DE LAS ESTRATEGIAS DE APRENDIZAJE'
Artículo 37: Las Estrategias de Aprendizaje en la Universidad
estaran dirigidas a orientar al participante hacia la búsqueda,
adquisición y construcción del conocimiento y hacia el desarrollo
de habilidades, destrezas, actitudes y valor mediante diferentes
técnicas que permitan su independencia progresiva durante el proceso de
formación y capacitación.
Artículo 38: Las Estrategias de Aprendizaje son las siguientes:
a. Estudios Contiguos.
b. Estudios Supervisados.
c. Estudios Libres.
Artículo 39: Los Estudios Contiguos se caracterizan por una
interacción inmediata y directa entre el participante, sus facilitadores
y sus compañeros en un ambiente de aprendizaje.
Artículo 40: Los Estudios Supervisados se caracterizan por una
interacción periódica entre el participante y sus facilitadores,
con orientación para el cumplimiento de las actividades de aprendizaje
por parte del
participante, sobre la base de los principios de la educación a
distancia.
Artículo 41: Los Estudios Libres se caracterizan por el cumplimiento de
las actividades de aprendizaje, bajo la absoluta responsabilidad del Participante sin interacción periódica
obligatoria entre éste y los Facilitadores. Los
Estudios Libres se regiran por las Normas que al efecto dicte la
Universidad.
'DE LA CARGA ACADÉMICA, RETIROS, REINCORPORACIONES, TRASLADOS
INTERNOS, CAMBIOS DE CARRERA O DE MENCIÓN'
Artículo 65: La carga académica maxima en Pregrado
sera dedieciocho (18) unidades crédito, en períodos
regulares, sin incluir las correspondientes a la pasantía; y un
maximo de nueve (9) unidades crédito en Intensivos.
Paragrafo Único: El participante que supere los cuatro cincuenta
(4.50) puntos, podra, por vía de excepción, aumentar la
carga académica hasta un maximo de
veinticuatro (24) unidades crédito en Períodos Regulares.
Artículo 66: La carga académica maxima en el Postgrado,
sera de doce (12) unidades crédito en períodos regulares.
Paragrafo Primero: Para inscribir el
maximo de unidades créditos, se exigira un
índice de rendimiento académico mínimo de cuatro (4)
puntos.
Paragrafo Segundo: El participante que supere los cuatro cincuenta
(4.50) puntos, podra, por vía de excepción, aumentar la
carga académica hasta un maximo de
quince (15) unidades crédito en Períodos Regulares.
Artículo 67: La Universidad tramitara solicitudes de
modificación de Cursos, en los diez (10) primeros días
habiles, después del
comienzo del
Período Académico Regular, y en los primeros cinco (5)
días habiles, al comienzo de cada Período Académico
Intensivo.
Paragrafo Primero:La modificación de
Cursos dara derecho al participante de eliminar y/o incluir otro Curso
de la oferta académica del
mismo período. La inscripción en otro Curso, sólo
podra efectuarse dentro de los diez (10) primeros días
habiles de cada Período Académico Regular; y, de cinco (5)
días habiles en los Períodos Académicos Intensivos.
Paragrafo Segundo: Laeliminación de Cursos no dara derecho
a la devolución de los Aranceles pagados por ese
concepto.
Artículo 68:El participante inscrito para
cursar un Período Académico que se encuentre imposibilitado de
culminarlo, podra justificar su retiro por escrito, en un término
no mayor de ocho (8) semanas, a partir del
inicio de las actividades correspondientes, si cursa en un Período
Regular; y, de cuatro (4) semanas si cursa en un Período Intensivo.
Cuando el participante retire un curso se
registrara con la letra 'R'.
Artículo 69:El participante que haya dejado de
cursar cuatro (4) Períodos Académicos Regulares consecutivos y
aspire a proseguir sus estudios, debera solicitar su
reincorporación ante el departamento de Control de Estudios del
núcleo/convenio respectivo. El mismo se
sometera a los Planes de Estudio y a las Normas vigentes para el momento
de su reincorporación.
Artículo 70: La reincorporación, en el caso de que se hayan
producido modificaciones curriculares, podra tramitarse por Equivalencia
de Estudios, Acreditación del Aprendizaje u
otras formas que sean aprobadas por el Consejo Directivo.
Paragrafo Único:En el caso de no haberse
producido modificaciones curriculares, se autorizara directamente la
reincorporación para el Período Académico siguiente, de
acuerdo con la disponibilidad de la Oferta Académica.
Artículo 71:La Universidad aprobara
solicitudes de Traslado, siempre y cuando éstas sean consideradas
justificadas y factibles y se cumplan losprocedimientos establecidos al
respecto.
Artículo 72: El participante de Pregrado podra optar al cambiode
Carrera o Mención. Dicho cambio se acordara por Equivalencia de
Estudio o Acreditación del Aprendizaje por
Experiencia, cuando el participante haya aprobado Cursos no comunes en los
Planes de Estudio vigentes. En los casos en que el participante
únicamente haya aprobado Cursos comunes, tal
cambio sólo requerira la autorización expresa de la Unidad
Responsable de Control de Estudios.
Artículo 73: El participante de Postgrado podra optar al cambio
de Mención, antes de haber cumplido
veintiún (21) unidades crédito, del total señalado en el programa
respectivo. En tal caso las unidades aprobadas en la
Mención de origen podran acreditarse como electivas en la nueva mención,
previo cumplimiento de los tramites administrativos correspondientes.
Paragrafo Único: En situaciones especiales, podra
acordarse el cambio de Mención, aún después de haber aprobado veintiún (21) unidades crédito.
La decisión sobre estos casos, correspondera a la Unidad
Responsable de Postgrado.
CAPÍTULO III
DE LAS FALTAS
Artículo 4: Las faltas cometidas por los participantes, de manera
individual o colectiva, seran consideradas como graves o leves.
Artículo 5: Seran faltas graves:
* Provocar desórdenes, utilizar palabras o realizar hechos indecorosos y
cualquier otro acto que perturbe notablemente el orden que debe prevalecer en
la Universidad.
* Cometer actos violentos de hecho o depalabra contra cualquier miembro de la
comunidad universitaria.
* Deteriorar o destruir intencionalmente los locales, dotaciones y demas
bienes de la Universidad, así como los de otras instituciones que
ésta utilice en el desarrollo de sus actividades.
* Portar armasde fuego o de cualquier otra naturaleza, así como materiales explosivos dentro
del recinto
universitario.
* Ofrecer dinero u otras prebendas a cualquier miembro de la
Institución, como
estímulo o recompensa para lograr beneficios académicos o
administrativos.
* Falsificar o alterar, total o parcialmente, documentos, notas o
calificaciones relativos a la Universidad.
* Consumir, portar o distribuir cualquier tipo de sustancias Sico-activas
dentro del
recinto universitario.
* Participar o incurrir en hechos que comprometan la eficacia de cualquier
prueba de evaluación.
* Reincidir en faltas leves.
* Incumplir los Reglamentos y demas normas que
regulan la vida universitaria.
Artículo 6: Seran faltas leves cualesquiera otros hechos no
comprendidos en el artículo anterior, que puedan causar
perturbación en el quehacer universitario.
CAPÍTULO IV
DE LAS SANCIONES
Artículo 7: Los participantes que no cumplan sus deberes u obligaciones
universitarias seran sancionados, según la gravedad de las faltas
comprobadas que les sean imputables con pena de:
* Amonestación verbal o escrita.
* Suspensión temporal.
* Pérdida del curso.
* Expulsión de la Universidad.