Es el derecho político y constitucional a votar a los
cargos públicos. En un sentido amplio,
el sufragio abarca el activo, en donde se determina quienes tienen derecho al
ejercicio del
voto (uso mas común); y el pasivo, que refiere quienes y en que
condiciones tienen derecho a ser elegidos.
Históricamente, numerosos colectivos han sido
excluidos del
derecho a votar por razones muy variadas: unas veces porque sus miembros eran
'súbditos' de reyes feudales y no se les consideraba hombres
'libres'; otras veces porque la exclusión de la
votación dependía de una política explícita
claramente establecida en las leyes electorales. En unas ocasiones el derecho a
votar excluía a grupos que no cumplían ciertas condiciones
(exclusión de analfabetos, impuestos de capitación, etc.); en
otras ocasiones ha sido denegado, a un grupo se le ha
permitido votar pero el sistema electoral o las instituciones del gobierno fueron diseñados a
propósito para darles menos influencia que otros grupos mas
favorecidos.
Se suele considerar que la legitimidad política de un
gobierno democratico deriva principalmente del sufragio.
Tipos de sufragio
* Sufragio universal: es la extensión del derechoa votar
a todos los adultos, sin distinción de raza, sexo, creencia o
posición social, económica y vertical.
Sufragio restringido: también llamado censitario, solo podían
votar las personas que aparecían en un censo o
lista.
Formas de exclusión del sufragio
Raza o grupo étnico
Artículo principal: el sufragio universal.
Género
Artículo principal: sufragio femenino.
Clase social
Hasta pasado el siglo XIX, muchas democracias occidentales especificaban en sus
leyes electorales que solo la gente con un cierto
grado de riqueza podía votar. Hoy en día estas leyes se han abolido casi por completo. Sin embargo, en algunos
países 'democraticos' esto todavía se aplica en
la practica (aunque quizas no intencionadamente), aunque no
esté especificado en la ley, ya que muchos países
democraticos requieren la dirección del domicilio de sus
ciudadanos para cualificar su voto, con lo que se excluye a todos aquellos que
no han conseguido suficiente riqueza como para alquilar o poseer su propia
vivienda.
Edad
A pesar del impulso del sufragio universal, todas las democracias modernas
requieren a sus votantes una edad mínima para ejercer este derecho.Los
jóvenes por debajo de la edad mínima para votar constituyen entre
un 20 y un 50% de la población en algunos países, y no tienen
representación política. Las edades mínimas para votar no
son uniformes en todo el mundo, y fluctúan dependiendo de cada
país (y hasta de cada región dentro de un
mismo país), normalmente entre los 18 años.
Articulo 125 Ley Organica del organismo Legislativo.
Redacción Final. Agotada la discusión, se
entrara a votar sobre la redacción final y en esta forma quedara
aprobado el texto. Los decretos declarados de urgencia nacional
seran leídos en redacción final en la misma sesión
Artículo 159 de la Constitución Política de la
República de Guatemala: Mayoría para resoluciones. Las
resoluciones del Congreso, deben tomarse con el voto favorable de la
mayoría de los miembros que lo integran, salvo los casos en que la ley
exija un número especial, así mismo, el Artículo 99 de la
ley Organica del Organismo Legislativo, indica: Mayoría para
resoluciones. …todas las decisiones del Pleno del Congreso se tomaran con el
voto afirmativo de la mitad masuno del total de Diputados que integran el
Congreso. La Constitución y las leyes establecen los casos en que es
necesaria la mayoría de las dos terceras partes del total de
Diputados que integran el Congreso para adoptar resoluciones validas
Sanción: Es la confirmación de los proyecto de ley por el jefe de
gobierno o quien ejerce de hecho las atribuciones.
Artículos 177 Constitución Política de la Republica de Guatemala indica:
“Aprobación, sanción y promulgación. Aprobado un proyecto de ley, la Junta Directiva del Congreso de la
República, en un plazo no mayor de diez días, lo enviara
al Ejecutivo para su sanción, promulgación y
publicación” y el artículo 183 que establece: Funciones de
Presidente de la República. Son funciones del Presidente de
la República: e) Sancionar, promulgar, ejecutar y hacer que se ejecuten
las leyes…
4. Veto: Facultad que tiene el organismo legislativo para oponerse a un proyecto de ley aprobado. Artículo 178 de la
Constitución Política de la Republica indica: Veto. Dentro de los
quince días de recibido el decreto y previo acuerdo tomando en Consejo
de Ministros, el Presidente de la República podra devolverlo al
Congreso con las observaciones que estime pertinentes, en ejercicio de su
derecho de veto. Las leyes no podran ser vetadas
parcialmente.
Si el Organismo Ejecutivo no devuelve al Congreso de la República dentro
de los quince días siguientes a la fecha de recepciónel decreto,
se tendra por sancionado y este Organismo lo
debera promulgar como
ley dentro de los ocho días siguientes. En el caso que el Congreso
clausurare sus sesiones antes de que expire el plazo en que pueda ejercitarse
el veto, el Ejecutivo debera devolver el decreto dentro de los ocho
días del siguiente período de sesiones ordinarias.
5. Primacía legislativa. Facultad que tiene el congreso de la Republica
de no aceptar el veto del Organismo Ejecutivo respecto
a un decreto.
Articulo 179 constitución política de la
Republica de Guatemala. Devuelto el decreto al congreso, la junta
directiva lo debera poner en conocimiento del pleno en la
siguiente sesión, y el congreso, en un plazo no mayor de treinta
días, podra considerarlo o rechazarlo. Si no fueren aceptadas las
razones del veto y el Congreso rechazare el veto por las dos terceras partes
del total de sus miembros el Ejecutivo debera obligadamente sancionar y
promulgar el decreto dentro de los ocho días siguientes de haberlo
recibido. Si el Ejecutivo no lo hiciere, la Junta Directiva del Congreso
ordenara su publicación en un plazo que
no excedera de tres días, para que surta efecto como ley de la República.
6. Promulgación: La promulgación es una decisión exclusiva
del Organismo Ejecutivo en que declara el “Publíquese y
cúmplase”, a manera de orden general basada en la propia
Constitución Política de la República de Guat
Presos y otros grupos excluidos.
Muchos países, como algunos pertenecientes a la Unión Europea o
Canada, permiten a sus presos ejercer el derecho al voto,
independientemente del tiempo de encarcelamiento o la naturaleza del crimen.
Otros países, entre los que se incluyen algunos estados de Estados
Unidos, niegan el derecho al voto a aquellos convictos
de crímenes graves, incluso cuando ya han cumplido su condena.
El sufragio en la actualidad
Hoy en día, en muchas democracias, el derecho al voto esta
garantizado como
un derecho de nacimiento, sin discriminación de raza, etnia, clase o
género. Sin ningún tipo de examen descalificador (como
la no alfabetización), los ciudadanos por encima de la edad
mínima requerida en un país pueden votar con normalidad en las
elecciones. Los residentes extranjeros pueden votar en las
elecciones locales en algunos países.