Reglamento para personas que visiten el Panteon
Municipal
1.-El panteón tendra un horario de servicio de lunes a viernes el
cual sera de 9:00 am a 5:00pm de la tarde sabado y domingo de
8:00 a 4:00pm
2.-El acceso tendra que ser registrado en un libro de visitas con
horario de entrada y salida
3.-Los residuos de flores secas, botes, coronas tendran que depositarse
en los lugares asignados para tal fin (botes de basura)
4.-No se permitira el acceso a personas con bebidas alcohólicas
para evitar anomalías dentro del Panteón Municipal y alteren la
paz y el orden público
REGLAMENTO PARA EL SERVICIO DEL PANTEON MUNICIPAL
Artículo 1º.El
Presente ordenamiento es de observancia obligatoria en asamblea general y tiene
por objeto
Reglamentar la prestación del servicio público de panteones
La participación de la población en el proceso de
planeación del Servicio Público mediante asambleas para lo cual
Realice sus propuestas y planteamientos sobre el uso del servicio
Seran las Autoridades competentes en la aplicación del presente
Reglamento:
II Los Delegados; que son per zonas electas de la comunidad
III ;La Tesorería del comité que se entendera como la
Tesorería; y
V El comité ciudadano electo en asamblea
Requisitos
Presentar : Identificación Oficial del , Recibos de cooperaciones ,
participaciones sociales, entiéndase como juntas ,faenas, y recibos de
pago de agua, predial, constancia expedida por el delegado de su
demarcación, acta de defunción mismos que devén venir a
nombre del difunto
Facultades y obligaciones de la Comisión:
I Vigilar la aplicación del presente Reglamento;
II Emitir los dictamenes que le señale el presente Reglamento y
los que en el ejercicio de sus atribuciones le correspondan sobre la vigilancia
y evaluación de la prestación del Servicio Público; y
Son facultades y obligaciones de la Dirección General:
I Intervenir en la formulación del Plan Municipal de Desarrollo en lo
que corresponda a la prestación del Servicio
Público;
II Prestar el Servicio Público observando la Ley, el presente Reglamento
y los demas ordenamientos jurídicos
aplicables,
III Formular y someter a la consideración de asamblea para su
aprobación y, en su caso, expedición por parte de éste,
las especificaciones técnicas a que deberan sujetarse las criptas
urnas realizadas por privados
las especificaciones técnicas a las que debera sujetarse las
medidas para la excavación de tumbas es encaso de llevar encortinados de
tabique de 13 centímetros de espesor seran, de 2.00 metros de
largo por 1.10 metros de ancho por 1.50 de profundidad contada esta desde el
nivel de la calle o andador, con una separación de .80
centímetros entre cada tumba , así como en costados y se asignara
ellugar en caso de no existir alguna tumba familiar misma que debera
contar con las condiciones aptas para la excavación
Características: las especificaciones de lapidas, placas o
mausoleos administrados por el comité de panteón junto con
delegados mismos electos en asamblea que, se coloquen en fosas, no
deberan rebasar la dimensión de 2.20 metros de largo por 1.20 de
ancho
Las placas, lapidas, o mausoleos, que no cuenten con los permisos sellados por
el comité de panteón junto con delegados mismos electos en
asamblea,
Se Ordenara la suspensión de obras de los particulares dentro de los
panteones, cuando éstos no cuenten con el permiso de construcción
correspondiente, no les hayan sido autorizados debidamente los planos de las
mismas o no cuenten con autorización la colocación de acuerdo a
dichas especificaciones técnicas deberan de ser removidas
V Vigilar el cumplimiento de las obligaciones que a habitantes de municipio les
señala el presente Reglamento e imponer sanciones en los términos
de éste por el incumplimiento de las mismas;
VI Vigilar que el Servicio Público se proporcione
VII Proponer al comité y Ayuntamiento las obras de infraestructura
urbana que se requieran para la eficaz prestación del Servicio
Público, así como los bienes que requieran adquirirse,
expropiarse, limitar su dominio u ocuparse temporalmente para alcanzar
estemismo objetivo;
VIII Promover la organización y participación de la comunidad en
la prestación del Servicio Público;
IX Vigilar que los concesionarios del Servicio Público cumplan con las
obligaciones que establecen la Ley y el presente
Reglamento, así como con las demas que contraigan con el
Ayuntamiento, en el caso de que el mismo;
X Vigilar, en la esfera de su competencia, que el Servicio Público
coadyuve a conservar y proteger los Sistemas, Ecológico y de Salud del
Municipio;
XI Coordinar las actividades de la entidad paramunicipal del Servicio
Público, en el caso de que éste sea prestado mediante organismo
descentralizado o comité de participación municipal mayoritaria,
así como formar parte de su
Órgano directivo cuando se sea electo en asamblea y sele informe al
Ayuntamiento;
Artículo 8°.Son facultades y obligaciones del comité de
Panteón:
I Determinar y someter a la aprobación de la ubicación de
panteones de acuerdo al Programa
de Desarrollo Urbano del centro de población de que se trate, así
como el destino de sus areas disponibles, sus vialidades internas, la
anchura de sus vías de transito, las dimensiones mínimas y
maximas de sus lotes y espacios libres, el límite de sus
capacidades y todas las demas circunstancias que resulten necesarias
para la Eficaz prestación del Servicio Público y, en su caso,
ejecutar las obras que le señale elpropio Ayuntamiento.
