Procedimiento técnico administrativo
I
OBJETIVO
Evaluar el trabajo Técnico-Administrativo de las Jefas de Enfermeras
Jurisdiccionales y de Hospitales Generales, a
través de la aplicación de las Guías de Supervisión
a las Unidades aplicativas en los tiempos establecidos en el
cronograma anual de supervisión.
II.- APLICACIÓN
Aplicación a Jefas de Enfermeras Jurisdiccionales, Jefas de Enfermeras
de Hospitales Generales y Coordinadoras de
Hospitales Integrales de los Servicios de Salud del Estado de Puebla.
( ) General
(X) Específica
III ALCANCE
Se aplicara en Jurisdicción y Hospitales de 2° Nivel de
Atención.
Sera aplicable al trabajo técnico-administrativo, como carpeta de
Trabajo, (Plantillas, cuadros de distribución,
programas y Dx. de trabajo, programa de supervisión jurisdiccional y de
enseñanza e investigación, requisición de ropa
hospitalaria, uniformes contractuales, material de curación, entre
otros). Al trabajo administrativo como informes
mensuales, realización de la enseñanza en el nivel de
competencia, realización de los programas federales; SIARHE,
SICALIDAD, INDICAS, al trabajo de Gestión con la Jurisdicción y
con el Nivel Estatal.
Se aplicara a Jefas de Enfermeras Jurisdiccionales, de Hospitales
Generales e integrales de las 10 Jurisdicciones del
Estado de Puebla, a través de Guías de Supervisión
elaboradas por el D.E.E. para este fin.
IV DEFINICIONES
D.E.E.- Departamento Estatal de Enfermería.
S.S.E.P..- Servicios de Salud del Estado de
Puebla.
SIARHE.-Sistema de Información de Recursos Humanos de Enfermería
INDICAS Sistema de registro de indicadores de
Calidad.
V.- REFERENCIAS
1. Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos. 5-ll-17 Reforma articulo 4° (D.O.F., 28-l-92).
2. Ley General de Salud (D.O.F., 7-ll-84, Reformas D.O.F. 27-ll-87; 23Xll-87 y
14-Vl-91).
3. Decreto por el que se reforma la Ley General de Salud D.O.F.
7-V-97)
4. Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de
Prestación de Servicios de atención Médica. Art. Reglamento Interior del Organismo Público
Descentralizado denominado “SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO
DE PUEBLA”.
13 – 10 – 06. Atribuciones del Departamento de
Enfermería.
6. Manual de Organización del Departamento de
Enfermería. 4ª revisión. Noviembre de 2009
7. Programa de Supervisión de Enfermería
Estatal.
VI POLITICAS DE OPERACIÓN
1. El Programa de Supervisión debe cumplir con la normatividad y las
características establecidas por el Departamento
de Enfermería.
2. Las Guías de Supervisión deben ser revisadas y actualizadas
anualmente.
3. Las Guías de Supervisión se aplicaran de acuerdo al
nivel de atención supervisado.
4. Las supervisiones se realizaran de acuerdo al cronograma anual
establecido en el Programa de Trabajo.
Manual de Procedimientos del
Departamento de Enfermería
Procedimiento para la Supervisión de los Procedimientos Técnico
Administrativos
5. Las Supervisiones a las unidades aplicativas se
realizaran en compañía de las Jefas de Enfermeras
Jurisdiccionales.
6.Mensualmente la coordinación de
supervisión entregara un concentrado de las actividades,
así como
los informes
de cada supervisión realizada.
7. Existira un recopilador donde se
llevara el control de las supervisiones de manera mensual.
VII PRODUCTOS
Informes de supervisiones realizadas en las Jurisdicciones y Unidades
Operativas de atención a la salud, en lo que a
enfermería se refiere.
VIII CLIENTE(S)
• Jefas de Enfermeras Jurisdiccionales
• Jefas de enfermeras o coordinadoras de Unidades de Primer Nivel de
atención.
• Jefas de Enfermeras de Hospitales de 2° y 3er.
Nivel.
IX INDICADORES
Indicador: Cumplimiento del 100% de supervisiones programadas en el cronograma
anual de supervisión.
Unidad de medida: No. de Supervisiones/Evaluación.
Periodicidad: semanal, mensual y anual.
Fórmula: Evaluación promedio obtenida / evaluación
promedio de100% esperada*100.
No. Supervisiones realizadas/No. de Supervisiones programadas/ *100
X. RESPONSABILIDADES
Jefa del
Departamento de Enfermería: Participar con el Coordinador Operativo
responsable en la programación de las
supervisiones.
Coordinador Operativo de Supervisión al Cuidado en Enfermería:
Con el apoyo de la Jefe del Departamento de
Enfermería es responsable de Coordinar el Programa de
Supervisión.
