho escrito. De no
notificarse al interesado dentro de lapso previsto para el antejuicio
administrativo quedara abierta la vía judicial para interceptar la
demanda del
procedimiento contencioso administrativo contra el estado.
Las Demandas Contra la Republica
Las demandas contra los entes públicos son una acción de
caracter subjetivo originada por una actuación normal o anormal
de la administración pública conducente a satisfacer o
restablecer una situación jurídica subjetiva. Para algunos autores la labor contencioso-administrativa
no se limita a un control de legalidad de los
actosadministrativos sino también de que se extiende el control de la
ilegitimidad de la conducta de administración que manifiesta por los
actos materiales, hechos y relaciones jurídicas administrativas y que se
realizan por contencioso-administrativo.
Tribunal competente para conocer en vía judicial
Una vez cumplido el tramite previo del antejuicio administrativo, el
interesado queda facultado para acudir a la vía del contencioso
administrativo para accionar en contra de la Republica , para que esta sea
condenada al pago de sumas de dinero y la reparación de daños y
prejuicios originados en responsabilidad de la administración, el
tribunal competente para conocer dichas demandas contra la Republica va a
depender de la cuantía cuando la demanda no exceda 10.000 U.T y su
conocimiento no esté atribuido a otra autoridad seran competentes
para tomar acción en primera instancia, los tribunales superiores en lo
civil y contencioso administrativo y en la apelación compete la corte
primera en lo contencioso administrativo. Si dicha cuantía excede las
10.000 U.T hasta 70.000 U.T y su conocimiento no esté atribuido a otra
autoridad tiene competencia para comparecer a la corte de primera instancia en
lo contencioso administrativo y la sala político administrativa del
Tribunal Supremo de Justicia conocera segunda instancia de la
apelación.
Si el monto a demandar excede de 70.000 U.T y su competencia no esta
atribuida a otra autoridad le corresponde a la sala polít
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