Línea
de Ribera
Concepto: La actual línea de ribera estará determinada por la intersección
entre el plano
de la costa y el determinado por la superficie de las aguas en sus crecidas
medias ordinarias.
Crecidas medias ordinarias: Se refiere a las crecidas medias de los ríos.
Art.2340 C.C.
Altas mareas Normales: Se refiere al mar y a las zonas de los ríos de
desembocadura en el mar, que se ven influenciados por el mismo. Art.2577 CC
El problema de la línea de ribera es el deslinde entre 2 predios que
corresponden a dominios diferentes, uno a particulares y el otro al dominio
público del
estado.
Naturaleza Jurídica: Art.2350 y 2637
* Las vertientes que nacen y mueren dentro de una misma heredad, pertenecen en
propiedad, uso y goce al dueño de laheredad.
* Las aguas que surgen en terrenos de particulares pertenecen a sus dueños,
quienes pueden usar libremente de ellas y cambiar su dirección natural. Cuando
constituyen cauces naturales pertenecen al dominio público.
* En nuestro derecho, el dominio publico de aguas y ríos se distribuyen según
por donde corran entre la nación y las provincias.
* Corresponde al poder administrador fijar la línea de ribera, sea de la nación o de las
provincias ya que no es ni mas ni menos que el derecho a determinar su propio
patrimonio publico.
* Esta operación la realiza un ing. Agrimensor, debe ser aprobada y dispuesta
por el correspondiente decreto. Es en donde se le da valor jurídico a la
determinación lograda.
Bienes del dominio publico del
estado Art. 2.340 CC
Las playas de mar y las riberas internas de los ríos, entendiéndose por tales,
la extensión de tierra que las aguas bañan o desocupan durante las altas mareas
normales o las crecidas medias ordinarias.
Las aguas que surgen de terrenos particulares que constituyen curso natural.
Accesión por:
Aluvión: ARTICULO 2.572.- Son accesorios de los terrenos confinantes con la
ribera de los ríos, los acrecentamientos de tierra que reciban paulatina e
insensiblemente por efecto de la corriente de las aguas, y pertenecen a los
dueños de las heredades ribereñas. Siendo en las costas de mar o de ríos
navegables, pertenecen al Estado.
Requisitos:
• Existencia de un fundo ribereño.
* Que haya un acrecentamiento de tierras adheridas que se confundan con las del predio.
* Que la adhesión de tierra sea lenta e insensible o imperceptible.
* Que seagenerada naturalmente por la corriente de agua.
Avulsión: ARTICULO 2.583.- Cuando un río o un arroyo lleva por una fuerza
súbita alguna cosa susceptible de adherencia natural, como tierra, arena o
plantas, y las une, sea por adjunción, sea por superposición, a un campo
inferior, o a un fundo situado en la ribera opuesta, el dueño de ella conserva
su dominio para el sólo efecto de llevársela. Este derecho se mantiene solo
hasta que estos elementos se adhieran en forma permanente al nuevo fundo.
Cause abandonado: ARTICULO 2.573.- Pertenecen también a los ribereños, los
terrenos que el curso de las aguas dejare a descubierto, retirándose
insensiblemente de una de las riberas hacia la otra.
Requisitos:
* En ríos que se han secado naturalmente, también se puede acceder.
* No siempre que sea paulatino hay accesión, pueden abandonarse los cauces por
efecto de grandes crecidas.
* Los propietarios desposeídos por el nuevo cauce, no tienen derecho a reclamo
alguno.
Lagos e islas:
no adquieren los terrenos por accesión, ni los pierden cuando sube el agua.
Camino de sirga:
ARTICULO 2.639.- los propietarios limítrofes con los ríos o con canales que
sirven a la comunicación por agua, están obligados a dejar una calle o camino
público de treinta y cinco metros hasta la orilla del río, o del canal, sin
ninguna indemnización. Los propietarios ribereños no pueden hacer en ese
espacio ninguna construcción, ni reparar las antiguas que existen, ni
deteriorar el terreno en manera alguna.
ARTICULO 2.640.- Si el río, o canal atravesare alguna ciudad o población, se podrá
modificar por la respectiva municipalidad, el ancho de la calle pública, no
pudiendodejarla de menos de quince metros.
ARTICULO 2.641.- Si los ríos fueren navegables, está prohibido el uso de sus
aguas, que de cualquier modo estorbe o perjudique la navegación o el libre paso
de cualquier objeto de transporte fluvial.
Formas de determinar la línea
de ribera:
1. Determinación de lo que puede considerarse crecidas medias ordinarias y el
caudal que representan.
2. Determinación de la capacidad del cauce en
la zona o terreno en que va a determinarse la línea de ribera.
El estudio de los caudales debiera ser de unos 20 años o más, eliminando
caudales extremos.
Caudal = sección x velocidad
Para las secciones se realizan perfiles transversales, en base a la zona de
estudio, los cuales deben ir interceptados por el perfil longitudinal, el que
se utilizara para la obtención de la velocidad del agua.
Determinación de la pendiente del
cauce.
3. Determinación de la mayor o menor capacidad de escurrimiento del agua en el cauce.
Para valorar aspectos como:
Obstáculos y en consecuencia produce ensanchamientos que repercuten en la línea de ribera.
Fotogrametría de la zona
A través de la fotogrametría aérea, fotografiando las zonas costeras luego de
las crecidas elegidas y con esos elementos, posteriormente restituir y
materializar la poligonal que representa la línea de ribera.
Para el mar y para ríos con desembocadura en
el mar, los cuales están influenciados por el mar, se utiliza el concepto de
altas mareas normales y para los ríos el de crecidas medias ordinarias.
Formas de distribuir los terrenos accedidos entre los propietarios ribereños.
Cuando se forma un terreno de aluvión a lo largo de muchas heredades, la
divisiónse hace entre los propietarios que pueden tener derecho a ellas, en
proporción del
ancho que cada una de las heredades presente sobre el antiguo río.
Optado por Vélez Sarsfield: Desde la línea media
del cauce, se deberán tener las
perpendiculares hacia los extremos del
fundo, quedando de esta forma definido el terreno de accesión.
En caso de que la línea media sea quebrada, dice
Spota, se trazaran perpendiculares a esas líneas quebradas de un mismo extremo del fundo.
La bisectriz del ángulo que formen esas
perpendiculares, constituirá la línea
separativa.
Tramites administrativos y judiciales de adquisición de tierras accedidas
Debe realizarse la mensura de toda la heredad determinando la línea de ribera y demarcando la zona de
accesión si la hubiere. En este caso se marca la zona de accesión en el plano y
ante el juez competente se presenta la acción de accesión quien es el encargado
de dictaminar la inscripción o modificación en el Registro de la Propiedad
Inmueble del nuevo titulo de la heredad.