Todo aspirante a juez debe someterse a un concurso
público de méritos mediante el sistema de ingreso a la Escuela
Nacional de la Judicatura que al efecto establezca la ley y haber aprobado
satisfactoriamente el programa de formación de dicha Escuela.
Sólo estaran exentos de estos requisitos los miembros de la
Suprema Corte de Justicia que sean de libre
elección.
Requisitos generales según la
Constitución
Para ser juez se requiere:
1) Ser dominicano o dominicana
2) Hallarse en el pleno ejercicio de los derechos civiles y políticos
3) Ser licenciado o doctor en Derecho
Requisitos específicos según la Constitución
Jueces de la Suprema Corte de Justicia
Haber ejercido durante por lo menos doce (12) años la profesión
de abogado, la docencia universitaria del derecho o haber desempeñado,
por igual tiempo, las funciones de juez dentro del Poder Judicial o de
representante del Ministerio Público.Estos períodos podran
acumularse.
Jueces de las Cortes de Apelación
Pertenecer a la carrera judicial y haberse desempeñado como juez de Primera
Instancia durante el tiempo que determine la ley.
Jueces de los Juzgados de Primera Instancia
Pertenecer a la carrera judicial y haberse desempeñado como Juez de Paz
durante el tiempo que determine la ley.
Ademas de la Constitución de la
República, la Ley núm. 327-98, del 11 de agosto de
1998, sobre Carrera Judicial, su reglamento de aplicación y la
Resolución núm. 1960/08, del 19 de junio de 2008, sobre el
Sistema de Escalafón Judicial y el Sistema de Provisión de Cargos
Judiciales establecen otros requisitos para ser jueces:
* Tener por lo menos dos (2) años de haber obtenido el exequatur.
* No haber sido condenado a pena aflictiva o
infamante;
* Aprobar los programas de capacitación teórica y practica
que dicte la Escuela Nacional de la Judicatura.