Jefes de Enfermeras Jurisdiccionales y de Hospitales: Participar en la
supervisión con el Coordinador Operativo de
Supervisión al Cuidado de Enfermería. Realizar en tiempo y forma
los compromisos plasmados en el formato de
Supervisión.Procedimiento técnico administrativo
I
OBJETIVO
Evaluar el trabajo Técnico-Administrativo de las Jefas de Enfermeras
Jurisdiccionales y de Hospitales Generales, a
través de la aplicación de las Guías de Supervisión
a las Unidades aplicativas en los tiempos establecidos en el
cronograma anual de supervisión.
II.- APLICACIÓN
Aplicación a Jefas de Enfermeras Jurisdiccionales, Jefas de Enfermeras
de Hospitales Generales y Coordinadoras de
Hospitales Integrales de los Servicios de Salud del Estado de Puebla.
( ) General
(X) Específica
III ALCANCE
Se aplicara en Jurisdicción y Hospitales de 2° Nivel de
Atención.
Sera aplicable al trabajo técnico-administrativo, como carpeta de
Trabajo, (Plantillas, cuadros de distribución,
programas y Dx. de trabajo, programa de supervisión jurisdiccional y de
enseñanza e investigación, requisición de ropa
hospitalaria, uniformes contractuales, material de curación, entre
otros). Al trabajo administrativo como informes
mensuales, realización de la enseñanza en el nivel de
competencia, realización de los programas federales; SIARHE,
SICALIDAD, INDICAS, al trabajo de Gestión con la Jurisdicción y
con el Nivel Estatal.
Se aplicara a Jefas de Enfermeras Jurisdiccionales, de Hospitales
Generales e integrales de las 10 Jurisdicciones del
Estado de Puebla, a través de Guías de Supervisión
elaboradas por el D.E.E. para este fin.
IV DEFINICIONES
D.E.E.- Departamento Estatal de Enfermería.
S.S.E.P..- Servicios de Salud del Estado de Puebla.SIARHE Sistema de Información de Recursos Humanos de
Enfermería
INDICAS.- Sistema de registro de indicadores de Calidad.
V.- REFERENCIAS
1. Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos. 5-ll-17 Reforma articulo 4° (D.O.F.,
28-l-92).
2. Ley General de Salud (D.O.F., 7-ll-84, Reformas D.O.F. 27-ll-87; 23Xll-87 y
14-Vl-91).
3. Decreto por el que se reforma la Ley General de Salud D.O.F.
7-V-97)
4. Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de
Prestación de Servicios de atención Médica. Art. Reglamento Interior del Organismo Público
Descentralizado denominado “SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO
DE PUEBLA”.
13 – 10 – 06. Atribuciones del Departamento de
Enfermería.
6. Manual de Organización del Departamento de
Enfermería. 4ª revisión. Noviembre de 2009
7. Programa de Supervisión de Enfermería
Estatal.
VI POLITICAS DE OPERACIÓN
1. El Programa de Supervisión debe cumplir con la normatividad y las
características establecidas por el Departamento
de Enfermería.
2. Las Guías de Supervisión deben ser revisadas y actualizadas
anualmente.
3. Las Guías de Supervisión se aplicaran de acuerdo al
nivel de atención supervisado.
4. Las supervisiones se realizaran de acuerdo al cronograma anual
establecido en el Programa de Trabajo.
Manual de Procedimientos del
Departamento de Enfermería
Procedimiento para la Supervisión de los Procedimientos Técnico
Administrativos
5. Las Supervisiones a las unidades aplicativas se
realizaran en compañía de las Jefas de Enfermeras
Jurisdiccionales.
6.Mensualmente la coordinación de
supervisión entregara un concentrado de las actividades,
así como
los informes
de cada supervisión realizada.
7. Existira un recopilador donde se
llevara el control de las supervisiones de manera mensual.
VII PRODUCTOS
Informes de supervisiones realizadas en las Jurisdicciones y Unidades
Operativas de atención a la salud, en lo que a
enfermería se refiere.
VIII CLIENTE(S)
• Jefas de Enfermeras Jurisdiccionales
• Jefas de enfermeras o coordinadoras de Unidades de Primer Nivel de
atención.
• Jefas de Enfermeras de Hospitales de 2° y 3er.
Nivel.
IX INDICADORES
Indicador: Cumplimiento del 100% de supervisiones programadas en el cronograma
anual de supervisión.
Unidad de medida: No. de Supervisiones/Evaluación.
Periodicidad: semanal, mensual y anual.
Fórmula: Evaluación promedio obtenida / evaluación
promedio de100% esperada*100.
No. Supervisiones realizadas/No. de Supervisiones programadas/ *100
X. RESPONSABILIDADES
Jefa del
Departamento de Enfermería: Participar con el Coordinador Operativo
responsable en la programación de las
supervisiones.
Coordinador Operativo de Supervisión al Cuidado en Enfermería:
Con el apoyo de la Jefe del Departamento de
Enfermería es responsable de Coordinar el Programa de
Supervisión.
Jefes de Enfermeras Jurisdiccionales y de Hospitales: Participar en la
supervisión con el Coordinador Operativo de
Supervisión al Cuidado de Enfermería. Realizar
en tiempo y forma los compromisos plasmados en el formato de
Supervisión.