II Expedir permisos de construcción para la realización de obras
dentro de los panteones, así como autorizar los planos correspondientes;
y
Facultades y Obligaciones de la Tesorería:
I Recaudar los ingresos causados por concepto de pago de faenas, lapidas
o
por la expedición de permisos de construcción y la
autorización de planos para obras dentro de los panteones, de
conformidad con la Ley de Hacienda Municipal, la Ley de Ingresos y Presupuesto
de Ingresos
II Recaudar los ingresos provenientes de multas impuestas por infracciones al
presente Reglamento;
III Ejercer la facultad económica coactiva, conforme a las leyes y
reglamentos aplicables, para exigir el pago de los
derechos y de las multas a que se refieren, en su caso, las dos fracciones
anteriores; y
IV Las demas que le señalen las leyes, éste reglamentos
Artículo 10.Son facultades y obligaciones del Órgano de Control:
I Atender e investigar las quejas que presenten los habitantes del municipio en
la prestación del Servicio Público, así como aplicar las
sanciones que correspondan en los términos de la Ley de
Responsabilidades de los Servidores
Públicos y de los Municipios;
Artículo 20.Son facultades y obligaciones del administrador:
I Cumplir y hacer cumplir el presente Reglamento en el desempeño de sus
funciones;
II Llevar el libro de registro autorizadopor el Ayuntamiento, en el cual anotaran
las inhumaciones, exhumaciones,re inhumaciones y demas servicios que se
presten en los panteones;
III Ordenar las inhumaciones, exhumaciones, re inhumaciones y demas
servicios que se presten en los panteones, una vez cumplidos los requisitos
legales;
IV Vigilar que las fosas, sean construidas por el personal a su cargo, de
conformidad al presente
Reglamento y a las normas de construcción;
V Vigilar que las placas, lapidas que coloquen los particulares en
fosas, tumbas o criptas se sujeten a las especificaciones técnicas
expedidas por el comité del panteón municipal, así como
que se cuente con el permiso correspondiente,
debiendo ordenar su remoción cuando no se cumpla con cualquiera de estos
requisitos;
VI Vigilar que las obras que realicen los particulares dentro de los panteones
cuenten con el permiso de construcción y la autorización de los
planos correspondientes, así como con autorización sanitaria
cuando ésta sea necesaria, debiendo ordenar la suspensión de las
mismas en caso de que no se cumpla con cualquiera de estos requisitos;
VII Dar aviso a la autoridad sanitaria, para que ésta investigue y
aplique las sanciones que correspondan a los que resulten responsables, de las
inhumaciones, cremaciones y embalsamamientos que se efectúen antes de
las doce y después de las cuarenta y ocho horas de ocurrido
elfallecimiento;
VIII Mantener en condiciones de limpieza el panteón bajo su
responsabilidad, debiendo utilizar para tal efecto los recursos auxiliarse
pagar a personal para el cargo de portero , limpieza y excavadores, y el pago
por su servicio($.000) mismos que contaran con recibos expedidos por el
comité a su cargo que crea conveniente así como de la
participación ciudadana
( faenas por demarcación);
IX Ordenar el retiro y poner a disposición de la autoridad competente a
las personas que alteren la paz y el ordenpúblicos dentro de los
panteones, debiéndose auxiliar para tal efecto de la fuerza
pública; y
X Las demas que le señalen la Ley, el presente Reglamento y otros
ordenamientos jurídicos..
Artículo 21.Las ausencias del administrador seran
suplidas por la persona que designe la Dirección General y en el caso de
los panteones del Servicio Público concesionado, por la persona que
designe el concesionario, quien debera dar aviso de
tal circunstancia a la Dirección General.
Artículo 22.Las
inhumaciones de cadaveres solo podran realizarse con permisos del
Municipio, salubridad en los panteones, previo el cumplimiento de los
requisitos que señalen las leyes y una vez que se cuente con la autorización
correspondiente otorgada por la Dirección General a solicitud de los
interesados y se efectúe el pago de los derechos respectivos, ala
inumacion ,