Los dos autores hablan sobre lo que Chust llamaría la
eclosión juntera en América. Estan de acuerdo en
que no todas las juntas que se formaron en la Nueva España fueron
iguales por un lado Guzman indica que
“[no todas] se declararon ‘supremas’, es decir,
‘soberanas’; no siempre fueron fidelistas ni exclusivamente
autonomistas en el sentido de regirse por si solas; y el caracter
‘gubernativo’ que algunas de ellas llegaron a asumir – en lo
político, lo militar, lo económico y hasta en lo judicial –
tuvo efectos dispares en sus respectivas zonas de influencia. […]”
Por otro lado, Olveda se remite al caso de la Nueva Galicia, en donde este reino no tomó postura ante la vacatio regis que
no fuera la de guardar fidelidad a Fernando VII. La formación de juntas
fue una practica que estuvo presente a lo largo del siglo XIX, es
decir, no desaparecieron con la independencia.
Las primeras juntas en la Nueva España tuvieron como motivo para erigirse el vacío de
poder y debido a la necesidad de representar a la nación como nuevo sujeto de
soberanía. Sin embargo, a pesar de que ha sido planteado el surgimiento
de estas juntas como un rasgo moderno, tanto Guzman como Olveda
coinciden en que los fundamentos del pensamiento criollo que planteó la
necesidad de estas juntas no estuvieron en el los intelectuales franceses, sino
en la tradición pactista, la neoescolastica española de
Francisco Suarez y el iusnaturalismo de Puffendorf y Vattel.
Asimismo, ante la ausencia del
rey surgieroncomo un recurso para hacer efectiva la representación
política y después mediante expresiones simbólicas
investirse de legitimidad como
nueva autoridad. En un principio las Juntas no estaban
consideradas como
instancias legitimas de gobierno según Quintero. Sin
embargo esta practica viene de tiempo atras. Para el siglo
XVII la palabra Junta se calificaba a las comisiones mixtas temporales que
atendían los expedientes que interesaban a los consejos. Sin embargo podía aplicarse también en ambitos
político-administrativos de caracter local.
En España, las Juntas reasumieron el ejercicio de la soberanía
con argumentos pactistas que a pesar de hacer uso de
la neoescolastica comenzó la ruptura con la teoría
absolutista como
señaló Guerra. Por otro lado, Hocquellet equipara a las Juntas
españolas a unas Cortes sin rey, ya que asumieron la soberanía de
los pueblos. Asimismo tenían la facultad para
establecer gobiernos representativos. Sin embargo, éstas no
fueron homogéneas, y distingue cuatro modelos: “[…] las que
aseguraban una continuidad por las autoridades reales, aquellas sostenidas por
las autoridades centrales, las que tenían una orientación militar
y, finalmente, las que mostraban tendencia a la ruptura con la unidad
monarquica.”
En América la formación de Juntas fue una
respuesta de los criollos y las autoridades principales ciudades de
América a los acontecimientos peninsulares. Estos
organismos se consideraron depositarios de la soberanía popular aunque
en sentido corporativo. Moisés Guzman en sus estudios
detecta similitudes en lasJuntas formadas en América a pesar del desfase
temporal en sus instalaciones:
“[…] en primer lugar son ‘Juntas Supremas’, es decir,
soberanas para dirigir los destinos de sus respectivos reinasen ausencia del
monarca; son ‘fidelistas’, lo que significa que reconocen los
vínculos que los unen al rey cautivo Fernando VII, y a quien juran
lealtad; son ‘separatistas’, es decir independientes de
España, sin ningún lazo de unión o subordinación
que no sea el reconocimiento al rey o a la monarquía; y por ultimo, son
‘gubernativas’, ya que en los pocos meses o años que
estuvieron vigentes sus representantes dictaron medidas de gobierno en lo
político, militar, económico y hasta en lo judicial.
Tendríamos que agregar, ademas, que todas ellas
se erigieron con un caracter provisional y supletorio, salvaguardando
estos reinos hasta el retorno del
rey ‘deseado’.”
