COMPARACION DE LA DECLARACION FRANCESA DEL HOMBRE Y DEL CIUDADANO Y LA DECLARACION AMERICANA DE LOS DERECHOS Y DEBERES DEL HOMBRE.
DECLARACION FRANCESA DECLARACION AMERICANA
En su art.1 garantiza la libertad y la igualdad de derechos ante la ley.
En su art. 1 garantiza ademas
de la libertad, el derecho a la vida, a la seguridad e integridad de la
persona.
En su art. 2 garantiza la conservación de los
derechos naturales e imprescriptibles del
hombre; como la libertad, la propiedad, la
seguridad, y la resistencia
a la aprensión.
En su art. 2 garantiza el derecho a la igualdad ante
ley a diferencia de la declaración Francesa que lo hace en su art.1.
En su art.3 declara que el principio de la soberanía reside en la
nación.
En su art.3 garantiza los derechos a la libertad religiosa y
de culto.
En su art.4 garantiza el derecho a la libertad y al goce de ella sin perjudicar
al otro, así como lo hace de manera mas precisa la declaración
americana en su art.28 donde dice que los derechos de cada hombre estan
limitados por lo de los demas, hay algo semejante con la diferencia que
en diferentes artículos.
En su art.4 garantiza el derecho a la libertad de investigación,opinión, expresión y difusión.
En su art.5 declara que la ley solo regula lo dañino a la sociedad, y se
le garantiza al ciudadano a no ser constreñido por lo impedido por la
ley, al igual que en la declaración americana al
garantizar la protección contra la detención arbitraria solo que
esta la hace en su art.25. En su art.5 garantiza los derechos a la
protección, a la honra, la reputación personal, la vida privada y
familiar.
En su art.6 declara que la ley es la expresión de la
voluntad general. En su art.6 garantiza el derecho a
la constitución y a la protección de la familia.
En su art.7 declara que ningún ciudadano puede ser constreñido a
lo no determinado por la ley, y los aprendidos en virtud de ella estan
obligados a obedecerla, a diferencia de la declaración americana que lo
garantiza en su art.25 el derecho de protección contra la
detención arbitraria, y el art.33 donde habla del deber de la obediencia
ante la ley es decir, existen semejanzas entre estas declaraciones solo que en
diferentes artículos y perspectivas. En su art.7
garantiza el derecho a la protección de la maternidad y a la infancia.
En su art.8 declara que la ley solo puede establecer penas
estrictamentenecesarias. En su art.8 garantiza el derecho a
la residencia y transito.
En su art.9 declara que todo hombre se presume inocente mientras no sea
declarado culpable, si se juzga indispensable detenerlo, a diferencia de la
declaración americana que lo hace en su art.26 al garantizar el derecho
al proceso regular En su art.9 garantiza el derecho a la inviolabilidad del
domicilio.
En su art.10 declara el derecho a la libertad de conciencia y religiosa
mientras no perturbe el orden público, a diferencia de la
declaración americana que regula la libertad religiosa y de culto en su
art.3 y ademas en su art.4 hay un reflejo de la libertad de conciencia
puesto que los ciudadanos tienen la libertad de investigación,
opinión, expresión y difusión, es decir, existes
semejanzas derechos solo que en diferentes artículos. En
su art.10 garantiza el derecho a la inviolabilidad y circulación de su
correspondencia.
En su art.11 declara la libre comunicación de pensamiento opiniones como uno de los derechos mas
preciados del
hombre. En su art.11 garantiza el derecho a la
preservación de la salud y al bienestar.
En su art.12 declara la fuerza pública como garantía de los derechos del hombre y
delciudadano. En su art.12 regula el derecho a la
educación.
En su art.13 declara la contribución común para
el mantenimiento de la fuerza pública y gastos de administración.
En su art.13 garantiza el derecho a los beneficios de la
cultura.
En su art.14 declara la comprobación ciudadana de la
contribución pública. En su art.14
garantiza el derecho al trabajo y a una justa contribución.
En su art.15 le garantiza el derecho que tiene la sociedad de
pedir cuentas de su gestión a todo agente público. En su art.15 garantiza el derecho al descanso y a su
aprovechamiento.
En su art.16 Declara que una sociedad que nos garantice derechos, y no
determine la separación de poderes carece de Constitución. En su art.16 garantiza el derecho a la seguridad social.
En su art.17 Declara la propiedad siendo un derecho inviolable y sagrado, que
nadie pueda ser privado de ella, salvo en necesidad publica, y en
condición de una justa indemnización; a diferencia de la
declaración americana que garantiza el derecho a la propiedad en su
art.23, este decir el mismo derecho solo que en diferentes artículos. En su art.17 garantiza el derecho al reconocimiento de la
personalidad jurídica y de los derechos civiles.