El Consejo Comunal
sQuiénes integran el Consejo Comunal? El Consejo Comunal está formado por todos los
vecinos integrantes de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, habitantes en el
Área Geográfica de la comunidad, quienes a su vez eligen a los integrantes del
Órgano Ejecutivo, la Unidad de Gestión Financiera y la Unidad de Contraloría
Social del Consejo. Este grupo humano no admite distinciones de color, raza,
credo político o religioso, nacionalidad, preparación académica o clases
sociales. Su carácter integracionista desecha cualquier
intento de exclusión o división. sQué instancias existen dentro de un Consejo Comunal? Los Consejos Comunales, de acuerdo a la
LECC Art. 7s, deben, a los fines de su funcionamiento, estar integrados por: El
Órgano Ejecutivo que reúne a los voceros y voceras representantes de la
Asamblea, que son elegidos por dos años para poner en marcha los Comités de
Trabajo. La Unidadde Gestión Financiera o Banco Comunal, como Órgano Económico-financiero; y, La Unidadde
Contraloría Social como
Órgano de Control
sCómo se articulan estas instancias? La LECC dice en el Art. 24s: Los órganos
Ejecutivo, de Control y Económico Financiero del Consejo Comunal, a los efectos
de una adecuada articulación de su trabajo, realizarán reuniones de
coordinación y seguimiento, al menos mensualmente, según los parámetros que
establezca el Reglamento de la presente Ley. Los gastosque se generen por
concepto de la actividad de los voceros, voceras y demás integrantes de los
órganos del Consejo
Comunal, serán compensados por el fondo de gastos de funcionamiento del Consejo Comunal. En
el Reglamento de la presente Ley se establecerán los topes máximos para cubrir
dichos gastos. sCon cuántas familias se organiza un
Consejo Comunal? El número de familias no es rígido.
La Ley habla de la Base Poblacionalde la Comunidad, como una referencia
utilizable: A los efectos de la participación protagónica, dice el Art. 4s,
Numeral 4, la planificación y la gobernabilidad de los consejos comunales,
asumen como referencias los criterios técnicos y sociológicos que señalan que
las comunidades se agrupan en familias, entre doscientos (200) y cuatrocientos
(400) en el área urbana y a partir de veinte (20) familias en el área rural y a
partir de diez (10) familias en las comunidades indígenas. La base poblacional
será decidida por la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas de acuerdo con las
particularidades de cada comunidad, tomando en cuenta las comunidades aledañas.
En zonas muy poco pobladas, se tomará el número de familias que vivan dentro de
la comunidad, sea este aún menor de 20. sQué otras
personas componen un Consejo Comunal? Aglutina y
articula a todas las fuerzas vivas organizadas dentro de la comunidad, tales
como las organizaciones comunitarias existentes: OCVs, Misiones, UBEs, Junta
Parroquial, Clubes, Juntas de Vecinos, Comedores Populares, CTU, Mesas Técnicas
de Agua,
Fundaciones, Asociaciones, Mesas Técnicas de Energía Eléctrica, Comités
deSalud, Clubes de Abuelos, etc. para encarar bajo los principios de
solidaridad, auxilio mutuo y cooperación, la problemática local. sCuáles son
los deberes de los integrantes del Consejo Comunal? Son deberes
de los ciudadanos y ciudadanas integrantes de los consejos comunales: la
corresponsabilidad social, la rendición de cuentas, el manejo transparente,
oportuno y eficaz de los recursos que dispongan, bien sea por asignación del Estado o cualquier otra vía de conformidad con el
ordenamiento jurídico vigente. Art. 5s Cuál es la autoridad máxima de un Consejo Comunal? La autoridad máxima del
Consejo Comunal es la Asambleade Ciudadanos y Ciudadanas de la Comunidad, de
manera tal que así como
elige, también revoca a cualquier Vocero o dirigente del Consejo que no cumpla
con sus deberes o que cometa faltas contra el Consejo o la Comunidad. Art. 6s
sQuiénes son los representantes de un Consejo Comunal?
Son representantes de un Consejo Comunal ante las autoridades
regionales o estadales, aquellas personas que han sido elegidas por la Asamblea
de Ciudadanos y Ciudadanas como Voceros del Órgano Ejecutivo del
Consejo Comunal.