Por otro lado Gustavo y Hélèn Beyhaut hacen una
distinción entre las Juntas Americanas de 1808 y las de 1810. Las
primeras estaban íntimamente relacionadas con España y las
segundas se transformaron de manera gradual en focos de movimientos
autonomistas.
Para la Nueva España la formación de una Junta solo quedó
en una tentativa a pesar del esfuerzo del Ayuntamiento de
la ciudad de México, aunque para Olveda fue el mismo Iturrigaray quien
creyó necesaria la formación de una Junta de Gobierno. El virrey Iturrigaray concedió la oportunidad de exponer y
debatir el problema de la legitimidad política. Hubo tres posturas importantes, la de Talamantes, Azcarate y Primo
de Verdad y por ultimo la deJacobo de Villaurrutia. Las propuestas de
Villaurrutia, según Guzman, tuvieron eco en la formación y
en los planteamientos de las juntas que se formarían en Valladolid,
Querétaro y San Miguel el Grande en 1809.
El imaginario juntista fue adoptado también por los
promotores de la insurgencia. Hidalgo
en noviembre de 1810 afirmaba que era necesaria la formación de un Congreso en el que estuvieran representadas todas las
poblaciones de la Nueva España, este pensamiento fue difundido mediante
la prensa insurgente. Por otro lado, Ignacio López
Rayón participó en la instauración de la Suprema Junta
Americana en Zitacuaro en 1811. En el
pensamiento juntista insurgente, es perceptible la hibridación de
conceptos y practicas, Guzman se refiere principalmente a las
practicas electorales.
Por último, considera que las Juntas fueron el
antecedente directo a la formación de Congresos. Guzman y
Olveda coinciden en que el imaginario criollo con respecto a la
instauración de Juntas de Gobierno representaba en primer lugar obtener
el mismo estatus que los reinos y provincias peninsulares, sin embargo, los
reclamos criollos recurrieron al pensamiento y a la tradición del
Antiguo Régimen para fundamentar la legitimación de dichas
Juntas. Sin embargo, y quizas sin premeditación, la
formación de Juntas permitió el rompimiento con algunas concepciones
propias del Antiguo
Régimen, otras permanecieron y otras mas, como ya lo afirmó Guerra, sufrieron
mutaciones.
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[ 1 ]. Guzman Pérez, Moisés. “El
juntismo novohispano.Imaginarios y practicas políticas en la
época de las independencias, 1808-1820” y Olveda, Jaime. “Las Juntas de 1808. Entre la
tradición y la modernidad”, en Olveda, Jaime (2008).
Independencia y Revolución, vol. 1. Guadalajara: El Colegio de Jalisco. pp. 15-46
y 47-65.
[ 2 ]. Guzman en Olveda (2008). pp. 17 –
18.
[ 3 ]. Guzman en Olveda (2008). p. 19.
[ 4 ]. Guzman en Olveda (2008). p. 21.
[ 5 ]. Guzman en Olveda (2008). p. 22. Para el caso de Nuevo León, la Junta
Gobernadora que se formó ante el vacío de poder generado por el
avance insurgente en la provincia, tendría que cuestionar si todas las
características deben estar presentes explícitamente, ya que en
el documento que se emitió en Nuevo León no se declara Suprema,
sin embargo, no lo declaran textualmente. Por otro lado, en efecto son fidelistas
ya que desde un principio declaran su fidelidad a Fernando VII y a la
religión católica, son gubernativas y en efecto, no reconocen a
España, sino al rey.
[ 6 ]. En esta parte del texto, Moisés Guzman se
refiere a los sucesos acaecidos en San Antonio del Bejar. Sin embargo, no me
queda claro si se refiere a la instauración de la Junta de Gobierno en
esa población, ya que en todo el texto se habla de la
instauración de Juntas de Gobierno o si se refiere a
otro suceso. Si se refiere a la Junta de Gobierno, Isidro
Vizcaya en su libro En los albores de la independencia. Las Provincias
Internas de Oriente durante la insurrección de don Miguel Hidalgo y
Costilla, 1810 – 1811, se refiere a la Junta de Gobierno texana como
parte de la contrarrevolución.